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miércoles, 15 de febrero de 2023

Carta CXXXIII. Voluntaria sujeción de los Obispos de Cataluña al Arzobispo de Narbona, durante el cautiverio de Tarragona.

Carta CXXXIII. 

Voluntaria sujeción de los Obispos de Cataluña al Arzobispo de Narbona, durante el cautiverio de Tarragona. Restaurada esta, volvieron a sujetarse a su propio y antiguo Metropolitano. Elecciones de los Arzobispos en aquellos tiempos. Elecciones de los Obispos. Danse muestras de estas elecciones en las que se hicieron en las iglesias de Barcelona, Lérida y Gerona. Confirmación de los Obispos por el Metropolitano. Parte que tuvo la iglesia Tarraconense en la confirmación de los Obispos, y en la Sede vacante.

Mi querido hermano: La mala acogida que tuve, y los repetidos desaires que sufrí la primera vez que me presenté al cabildo de Tarragona, y mi pronta y bochornosa retirada de esta ciudad, no por culpa de tan digna corporación, sino por la de un solo individuo suyo, en quien ella depositara toda su confianza, me han obligado a terminar mi viaje a las iglesias de Cataluña, por donde debía haberlo comenzado. A la de Tarragona le tocaba de derecho el ser la primera, y cabalmente ha sido la última. A comenzar por ella, procedía que dijera yo a qué Metropolitano estuvieron sujetas las iglesias restauradas de Cataluña durante el cautiverio de Tarragona: cómo después de quebrantado por esta el yugo agareno, se elogian sus Arzobispos y los Obispos sufragáneos: quién los confirmaba: qué parte tuvo en la confirmación de estos y en Sede vacante la iglesia Tarraconense: en suma, cuál era la disciplina que sobre dichos extremos en aquellos tiempos regía. Pero, pues, en el viaje anticipado y prematuro, sí, pero forzoso a las otras iglesias del principado, quedan deslindadas muchas de estas cosas, aunque tocadas por incidencia, lo que a comenzar yo por Tarragona hubieran sido noticias preliminares conducentes a dar luz y facilitar la inteligencia, para cuando se tratase de las iglesias sufragáneas: lo que voy a decir ahora será una confirmación, o más bien recapitulación de cuanto llevo expuesto en la materia. Mientras duró el cautiverio de la ciudad de Tarragona por la invasión de los Árabes, las iglesias catedrales de Cataluña que tuvieron la felicidad de sacudir su yugo a fines del siglo VIII, o principios del IX, reconocieron constantemente por Metropolitano al Arzobispo de Narbona; más por efecto de las circunstancias y del engrandecimiento de los Reyes de Francia a quienes debían su restauración, que por el supuesto decreto de la Sede Romana a favor de aquella metrópoli. 

Esta verdad, que la negó Masdeu a la sombra del pirronismo que introdujo en la historia, (N. E. Más claro, un tergiversador moderno de la historia, incluso con documentos a mano. Sería hoy el presidente del institut Nova història) está atestiguada por innumerables documentos auténticos, de los cuales consta que las iglesias de Barcelona, Urgel, Vique y Gerona, no reconocieron otro Metropolitano que el Narbonense en las confirmaciones de sus Obispos, asistencia a los concilios, apelaciones judiciales, etc.

Duró esta práctica por espacio de cuatro siglos, sin más interrupción que las dos épocas en que los Obispos de Vique Atón y Berenguer Rosanes obtuvieron el honor de Metropolitanos Tarraconenses; el primero a poco más de la mitad del siglo X, y el segundo a fines del XI.

Este último Prelado tuvo la gloria de ver reconquistada a Tarragona el año 1089. Y aunque el Arzobispo de Toledo Don Bernardo, como Legado Pontificio le impidió celebrar un concilio y algún otro acto propio de su

autoridad; mas no le quitó la jurisdicción metropolítica que él y sus sucesores ejercieron constantemente desde entonces sobre las cuatro iglesias sufragáneas ya citadas, sobre las de Tortosa, Lérida, Mallorca y Valencia, que se conquistaron después, y sobre las restantes de Zaragoza, Tarazona, Huesca, Calahorra y Pamplona, de que se componía en ese tiempo la provincia Tarraconense.

De esto son pruebas indubitables la asistencia de los sufragáneos a los concilios, la apelación en las causas eclesiásticas y la confirmación de las elecciones de Obispos que hacía el clero de las iglesias catedrales.

Y puesto que sólo se desea saber lo que la historia nos ha conservado acerca de este último punto, diré de ello lo que nos queda en los documentos existentes en los archivos de las iglesias de Cataluña; por los cuales se verán tres cosas:

1.a Que el Arzobispo de Tarragona confirmó todas las elecciones de sus Obispos sufragáneos hasta el pontificado del Papa Juan XXII, y aun algunas veces después de haber este Papa consolidado las reservas pontificias. 

2.a Que aun vacando la Sede Tarraconense, el Prepósito y cabildo de aquella iglesia hacía en esto las veces de su Pastor.

3.a Que las iglesias catedrales resistieron con ansia las reservas, y trataron cuantas veces pudieron de conservar el derecho de elegirse Obispo, y al Metropolitano el de confirmarle. 


ELECCIONES DE ARZOBISPOS.


Vacando la Sede de Tarragona el Prepósito de la misma iglesia, primera dignidad de su clero, que siempre se intitulaba Praepositus et Capitulum ecclesiae Terracon. convocaba a los Obispos sufragáneos para elegir sucesor; y en la elección, si se hacía por compromiso, el Prepósito era voto nato. El cual, junto con dos canónigos y dos de los Obispos sufragáneos, elegidos todos por el Capítulo, nombraban (los cinco) el Arzobispo futuro. Estas prácticas y las fórmulas correspondientes constan a la larga entre otros documentos por las actas de la elección del Arzobispo Don Benito Rocaberti, hecha en 1251 por muerte de Don Pedro de Albalat. Existe también en el archivo de la misma iglesia una protesta del Obispo de Barcelona Don Berenguer de Palou, hecha el año 1234, 

por no haberle convocado el Capítulo de Tarragona a la elección de Arzobispo después de la muerte de Don Sparago. Esta era la costumbre, a pesar de no hallarse expresada en la bula del Papa Celestino III del año 1194, en que hablando de las vacantes de Arzobispos confirma, como una de las libertades de la iglesia y de sus costumbres antiguas, la de que el Capítulo elija el sucesor uniformemente o por mayoría de votos. 

No existe memoria alguna de las elecciones de los Arzobispos del siglo VIII. La primera que hay es la de Don Sparago de Barca, electo unánimemente por el Capítulo a mediados de febrero de 1212. De 22 del 

mismo mes está fecha la carta en que pidieron su confirmación a Inocencio III. En ella, además de los del Capítulo, firman los Obispos Pedro de Urgel y Ponce de Tortosa, también Bertrán, Prior del monasterio de canónigos reglares de Escornalbou, que tenía derecho de asistir a estas elecciones, hasta que en 1219 quedó el priorato unido a la mitra.

En su muerte eligió el Capítulo del modo dicho a Don Berenguer de Palou, Obispo de Barcelona. El Papa anuló la elección por lo necesaria que era su persona en aquella capital. En seguida se hizo otra elección en el Cardenal Gil, del título de San Cosme y San Damián. No consta la suerte de esta. Sábese que Su Santidad nombró a San Raimundo de 

Peñafort, que este se excusó y logró que el Papa proveyese la Silla en Don Guillermo de Mongrí, que nunca quiso consagrarse y logró se le admitiese su dimisión en 1237.

En 1251 fue electo Don Benito Rocaberti, como se dijo.

Muerto Don Rodrigo Tello en 1308 eligió el Capítulo a Don Guillermo de Rocaberti. Hállase una carta de Clemente V al Rey de Aragón, fecha en los idus de febrero, año IIII de su pontificado, en que dice que por estar 

de viaje en el monasterio Caonense, diócesi de Narbona, y hallarse ausentes los Cardenales, no se atrevía a confirmar la elección de Arzobispo de Tarragona, mayormente estando ya reservada tiempo había a Su Santidad la provisión de dicha Silla a instancia del mismo Rey (Don Jaime II). Sin embargo, aparece confirmado después. Fue así que el Rey 

Don Jaime II pidió al Papa que se reservase la elección. Respondió S. S. data en Tolosa VII idus januarii, anno IV, que a pesar de ser el negocio tan grave por el voto que tenían los sufragáneos en la elección de Arzobispo, con todo condescendía en su súplica. Sin embargo, el Capítulo eligió, y el electo quedó confirmado.

Muerto este en 1315, el Capítulo eligió a Don Juan de Aragón, hijo del Rey, que no tenía aún doce años de edad. Por esta razón lo anuló el Papa, y en su breve, dirigido al Rey desde Aviñón a 15 de diciembre de 

1316, le ofrece dar la dignidad arzobispal a uno de los tres o más que le propusiese. 

Esta es la última memoria que queda de elecciones de Arzobispos, hechas por el Capítulo de Tarragona con los Obispos sufragáneos.

Dicho se está que estos eran confirmados por S. S, quien en este acto les enviaba el palio, de lo cual son continuas las memorias.


ELECCIONES DE OBISPOS.


Así como la iglesia de Tarragona, según asegura el Papa Celestino III, tenía entre otras libertades antiguas la de elegirse su Pastor, así también la tuvieron todas sus iglesias sufragáneas hasta el siglo XIV sin contradicción alguna, ni de parte de los Reyes, ni de los Romanos Pontífices. Estas elecciones, a lo menos desde el siglo IX, que es hasta donde se nos conservan monumentos, las hacía el clero de cada iglesia; habiendo motivo para creer que bajo este nombre, no sólo se entendía el Capítulo de canónigos, sino algunos otros presbíteros: como de la iglesia de Gerona consta por un proceso formado en 1239, en que se declaró que los presbíteros llamados allí de Capítulo habían asistido a las elecciones de los Prelados, sin embargo de no ser canónigos. En la elección del Obispo de la misma iglesia Servus Dei, hecha en 886, se lee que asistieron a ella los clérigos rurales con los civitatenses. Mas esto no debe tomarse tan a la letra que digamos que todos fuesen electores, sino que se hacía mención de ellos en lo que llamaban decreto o carta dirigida al Metropolitano, cuando pedían la confirmación del electo. En la cual

siempre dijeron que la elección o aclamación la habían hecho clerus et populus, y solían añadir urbis et dioecesis, y tal cual vez expresan la concurrencia de los nobles especificando sus nombres. Estos no eran electores, sino que consentían en ello, cuando el Capítulo, hecho el nombramiento, salía cantando el Te Deum a la iglesia, y el Primicerius lo anunciaba desde el púlpito al pueblo que estaba esperando. Hecho esto se extendía el decreto del modo dicho. El Capítulo de Barcelona en el decreto de elección del Obispo Bernardo de Berga en 1172, dice que lo eligieron antiquae libertatis nostrae consuetudinem sequentes y ad petitionem plebis.

Como quiera que esto fuese, es constante que la elección de los Obispos sufragáneos era peculiar de cada iglesia. Este derecho lo procuraron conservar a toda costa las iglesias, procediendo varias veces a elegir aun 

después de estar ya introducidas las reservas pontificias, como se verá por las notas siguientes, tomadas de los originales respectivos de cada iglesia. 


Iglesia de Barcelona.


Hacia la mitad del siglo XV (año 1456) a pesar de estar ya tan autorizadas las provisiones hechas por el Papa, el Capítulo proveyó la Sede vacante por muerte de Don Jaime Girad en Mosen Bernardo de Casasaje, eligiéndolo per via de Sant Sperit, esto es, por escrutinio. El Papa Calixto III anuló la elección y dio a otro la silla.

Verificáronse poco después las discordias del Príncipe Carlos de Viana con su padre el Rey Don Juan II de Aragón. Y como el Papa seguía el partido del Rey y Barcelona el del Príncipe (N. E. De un Principado es lo que cabe esperar, como hicieron siglos antes, y era su derecho), en los diez años de vacante que hubo desde el 1463, se resistieron mutuamente Papa y Capítulo a reconocer las varias elecciones que cada uno hizo por su parte. El Papa anuló las que el Capítulo hizo de Don Cosme de Monserrat, Obispo de Vique, a 5 de diciembre de 1463, y la de Don Miguel Sorrelles, hijo del conde de Iscla, a 1.° de septiembre de 1468. Correspondió el Capítulo no admitiendo a Don Fr. Juan Jiménez Cerdán, Aragonés, monje de Poblet, provisto por Paulo II en 1465. 


Iglesia de Lérida.


A pesar de algunas provisiones hechas ya por el Papa, el Capítulo eligió Obispo en 1341 a Don Jaime Ciyó por muerte de Don Ferrer de Colom. 

El Papa anuló al pronto la elección y luego la confirmó.

En 1380 por muerte de Don Romeo Cescomes, provisto por el Papa, convocó el Capítulo al de Roda, según costumbre, y eligieron a Don Geraldo de Requesens; elección que como veremos confirmó el Capítulo de Tarragona, Sede vacante.

Muerto este Obispo en 1399 juntáronse ambos Capítulos y eligieron Obispo a Don Pedro de San Clemente. Protestaron algunos canónigos, alegando el derecho de la reserva del Papa. La controversia fue larga, y el Papa tuvo lugar para anular la elección.

Vacando la Sede en 1449 por muerte de Don García Aznares, procedieron ambos Capítulos a la elección de Obispo. Parte de los electores nombró a Don Jorge de Bardají, Obispo de Tarazona, y parte a Don Antonio Cerdá. Prevaleció esta última, no por derecho de elección, sino porque el Papa Nicolao V, pocos días antes que esta se efectuase, había provisto a Cerdá en esta Sede. 




Iglesia de Gerona. 


El primer Obispo de esta iglesia provisto por el Papa fue Bernardo de Vilamarí, año de 1292. El sucesor también lo fue en 1311. Muerto este en 1318 el Capítulo eligió por compromiso sin perder momento al sucesor Pedro de Rocaberti.

Por muerte de este en 1324 eligió el mismo Capítulo a Gilaberto de Cruillas. Existen el decreto y las citaciones del Arzobispo para confirmarlo. Al fin el Papa anuló la elección y nombró a Don Pedro de Urrea, que es el primero en esta Silla de quien consta que usó el dictado Dei et Apostolicae Sedis gratia Episcopus.

En 1334 volvió el Capítulo a elegir por compromiso al mismo Gilaberto de Cruillas, el cual pidió y logró la confirmación del Capítulo Tarraconense, Sede vacante. El Papa anuló todo lo hecho y lo nombró de nuevo Obispo.

En 1384 eligió a Berenguer de Anglesola.

En 1408 a Francisco de Blanes.

En 1416 a Dalmacio de Mur.

Estas tres elecciones no son tan de extrañar por ser del tiempo del gran cisma. 

Muerto en 1457 el Obispo Bernardo de Pau eligió el Capítulo a Roger de Cartella, el cual no admitió por humildad, ni pidió la confirmación. Al cabo de dos años nombró el Papa a Don Jaime de Cardona.

Luego que en Gerona se supo la muerte del Obispo Cardenal Margarit, que falleció en Roma en 1484, inmediatamente eligió el Capítulo por escrutinio a Berenguer de Pau, sobrino del difunto, que también estaba en Roma, y el Papa confirmó la elección.

Por estas pocas muestras se ve el conato con que los Capítulos de las iglesias procuraron conservar su antigua libertad en este ramo. Y cuando no podían verificar la elección, sino que la debían esperar de S. S., le escribían y movían a que lo hiciese también la municipalidad, pidiéndole determinada persona para Obispo. Lo mismo hicieron con el Rey en todo el siglo XVI, después del concordato de Adriano VI.


CONFIRMACIÓN DE OBISPOS POR EL METROPOLITANO.


Que las elecciones de los sufragáneos eran todas confirmadas por el Metropolitano, es una verdad notoria a cuantos hayan leído algo de la disciplina eclesiástica antigua. Pudieran citarse en apoyo de ella centenares de escrituras que existen en el archivo de la catedral de Tarragona, que son los decretos de elección que dirigían al Metropolitano pidiendo la confirmación los Capítulos electores de Barcelona, Gerona, Urgel, Vique, Tortosa, Lérida, Mallorca, Valencia, Zaragoza, Tarazona, Huesca, Calahorra y Pamplona, que son las (se lee los) catedrales que en varias épocas componían el todo de la provincia. Sería pues una cosa superflua amontonar noticias para probar el derecho del Metropolitano en esta parte, que aun los mismos Papas, en la época anterior a las reservas, reconocieron y mandaron conservar, de lo cual bastará citar dos o tres ejemplares. 

En el año 1199, cuando Bernardo de Castelló, Obispo de Urgel, pidió al Papa Inocencio III la absolución de la carga episcopal, conservando su honor, S. S. le absolvió de ambas cosas, y escribió al Capítulo que procediese a nueva elección, y al Metropolitano que cuidase de que fuese pacífica. Aguirre publicó estas cartas. Yo he visto además el decreto de elección del sucesor Bernardo de Vilamur, donde consta todo ello. Está dirigido al Arzobispo de Tarragona Raimundo de Rocaberti, que confirmó la elección, y en cuyas manos el electo prestó la obediencia.

En 1243, electo por el Capítulo de Barcelona Pedro de Centelles, manifestó que tenía hecho voto de ser fraile Dominico. Acudió al Papa, y este mandó al Arzobispo de Tarragona que procediese a confirmar la elección haciendo que el electo cumpliese antes su voto, como lo verificó. Existe el proceso original en Tarragona.

Todavía es más notable lo acaecido en Lérida en 1248. Porque no concordando los capitulares de Lérida y Roda en la elección de Obispo, resolvieron enviar a Roma los comisionados, a quienes, a 7 de noviembre del año anterior, dieron poderes para que eligiesen ellos solos Obispo, de voluntad y consentimiento de S. S. Resentido de esto el Arzobispo de Tarragona, a quien tocaba la devoluta, envió también su embajador a Roma pidiendo que se conservase ileso su derecho, y se declarasen los de Lérida inhábiles para elegir. El Papa Inocencio IV cortó la disputa, dando comisión para nombrar el Obispo al mismo Arzobispo de Tarragona, a San Raimundo de Peñafort y a un Fr. Miguel, ambos Dominicos. Los tres eligieron por Obispo a Fr. Guillermo de Barberá, también Dominico, el cual fue confirmado por el Metropolitano, a quien prestó la obediencia.

Por estas muestras se ve cuan asentado y fijo estaba entonces en la disciplina el derecho del Metropolitano para confirmar a los Obispos sufragáneos, que ni aun en las ocasiones en que la elección se puso en manos de S. S. quiso este alterar la costumbre antigua, ni defraudar la jurisdicción metropolítica.

Aun cuando se introdujeron las reservas, los electos por el Papa prestaban obediencia al Metropolitano bajo la misma fórmula con que lo habían hecho los electos por el clero. Así Don Ponce de Vilamur, electo por el Capítulo de Lérida en 1322, fue confirmado por el Papa, dirigiéndole las bulas sin mentar dicha elección, idénticas con las que expedía para los nombrados por S. S., y con todo, el electo prestó obediencia al Metropolitano more solito. Así lo hicieron muchos de sus sucesores. Los Obispos confirmados en el acto de su consagración prestaban la obediencia canónica al Metropolitano, o por procurador, si no podían acudir a Tarragona con motivo de enfermedad, o personalmente en dicha catedral, y esto era lo más frecuente, jurando siempre super altare Beatae Teclae, y extendiéndose de estas actas las escrituras respectivas de que hay muchas docenas en Tarragona firmadas por los que juraban. 

Aun las reservas pontificias sabemos que comenzaron con el título de haber vacado los obispados in curia. Prueba clara de que no se halló título para despojar de golpe a los capitulares del derecho de elegir sus Obispos, y a los Metropolitanos el de confirmarlos. Advierto por último que la mayor parte de las veces en que los capitulares trataron de recobrar su derecho de elegir Obispo en los siglos XIV y XV, se halla que los Arzobispos de Tarragona acudían a recobrar el suyo para confirmarlos; lo cual lograba unas veces y otras no, a proporción del estado político que tenían los negocios de la corona respecto de la Corte Romana. Así lo hizo el Arzobispo Don Ximén de Luna en 1325, en la elección que ya cité de Gilaberto de Cruillas para Obispo de Gerona.


PARTE QUE TUVO LA IGLESIA TARRACONENSE EN LA CONFIRMACIÓN DE OBISPOS Y EN LA SEDE VACANTE. 


Verificadas las elecciones de los Obispos de las iglesias sufragáneas, solían los electores, además del derecho de ellos, que dirigían al Arzobispo Tarraconense pidiendo su confirmación, escribir también al Capítulo de la metrópoli para que intercediese con el Prelado, y le facilitase la confirmación. El Capítulo solía tomar sus informaciones secretas sobre la idoneidad del electo, y después de hacer los oficios correspondientes concurría por medio de sus representantes a la consagración de los ya confirmados, la cual no mandaba hacer el Arzobispo sine consensu Capituli. Prueba de esto es que cuando el Capítulo de Tarragona presentó su nuevo Obispo electo Don Fr. Vicente, Abad Cisterciense, al Arzobispo Don Pedro de Albalat, estando en Valencia celebrando concilio provincial, año 1240, considerando este Metropolitano la falta que hacía el Obispo en Zaragoza, y que entonces estaban reunidos en Valencia los Obispos, mandó que el electo fuese confirmado y consagrado allí mismo; y esto dice que lo hizo de consilio et assensu Praepositi et Sacristae, et aliorum canonicorum ibidem presentium, non in contemptu Capituli Terracone, nec volentes eidem iniuriari. Está la escritura original en el archivo de Tarragona.

Más notable es el derecho que tenía el mismo Capítulo para confirmar en Sede vacante las elecciones de los sufragáneos, aunque no recibía de ellos la obediencia. Sirvan de prueba los hechos siguientes:

Los Capítulos de Huesca y Jaca, en su carta fecha XIIII. kal. martii in claustro Oscensi anno Dni. MCCXXXVII. (16 de febrero de 1238), escribieron a Ferrer, Prepósito del Capítulo de Tarragona, pidiéndole que mandasen consagrar al Obispo Vidal de Canelles. (N. E. Muy importante nombre para el estudio del Vidal Maior)

Al pie de esta carta, que está original en Tarragona, firman el Prepósito y canónigos de la misma iglesia, como admitiendo la elección. Cuatro días anterior a la fecha de esta carta es la de la escritura con que el mismo Obispo Vidal, estando personalmente en la metropolitana, prestó la obediencia super altare Beatae Teclae Archiepiscopo venturo. Circunstancias cuya combinación persuade que el Capítulo Tarraconense confirmó al electo. Lo que aquí son conjeturas es demostración con los datos siguientes: 

Por muerte del Obispo Abril eligió el Capítulo de Urgel por sucesor a Pedro de Urgio día 3 de noviembre de 1269. El mismo día pidió su confirmación al Prepósito y Capítulo de Tarragona (Escritura, archivo de Urgel), los cuales lo confirmaron, y con su autoridad fue consagrado por el Obispo de Vique Raimundo de Anglesola día 29 de diciembre del mismo año. En el mismo acto prestó la obediencia canónica Domino meo futuro Archiepiscopo; y el consagrante suscribe con estas palabras: Ego Raymundus Dei gratia Vicensis Episcopus, qui auctoritate ecclesiae Tarraconensis Sede vacante praedictum Episcopum consecravimus asistentibus (igual se encuentra con ss que con s) mihi Dominis A. Barchin. et B. Dertusen. Episcopis (Escritura original en Tarragona). 


La elección del Obispo de Tortosa Don Berenguer de Prat, que el Capítulo de la misma iglesia hizo por compromiso a 27 de octubre de 1316, fue confirmada por Jofre de Cruilles, Prepósito de Tarragona, Sede vacante,

y el electo prestó su obediencia super altare Beatae Teclae a 5 de diciembre inmediato, siendo testigos Jimeno, Obispo de Zaragoza, y G., 

Obispo de Lérida (Escritura original, ibid.). 

Todavía era reconocido en la provincia este derecho del Capítulo de Tarragona el año 1334, cuando electo Obispo de Gerona Gilaberto de Cruillas por su Capítulo día 25 de agosto, pidió el electo la confirmación al Prepósito Tarraconense, Sede vacante, por sus procuradores Guillermo de Cornellá y Jasperto Folcradi, añadiendo que no iba él personalmente propter senectutem et propter estivos calores. Verificose la confirmación, mas el Papa anuló todo lo hecho, y nombró de nuevo al mismo Gilaberto por Obispo de Gerona.

De estas muestras se infiere que el Capítulo Tarraconense, Sede vacante, confirmaba las elecciones de los Obispos sufragáneos, así como en el mismo caso oía y juzgaba las apelaciones de toda la provincia, según le 

concedió el Papa Lucio III, año 1181; y convocaba también a los concilios provinciales, como consta de los procesos y actas originales de los mismos. Siendo de notar que, así como el Arzobispo nunca los convocaba sine consensu Capituli, así tampoco confirmaba los sufragáneos sin la mediación y asistencia del mismo, quedando en ambas cosas autorizado para suplir la falta de su Pastor. 

De este modo se procuraba en aquel tiempo facilitar la confirmación de los Obispos, cuya asistencia y gobierno personal, siempre se tuvo por tan necesario como lo es a las iglesias. “Porque la grey, decían los electores, no esté por más tiempo expuesta a los asaltos y carnicería de los lobos con la falta de pastor, suplicamos, etc.” Con esta y semejantes fórmulas, pidieron siempre las iglesias a su Metropolitano o a su Capítulo la confirmación de sus Obispos. Y es de notar que a excepción de los tiempos perturbados con guerras, etc, apenas se hallará en Cataluña una iglesia que vacase más de cuatro meses.

Tal era el conato que se ponía en esta parte tan importante que aun faltando el Metropolitano, y no pudiendo acudir a su Capítulo, se procuraba por los Obispos sufragáneos la confirmación de sus comprovinciales, como el último remedio que les quedaba para proveer pronto a las necesidades de las iglesias vacantes. De esta clase nos queda un hecho insigne de principios del siglo XI en una vacante de la silla de Roda.

Muerto su Obispo Aimerico II fue electo por sucesor Borrell, en el año 1017. El decreto de esta elección existe original en la iglesia de Urgel, a cuyo Obispo San Ermengol se presentaron los electores con el electo, pidiéndole la confirmación, por ser esta Sede capud omnium ecclesiarum jam dicto comitatu (Ripacurcensi). San Ermengol lo confirmó con estas palabras: “Iterum atque iterum ego Ermengaldus (: Ermengaudus : Hermenegildo : Armengol : Ermengol) praefatus Episcopus una cum katerva clericorum praedictorum advocamus, atclamamus (t : d : adclamamus) atque eligimus jam dicto Borrello, ut per divina manu Salvatoris protegente vel donante ad honorem et benedictionem atque ordinationem sui praesulatus accedat, et susceptione perveniat sub tuitione almae Mariae Sedis praefatae, et sub dominatione Domno Ermengaudo Episcopo et succesores ejus. Exaratus est autem haec titulus electionis praesulatus XI kal. decembris anno XXI, regnante Rothberto Rege.” Tres días después está fecha otra escritura original (ibid), y es la de la consagración de este Obispo, hecha por el mismo San Ermengol con asistencia de Adalberto, Obispo de Carcasona, y Pedro, Obispo de Comenge, que después de haber ordenado a Borrell en todos los grados eclesiásticos, le admitieron en el número de los Obispos sus hermanos. En ella se repite la expresión de que el Obispo se ordenaba sub tuitione Sedis Urgellen. et dominatione Domno Ermengaudo et

succesores ejus. Lo cual ha hecho creer a algunos que esta Sede de Roda se consideraba como sufragánea de la de Urgel: cosa inaudita y del todo fuera de camino. Otros han inferido de estos documentos, que invadida Roda por los Moros, que cierto lo estaba por ese tiempo, el clero se refugió a Urgel, donde accidentalmente hizo elección de su Obispo, y que el de Urgel la corroboró como cabeza de esta última iglesia. Algo más que esto aparece en la escritura última citada, cuyo exordio descubre la causa de la confirmación dada por San Ermengol. Dice así a la letra: “Locorum primates preceptorum, quibus gerarchice atque telatargice vigent prischa, modernaque ecclesiarum moderamina teoloqueriis sanxere cannonibus quo (quod) arripientibus viam universe terre quarumlibet Sedium Presulibus per vicionerem (viciniorem )Episcopum aut per quemlibet alium Episcopum, cui Archimadrita iniuncxerit extincti fratris tumulatorem, orbateque Sedis visitatorem atque consolatorem, sine cuius conscientia sacri vetant canones confiteri atque confici de subrogatione Episcopi perficiatur eclesiasticarum inventarium rerum. Tunc vero prioribus viduate Sedis dispositis echonomis comendetur; postmodum autem cleri plebisque ordinis desiderium consensus requiratur. Quinimmo amotis simoniacis saculis, postpositisque omnium cupiditatum argumentis universa fideliter noticie archiepiscopali significentur. Quo disponente cuncta in talibus expedit cum suffraganeorum consilio sub divina censura disponi negociis atque ordinari. Igitur Metropolitano dominica vocatione rebus humanis utraque (vitaque) perfuncto, hec eadem fideliter sunt exigenda omnia a visitatore atque tumulatore, et omnium condiocesaneorum, si fieri potest, cognicionis (cognicioni) significanda prudencialiter, quo urbes que gentilium temporibus habebant idolicole flamines, nunc gubernent christicole Presules. Cum ergo Pastorem contigerit subrogandum post adclamationem et vocationem cleri, petitionemque viduate plebis … expedit orbate Sedi cum Episcoporum eleccione, cleri ac populi ipsius comitatibus aclamatione, Episcopum ordinari atque intronizari. Quapropter ego Ermengaudus, etc.” En esto se ve que la causa porque San Ermengol confirmó, entronizó y ordenó al Obispo de Roda Borrell, fue porque después de haber sido como más vecino visitador de aquella iglesia en la muerte de Aimerico, le correspondió como tal hacer con el consentimiento de los comprovinciales lo que tocaba hacer al Metropolitano, si viviera. Estaba sin duda vacante la Sede de Narbona, y por eso los tres Obispos sin esperar a más, confirmaron y consagraron al electo. 

Como quiera que se expliquen estos documentos, sólo el ver que a los tres días de hecha la elección, sigue la confirmación e intronización, prueba el conato con que se procuraba este beneficio a las iglesias vacantes.

A Dios. Tarragona, etc.