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martes, 31 de mayo de 2022

CARTA XIX. Catálogo de los Obispos Segobricenses.

CARTA XIX. 

Catálogo de los Obispos Segobricenses

Mi querido hermano: La experiencia me ha hecho ver cuan útil, y aun necesario es para el desempeño de mi comisión tener a la vista un catálogo exacto de los Obispos que gobernaron las Iglesias. No basta saber los ritos particulares de ellas; es preciso averiguar también la época de su establecimiento, decadencia o abrogación. Lo cual sería tan difícil sin la serie cronológica de los Obispos, como sin la de los Reyes el ordenar los sucesos que presenta la historia civil. Mas como la noticia circunstanciada de los Obispos da luz a la historia de sus Iglesias, debo extenderme en estos catálogos algo más que en el de los Prelados de Valencia, cuya serie cronológica bastaba para ilustración de la liturgia a que estaba ceñida por entonces mi comisión. Diré pues brevemente de los Obispos Segobricenses de la Iglesia antigua y moderna, cuanto pueda ilustrar nuestra literatura eclesiástica. Y digo de la Iglesia antigua, porque mientras no se demuestre lo contrario, no osaré quitar a los Prelados modernos Segobricenses la gloria de ser sucesores de los antiguos. Para la formación de este catálogo he tenido presente un episcopologio MS. que conserva en su archivo esta Iglesia, escrito por el sabio Obispo D. Juan Bautista Pérez hasta su tiempo, y continuado por otro hasta el 1659: item, el que publicó el Obispo de Albarracín D. Fr. Andrés Balaguer de los Prelados de su Iglesia, y va al principio del sínodo que celebró en 1604: el que imprimió en las antigüedades de la Iglesia de Segorbe su canónigo D. Francisco Villagrasa año 1664; y también lo que de los antiguos Obispos dejó escrito Flórez en su España sagrada. De propósito omito los Obispos que Villagrasa, sin poder averiguar sus nombres, supone haber asistido a los Concilios I y II de Toledo, y también al Valentino. No es inverosímil que a fines del siglo V y principios del VI tuviese Segóbriga Obispos que asistiesen a aquellos Concilios; pero supuesto que ellos en las firmas no expresaron sus sillas, vamos a los ciertos e indubitables de que nos queda memoria.

I. Próculo es el primer Obispo Segobricense, de quien consta que el año 589 asistió al Concilio III Toledano, en que el Rey Recaredo con toda su corte abjuró el arrianismo. De los sesenta y dos Obispos que se hallaron presentes el nuestro firma en el número 23: único Prelado de esta silla y católico, teniendo otras Iglesias dos Obispos, uno de ellos arriano, como sucedió a la de Valencia, donde a más de Celsino católico, se hallaba Wiligisclo que abjuró en el mismo Concilio.

II. Porcario (no Portario como dijo Ambrosio Morales, ni Poscario como escribió Loaysa) asistió el año 610 a un Concilio extraordinario de Toledo, reinando Gundemaro, en el cual se trató de no reconocer otra metrópoli en la provincia Cartaginense que Toledo. Firmó este Obispo en el décimo lugar entre los quince Prelados que asistieron. 

III. Antonio se halló en el IV Concilio Toledano de 63 tan célebre por la uniformidad de la liturgia que en él se estableció. Firma este Prelado en el número 46. El M. Flórez supone que sólo asistieron a este Concilio sesenta y dos Obispos; mas el Señor Pérez dice que fueron sesenta y seis. En los Concilios siguientes V y VI firma por este Obispo Antonio un Diácono de su Iglesia llamado Vamba, y también Pedro; altero scilicet nomine Gotthico, añade Pérez, altero magis ecclesiastico. Vacaba sin duda esta silla por los años 646 en que se celebró el Concilio VII de Toledo, puesto que no se halla suscripción alguna perteneciente a esta Iglesia.

IV. Al VIII, celebrado en el año 653, quinto de Recesvindo, asistió Floridio, Obispo de Segóbriga, firmando el decimoquinto.

V. Eusicio subscribió en los dos Concilios Toledanos IX y X celebrados en 655 y 656. Del primero dice el Sr. Pérez que sólo fue de nueve Obispos, cuyas suscripciones vio en los MSS. de Toledo y del Escorial. Loaysa y el P. Flórez aumentan su número hasta diez y seis. 

VI. Memorio, Obispo Segobricense, asistió al Concilio XI de Toledo de 675, y al XII de 681. Acerca de este último Concilio dice el Obispo Pérez: “Illud observandum subscriptionem in libris impressis esse mendosam. Nam ibi legitur Memorius Egobinensis, et Ella Segobricensis, quem errorem secutus est Antonius Beuter historicus, dicens in hoc Concilio Ellam fuisse Segobricensem; cum in libris Gotthicis aperte legatur Memorius Segobricensis, et Ella Segontiensis, quae nunc est Siguenza (Sigüenza). Nam Episcopatus Egobinensis nusquam legitur inter Episcopatus Hispaniae; et hunc ¡psum errorem librorum impressorum animadvertit Ambros. Morales historicus.”

VII. Olipa asistió a los Concilios XIII y XIV de Toledo en los años 683 y siguiente. Villagrasa atrasó un año estos Concilios sin decir por que se apartaba de la cuenta y parecer del Señor Pérez, cuyo episcopologio me consta que tenía presente. 

VIII. Anterio subscribe como Obispo de esta silla en los Concilios Toledanos XV del año 688 y XVI del 693. En el siguiente 694, séptimo del Rey Egica, se celebró el Concilio XVII, en el cual, aunque carece de suscripciones, es verosímil se hallase este mismo Prelado, último de los Segobricenses que sabemos anteriores a la invasión de los sarracenos; la cual es también muy posible que alcanzase, como acaecida diez y siete años después poco más o menos. 

Permaneció esta silla sin Obispo por espacio de 460 años, con poca diferencia hasta el de 1172, en que habiendo dado el Rey Moro de Valencia a D. Pedro Ruiz de Azagra, caballero navarro, la ciudad de Albarracín, que otro llamaron Abenrazin; y queriendo el nuevo Señor honrarla con Obispo propio, acudió al Cardenal Legado Jacinto Bobo, que después fue Papa Celestino III. Con esto, y con la facultad que dio Urbano II a D. Bernardo Arzobispo de Toledo y sus sucesores, de poner Obispos en los lugares que se fuesen conquistando de los moros, logró Azagra ver cumplidos sus deseos, eligiendo D. Cenebruno, que a la sazón era Arzobispo de Toledo, para Obispo de Albarracín a un Canónigo de su misma Iglesia llamado 

I. D. Martín, al cual se le dio el título de Arcabricense, o como quieren otros Ercavicense, por haberse creído que Albarracín estaba comprendido en el territorio del antiguo obispado de este nombre. Pero cuatro años después, averiguado mejor este punto, se vio que Albarracín pertenecía a la diócesis Segobricense, asignándose luego a la de Cuenca, que se erigió en 1182, todo el territorio que fue de los obispados antiguos Arcabricense y Valeriense. Los nuestros siempre se llamaron Segobricenses, aun durante el espacio de setenta años, que tardó Segorbe en salir del cautiverio de los moros. Y así con razón comienza la serie de los Obispos modernos de Segorbe por este D. Martín; el cual juró obediencia al Arzobispo de Toledo D. Martín López de Pisuerga como a su metropolitano en el año 1200 a 15 de Septiembre. En el instrumento que se hizo con esta ocasión, y existe en Toledo, habla así dicho Obispo: Ego Martinus Segobricensis Episcopus, cum Ecclesiam S. Mariae de Barrazin, quam modò pro sede habeo... subiectionem et reverentiam promitto vobis Domino Martino Metropolitano meo, Toletanae sedis Archiepiscopo, sicut in consecratione meam antecessori vestro Domino Cenebruno promissi &c.... El Señor Pérez, que copió del documento original estas palabras, añade que en él sólo firman ocho clérigos de Albarracín, entre ellos dos Canónigos, dos Diáconos y un Porcionario, y siete Párrocos, es a saber, de Torres, Moscardón, Roncales, Náxera (Nájera), Oriola (Orihuela), Frías y Calomar. Créese que era este primer Obispo Canónigo de Toledo. Pérez lo infiere de una constitución hecha por D. Cenebruno, era 1210 (año 1172), de número quadragenario Canonicorum, a la cual subscriben todos ellos, no con nombre de Canónigos, sino de Presbíteros, Diáconos y Subdiáconos; y en la primera clase entre los más antiguos se halla Martinus Presbyter. Puedes certificarte de ello en la copia adjunta (a: V. apéndice n. I.). Tengo por harto bien fundada esta conjetura, constando por otros ejemplares que los Arzobispos de Toledo solían nombrar Obispos de las Iglesias sufragáneas a los Canónigos de la suya. Es casi cierto que en tiempo del dicho Don Martín se establecieron las constituciones antiguas de esta Iglesia, gran parte de las cuales convienen hasta en las palabras, como dice Pérez, con las antiguas de Toledo. Debieron establecerse desde el año 1172 hasta el 1208 en los tiempos de D. Cenebruno, o de D. Martín López de Pisuerga, Arzobispos de Toledo, cuyos pontificados alcanzó nuestro D. Martín (b). 

(b) Del Arzobispo López de Pisuerga consta que hizo una constitución para esta Iglesia, estableciendo el modo de partir los frutos entre el Obispo y el Cabildo, la cual confirmó el año 1232 el Arzobispo D. Rodrigo, como resulta del instrumento que se conserva en este archivo. 

No sabemos fijamente el año de su muerte; mas como la primera memoria de su sucesor sea del año 1213, bien puede conjeturarse que vivió hasta ese tiempo. Sucedióle II. Hispano, el cual sin duda era el deán de la Iglesia de Toledo, a quien tres años antes escribió el Papa Inocencio III; la carta se halla entre las impresas (a: V. epist. Innoc. III, lib I. epist. 10.). Lo cierto es que era ya Obispo Segobricense en 1213, en que a instancia del Señor de Albarracín Don Pedro Fernández de Azagra partió a Roma a tratar con dicho Papa de la libertad del niño Rey D. Jayme I, detenido por el Conde Simón de Monfort, contribuyendo a la restitución de dicho Príncipe (b); 

(b) V. Hist. Roder. Tolet. lib. VI. c. V., donde dice: venerabili Episcopo Hispano sollicite procurante etiam propriis sumptibus V. Zurita Annal. lib. II. c. 66. 

la cual verificó de orden del Papa Inocencio el Cardenal de Benevento Pedro de Mora. Así por esto, como por su literatura y virtud dicen que mereció ser nombrado por el mismo Cardenal Maestro de dicho Príncipe. Dos años después volvió a Roma a la celebración del Concilio Lateranense IV con su Metropolitano D. Rodrigo Ximénez y otros Obispos españoles, cuyos nombres refiere el Señor Pérez tomándolos del libro de los privilegios de la Iglesia de Toledo, y dice que faltan en los ejemplares impresos. Porque sé que no te disgustará esta noticia, pondré aquí sus palabras. Dice, pues, que asistieron a este Concilio Petrus Compostellanus, Garsias Conchensis, Gerardus Segobiensis, Melendus Oxomensis, Joannes Calagurritanus, Joannes Ovetensis, Martinus Civitatensis, et N. Vicensis Episcopus, Procurator Sparagi Archiepiscopi Tarraconen. absentis et G. Bracaren. Archiepiscopus, et alii. Por esta nota se ve que es yerro de imprenta el nombre de Segobiensis, que se da a nuestro Hispano en la historia del Arzobispo D. Rodrigo; pues a más de que no se halla ningún Obispo de este nombre en el catálogo de los de Segovia, a este Concilio, en que firmó Hispano Segobricense, asistió también Gerardo Segobiense. Murió este Prelado a 11 de Diciembre de 1215, como se nota en el libro viejo de los aniversarios de Toledo. Y aun por eso el Señor Pérez, a quien debemos esta noticia, sospecha que murió en aquella ciudad. Lo cual es harto inverosímil, siendo cierto, como lo es, que el citado Concilio no se concluyó hasta el día 30 de Noviembre del mismo año. Tampoco se puede saber con certidumbre si este Hispano es el que Gauberto Fabricio en la Historia antigua de Aragón llama Raymundo Hispano; ni si era su pariente un Bernardo Español, soldado, que se halló en la conquista de las Islas Baleares, año 1228, de quien hace mención Zurita (a: Annal. lib. III. cap. 4.). Lo cierto es que este mismo Obispo es el que la crónica del Rey D. Jayme (atribuida equivocadamente a este Príncipe), tratando de su restitución a los señoríos legítimos, llama en lengua lemosina: Lo Bisbe Nispan, porque esto equivale a En Hispan o D. Hispan (Hispán), lo mismo que Nugo y Not, y Namfós valen D. Hugo, D. Oto, y Don Alfonso.

III. Egidio, o Juan Egidio Gil, cree el Señor Pérez que debe ser colocado en este lugar como sucesor de Hispano desde el 1216 hasta el 1222. En una nota que se lee con alguna dificultad, cuando habla de D. Martín, dice estas palabras: Hic Egidius Episcopus videtur interponendus: nam alibi vix potest, vel certè post Hispanum, non post Dominicum. Por donde no parece tan infundada, como pretende Villagrasa, la cuenta del Ilustrísimo Balaguer que hace a este D. Juan inmediato sucesor de D. Martín. Tampoco sería reprensible el que le colocase después de D. Ximén desde el 1245 hasta el 1247, porque en la escritura de donación de Zeyt Abuzeyt de 1238, el primer testigo es AEgidius Archidiaconus, (página borrosa)* calidad que todos le conceden antes de *ser Obispo. Como quiera, la cosa es oscura, y por ahora estos seis años desde la muerte de Hispano hasta que nos consta de su sucesor, quedan huecos si no suponemos Obispo Segobricense a este D. Gil. Inciertos son también los principios del Obispado de  

IV. D. Domingo, del cual sólo sabemos que era ya Obispo en 1223, en que acepta la donación de ciertos viñedos que hizo a su Iglesia D. Pedro Fernández de Azagra, tercerSeñor de Albarracín en la era 1261, la cual he copiado (a: Véase el apéndice núm II.). Lo era también en 1232 en que D. Rodrigo, Arzobispo de Toledo, estando en Brihuega hizo la constitución sobre la división de diezmos en esta Iglesia, de que antes hablé. Parece que debieron hallarse en el mismo lugar con dicho Arzobispo nuestro Don Domingo y los diputados de su Cabildo, pues todos firman de su mano esta concordia, que quedó rubricada con los sellos del Arzobispo y del Obispo y capítulo Segobricense; de estos sellos sólo se conserva el último, el cual está grabado en cera roja (pone roxa), y representa una imagen de nuestra Señora sentada con el niño en los brazos, y alrededor estas palabras: S. Capituli Segorbic. et S. Mariae de Albarracino (a: Véase este documento en el apéndice núm. III.). En el año siguiente asistió nuestro Prelado al Rey D. Jayme I en el sitio y toma de Burriana, y dijo la primera misa en los lugares conquistados de Almenara y Olocau, protestando que tomaba esta posesión por su Iglesia y por la de Toledo. Del mismo año 1234 se conserva la respuesta del capítulo de Toledo, al cual, por hallarse ausente el Arzobispo D. Rodrigo consultaron nuestro Obispo y su capítulo sobre la pretensión del cuarto Señor de Albarracín D. Álvaro Pérez de Azagra, que contra la voluntad de ellos quería elegirse sepultura en la Iglesia de dicha ciudad. Usaron en esto sin duda de la facultad que el Papa Celestino III había concedido el año 1192 al capítulo de Toledo, para que vacando su silla pudiese oír las apelaciones de los sufragáneos. De cuya concesión, por si no la has visto envío copia (a: Véase el apéndice núm. IV ?? No se ve bien). Siendo ciertos como lo son estos datos, debemos fijar su muerte en el mismo año 1234; pues por otra parte en el siguiente ya era Obispo de esta Iglesia V. D. Guillermo, como consta de la donación que le hizo el Rey D. Jayme de la alquería llamada Teresa, hoy pueblo grande a la orilla del río Palancia, no lejos de esta ciudad; su fecha en Barcelona a 13 de Septiembre de 1235. Villagrasa cree que aquel Obispo era el Arcediano de esta Iglesia, llamado comúnmente el Maestro Guillermo. No me atrevo a contradecirlo, y más estando de por medio la autoridad del Señor Pérez, que también lo asegura. Pero séame lícito observar que acaso *pudieron equivocarle con un Maestro Guillermo, *Ar, que suena en el instrumento **ción que hizo el capítulo para * Iglesia en la persona de D. Pedro Ximénez de Segura año 1272. Como quiera, merece particular memoria este Prelado por haber sido el primero a quien se sujetó y donó sus posesiones el Rey Moro Zeyt Abuzeyt, arrojado de Valencia por la tiranía de Zaen. Acaso debía el neófito a nuestro Obispo la instrucción en la fe y la administración del bautismo, aunque Casiri pone su conversión el año 1229 (a: Véase la nota primera a la Carta antecedente.). Hízole pues donación con escritura pública, fecha en Teruel a 23 de Mayo de 1236, de Segorbe y otros lugares que quedaron a su devoción (b: Véase el apéndice núm. V.). Dícese que Zeyt obtuvo privilegio de la Sede apostólica para dar sus estados a la Iglesia que quisiese. Así lo asegura su nieto D. Gonzalo Ximénez de Arenós en el proceso de D. Sancho Dull. Acaso hizo esto en virtud del privilegio general de Urbano II dirigido al Rey D. Pedro de Aragón y Grandes del Reyno, para que diesen los lugares que fuesen conquistando a los Obispos que quisiesen. Y en efecto este mismo privilegio, como dice el señor Pérez, alegó el año 1247 D. Ximén Pérez de Arenós, hermano de dicho D. Gonzalo, para dar los diezmos de Andilla a Pedro, Arzobispo de Tarragona, como a su metropolitano, y al Obispo de Valencia como a su diocesano. Sea de esto lo que fuere, la donación no tuvo de pronto el efecto deseado; antes quedó oculta, porque los moros que se conservaban sujetos al dominio de Zeyt no se le rebelasen sabida su conversión. Esta y otras causas de la pobreza en que se vio este Obispo, obligaron al Papa Gregorio IX a recomendarle al Arzobispo de Toledo y sus sufragáneos para que le socorriesen, et non cogatur (dice) in opprobrium Pontificalis officii mendicare; la fecha de esta carta es de 9 de Enero de 1237. El mismo día escribió al Rey S. Fernando de Castilla, exhortándole a que cooperase a la conquista de Segorbe, y a que su Obispo quedase en posesión de esta ciudad y de los otros lugares que le pertenecían (a: Se hallarán estas dos Cartas en el apéndice en los números VI y VII.). 

Poco más debió de vivir este Obispo, pues ya en el año siguiente 1238 a 19 de Abril confirma Zeyt su primera donación al Obispo Segobricense. 

VI. D. Ximeno. Llamo así a este Obispo, porque así le nombran en la copia legalizada en el siglo XIV de la escritura de venta del lugar de Tramacastiel hecha por Doña Teresa Cascant y su hijo Martín Egidio al Obispo y Cabildo Segobricense pro 700 aureis Alphonsinis, fecha en la era 1277 (año 1239). El Señor Pérez le llama Simón, porque en el instrumento de la nueva donación de Zeyt se nombra este Obispo con la inicial S. Mas esta letra también pudo serlo de Simino o Semeno. Como quiera, este Obispo es a cien el Rey Zeyt Abuzeyt confirmó y aumentó la donación que tenía hecha a su antecesor; cuyo instrumento original con la firma del Rey en lengua árabe he visto y copiado (a: Véase el apéndice núm. VIII.). Hallóse este Prelado en el sitio y toma de Valencia, donde sostuvo los derechos de su metropolitano, diciendo la primera misa en la Iglesia de S. Vicente Mártir, extramuros de la ciudad, y ganada esta hizo lo mismo en la de S. Miguel, dando además sepultura al primer difunto en la mezquita mayor ya purificada y bendecida. Consta esto del proceso que guarda la Iglesia de Toledo acerca de la jurisdicción que esta metrópoli y la de Tarragona pretendían sobre la de Valencia: la cual el año siguiente 1239 quedó adjudicada a la de Tarragona, accediendo en esto el Papa Gregorio IX a los deseos del Rey D. Jayme. Entrando luego este feliz conquistador en posesión de Segorbe sin fuerza de armas por los años 1245, pasó el Obispo Ximeno a tomar posesión de su silla diciendo misa en el arrabal. Mas fue tal el alboroto de los moros al oír la campanilla, que se vio precisado a huir para salvarse de su furor (a). (a) Están contestes los Autores en este hecho; mas en el proceso de D. Sancho Dull del año 1323 depone un testigo haber oído decir a su padre, que se halló presente a este acto de posesión, que los moros se sosegaron luego que el Obispo concluyó el sacrificio, y que á otro día partió de Segorbe. Hay algunos otros contestes, salvo que atribuyen esto al siguiente Obispo D. Pedro; cuyo pontificado debió comenzar el mismo año 1245. 

Poco más vivió este Prelado; pues como veremos, en 1247 ya suena un Pedro, Obispo Segobricense, que tomó posesión de esta silla para tener el dolor de ser despojado de ella con violencia. Será preciso extenderme un poco en declarar quién fue este sucesor de D. Ximeno. He visto en el archivo de esta Iglesia el instrumento original de la donación que un P. Obispo Segobric. hizo a Pedro de Alcalá de la mitad de los diezmos de Olocau, Azaneta y Chodos en 13 de Diciembre de 1247. Por otra parte todos convienen en que se llamaba Pedro el Obispo arrojado de esta Iglesia por el de Valencia Don Arnau de Peralta, que pasó a ser Obispo de Zaragoza en 1248. Mas quien sea este D. Pedro Obispo Segobricense, es lo que resta averiguar. Villagrasa le llama Pedro Argidio, al cual en 1259 sucediese D. Martín Álvarez o Alvavel, y a este en 1265 D. Fr. Pedro Garcés. Yo juzgo que de este episcopologio se deben quitar los dos primeros, y que el verdadero sucesor de D. Ximeno, y el séptimo Obispo de la Iglesia moderna es 

VII. D. Fr. Pedro Garcés. No me mueve a esto la autoridad de Escolano (Lib. VIII. cap. 16.), ni la de Diago (Lib. VII. annal. cap. 47 y 53.), ni la de Blasco de Lanuza (Historias.... de Aragón lib. V. cap. 24.), ni la de otros que pudiera alegar; muévenme principalmente las razones siguientes, fruto del escrutinio del archivo de esta Catedral. 

El Papa Inocencio VI en una Bula que expidió a favor de D. Sancho Dull, Obispo de esta Iglesia, sobre las pretensiones de la de Valencia, cuenta al principio la tragedia de esta silla en 1248; y aunque no nombra al Obispo atropellado, pinta sin embargo a su sucesor con estas palabras: “Cujus inmediatus succesor, videlicet bonae memoriae Petrus, afflictionem afflictis Ecclesiis superadens, castrum de Tramacastiel.... Egidio Eximini Patri suo pro certa peccuniae quantitate pignori obbligavit... Dictus etiam Petrus Episcopus una cum Episcopo, qui tunc praeerat Ecclesiae Valentinae non solum super Eccl. Segobricen. tunc de facto detenta per Episcopum Valentin., sed super aliis Ecclesiis, in quarum possesionem Episcopus Segobricensis tunc existebat, in quosdam arbitros compromisserat &c.” Por estas palabras se ve que el Papa Inocencio habla del Obispo D. Pedro Ximénez de Segura; porque en él solo se verifican las dos circunstancias referidas en la Bula, es a saber, la venta de Tramacastiel a su padre Gil Ximénez de Segura, y el compromiso con el Obispo de Valencia, cuya escritura con las firmas originales de ambas partes he visto y copiado en este archivo. Ahora bien, dice el Papa que este Obispo Don Pedro Ximénez de Segura fue el inmediato sucesor del Obispo atropellado por el de Valencia: cujus immediatus succesor. Si constara pues quién fue el inmediato antecesor de Segura, sabríamos quién era aquel Pedro que ya gobernaba esta silla en 1248. Pues esto consta por la escritura de la elección que hizo el capítulo de esta Iglesia para su Obispo en la persona de dicho Don Pedro Ximénez de Segura, la cual he visto original, y al principio dice así: “Anno Domini 1272, die Jovis kal. Decembris apud Anguitam Segontin. Dioc. venerabilis Pater noster P. Segobricen. et S. Mariae de Albarracino Episcopus diem clausit extremum.... Nos attendentes quod Ecclesia non debet esse longo tempore pastoris solatio destituta &c.” Prosigue leyendo la copia que envío, y verás que al cabo de tres meses de vacante fue elegido dicho Segura IV kal. Martii. El Pedro difunto de que se habla aquí, es D. Fr. Pedro Garcés, en lo cual convienen todos. Así que, si este es el inmediato antecesor de D. Pedro Ximénez de Segura, síguese que él mismo es el que padeció las vejaciones por parte del Obispo de Valencia, y por consiguiente que ya era Obispo Segobricense antes del año 1248, en que ocurrió aquel fracaso. Es de notar que el Papa Inocencio se funda en la Relación del Obispo D. Sancho Dull, tan próximo a los tiempos de que hablamos, como que entró en esta silla el año 1319, y a quien por otra parte le era indiferente que el Obispo atropellado fuese D. Pedro Argidio, o D. Pedro Garcés. A más de esta razón, que basta por sí sola, hallo documentos del año 1255, en que suena ya Obispo D. Pedro Garcés; es a saber, diez años antes de 1265 que suponen primero de su pontificado. He visto y copiado para este efecto la escritura de venta de las salinas de Noguera que hizo D. Remir González, Alcayat de Albarracín, al Obispo y Cabildo en dicho año 1255 (a: Véase el apéndice núm. IX.). Está en castellano, y dice así: Vendo a vos D. Pedro García por la gracia de Dios Obispo de Segorbe &c. Este hecho refiere Villagrasa, cap. 19, como acaecido el año 1256, y en el pontificado de D. Pedro Argidio. Pero cualquiera podrá entender que García está más cerca de Garcés que de Argidio. Así que, si en el año 1255 era ya Obispo el mismo que murió en 1271, se desvanece el pontificado de D. Martín dé Álvarez, que suponen fue desde el 1259 hasta el 1265. No está más seguro el de D. Pedro Argidio, el cual alargan hasta el 1258; porque ya vimos que tres años antes, en 1255, era Obispo el dicho Garcés. En resolución, y salgamos de cómputos fastidiosos, no hay inconveniente en que D. Fr. Pedro Garcés fuese Obispo por espacio de veinte y tres años; y con esto sólo se salva y combina perfectamente cuanto queda dicho. Mas ¿qué son menester conjeturas, cuando en la sumaria información que se hizo en el año 1323 sobre los límites y jurisdicción que pretendía la Iglesia de Valencia, hay muchos testigos que claramente nombran al Obispo atropellado D. Pedro García, o Garsia (Garsía) o Garcés (de Garci)? Es increíble la uniformidad de todos los que deponen. Entre ellos hay algunos de cien años, es decir, nacidos en 1223, diez y siete antes de dicho atropellamiento, que le conocieron, y recibieron de su mano la confirmación. Supuesto que D. Pedro Garcés fue el sucesor de D. Ximeno, si me preguntas de dónde sacó Villagrasa los otros dos Obispos que excluyo del catálogo, diré que acaso le movió a contarlos entre los demás la autoridad del Señor Pérez, que en su episcopologio MS. los cuenta también, señalándoles los mismos años de prelacía que arriba dije. Confieso que la autoridad de este grande hombre me ha hecho vacilar largo tiempo sobre esta materia. Pero al cabo he visto que está decidido a favor del único pontificado de Garcés. Dice así: 1246 Petrus Episcopus Segobricensis: aquí sin expresar quién era este Pedro (ni hallarse en todo su episcopologio el sobrenombre de Argidio) cuenta brevemente en solas catorce líneas el suceso de la tropelía y destierro del Obispo Segobricense, y deja pendiente la narración, interrumpiéndola a la mitad de un período. Sigue luego otra plana, y en lo alto de ella dice: Frater Martinus Alvarez Episcopus; puto ab 1239 ad 1265, dejando en blanco toda la plana. Sigue luego en otra: Fr. Petrus Garces, y refiere largamente todos los sucesos acaecidos en esta Iglesia desde el año 1247 hasta el 1271, como pertenecientes a su pontificado. Diré algunas de sus palabras: Hic Episcopus coepit possesionem Segobricae favente Rege Jacobo (lo cual fue el año 1245). Hic Episcopus obtinuit Bullam ab Innoc. IV datam Lugduni pridie idus April. Pontif. anno IV, nempe anno Christi 1247, quae incipit Praepostulatio &c. = Hujus Episcopi tempore, anno 1255, die 3 Sept., et iterum 1261, Rex Jacobus dat Xericam filio suo Jacobo ex Terasia Gil de Viduara (Teresa Gil de Vidaure) uxore (mujer, esposa) &c. = Hic idem Petrus anno 1256 (debe ser 1255), habuit Salinas de Noguera &c. = Anno 1259 ab Alexandro IV obtinuit unionem fieri Ecclesiarum Segobricen. et Albarrac. &c.  =  A este tenor va refiriendo otros sucesos de aquellos tiempos. Debo advertir que las palabras en que refiere el despojo padecido por este Obispo, se hallan borradas, lo mismo que el sobrenombre Garcés, el cual siempre es de letra del Señor Pérez. Mas como las que antes he referido permanecen intactas, bastan ellas, a pesar de las enmiendas que quiso hacer alguna mano posterior, para conocer que el Señor Pérez creyó que D. Pedro Garcés fue Obispo de esta Iglesia desde el año 1247 hasta el de 1271; y que si halló en alguna memoria los nombres de los dos Obispos Argidio y Álvarez, los tuvo por puramente imaginarios. Tampoco debo perdonar a Villagrasa la equivocación con que reprende a Diago, porque llamó Alvavel a D. Martín Álvarez. Pues Diago, ni en las obras impresas, ni en las MSS. hace mención de tal pontificado de Álvarez ni Alvavel. Todavía quiero averiguar de dónde pudo nacer que él mismo diese al Obispo Pedro, sucesor de Ximeno, el apellido de Argidio, que no hallo en el Señor Pérez. Conjeturo que si aquel Aegidius que puse en el número III fue sucesor de D. Ximeno, como parece haber sospechado Pérez, debiéndosele dar tan corto pontificado entre el año 1245 y 1247, pudo acontecer que en tiempo de Villagrasa se hallasen documentos de un mismo año con ambos nombres AEgidius, y Petrus, y que por equivocación del que escribía o leía se pusiese Argidius por AEgidius. O también que D. Pedro Garcés se llamase Gil de segundo nombre (Egidio, Aegidio) o primer apellido; y acaso sería hermano o pariente de un Gil Garcés de Azagra, que suena en los tiempos de la conquista. Otra conjetura me ofrece el citado P. Ribelles, quien me asegura haber visto escrito muchas veces en documentos antiguos Arces por Garcés; y no es dificil entender que los latinos del siglo XIII dijeran Arcisius (como en el Mas de Arsís, en Peñarroya, de la familia Gil, de la empresa Virgen de la Fuente), Argicius y Argidius. Esto he dicho por amor a la verdad, y por aclarar este punto, ya que vino a mano. Por lo demás, Villagrasa trabajó doctamente su libro de las antigüedades de Segorbe. Volviendo pues a nuestro Obispo D. Fr. Pedro Garcés, inmediato sucesor de D. Ximeno, sabemos que fue natural de Teruel, monje cisterciense del monasterio de Piedra, ejercitado con muchas y graves tribulaciones. Apenas tomó posesión de su silla, con el favor del Rey D. Jayme, purificó la mezquita mayor de esta ciudad, dedicándola a Santa María, y edificó en el arrabal una ermita dedicada a S. Pedro, la cual permanece hoy día harto bien conservada (a). (a) Algunos testigos del citado proceso suponen ya existente la ermita en este año, y aun añaden que de ella fue arrojado el Obispo. Tengo por más cierto que él la edificó: su arquitectura lo persuade; y los tres únicos cristianos que había en el arrabal no sufren decir otra cosa. 

En estas y otras santas ocupaciones le cogió la tribulación que sobrevino por parte de D. Arnau de Peralta, Obispo de Valencia, el cual pretendiendo que su diócesis, según la división de Wamba, se extendía hasta Alpuente, y que por consiguiente le pertenecía la Iglesia de Segorbe, arrojó de ella con violencia a este Prelado. Las circunstancias del hecho, que fue a principios de 1248, se pueden ver en Villagrasa con los documentos que le acreditan. A esto aluden algunas de las constituciones de la Catedral de Valencia, en que se adjudican al Deán y otras Dignidades los diezmos de algunos lugares de esta diócesis. Por lo que toca a Segorbe, duró esta contestación veinte y siete años con poca diferencia, como se verá en el número siguiente. No contribuyó poco a su restitución este Prelado, que habiendo recibido la Bula de unión de esta Iglesia con la de Albarracín, expedida por Alexandro IV en el año 1258, cuya copia incluyo (a: Véase el apéndice núm. X.), partió a Roma en el de 1266 para tratar de su recobro. Mas no pudo ver cumplidos sus deseos, pues de vuelta de aquella corte, murió en Anguita (no Enguieta como dice Villagrasa), diócesis de Sigüenza, un Jueves a 1.° de Diciembre de 1271, y fue enterrado en su monasterio de Piedra a 15 del mismo mes y año. Debe la Iglesia de Segorbe a este Obispo la creación de sus canonicatos y la del arcedianato de Alpuente. Otras muchas cosas debió de ordenar pertenecientes al culto y gobierno de esta Iglesia, aunque es regular que se pusiesen luego en ejecución. 

A este Prelado escribió D. Sancho, electo de Toledo, mandándole restituir al deán y otros de su Capítulo ciertas porciones que solían percibir, las cuales se había reservado el Obispo para remediar la pobreza de su Iglesia. También le mandó que se abstuviese de las molestias que causaba a su Capítulo, quas (dice) est indecens enarrare, videlicet, quod cives non eant ad Ecclesiam Cathedralem pro benedictionibus recipiendis, et pro sepulturis ibidem eligendis, quod est manifestè contra jus. Bueno fuera tener presentes los papeles que escribió el Obispo sobre esta materia. La fecha de la carta que he visto original, es de Valladolid a 12 de Marzo, era 1296 (año 1258) (a: Véase el apéndice núm. XI.). Muerto este Prelado, dice el. Señor Pérez que los Canónigos quisieron elegir a Sancho Muñoz, clérigo de Teruel; pero que él lo rehusó propter tenuitatem mensae episcopalis. Villagrasa da por hecha esta elección. Bien pudo ello ser asi; mas nada consta en la escritura de elección del Prelado siguiente. 

VIII. D. Pedro Ximénez de Segura, electo por el Cabildo en Albarracín Domingo a 26 de Febrero de 1272, de cuyo instrumento envío copia, porque comprueba varios puntos que se han tocado hasta aquí (a: Véase el apéndice núm. XII.). Era natural de Teruel, e hijo del noble D. Gil Ximénez de Segura, el que había educado a los dos hijos de D. Jayme I, D. Juan de Xérica, y D. Pedro de Ayerbe. El favor que por esta razón tenía en la corte, y el ardor de sus años, que no pasaban de treinta y cinco, le arriesgaron a recobrar la iglesia de Segorbe por el mismo medio con que había sido quitada a su antecesor. Porque tomando consigo cuatrocientos soldados de Teruel, y algunos de Alpuente, con su Alcayde García Lopiz (López, Lopis), arrojó de esta Catedral a tres Sacerdotes, que en ella había dejado el deán de Valencia Ramón de Ballester (b) y se fortaleció cuanto pudo en su posesión.

(b) Así le llaman comúnmente los escritores. Mas en el compromiso, de que se hablará luego, firma el mismo R. de Belestar. En el proceso de don Sancho Dull, el testigo XVI, pág. 120 dice, que por estos mismos años 1274 el deán de Valencia era Jayme Zarocha, y que por él residían en Segorbe cuatro Presbíteros llamados Domingo Valls, Pedro de Tárrega, Bernardo Finestres (ventanas; finestra; Fenster en alemán) y Pedro Zacapella (ça capella, ipsa capella). Otro testigo afirma que el Obispo Ximénez no encontró ningún Clérigo en esta Iglesia, que la tuviese por parte de Valencia. Lo cual es de todo punto in verosímil. 

Con igual diligencia recobró las Iglesias de Xérica, Toro y Pina. Fue esto el año 1273. Las instancias que hizo sobre esto la Iglesia de Valencia y las censuras del Legado apostólico Arnaldo, Obispo de Tortosa, obligaron a nuestro D. Pedro cuatro años después, a firmar un compromiso con el de Valencia D. Jasperto de Botonac, en que fueron nombrados jueces árbitros Guillermo de Allerico, Arcediano de Valencia, y Pedro Martínez, Arcipreste de Teruel. He visto y copiado el instrumento que existe original en este archivo, buen documento de la historia de aquel tiempo. Los jueces sentenciaron a 13 de Julio de 1277, que de los treinta y seis lugares sobre que se litigaba, sólo pertenecían a esta silla Segorbe, Altura, Castelnovo (Castellnou) y Bexix. Esta es la sentencia que el Papa Inocencio VI llamó después injusta, cuando sus auditores restituyeron casi todos los lugares dichos a la diócesis Segobricense. Antes de esto en 1274 ya se halló nuestro D. Pedro en León a la celebración del Concilio que convocó el Papa Gregorio X, a cuya corte (León : Lyon) quiso volver los años siguientes para tratar del total recobro de su diócesis; pero le atajó la muerte en Teruel a 31 de Octubre de 1277. Comúnmente es reprendido este Obispo por haber consentido en el compromiso arriba dicho, y por haber vendido a su Padre Gil Ximénez el lugar de Tramacastiel, que era de esta Iglesia, por precio de cinco mil sueldos. Mas en lo primero le pueden excusar las amenazas del Legado pontificio, y en lo segundo la escasez de sus rentas, y la necesidad de dinero para litigar sobre el recobro de sus derechos, y en todo la turbación y circunstancias críticas de aquellos tiempos. Es digno de memoria el viaje que el año primero de su pontificado hizo este Obispo a Granada, enviado por el Rey D. Jayme I de Aragón, para persuadir a ciertos nobles castellanos que volviesen a la obediencia de su Rey Alfonso X (yerno de Jaime I, casado con su hija Violante).

IX. D. Miguel Sánchez, natural de Navarra, y Canónigo de esta Iglesia, fue electo en 1278 por la mayor parte de su Cabildo en discordia con D. Fr. Pedro Zacosta (ça costa; ipsa costa; la cuesta, Lacuesta; de la Costa pone más abajo), de quien se hablará luego. El favor que este último tenía con el Rey de Aragón obligó a nuestro don Miguel, aunque ya consagrado por el metropolitano de Toledo, a abandonar esta Iglesia al principio de su gobierno, y retirarse como fugitivo a Castilla. Murió finalmente en su país el año 1288, sin dejarnos otra memoria de su pontificado que la paciencia con que se vio privado de él por un intruso, cual fue el dicho D. Fr. Pedro Zacosta o de la Costa, de la orden de S. Francisco, natural de Daroca, y Guardián del convento de Valencia, grande (gran) orador y confesor y muy favorecido del Rey D. Pedro III de Aragón el Grande. De este poder se valió para lo que no debiera. Un solo vocal de este capítulo le nombró Obispo, eligiendo los demás unánimemente al dicho D. Miguel. Así lo asegura el Papa Inocencio VI en la Bula que dije arriba hablando de D. Fr. Pedro Garcés. 

A pesar de esta nulidad, acudió al Arzobispo de Tarragona don Bernardo de Olivella para que le consagrase. Negóse este, pretextando que estaba pendiente la lid sobre jurisdicción con el Arzobispo de Toledo. Sin embargo, en calidad de Obispo electo, arrojó de Albarracín a su competidor ya consagrado, y gobernó esta Iglesia mientras vivió, dejando memorias harto funestas en la enajenación de bienes y privilegios auténticos y otros daños. Entre ellos se cuenta la concordia que asentó con D. Jayme de Xérica, hijo de D. Jayme I de Aragón, sobre los diezmos de Eslida, Ayn, Veyo, Zuera y Janzara, fecha en 1280. Hallóse con el dicho Rey D. Pedro en el Campillo en los tratados de paz, que se asentaron el año 1281 con D. Alonso X de Castilla. Asistió también a su Rey, y con espada en mano alentó a los soldados en la toma del monte llamado Mola de Montesa, de que se habían apoderado los moros. No sé qué pleito tuvo con D. Jayme Pérez, primer señor de Segorbe, porque su mujer Doña Sancha Fernández, rehusando asistir en la Catedral a los oficios divinos, oía misa en su oratorio privado. De estos y otros hechos particulares deponen varios testigos en el citado proceso. Finalmente, estando en Aviñón (Avignon, sede papal en algunos tiempos) litigando contra la justicia de su competidor, y sabida su muerte, por más que apresuró su viaje, no pudo volver antes que se concluyesen los nueve meses de vacante, en los cuales, no conviniéndose el Capítulo en elegir sucesor, el metropolitano de Toledo, que miraba a Zacosta como cismático, nombró luego a
X. D. Aparicio a fines de 1288. Era este natural de Atienza en Castilla, y Arcipreste de la Iglesia de Sigüenza. Consagrado por su metropolitano D. Gonzalo Gudiel logró que su contrario Zacosta fuese arrojado del puesto que no merecía. Así pudo tranquilamente emplear su doctrina y piedad en el gobierno de su diócesis. Era docto en la medicina; y así le tildaban sus émulos, porque observaba la orina de los enfermos; motejábanle también de viejo, con otras personalidades, según resulta de los testigos del proceso que he visto. De él consta que este desprecio con que le trataron algunos, nacía de la extrema pobreza a que le redujo el pago de los créditos que le dejó el buen Zacosta, ademas de la disminución y menoscabo de sus rentas (a). 

(a) En el citado proceso el testigo XII Miguel Sánchez de Sadorniu depone de esta pobreza lo siguiente: “Quod tam in civitate Segobric. quam in aliis locis gentes, tam clerici, quam layci, vilipendebant Dominum Aparicium Episcopum pro eo quod ibat equitando se tertio tantum, et cum duobus peditibus, et quod morabatur quamdiu erat in civitate Segobr. in quadam camera modica juxta Ecclesiam, quam modo unus Capellanus cappellaniae simplicis pro defunctis statutae inhabitare recusaret: et ibidem de die juxta ignem reclinabat se in quadam plomacia.” Otro dice que le vio en Albarracín ponerse quandam pelliciam, quae non valebat XII denarios Jaccen. (de Jaca, Jacca, Iacca, etc, jacense, jacenses) Por el testimonio de otros sabemos que entre los enemigos y burladores de la dignidad episcopal era común esta expresión: Lo Bisbe de Albarrazi (Albarrací, Albarrazí, para que rime con rozí, rocí) com duas mulas, et un rozi (rocín). Así es que por la ignorancia de aquellos tiempos llegó a desestimarse lo que tan digno es de aprecio en el oficio pastoral. (Pues a día 30.05.2022, mientras estoy editando este libro, esta ignorancia continúa.)

Acaso por esta causa vivió largo tiempo en su patria. Hallóse en el Concilio de Valladolid de 1291, y murió en Albarracín cargado de años en el de 1301, décimo quinto de su pontificado, y fue sepultado allí mismo. 

XI. D. Antonio Muñoz, profesor de derecho canónico en Salamanca, y varón de gran crédito en su tiempo, el cual siendo Canónigo de esta santa Iglesia acompañó a su Obispo D. Pedro Ximénez de Segura al Concilio Lugdunense; fue elegido por el Capítulo el año 1302; y consagrado por el Arzobispo de Toledo D. Gonzalo Palomeque. Gobernó ambas Iglesias por espacio de diez y siete años, de los cuales pasó la mayor parte en Aviñón, tratando con el Papa de los derechos de su silla. Murió en Teruel, su patria, a 1.° de Septiembre de 1318; y su sepulcro se conserva en la Iglesia de San Andrés de la misma ciudad en la capilla de nuestra Señora del Pilar, que es de la ilustre familia de los Muñozes. Así se afirma comúnmente; mas yo no sé cómo componer con esta época de su muerte lo que escribe Carrillo (Historia de S. Valero, pág. 258.), que a 13 de Diciembre del mismo año 1318 asistió al Concilio provincial celebrado por el primer Arzobispo de Zaragoza, Domingo Abad, Arcediano de Segorbe, procurador del Obispo D. Antonio, junto con Romero Coronal, procurador del Cabildo de la misma Iglesia. Lo cierto es que viviendo aún este Obispo se verificó la erección de Zaragoza en metropolitana, que fue a 14 de Julio de 1318, y que las constituciones del Concilio provincial de aquel año existen en un códice antiguo de esta Catedral de Segorbe, de donde las estoy copiando, porque son inéditas. Volviendo a nuestro Obispo, es creíble que su larga residencia en Aviñón le proporcionase asistir al Concilio Vienense, celebrado por Clemente V en 1311, al cual asistió también don Fr. Raymundo de Ponte, Obispo de Valencia. El Chantre de esta Iglesia Romero Sánchez, uno de los testigos en el proceso que tantas veces he citado, dice que este Obispo ordenó que hubiese doce Canónigos, seis en Albarracín, y seis en Segorbe. Otras constituciones le atribuyen que ya no se observan en esta Iglesia. En su tiempo se instituyó la Orden de Caballería de Montesa, que tantos y tan reñidos pleitos sostuvo con los Obispos sucesores sobre diezmos. Muerto nuestro D. Antonio quiso el Capítulo elegir a un Fr. Joan Fernández, de la orden de Predicadores, natural de Murviedro. El Señor Pérez dice que sus parientes se opusieron por la pobreza de la mensa episcopal. Sea de esto lo que fuere, el sucesor de D. Antonio fue uno de los Prelados más ilustres, y de más gloriosa memoria de esta Iglesia. Llamábase 

XII. D. Fr. Sancho Dull, nacido en Real, diócesis de Pamplona, y de la orden de nuestra Señora del Carmen. Había ya nueve años que era penitenciario pontificio en Aviñón cuando fue elegido por este Cabildo, y consagrado en la Dominica Laetare de la Quaresma de 1319. Su primer cuidado fue el bien espiritual de sus ovejas, proporcionóles (les proporcionó) desde luego el pasto y consuelo de los sínodos; cosa hasta entonces no vista en esta diócesis. Dos se conservan celebrados por este Obispo, uno el año 1320 en Albarracín, y otro en Segorbe en 1323, de los cuales hablaré en su lugar. No descuidó tampoco los intereses temporales de su Iglesia, antes a costa de crecidos gastos y de treinta y tres años de residencia continua en la corte de Aviñón, logró recobrar gran parte de los diezmos y derechos que le disputaban las órdenes de Santiago, Montesa y Calatrava, D. Jayme de Xérica, y los Obispos de Zaragoza, Tortosa y Valencia. La ocasión del pleito con este último queda ya insinuada. El objeto de D. Sancho era impugnar el compromiso hecho por D. Pedro Ximénez de Segura en 1277, alegando que sólo fue efecto del temor, e insuficiente para fundar título de prescripción. He visto en este archivo copia del primer proceso que formó Raymundo, Obispo de Lérida, por comisión del Papa Juan XXII. Terminóse el pleito por tercera sentencia en el año 1347, recobrando esta silla los lugares de Alpuente, Xérica, Chelva, Andilla y otros hasta el número de diez. Por hallarse ausente de su diócesis no pudo asistir al segundo Concilio provincial que celebró en Zaragoza su Arzobispo D. Pedro López de Luna en 1328. Era ya nuestra Iglesia, como dije, de aquella provincia; y así permanece hoy la de Albarracín; la de Segorbe en la desmembración se adjudicó a Valencia. En fuerza de este decreto pontificio, y de lo mandado en el Concilio provincial Tarraconense del año 1240 se opuso nuestro D. Sancho con el Obispo de Valencia D. Raymundo Gastón a la entrada que el Arzobispo de Toledo D. Juan de Aragón hizo con cruz alta por el lugar de Sieteaguas junto a Requena. Trata de esto Luis Ponz de Icart en sus Antigüedades de Tarragona; Zurita en sus índices latinos hace memoria de una carta que sobre esta materia escribió el Papa Juan XXII al Rey D. Jayme, padre de dicho Arzobispo de Toledo. Murió nuestro D. Sancho en Aviñón, año 1356, a los treinta y ocho de un pontificado de que tanto bien resultó a su Iglesia. 

Basta por hoy: estas menudencias molestan al que lee y al que escribe; pero son agradables al que busca exactitud en los hechos; por falta de esta luz andan a tientas muchos historiadores. Mas ya que en este Prelado se acaba la serie de Obispos elegidos por el Cabildo, cortaré aquí el catálogo, dejando para el siguiente correo el de los nombrados por los Sumos Pontífices, en que confío darte noticias harto curiosas. 

Dios te guarde. Segorbe &c. 

sábado, 16 de julio de 2022

Carta XLVI. Constitución interior de la iglesia de Vique.

Carta XLVI. 

Constitución interior de la iglesia de Vique. Restauración de su canónica en el año 957. Ni en este tiempo, ni en todo el siglo XI fue canónica Agustiniana, sino Aquisgranense. La reforma introducida en 1080 por el obispo Berenguer Rosanes no tiene analogía con la canónica Agustiniana. Pruebas de la propiedad de bienes que conservaron los que la admitieron. Unidad de esta canónica compuesta de propietarios y no propietarios: carácter decisivo de la Aquisgranense. Preposituras de esta iglesia: época del nombre de canónigo en ella. Varias especies de canónigos. Escuelas, hermandades, hábitos corales &c.

Mi querido hermano: El respeto que se merece el P. M. Flórez, como restaurador de la historia eclesiástica de España, me obligó el correo pasado a presentar las pruebas que excusasen mi disentimiento de su opinión sobre el titular de la iglesia de Vique. 

No tendré hoy menos que trabajar en otro punto importantísimo, que es la constitución interior de dicha iglesia, y calidad de su canónica. Juzgó dicho escritor que en lo antiguo había sido canónica reglar, y que a fines del siglo XI vino a ser Agustiniana. 

Yo por lo contrario afirmo que siempre fue canónica verdaderamente secular. 

Dejemos aparte el tiempo de los godos en que la iglesia Ausonense, como las otras de Cataluña, es regular que se mantuviese bajo el pie de la vida clerical mandada observar en el concilio IV de Toledo, al cual entre los obispos de esta provincia asistió y subscribió Stephanus Ausonensis. De este estado primitivo no se disputa. Verificada la irrupción de los árabes, y la segunda conquista de esta ciudad por las armas del conde Wifredo el velloso hacia los años 880, fue luego restaurada su sede episcopal, y colocado en ella Godmaro. Es verosímil que luego se entendiese en el orden del clero y establecimiento de su vida canónica, y esto supone una curiosa escritura del año 957, en que hallándose enfermo el obispo de esta iglesia Wadamiro, le pidieron los canónigos que restaurase la canónica antigua, destruida y disipada por negligencia. Confesó el obispo su culpable descuido, y con acuerdo del conde Borrell y de Mirón su hermano, y con el consejo del arzobispo de Narbona Aimerico, y de los obispos Wilarano de Barcelona y Arnulfo de Gerona, restituyó y dotó la canónica Ausonense, concediéndole los alodios llamados Cerdanos y Marganell, con las parroquias de Oristán y ciertos tercios de Ausona, los derechos reales de sus telonios, y el tributo de los que pasaban por esta ciudad llamado ráficum, los del pasto y moneda, y algunos otros concedidos todos a esta iglesia por el rey Odón y confirmados por los condes. Admitieron esta donación y la vida canónica Ansemundo arcediano, y los sacerdotes Frugífero, Elías, Suniario, Atton, Brunicardo, Elisagar, Landoario, Ramion, Aigmaro, Salomón o Vital y Recaredo. Va copia de este documento desconocido hasta ahora, e importantísimo por muchos títulos que se examinarán a su tiempo (a: Apend. n. IV.). 

En el original de esta escritura, que existe y copié en el archivo real de Barcelona, hay dos lagunas sin vicio alguno legal, sino dejadas de propósito, una después de los nombres de los citados canónigos, como para escribir los que de nuevo quisiesen admitir aquella reforma, y otra después de la enumeración de las donaciones hechas por el obispo a la iglesia, como dejando hueco para añadir las que de nuevo se hiciesen. Por lo que toca a la calidad de aquella vida canónica que se restauraba, no hay en dicha escritura otro indicio más que las palabras: qui in chomune vivere decernitis = ut comuniter vivere possitis = ut regulariter exinde vivatis, et secundum instituta Sanctorum Patrum fidelissimi dispensatores exsistatis in susceptione ospitum, et sustentatione peregrinorum, in sublevatione captivorum, et in omnibus gradibus bene ministrando, ut audire mereatis à Domino &c. No se encuentra en todo esto sino la práctica de las virtudes que podía y debía ejercitar el clero viviendo en común. Ni una palabra hay que prescriba profesión, ni otras leyes monásticas, ni se menta regla alguna de las conocidas con el nombre de algún patriarca: silencio notable en una escritura que trata expresamente de la restauración de una canónica, y de las obligaciones a que debían sujetarse sus individuos. Y porque nadie tropiece en la expresión ut REGULARITER exinde vivatis, es de advertir que de aquellos tiempos no hemos de juzgar por el uso ordinario de nuestro lenguaje, según el cual llamamos regulares a solos aquellos que por medio de los votos solemnes se consagran al servicio de Dios. Estaba entonces en su vigor la derivación de la palabra regula de la griega *gr, y así eran sinónimos vita canonica y vita regularis; y como no había clero bien ordenado que no tuviese para su gobierno alguna de las reglas mandadas en concilios o de otra manera, de ahí nació el llamarse canonici los que se sujetaban a ellas; los cuales se decían vivir regulariter, esto es, canonice, secundum canonem. Conforme a esto el doctísimo arzobispo D. Antonio Agustín en el diálogo 1.° de la corrección de Graciano, lib. 1.° dijo con mucha gracia: Canónicos regulares qui dicunt, eandem rem bis dicunt, ut cum Abba Pater vocatur, vel Thomas Didymus sive geminus, atque alia simili ratione. No negaré que en ese mismo siglo X estuviese ya en uso la distinción del regularis y el canonicus. De lo cual basta para prueba una escritura de cambio que Enego abad de Ripoll hizo con Ingilberto y su mujer Flavia el año XII de Luis Ultramarino, 947 de Cristo; donde se lee esta cláusula: si quis ulla secularis potestas, tam regularis, quam canonicus, qui contra hunc titulum &c. Mas de ahí bien podrá inferirse que había monjes, a los cuales llamarían regulares para distinguirlos de los canónigos; pero no quita que de estos pueda decirse lo que de los suyos decía el obispo Wadamiro: ut regulariter exinde vivatis. Cuanto más, que esa escritura llama potestas secularis a los regulares y a los canónigos. No eran pues monjes los designados con aquella palabra: eran los mismos canónigos que vivían vida más perfecta, como luego se dirá, los cuales hacían parte de la canónica secular.

¿Cuál era pues el *gr, o regla que dirigía la canónica Ausonense en la mitad del siglo X? Digo que era la conocida con el nombre de Aquisgranense, escrita y aprobada en el concilio de Aquisgrán del año 816, y mandada observar por Ludovico Pío en todas las iglesias de sus estados. Y en esto se me ofrece otro escritor de gran nombre a quien impugnar, que es el P. Masdeu en su Historia crítica de España; el cual sienta como tesis, que nunca tal regla se introdujo en nuestras iglesias. Lo original que se muestra este crítico en las pruebas de su aserto, y en la solución de los argumentos en contrario, merece una disertación separada, en que juntamente con el desengaño útil, tengan los lectores el deleite de ver lo que somos los que andamos a caza de antiguallas, cuando caemos en cierta tentación que yo me sé como del oficio. Esto se hará algún día, queriéndolo Dios. En tanto bastará para convencer su temeridad lo que iré diciendo a este otro propósito de hoy. 

Es notoria la dependencia, o sea deferencia y respeto con que miraban a los reyes de Francia las iglesias de Cataluña, señaladamente la de Vique, que debía al rey Odón el señorío de esta ciudad con otros privilegios. Nadie ignora tampoco la sujeción de las mismas a la de Narbona, como a su metrópoli, en el espacio de casi cuatro siglos. 

Lo cual es una verdad notoria, que sólo puede poner en duda quien sea muy novicio en las antigüedades de Cataluña; y esta también la negó redondamente (rotundamente) el citado Masdeu. Ahora bien, es menester no conocer el orden del mundo para negar que las canónicas de este país restauradas en los siglos IX y X, admitieron la forma y regla tan favorita de los franceses, cual era la Aquisgranense. Teníamos acá gran parte de la legislación civil francesa: nuestros condes se protestaron feudatarios de aquellos reyes a lo menos hasta entrado el siglo X: todos buscaban entonces la confirmación de sus posesiones en los privilegios de aquellos reyes que llamaban praecepta: hasta todo el siglo XII se calendaron nuestras escrituras por los años de sus reinados: la letra francesa se nos metió en casa a mitad del IX, abolida la gótica: nuestros obispos iban y venían para todo a Narbona como a su metrópoli, de donde tomaron el rito romano mucho antes de lo que comúnmente se cree. Y con ser tantas las cosas que nos vinieron de allende, por un efecto natural de las circunstancias en que se hallaron las iglesias catalanas antiguas; ¿sola la regla clerical no pasaría los Pirineos, estando aquellos reyes tan empeñados en su observancia, y habiendo aquí necesidad de no disgustarles, y estando ya tan distante la norma del clero de los concilios Toledanos, con la irrupción de los árabes de por medio? Estas razones y otras prueban hasta la evidencia que las cuatro catedrales antiguas de Cataluña adoptaron la canónica Aquisgranense. Esta era sin duda la vita canónica que entre otros libros de esta iglesia halló el obispo Willara de Barcelona, cuando hizo el inventario de las alhajas del citado obispo Wadamiro, luego que le dio sepultura en 957, como se dirá en su lugar.

Tras esto no se puede entender que dicha regla gobernase la canónica Ausonense en el siglo XI y no en el siglo X; porque cuanto más vecina a su establecimiento, debía estar más en su vigor. Pues ello es cierto que aquí lo estaba en el año 1064 de Cristo, cuando un canónigo de esta iglesia llamado Ermemiro Quintilis o Quintile, entre varios libros con que la enriqueció, le dio la vita canónica Aquisgranense, para que sus individuos tuviesen a mano el texto que los debía dirigir en su profesión. 

El códice comienza por una obrita de San Isidoro, de que se hablará en su lugar. 

El epígrafe final de ella continúa así: De hinc vero in antea scripta est vita canónica, quam constituit Ludovicus imperator ad universos, qui pie vivere velint in sancta professione, clericos. Ego autem Ermemirus quamvis indignus sacerdos, istos duos libros feci quoadunari eos in uno volumine, ut plenius ac vivatius quisque degens in sancta professione, confestim inveniat lectionem unde possit animam suam salvam facere: amen. Pax omnibus à Deo ista legentibus; et ortamur ut vestris orationibus adiuvemur. Scripta sunt haec in sancta sede Beati Petri Vico in anno IIII. regnante Philippo Rege. A esto sigue la vita canónica con su prólogo y los 145 capítulos, todo del mismo modo como se halla en la colección de concilios de Labbé (conc. Aquisgran. anno 816). En algunas historias eclesiásticas he visto buenos análisis de esta regla; mas en ninguna de ellas he hallado que los que la profesaban, precisamente dejasen de ser clérigos seculares; antes para ellos solos se escribió y decretó como es notorio. Era pues secular a mitad del siglo XI la canónica Ausonense, cuando para norma de los clérigos, que en ella vivían, uno de sus individuos y muy respetable por su saber, como diré otro día, escribió o mandó escribir la vita canónica Aquisgranense. Y no se crea que es este solo el ejemplar que se halla de aquellos tiempos, sino que andan por el archivo y encajadas en otros códices, hojas sueltas de lo mismo, y de carácter y escritura diferente. Más es, que se hallan en algunos martirologios viejos, donde es constante que se escribía la regla observada por los monasterios o catedrales para la lectura diaria de un trozo de ella al tiempo de la Pretiosa: práctica que todavía dura en algunas órdenes religiosas. De modo que para mí es evidente que esta y no otra era la regla de este clero en el siglo XI, y que a ella aludía en el anterior el obispo Wadamiro cuando decía a sus canónigos: ut secundum instituta Sanctorum Patrum fidelissimi dispensatores existatis &c.; porque el concilio Aquisgranense no hizo otra cosa más que un excerpta de los libros de los Santos Gregorio, Isidoro, Próspero, León, y de varios concilios, cuyos textos copia a la letra, poniendo al principio de cada capítulo la fuente de donde es tomado. Así que digamos que hasta más de la mitad del siglo XI la canónica Ausonense era secular. Sin embargo no parece que se observaba aquí con gran puntualidad la vida común, continencia y demás cosas mandadas en aquella regla; antes debía haber grandes abusos y escándalos en ello, cuando a fines de ese mismo siglo, es a saber, hacia los años 1080 el obispo Berenguer Rosanes o Seniofredo, para reformar su iglesia, echó de ella a todos sus canónigos, y con acuerdo del abad de S. Rufo y de otros varones doctos plantificó una nueva forma de vida que el P. Flórez (pág. 162) tuvo por la reglar de S. Agustín, fundado únicamente en que esta se propagaba entonces por acá, y en que el mismo Berenguer la introdujo en las iglesias de S. Juan de Ripoll y de Manresa. Mas esta conjetura me parece muy débil; porque en la introducción de una nueva regla y forma de vida es menester que se exprese cual es. Así lo hizo dicho obispo con los de Manresa, y con los de S. Juan de Ripoll o de las Abadesas: lo mismo practicó el papa Urbano II, cuando confirmó a estos últimos su nuevo establecimiento; en los cuales documentos se expresa siempre la vida sub regula S. Augustini (a: Flórez: tom. XXVIII. in Apend.). Mas a los de Vique, ni el obispo Berenguer los intitula así en los dos documentos que produce Flórez, ni tampoco el citado papa en la bula (que él no vio) confirmatoria de la nueva canónica Ausonense (a: Apend. n. V.). Los prácticos en este género de diplomas, y los que reflexionen la exactitud con que ha procedido siempre en estas cosas la curia romana, tendrán este silencio por argumento suficiente para decir que aquel obispo no introdujo aquí la canónica Agustiniana. Tampoco vale decir que la supone ya existente en los tiempos antiguos; porque como acabamos de ver, hasta el 1064, diez y seis años antes de la citada reforma, no sé conoció aquí otra canónica más que la Aquisgranense. 

No callaré la circunstancia de haber asistido y autorizado esta reforma el abad de S. Rufo en la Provenza, y la de haberse mandado con su acuerdo la observancia de la vida común, las prácticas del silencio, refectorio, dormitorio, sobrepelliz, y otras que estaban en uso en aquel monasterio Agustiniano. Cosas que dan nuevo peso a la opinión del P. Flórez; Mas de todo ello no se podrá inferir que se adoptase la regla y profesión de aquella casa, mientras esto no se exprese en los documentos donde se dice lo demás. Y es claro que aunque un solitario y contemplativo practique todas las austeridades y usos de la Trapa, no podrá llamarse trapense, mientras no profese la regla de S. Bernardo según se profesa en aquella orden. No es poca prueba de esto mismo el ver que la fiesta de S. Agustín nunca tuvo en esta iglesia el rito igual a las de S. Nicolás, de S. Martín y otras. Así entre las 42 fiestas que el capítulo mandó en 1344 que se celebrasen con alguna solemnidad, no se halla la de S. Agustín: cosa por cierto irregular, y digamos imposible, si hubiesen profesado como hijos la regla del santo patriarca. Pero si no era de S. Agustín la regla que aquí se adoptó a fines del siglo XI, a lo menos no se puede negar que el obispo Berenguer introdujo canónigos reglares en esta iglesia; porque así los llama en muchos lugares, entre los cuales es notable el siguiente: Si per aliquem casum evenerit, ut in futuro tempore ab hac sede sive canónica defuerint REGVLARES clerici; cuncta quae superius inserta sunt, teneant et possideant in perpetuum illi canonici, qui tenuerint praescriptam canonicam. 

Palabras que claramente distinguen los canónigos seculares de los que introducía D. Berenguer. Esto mismo se infiere de la bula del papa Urbano II del año 1099, en que confirma la nueva canónica, muerto ya su reformador: donde son notables las cláusulas siguientes: Quia vos mores vestros sub REGVLARIS vitae disciplina coercere, et communiter Omnipotenti Domino deservire proponitis. = ORDINEM QUEM PROFESSI ESTIS, praesentis privilegii autoritate firmamus, et ne cui post professionem exhibitam proprium quid habere, neve sine praepositi vel congregationis licentia, de claustro discedere liceat, interdicimus. Aquí se ve una congregación de vida regular que vivía sine proprio, tenía su hábito de religión, y estaba sujeta a un prepósito, que el papa llamó prior en el exordio de la bula, y lo era Ricardo: oficio que treinta años adelante ejercía Guillermo, el cual firma con ese dictado en una concordia del obispo Ramón Gaufredo. Estos eran sin disputa alguna los que tres años después de esta bula, en el de 1102, en la escritura de elección del obispo Arnaldo, dicen: 

nos ausonenses clerici ac MONACHI. De esta clase era un capiscol de esta iglesia, cuyo óbito ponen así los necrologios: II. Kal. Novembris anno Incarnationis Dominicae MCVIII. Era MCXLVI. Indictione I. obiit Berengarius caput scolarum, clericus et canonicus Sancti Petri: qui in plena memoria et sensu, distributis rebus, quas ad usum saeculi, quasi nihil tamen habens, obtinere videbatur, subiciens se REGULARI HABITVI, migravit à seculo. Continuaba este monacato en el año 1176 cuando se nombraron doce prepósitos para administrar los bienes de la iglesia, a los cuales se les permite dejar la prepositura en caso que quisiesen proprietati renuntiare. También continuaba en el año 1183 a 17 de Septiembre, regnante rege Philippo anno IIII. (data notable para los que lo entienden) en que Raimundo de Ripa que se ofrecía en canónigo de esta iglesia, después de varias donaciones a la canónica, dice: Si vero forte causâ religionis habitum mutavero, et saeculum dimissero, habeat canónica &c. De todo lo dicho resulta que real y verdaderamente a fines del siglo XI hubo aquí cierta especie de monjes o canónigos reglares, distintos de los canónigos seculares, en la propiedad, en el vestido, y aun en el prelado inmediato que los gobernaba. Ya ves que no disimulo nada de lo que pueda movernos a decir que a fines del siglo XI era regular la canónica Ausonense. Pero hay que observar aquí muchas cosas.

Primeramente, la elección o digamos profesión de esta vida más perfecta era voluntaria en los canónigos. Así el obispo Berenguer dice en los decretos de su reforma: Cum paucis qui canonice volebant vivere = cum cognovissem per vim non debere fieri = qui in Vicensi sede et canónica vivere voluerint in communi societate. Imitó en esto a su antecesor Wadamiro, que en la restauración de la misma canónica en el año 957 también dijo a los canónigos: qui in commune vivere decernitis, dejando en la escritura un gran hueco después de los nombres de los canónigos que la admitieron, como para añadir los que se resolviesen a abrazarla. En consecuencia de esto quedaban en la sede y canónica muchos qui nec dum propriis abrenuntiarunt, como dice la citada bula de Urbano: canónigos poseedores de todas sus prebendas, de las cuales testaban libremente en la hora de su muerte, y de los bienes muebles y raíces, como pudiera manifestar con muchos testamentos que existen aquí de fines del siglo XI y de todo el siguiente. ¿Qué más? los cartorales de este archivo están llenos de cartas hereditatis, o escrituras de consignaciones de mansos, iglesias, campos y otras posesiones que la canónica hacía a favor de los que admitía en canónigos; las cuales tenían ellos como en censo por la canónica, pagándole anualmente dos capones, duos porcos (cerdos; porc; pork) canonicales &c. Tampoco queda memoria alguna de que un canónigo admitiese en su mismo ingreso la vida común o regla canonical que decíamos. De modo que no sólo había muchos canónigos seculares, sino que lo eran la mayor parte; y aun la misma canónica presidida de su obispo, que era quien hacía aquellas consignaciones de usufructos, no se nos presenta sino con el carácter de secular y propietaria.

Por otra parte es cierto que de esta canónica secular salían los que querían admitir aquella reforma; los cuales, aunque vivían en casa común, dormitorio y refectorio, componían una sola canónica con los seculares. Así es que no hay memoria alguna que pruebe distinción de canónicas; antes en cuantas escrituras y constituciones se hallan de ese tiempo, no suena más que canónica Ausonensis, sin dictado que caracterice uno de los dos géneros de vida. Y en la elección del obispo Arnaldo en 1102 ya vimos que concurrieron clerici et monachi; siendo notable que entre los subscriptores que son 42, ninguno firma sino por su oficio, o por el grado de orden que obtenía. Si era o no monstruosa esta reunión de vidas tan opuestas, se dirá más adelante. 

Pasemos ahora a examinar la constitución interior de estos monjes o canónigos reglares, que vivían una vida tan diferente de los seculares, y sin embargo formaban un cuerpo con ellos. Primeramente no consta que tuviesen regla alguna determinada, ni que fuesen de alguno de los institutos que ahora conocemos con el nombre de reglares o monacales. El papa Urbano II les dice en general: ordinem quem professi estis = professis vitam canonicam. No queda memoria ni rastro por donde se colija que hiciesen su profesión, ni fórmulas para esto en los ceremoniales, ni prácticas o ejercicios peculiares en el coro y casa canónica; todo lo cual queda en los libros viejos, consuetas &c. de las iglesias verdaderamente regulares. Tras esto consta que el obispo Berenguer en las leyes que les impone, no indica alguna de las reglas que se practicaban en los verdaderos monasterios. No les mandaba la castidad monacal; sino que sólo les dice: concubinas non habeant, castitatem in quantum possint, custodiant. 

Tampoco consta que se les mandase la solemne obediencia, sino sola la canónica, quedando al juicio del obispo, del prior y mayores de la congregación el examen y castigo de las faltas que cometieren sus individuos. Y así el llamado prior no era sino económico para las rentas y gobierno interior. Igualmente se ignora, y no hay indicio para conjeturar que se les impusiese la pobreza voluntaria, que es algo más y muy distinto del vivir en común, como lo vemos en algunas congregaciones de nuestros días; antes bien consta con evidencia, según se dirá después, que conservaban varias posesiones y muebles, de que disponían a la hora de su muerte como propietarios. Esta es en globo la vida que les prescribió el obispo Berenguer, la cual consistía en no tener ni percibir por sí como los otros las rentas de las posesiones consignadas por la canónica, sino reunirlas en masa común, de donde percibiesen comida y vestido. Mas acaso tenían algunos peculiares emolumentos que eran propios de las personas, a imitación de los que refiere Tomasino, en el único ejemplar que cita de esta clase de reuniones (a: Thomass. Vet. et nov. eccl. discipl. de Benef. P. I. lib. III. c. 18. 20.). Así es que de aquel mismo Ricardo sacrista, que fue el primero que entró en la congregación, cuyo prior era en 1099, a quien dirigió su bula el papa Urbano, y que murió antes del 1102 en que ya suena Ponce sacrista; pues digo que de este consta en los necrologios que maiorem crucem argenteam Deo et Sancto Petro de SUO PROPRIO obtulit. Y que esto no fue antes de entrar en la sobredicha reforma, sino después de ella, y en los últimos años de su vida, consta de su testamento hecho en el año 1100, donde entre otros legados a su iglesia se lee: Ad cooperiendam crucem maiorem, tantum argenti, unde fieret cooperta usque ad finem, sicut ceptum est. El testamento de que hablo, hecho antes de morir, pone en claro esta verdad: en él se ven las muchas propiedades raíces y muebles que tenía, y la libertad con que dispuso de ellas como dueño. Siendo muy notable que dispone de las casas que tenía en Vique, que eran las en que vivía (a: Apend. n. VI.). Porque veas cuán distante estaba de ser canónigo agustiniano, este que fue el primero en admitir la reforma del obispo Berenguer. Faltando todos estos caracteres a la reforma que introdujo este prelado en su iglesia, me atrevo a decir que estos tales no eran regulares con toda propiedad, ni profesos, ni monjes, ni otra cosa que canónigos seculares reformados. Muéveme a esto particularmente, el ver que no hay en nuestras historias, ni acaso en las de todo el mundo cristiano, ejemplar de una canónica, que admitiese la vida monacal, y sufriese juntamente la secular, sin constituir más que un cuerpo. El único ejemplar que citó Tomasino (b: Loco laud.) de la iglesia Nardense en Italia, donde a mitad del siglo XIII se instituyeron diez monjes y otros tantos canónigos, que celebrasen juntos los oficios divinos, cada clase en su coro; esto fue efecto de una larga competencia, y una composición arbitral extraordinaria, que no fundó ley. Se hallarán también capítulos en que se ha dado lugar a los abades monacales; y esta misma iglesia de Vique contaba entre sus canónigos al abad de Santa María de Estany. Mas no se hallará que una iglesia abrace para su reforma la vida reglar monástica, o de S. Agustín u otra cualquiera, y al mismo tiempo tolere la vida secular en algunos individuos, les deje a su libertad el abrazarla o no, y mucho menos que forme un solo cuerpo con ellos. 

Esta monstruosidad es inaudita en la historia de la vida monástica, o canonical Agustiniana, que adoptaron nuestras iglesias. Las cuales eran tan celosas en excluir a los clérigos seculares de todos los actos y comunión canonical, que estaba prohibido desde su establecimiento dar ninguno de los oficios capitulares de enfermero, hospitalero &c. a los clérigos seculares; y ni aun se permitía elegir en obispo sino al que hubiese profesado la misma regla o instituto. Esto hicieron Tortosa y Tarragona, únicas catedrales de Cataluña, que puedan y deban llamarse reglares con propiedad. En su historia se ve que dejaran de serlo desde que comenzaron a admitir obispos seculares, y se consignaron a los que lo eran los oficios sobredichos. Esta es la época de la real y esencial secularización de ambas iglesias, aunque tardaron más o menos en lograr sus respectivas bulas. 

¿Cómo pues diremos que el obispo Berenguer introdujo monjes o canónigos reglares, cuando permitía que junto con ellos viviesen los seculares con la posesión de sus propiedades, dejándoles a su libertad el admitir o no aquella reforma, y componiendo ambos un solo cuerpo, y juntándose para los actos solemnes capitulares, cual era la elección de obispo? Esta tolerancia, esta libre elección, esta mezcla de los que vivían cum proprio y los que vivían sine proprio, es una prueba incontestable de que aquel prelado no introdujo aquí monjes, ni reglares propiamente dichos, según la acepción común. ¿Qué eran pues estos clérigos? Eran seculares reformados, que vivían en común, que arreglaron sus costumbres a la doctrina de los padres y concilios, que adoptaron la clausura, silencio, dormitorio, refectorio y otras prácticas monacales, que son como el antemural de la vida perfecta, y que para distinguirse de los demás se llamaban clérigos regulares: en suma eran los canónigos Aquisgranenses, que componían una parte de la canónica Ausonense, quedando la otra en estado de relajación, y sin quererse sujetar a la reforma clerical de aquel concilio.

Prueba de ello es que así el obispo Berenguer instituyéndolos, como el papa Urbano en su confirmación, además de decir muchas veces vita canónica = qui canonice vivunt &c. adoptaron una frase que es característica de la canónica Aquisgranense. Porque el papa les dice: Et communiter secundum SS. PP. institutionem Omnipotenti Domino deservire proposuistis; y el obispo dice: Ut secundum SS. PP. instituta fidelissimi dispensatores existatis in susceptione hospitum &c. que son las mismas palabras de que siglo y medio antes, cuando aún no se soñaba en canónica Agustiniana para Cataluña, había usado el obispo Wadamiro en la restauración de esta canónica, como ya vimos. Esta fórmula secundum instituta SS. PP. es característica de la vita canónica Aquisgranense; porque quien lea aquel concilio, hallará que no hizo otra cosa sino ordenar varias sentencias de padres y concilios. Ni el papa Urbano, ni el mismo obispo en la introducción y confirmación de la vida regular de S. Agustín en Manresa y S. Juan de Ripoll usaron jamás de semejante fórmula, porque no era adaptable a aquella regla que no reconoce sino un autor. Tampoco lo es a la de S. Benito, que era la única conocida entonces por acá. Y yo no puedo persuadirme que en el establecimiento de una reforma dejase de explicarse e indicarse a los que la admitían el canon o regla que los debía dirigir. No habiendo pues indicio de otra más que la sobredicha, esta es y no otra la que aquí se mandó. Así pues como en las bulas y escrituras de fundación de la orden reglar de S. Agustín, cuantas expresiones y fórmulas se adopten opuestas al parecer a aquel instituto, deben siempre interpretarse y acomodarse al carácter de aquella vida secundum regulam Sancti Augustini; así también ahora en la calificación de nuestra canónica no debe perderse de vista la expresión secundum instituta SS. PP. ; y si se halla mención de profesión, prior, uso de sobrepelliz, y otras prácticas monacales, no debe entenderse de profesión y prelado, y usos monacales con todo el rigor de la expresión; porque ninguna de esas palabras ni usos eran tan peculiares de los monjes, que no las pudiese adoptar aquel concilio, a cuyos decretos ajustó el obispo Berenguer la vida clerical de esta iglesia.

Por otra parte veamos qué es lo que mandó este obispo a sus clérigos regulares. Vivir en común, vestir los hábitos de religión, guardar silencio en la iglesia, refectorio y dormitorio, no asistir en estos lugares ni en el capítulo sin sobrepelliz, rezar con devoción y reverencia las horas canónicas, no tener concubinas, guardar castidad cuanto pudiesen, no andar a caza con halcones ni ballestas, no jugar a los dados, ni decir palabras indecentes. Esta es toda la ley que Berenguer impuso a su reforma, ¿Cuánto menos es esto que lo que estaba ya mandado en la regla de San Agustín? ¿Cuántos de estos preceptos se han renovado en los sínodos de los siglos XIV y XV, cuando esta iglesia era sin disputa alguna secular? ¿Cuán análogo es todo ello, o mejor cuan idéntico con lo mandado a todo el clero en la regla Aquisgranense? Fácil es a cualquiera hacer el cotejo, comparando esta legislación con solo el epílogo de aquella regla, que es el capítulo 145.

Mas lo que acaba de poner en claro este punto, es el tolerantismo que decía, con que introdujo aquí el obispo Berenguer la vida común; porque esto es propio y peculiar de la Aquisgranense, como que es el carácter con que se diferencia de todas las otras reglas canonicales y monacales; que cuando ninguna de ellas sufría en su cuerpo a quien viviese cum proprio, la Aquisgranense, como dice Eusebio Amort, in eo consistit quod permittat clericos renuntiantes permixtim vivere cum non renuntiantibus in eadem congregatione (a: Amort: Vet. discipl. canon. Part. II. cap. 8.). Y que esto hiciese el obispo reformador se ve con evidencia en la admisión in canonicum, que el mismo Ricardo sacrista y otros de los canónigos que se sujetaron a la reforma, hicieron a favor del levita Tedmaro en el año XXXI del rey Felipe (1091), cuando más en su vigor estaba aquella reforma. Porque el levita fue admitido con pacto que retuviese de por vida y en nombre de la canónica las mismas tierras que él le dio, pagando de ellas la tascha, que es la undécima parte de todos sus frutos. Aquí se ve un canónigo que vive cum proprio admitido por los que vivían sine proprio, y por el que los introdujo en la iglesia. Va copia de este documento (a: Apend. n. VII.). Esta sola consideración basta para decir que era Aquisgranense la canónica de esta iglesia, supuesto que la reunión de clérigos propietarios y no propietarios no podía verificarse en ella, ni formar un solo cuerpo presidido por el obispo, si no era acomodándose al temperamento de la canónica sobredicha. 

Llegamos con esto al término de esta larga cuestión, que he querido tratar con más extensión de lo que tú esperarías, porque en las iglesias que me faltan ver en este principado, tendré que valerme de lo dicho para examinar el mismo punto en que andan divididos los pareceres de los eruditos. Es innegable que hubo por acá muchos monasterios de canónigos reglares de S. Agustín; de donde se tomó motivo para aplicar lo mismo a las catedrales. Y esto tuvieron algunos por deshonor, y otros lo contrario. La historia prescinde de partidos; y por lo tocante a esta iglesia nos hace ver, que a la mitad del siglo X fue restaurada aquí la canónica Aquisgranense, y reproducida a fines del siglo siguiente: que en ambas épocas fue dotada con las mismas posesiones y derechos, como se verá cotejando las escrituras de los obispos restauradores Wadamiro y Berenguer Rosanes: que en ninguna de ellas se precisó a todos los canónigos a admitirla, ni se hizo profesión monástica, ni se votó pobreza voluntaria, ni obediencia: que en ambas reformas 1.° se mandó vivir secundum instituta SS. PP., 2.° se fijaron leyes puramente clericales, y 3.° se toleró y autorizó la mezcla y permanencia de los que renunciaron a la propiedad con los que quedaron con ella, constituyendo unos y otros una sola canónica, que elegía obispos, admitía canónigos, y hacía otros actos públicos eclesiásticos: tres caracteres que a ningún género de vida reglar convienen más que a la Aquisgranense, que fue la que recopilando los dichos de los PP. y de S. Crodegango, arzobispo de Metz en el siglo VIII, quiso reformar el clero relajado, que no era susceptible de toda la perfección monástica, poniéndole a la vista, y dentro de sus mismas congregaciones un plan de vida que cortase de raíz la avaricia, el concubinato, los juegos, caza y otras disoluciones que eran harto frecuentes. 

Después del siglo XII, en todo el cual permaneció esta iglesia y canónica bajo el plan indicado, es inútil investigar su carácter, que en lo sucesivo ya no es más que secular. Así del sacrista Pedro de Tavartet, que murió en 1218, dice el necrologio que se hizo monje y fue enterrado en el monasterio de Casserras. A mediados de ese mismo siglo XIII muchos canónigos pasaron a vestir el hábito de los predicadores y menores. 

En 1310 murió Raimundo de Aviñón, que de canónigo de esta iglesia pasó a vestir el hábito de S. Agustín en la de Tarragona; y esto aun durando aquí las prácticas monacales de refectorio, colaciones y sobrepelliz, que estuvieron en uso hasta muy entrado el siglo XV; mas no es lo mismo el hábito que el monje. Consiguiente a esto es el silencio y ninguna memoria que queda de haberse secularizado esta iglesia, como la hay de todas las que fueron ciertamente reglares. Concluyamos pues que la canónica Ausonense siempre fue secular, aun durante la reforma que introdujo su obispo Berenguer Rosanes. 

Repito que la prepositura que ya había en esta iglesia a principios del siglo XI no era oficio de vida reglar, como de superior en ella, sino un encargado de la colección y distribución de los frutos, según lo era también y al mismo tiempo en las iglesias de Barcelona, Gerona y Urgel, que tampoco eran reglares. Este encargo andando el tiempo, y creciendo las rentas, se dividió en doce prepósitos que tomaron su nombre de los meses del año. Fue esto en el de 1176 a 1.° de Abril; va copia de esta escritura (a: Apend. n. VIII.). Permanecieron así hasta la entrada del siglo XVI, en que poco a poco se incorporó de renta y colectoría la mensa capitular. 

El nombre de canónigo le hallo ya usado desde principios del siglo X. Acostumbraban los que lo eran dejar en sus testamentos a la canónica tres onzas de oro; y dos al obispo. Había canónigos laicos y también canónigas, es a saber, todos los que por sus donaciones y beneficios se hacían acreedores a la porción canonical diaria. De esta clase era aquel canonicus Ausonensis uxorem habens et filios, que dice la Marca Hisp. en el índice, y cuya donación se halla en su apéndice (número CCXXXVI), y su extracto col. 447. Y aunque es cierto que no faltaban concubinatos, también lo es que nuestras iglesias no participaban las costumbres de la griega, en el tiempo que allí dice Balucio. El cual queriendo amenizar su narración con esta anecdotilla (otro dirá con el deseo de denigrar a España), mostró ignorar lo que debe saber cualquier diplomático o disciplinista. No hubo más: leyó canónigo, y lo creyó diácono o presbítero. ¿Mas quién no sabe que en todas las iglesias hubo canónigos de ambos sexos? nuestros archivos por lo menos abundan en testamentos de canónigos y canónigas casados; los cuales se llamaban así, no por ser admitidos al ministerio eclesiástico, ni al canon o regla clerical; sino por estar enumerados en el canon o nómina de los admitidos al beneficio eclesiástico &c. Y yo no sé si hay alguno que ignore estas dos derivaciones de la palabra canónigo, que aquí afecta ignorar el escritor francés. Eran también canónigos de esta iglesia varios prelados de otras, aun de fuera de España. Así lo fue Berenguer de Vilademuls, y Raimundo de Castelltersol, arzobispos de Tarragona, Berenguer de Palou obispo de Barcelona, y un Ugo Ligonensis archiepiscopus. Todo consta de los necrologios. Y no entiendo que fuesen sólo canonicatos de honor, sino con percepción real de la prebenda, a lo menos cuando residían en esta ciudad. Solas tres dignidades había en lo antiguo, es a saber, arcediano, sacrista y capiscol; los cuales se llamaban praelati, como eran llamados en otras iglesias, y como los llama el derecho. El deanato se erigió a fines del siglo XVI. El número de los canónigos propiamente dichos fue de 23, hasta el año 1229 en que por constitución del cardenal Sabinense Juan se aumentaron a 30; pero pocos años después se redujeron a 20: de esto se dirá en el episcopologio. En orden a las escuelas antiguas de esta iglesia, sábese que las había de gramática en el siglo XII. La de teología suena ya instituida y muy en uso en 1354. El oficio de lectoral es del 1596.

Tenía esta iglesia hermandad con algunas otras al modo de aquel tiempo: entre ellas es notable la carta del patriarca A., y del monasterio de la Resurrección (del Santo Sepulcro de Jerusalén), en que ruegan al obispo de Vique y su Capítulo que protejan al prior que enviaban acá para fundar conventos de su orden. Este prior sería un Guillermo que vino con este encargo hacia el 1140; de lo cual se hablará en lo de Barcelona. Esta hermandad explica el necrologio así: II. Kal. Februarii: commemoratio omnium canonicorum defunctorum sepulchri Domini Ierosolimytanae ecclesiae, consortium et confratrum nostrorum. Más estrecha era la unión que tenía con el monasterio de Santa María del Estany, fundación de esta iglesia, de quien era canónigo el abad de aquella casa, y donde debía hacer los oficios divinos en ciertas solemnidades del año. 

Los hábitos corales canonicales son de una misma forma en verano y en invierno: usan de capa no talar como en Barcelona, sino corta hasta las rodillas solamente: en invierno de estameña, y en verano de raso, de color morado. De la forma y color de los antiguos se dirán en el episcopologio las memorias que nos quedan, particularmente en varias constituciones del siglo XIII. Dios te guarde.

lunes, 12 de diciembre de 2022

CARTA XCVII. De la colegiata de San Félix:

CARTA XCVII.

De la colegiata de San Félix: su sitio fue en lo antiguo cementerio de los Cristianos. Cuándo se erigió su templo; por qué tiene el título de San Félix y se le añadió después el de Santa María. Su clero se separó del de la Catedral en el siglo X, y entonces comenzó a tener Abades propios: catálogo de estos Prelados: reliquias que quedan de la unión primitiva: número de sus canónigos: si profesaron la canónica Aquisgranense: escasez de su archivo y códices: noticia de arquitectos y de lo más notable del templo y de los monasterios de esta ciudad.

Mi querido hermano: El segundo templo después del de la Catedral es el llamado de San Félix, o San Feliu, situado fuera de los muros antiguos de la ciudad, delante de la puerta por donde se tomaba en tiempo de los Romanos el camino de las Galias. Circunstancias que, junto con haber sido sepultados allí todos los Mártires de Gerona, llegan a fundar una probabilidad histórica de que allí estaba el cementerio público y común de los Cristianos, en cuyas cavidades fue martirizado San Narciso año 307, y cuarto de la persecución de Diocleciano y Maximiano. Porque cierto no es imaginable que tomando tan a pechos como tomaron aquellos Emperadores, y particularmente el segundo de ellos, la demolición de los templos de los Cristianos, quedase en pie iglesia alguna en aquel sitio antecesora del actual. Así que viene abajo la opinión que introdujeron los falsos cronicones, y que aquí cundió algún tiempo, de que allí hubo primitivamente un templo dedicado a Santa María, en el cual fue muerto San Narciso, y fueron enterrados todos los Mártires Gerundenses. Noticia que sólo pudo inventar y creer la ignorancia de la costumbre de aquellos tiempos, en que a nadie se daba sepultura en iglesias, sino en los cementerios subterráneos cavados fuera de las ciudades. En este que digo fueron sepultados San Félix Africano y San Narciso Obispo, hallados allí a fines del siglo X por el Obispo Mirón, y permanentes en nuevos sepulcros. En él fue también sepultado el otro San Félix Diácono, trasladado a París por Carlo Magno hacia el año 786, y los Santos Mártires Germano, Paulino, Justo y Sicio, trasladados por el mismo tiempo a la Catedral, dentro de los muros (.) Finalmente, este fue el depósito de casi todos los mártires de aquella persecución del siglo IV, que llegaron a ser casi trescientos: cosa que basta para persuadir a cualquiera medianamente noticioso de la disciplina de aquel tiempo, que en aquella época no había en tal sitio iglesia alguna, sino sólo cementerio. De lo mismo se colige que tampoco la hubo en los años anteriores a la persecución; porque a ser así, estaría designado en otra parte el cementerio común. La primera época de templo en aquel punto fue la paz de Constantino, en que se comenzaron a construir muchos, y particularmente los levantaron sobre las criptas o cementerios célebres por el depósito de mártires famosos. Y así es muy verosímil que habiéndose hecho tan conocido el Félix Africano, y habiendo como había muchas iglesias en España y fuera de ella dedicadas a su nombre en los siglos V y VI, fuese Gerona la primera en dar ejemplo de ello, construyendo templo sobre el lugar de su sepulcro, llamado de su advocación, con exclusión de la de San Narciso y los demás, por la fama y celebridad en que les excedía, a que no contribuyó poco Prudencio con sus himnos. De la iglesia con el título de San Félix hay, entre otras, memoria en el siglo VII cuando Recaredo ofreció la corona de oro al sepulcro de San Félix, la cual, robada por el tirano Pablo, fue luego restituida por el Rey Wamba. Hoy día no permanece esta alhaja, y Dorca conjetura prudentemente que debió ser una de las muchas que el Rey Hissen de Córdoba robó de las iglesias de Narbona y Gerona, y que invirtió en la construcción de la Catedral de Córdoba. En la invasión de los Árabes pasó la catedralidad a esta iglesia de San Félix, como ya se dijo, en la cual por esta razón se puso el titular de Santa María, como hoy permanece, con gran conformidad al altar mayor de la Catedral, esto es, la imagen de nuestra Señora en medio, y a los lados San Félix y San Narciso. Y aun de aquí pudo provenir el que tal cual vez se haya llamado esta iglesia de Santa María. Restituida la Catedral por las armas de Carlo Magno, quedan muchas memorias de la existencia de la de San Félix como templo distinto de la Catedral. Así se ven nombradas estas dos iglesias en la dotación de una canónica hecha por Carlo Magno en tiempo del Obispo Teotario, año IV de su reinado (882), que va copiado entre los documentos de mi Episcopologio. También va otro del año VI del Rey Odón (893), y es un juzgado a favor del Obispo Servus Dei sobre la posesión de la villa de Bascara, en el cual repetidas veces se expresa la misma distinción de templos. También les distingue el testamento del Obispo Mirón del año 979, que se dirá en su lugar; y así otros constantemente dando a la Catedral el título de Santa María.

De los mismos dos documentos citados se colige también que ambos cleros se contaron por uno solo en todo el siglo IX, como se ve en la donación del Obispo Teotario, año 882, teniendo ambos una misma mensa y viviendo una misma vida canónica, que como ya se dijo, fue la Aquisgranense. Separáronse sin duda hacia la mitad del siglo X: por lo menos el Conde Seniofredo de Barcelona en su testamento del año 966 (Marca Hisp., ap. núm. CIV) los supone separados. Y en varios testamentos del siglo XI son ya frecuentes las mandas a la canónica de San Félix como distinta de la de Santa María. A esto alude el hallarse ya memorias de Abad propio de la iglesia de San Félix en 975, lo cual claramente indica diversidad de cuerpo, a quien presidiese distinta cabeza. En el Martirologio de Adón ms., propio de esta Catedral, se lee el día 2 de diciembre: eodem die obitum Wadamiri abbatis sancti Felicis, anno DCCCCLXXV, y es letra de aquel tiempo, como también la de otro Abad de la misma iglesia llamado Teudesindo, cuya muerte se fija a 7 de las calendas de mayo. En el pontificado del Obispo Godmaro al año 943 ya viste que entre las firmas de una escritura se halla la de Teudesindus Archilevita et Abba, y que seguidamente suscribe Wadamirus Levita. Así que Teudesindo lo fue primero que Wadamiro. Y no habiendo memoria de abades anterior a esta, se ha de creer que las dos iglesias se dividieron, formando cada una su canónica antes de la mitad del siglo X. Sin embargo, la frecuencia con que hasta el siglo XII los Abades de San Félix se firmaban juntamente Arcedianos de Santa María, hace sospechar que había en ello alguna ley o costumbre. Después del siglo XII ya no eran los Arcedianos los que poseían aquella dignidad, pero siempre era un individuo de la Catedral, como hoy persevera, y es la cuarta de sus dignidades.

Juntamente con esto, a pesar de la sobredicha división, se conservaron entre ambos cleros ciertas urbanidades como reliquias de la unión antigua. El de San Félix era antes admitido al coro de la Catedral en las fiestas de la Natividad, Resurrección, Pentecostés y Asunción de Nuestra Señora; y el Cabildo de la Catedral bajaba a la iglesia de San Félix en el segundo día de las tres primeras festividades, y en el de San Félix, San Narciso y Viernes Santo, concluido el oficio y la ablución de altares que se hacía ese día.

Y de esto dicen las consuetas que ibant de bona consuetudine. Así se observó hasta el año 1578 en que el Capítulo, exonerando al clero de San Félix de la concurrencia a la Catedral, quedó con la obligación de ir a aquella iglesia en las fiestas de San Félix, San Narciso y Anunciación. Hoy, variada aquella ordinación, sólo baja el día de San Narciso por la mañana, concluido el oficio, a visitar el sepulcro del Santo, y el día 24 de mayo a la fiesta de gracias que allí celebra el ayuntamiento por la victoria alcanzada contra los Franceses en 1684.

La canónica que en lo antiguo profesó y observó el clero de San Félix fue la Aquisgranense. Vese esto palpablemente en el texto de esa regla con su prólogo, escritos al fin de los Martirologios que allí quedan. Y que esto fuese para la lectura en la Praetiosa además de su localidad, lo dicen las consuetas que en muchos días prescriben se lea la lección de decreto SS. Patrum: expresión que sólo cuadra a aquella vita canonica. Esto, junto con la conexión primitiva de los dos cleros, obliga a concluir que en ambos se observó dicha regla.

El número de los canónigos de San Félix se fijó, como está hoy, al de diez con el Abad en el año 1376, cuyo decreto confirmó el Obispo Bertrando de Monrodó, como hasta entonces la liberalidad de los Papas no dejase lugar para número determinado. La noticia de los Abades de esta iglesia bien ves que puede ser útil a la historia, siendo como son muchos de ellos personas notables. Y pues con no poco trabajo recogí sus memorias de acá y de acullá, donde hallé documentos originales, voy a copiar su catálogo hasta fines del siglo XV.

Principio. Existencia. Muerte.

Teudesindo 943.

Wadamiro 975.

Arnulfo, juntamente Obispo
de Vique 993. 1010.

Borrell, Obispo de idem 1013 1017

Rolando

Coloco aquí el nombre de este Abad, que ciertamente lo fue, aunque ignoro su época. En la descripción del monasterio de San Pedro de Galligans irá copiada su inscripción sepulcral, cuyo carácter es del siglo XI; y donde, juntamente con decirnos que su padre se llamó Bernardo, nos dice que fue Abad y Archilevita, cosas que sólo se unieron en los Abades de San Félix. Ojalá nos dejara dicho el año de su muerte.

Juan Raymundo. 1100

Raymundo. 1106-1110

Berenguer. 1116

Guillermo. 1129

Berenguer. 1133-1145
Acaso el Berenguer Arnal, cuyo óbito nota el Martirologio Adoniano

de esta Catedral sin indicar el año. Su existencia en 1145 consta de la escritura de fundación del monasterio de Rocarosa.

Guillermo. 1154-1157

Berenguer de Vilademuls. 1171 1194

Fue Arzobispo de Tarragona. Ignórase el principio de su abadía. Con este título suscribe en una donación del Obispo de Gerona Guillermo de Peratallada al monasterio de Ripoll del año 1167. Mas como juntamente añade allí el dictado de Arzobispo electo, y no obtuvo aquella dignidad hasta el 1174, infiérese que su suscripción es posterior a aquel año. Y así le damos a la aventura tres años de abadía desde el 1171.

Raymundo de Rocaberti. 1197

Pedro de Requesens 1216 1220 1128 (1228)

Sin duda es este el que está enterrado a la entrada de esta iglesia por la puerta lateral con este letrero:

Forma venustatis, scola iuris, vas probitatis,

Primas iusticie, fons dogmatis, arca sophie,

Iste fuit Petrus, pius abbas, dignus et equs,

Sumptibusque donis ascendit culmen honoris.

Mors mala, mors seva, quam cunctis intulit Eva,

Foelicis festo capit istum funere mesto.

Quesumus, ó Christe, cum sanctis gaudeat iste:

Gloria solamen sis illi celitus. Amen.

Obiit autem kal. augusti anno Dni. M.° CC.° X.°... II.°

La rotura que hay en las decenas dejan hueco suficiente para las notas XVI, que juntas a las que existen hacen la cantidad de 1228.

Raimundo de Bas. 1228 1245

Dalmacio de Peratallada 1256 - 1269

Jazperto de Botonac. 1272
Fue obispo de Valencia.

Pedro de Peratallada. 1273

Raimundo de Aviño. 1292

Su entierro está en la puerta lateral de la iglesia de San Félix, donde se lee que murió ese año, día 9 de noviembre.

Bernardo de Palau. 1294

Pedro de Pontons. 1296 1308

Guillermo de Vilamarí. 1309 1312

Fue Obispo de esta iglesia de Gerona.

Hugo de Cruilles. 1313 1336.

Vidal de Blanes. 1337 1342.

Fue Abad hasta 25 de julio de 1342, en que fue promovido al arcedianato mayor. Más adelante en 1356 le hicieron Obispo de Valencia.

Berenguer de Cruilles. 1342

Fue después Obispo de Gerona.

Bernardo Esteve. 1359

Nicolás, Cardenal de S. Sixto 1363

Diego Rodrigo de Heredia. 1363 1386

Domingo Jurado. 1399-1410 1417

Pedro Armengol. 1417

Juan Bertrán. 1424

Francisco Vilella. 1425. 1461

Claudio Zavastida (Çabastida). 1470-1471

Miguel Moner. 1475 1493

Jorge Sarriera (Çarriera). 1493.

A pesar de la antigüedad de esta iglesia, la de su templo actual es muy poca; pues no pasa del siglo XIV en que se resolvió su restauración, juntamente con la de la Catedral, según indica el decreto del año 1313, que publicó Dorca en la Disertación de los Mártires p. 331. Parece que a esta nueva fábrica dio motivo, no sólo la pequeñez del templo antiguo, sino también su demolición o quebranto en gran parte por las armas de los Franceses, como expresan algunas escrituras de ese tiempo; y sin duda aluden a las guerras del 1285 en tiempo del Rey Don Pedro III. Como quiera que esto sea, es cierto que hacia el año 1318 se construía el cap de la iglesia, o sea el cascarón de su presbiterio, de lo que hay varias apocas. El resto del edificio a simple vista, manifiesta ser obra de ese tiempo. Tratose igualmente de construir claustro nuevo, a cuyo efecto se compraron algunas casas en 1344 delante de la puerta que mira al norte. Dirigió esta obra del claustro el arquitecto A. Sancii, y habiendo quedado cuasi concluida hacia los años 1360, sin embargo se mandaron derribar en 1374 por el capitán de la ciudad, como un estorbo de la defensa de la iglesia contra los atentados de las familias y compañías que molestaban a Cataluña, y particularmente a esta ciudad. Con la misma ocasión se construyeron ciertas torres, o cosa tal que llamaban Verdesquas, y eran de madera: nombre de que derivaban el verdesquar, que es fortificar. Todo esto es de los libros de cuentas de la fábrica. También se destruyó entonces el refectorio que habían hecho de nuevo: las reliquias del claustro serán acaso las que se advirtieron en los cimientos de la actual capilla de San Narciso, que era su sitio. En él había un cementerio, que aún en el siglo XVII se llamaba de les clastres. Otro había ante la puerta principal llamado de la escala, y otro en la de mediodía, llamado el mayor. Vense en este último muchas inscripciones sepulcrales desde el siglo XII, entre ellas algunas de los Abades de esta iglesia. La torre de las campanas es vistosa, y de las buenas obras de lujo en el gusto gótico. Compráronse algunas casas para su sitio en junio de 1368, y el día 11 de agosto siguiente se comenzó ya su fábrica, siendo su arquitecto Pedro Çacoma, que juntamente construía la obra del puente nuevo. Vivía aún este profesor en 1376. La torre se concluyó hacia el 1392. En 1581, día 9 de enero, dicen las Actas capitulares de la Catedral, que un rayo desmochó la cúspide de la pirámide en que remata esta hermosa obra. Celebrábase antiguamente la dedicación de esta iglesia en la Dominica IV de septiembre: hoy día no hay tal solemnidad.

La mayor parte de estas noticias son de los pocos libros y papeles que quedan en su archivo, que cierto es uno de los que más han experimentado el furor de las guerras. La escritura más antigua que en él se conserva es del año 1132; guárdanse allí sin embargo algunos códices que merecen atención. Tal es un trozo de antifonario manuscrito a principios del siglo XII con las notas de música semejantes a las mozárabes, sin rastro de claves ni de rayas. Vese en él expresado claramente lo que era el pneuma; porque en los finales de responsorios y sus verbetas, pone separadamente el canto que se repetía sobre la última vocal de la palabra, y aún se observa lo mismo en el final de cada versículo de la verbeta o prosa que ingerían después del Gloria Patri R) VI y IX. Del mismo siglo XII es un Misal del rito Romano, que sólo contiene las oraciones; pero es de escritura de este país, y propio de la iglesia de San Félix, como se ve en la solemnidad de este Santo, y en las iniciales y otras menudencias. Quedan igualmente dos consuetas propias de esta Colegiata, que he disfrutado para mis ritos, como también de las Constituciones Tarraconenses y Gerundenses que hay al fin de una de ellas. En un códice psalterio manuscrito del siglo XIII vi la colección de los Epigramas de San Próspero. Item, hay un Martirologio manuscrito, año 1502, por Fr. Baltasar Costa, de la orden de la Merced, a expensas de Pedro Pau, canónigo de esta iglesia, con la circunstancia de hallarse al fin de él la canónica Aquisgranense; que cierto, en tiempos tan bajos es mucho mayor prueba de que aquí se observó esa regla y no otra. A este tenor hay algunos otros libros útiles, amén de una porción de impresos, algunos del siglo XV. Volviendo ahora a la iglesia, el altar mayor es de cosa del siglo XV, su ara de una pieza entera, su titular como dije es Santa María, con los laterales San Félix y San Narciso. El cuerpo del primero se venera allí mismo, después de varias traslaciones dentro de la iglesia de que habla el citado Dorca en su obra de los Mártires Gerundenses. Está allí mismo separada la cabeza del Santo mártir, cuyo reliquiario de plata costeó un Bernardo Farnés, como se lee en el necrologio de dicha Colegiata. En la pared lateral de la parte de la epístola se conserva la antigua inscripción del Obispo Servus Dei, que ya envié en su artículo correspondiente. No sé si será suyo el sepulcro que está colocado bajo de ella. Así él como los otros cuatro que hay en el mismo presbiterio, téngolos por obra del siglo XIV. Persuádenlo varios y curiosos relieves y bien ejecutadas figuras que son propias de ese tiempo, en que estaba en auge la estatuaria, junto con el pésimo gusto de pintura y ninguna elegancia de arquitectura. El altar donde antes estaba depositado el cuerpo de San Narciso, es hoy intitulado de Santa Afra. Consérvase en él el sepulcro antiguo del Santo, construido en el siglo XV. Consagró el altar en 1647, día 27 de octubre Don Fr. Bernardo de Lotaringia, Carmelita descalzo, Obispo de Babilonia, Vicario Apostólico * Aspaliamense, administrator episcopatus Ctesiphon. y consejero del Rey Cristianísimo. Esto consta en la inscripción grabada en tabla de mármol, que sirve de frontal al mismo altar. Léese en ella, que la iglesia de San Félix prima Sedes Episcoporum fuit. Credat Judaeus, etc. El sobredicho cuerpo de San Narciso se trasladó en 1792 a la suntuosa capilla comenzada diez años antes, cuya descripción hace Ponz en su Viaje. Es toda de jaspes hasta la cornisa. Y si como se tuvo la mira en que fuesen todas de canteras del país, se hubiesen buscado de mayor solidez y combinado de otra manera, la hermosura de tan costoso edificio podía contar con muchos siglos de permanencia, que no tendrá por la mala calidad de la piedra. Es sin embargo loable, y común a pocos, la liberalidad y constancia del Obispo Don Tomás de Lorenzana, que comenzó y concluyó la obra, edificándola puntualmente en el mismo sitio que fue el antiguo cementerio. Sobre esto y sobre la integridad del cuerpo de San Narciso, y también sobre el famoso milagro de las moscas en 1285, trata el citado Dorca. En el machón intermedio del coro y presbiterio a la parte de la epístola, hay en la superficie que mira al coro, la inscripción siguiente en mármol:

Oh martir sanctae sanetur qui iacet ante

A febre quartana vexatum tu prece sana

Vivens mundatus, moriens sit in ethra locatus.

Parece que el Santo invocado aquí es San Félix Mártir, cuyo cuerpo estuvo depositado en lo alto del mismo machón en el lado que mira al altar mayor por espacio de algunos siglos. En el atrio de la puerta meridional hay algunas inscripciones sepulcrales del siglo XII y siguientes. Van por muestra estas dos:

I.

Istius ecclesiae speculum decus hic requiescit

Presbiter insignis, populi lux, luce patescit

Plebanus fuit hic stola fidei decoratus

In Christi regno regnet sine fine beatus

... ad Incarn. Dñi. CLXXVIIII. post. mill.

Está cortado algún verso.


II.

Pluribus hic annis requiescent ossa Johannis

De Mercatallo mundo vixit bene vallo

Anniversario bis sex solidos stabilivit

Idus septembris quinto fuit hic sine membris

X tribus apponas in C. bis milleque donas.

Junto a esta iglesia había otra pequeña intitulada de San Justo, de quien hay memorias en escrituras de los siglos X y XI en los testamentos sacramentales, en que regularmente juraban los testigos sobre el altar de dicho Santo. Hoy no queda memoria de su sitio.


SAN PEDRO DE GALLIGANS.

Dentro de los muros actuales de esta ciudad, por la parte de N., hay un monasterio de Benedictinos, perteneciente a la congregación Tarraconense, intitulado de San Pedro de Galligans (en el latín antiguo de Galli cantu), nombre que tomó de un arroyo pequeño que baña sus paredes y desagua en el Oñar. Antiguamente estaba fuera de la ciudad, en el arrabal llamado de San Pedro, donde el Abad tuvo jurisdicción por concesión que de ella hizo el Rey Don Alonso II de Aragón en 1171 al Abad Umberto; y propiamente hablando no fue concesión, sino confirmación de este privilegio. Fue esto a 17 de mayo hallándose en Gerona el Rey, a quien dicho Abad dio trescientos sueldos. Confirmó todo esto el Papa Honorio III en su diploma dado VIII idus martii, pontific. anno primo, que es el de 1216. Así continuó esta jurisdicción hasta el año de 1358, en que el monasterio la permutó con el Rey Don Pedro IV por el señorío de Palafurgell (Palafrugell). No hay duda en que será este monasterio uno de los más antiguos del país, cuyo origen suba a los tiempos de Carlo Magno; mas también es cierto que carece totalmente de pruebas de tanta antigüedad. La primera memoria de esta casa es de los tiempos del Conde de Barcelona Borrell, el cual en el año 992 cedió a este monasterio el señorío del Burgo, o arrabal que antes decía. Más cierta es para mí la memoria que queda del año siguiente, en el cual hizo testamento dicho Conde, y en él varias mandas a esta casa, que pueden verse en la Marca Hisp. (ap. núm. CXLI). Desde esta época se hallan ya otras noticias del monasterio en varios testamentos. Allí mismo (núm. CCCLIX), se publicó la escritura con que el Conde R. Berenguer sujetó esta casa a la de Santa María de la Grasa, diócesi de Carcasona, y a su Abad Berengario para que reformase aquí la vida monástica. Esto fue en 1117. (V. el Episcopol., art. Berenguer Dalmacio).

Nada más se sabe de los siglos antiguos, porque los incendios y guerras han acabado con todos los instrumentos de aquel tiempo, de los cuales ni aun malas copias han quedado. Una u otra escritura hay de la mitad del siglo IX, y pocas más del siguiente, todas relativas a establecimientos y cosas judiciales de poca monta. Sin embargo, pondré aquí un catálogo de sus Abades hasta el siglo XVI, cuyas noticias, aunque disminuidas, he recogido de acá y de acullá.

                Existencia. Muerte.

Guifredo. 1019

Asistió a la restauración de la canónica de Gerona.

Oliva. 1063 1068

Se halló en el concilio celebrado ibid.

Gaucefredo. 1103

Umberto. 1152 - 1171 1185

Pedro. 1197

Dalmacio. 1204

Pedro. 1207

Bernardo. 1221 - 1226

Pedro. 1239

Bernardo. 1255

Creo que este es el apellidado Aguiló, muerto en 1273, cuya inscripción sepulcral copiaré luego.

Principio. Exist. Muerte.

Umberto. 1282

Guillermo, electo. 1284

Arnaldo, electo. 1286 1293 1298

Bernardo. 1306

Gaufredo. 1312

Guillermo. 1317 1320

Pedro. 1323

Guillermo de Socarrats,
confirmado en 1326. 1334 1346.

Pedro. 1350 1379.

Pedro Dulcia, electo. 1379 1381 1417

Jaime Ginesta, electo 1417

Bartolomé 1424

Bernardo Cavalleria, electo en 1439 1447

Nicolás Deslor. 1503 1533

Era al mismo tiempo Abad de Santa María de Rosas.

Pablo 1569

Bernardo Cassá. 1592

Bien veo que esta noticia es muy incompleta, pero peor fuera que perecieran estos apuntes.

Viniendo ahora a la parte material del monasterio, su iglesia no es más antigua que el siglo XII, como lo dirá cualquiera que examine su construcción. Es de tres naves espaciosas; la del centro se eleva proporcionalmente sobre columnas empotradas en los machones con sus grandes capiteles al arranque de la bóveda. Cuando a principios del siglo pasado blanquearon la iglesia, cortaron bárbaramente algunas de estas columnas a poca distancia de los capiteles, con lo cual se quitó toda la ilusión del arte. El altar mayor es de madera, dividido en tres cuerpos con sus casilicios, de buen gusto, y pinturas no malas en los intercolunios. Del tiempo de la restauración de esta arte en España, hay un cuadrito al testero del coro y parte de su colateral. La portada principal del templo consta de varios arcos concéntricos, sostenidos sobre columnitas estriadas, que parecen más antiguas que el resto del edificio. Los claustros a lo más, son obra del siglo XIV. En ellos se conservaron tres memorias sepulcrales anteriores, de las cuales solas dos están legibles. Allá van para desempalagar.


I.

(cruz, alpha, omega)
Quam cito mutatur quicquid potenter amatur

Exitus ostendit quo mundi gloria tendit

Ossa verenda patrum fecit reverentia fratrum

Abbas Rodlandus venerabilis archilevita

Cum patre Bernardo fruitur perpete vita.

Tengo por cierto que este Rodlando que suena qui Abad, no lo era de este monasterio, sino de San Félix en el siglo XI, y juntamente Arcediano de la Catedral. El carácter y nexos de la inscripción saben a aquel siglo; la piedra es mármol de mezcla. De piedra común es la otra, escrita en los metros siguientes:

Abbas (mirae) bonitatis

Hic Bn. Aquilus,

Tumulatus qui beatis,

dotatur virtutibus,

suffragamen paupertatis,

castus, rectus, et pius:

dat candelam feriatis

vesperis, et noctibus:

lampas matri pietatis

astat per hunc noctibus,

et altare sanctitatis

ditat libaminibus

Jacobi, cum quo in altis

requiescit sedibus

XIII. kal. Janu. anno Dni. M.CC.LXX.III.

Dentro del cementerio hay una iglesita con la advocación de San Nicolás Obispo, la cual hasta nuestros días ha servido de parroquia a este vecindario como anejo (anexo) de la matriz, que es el monasterio, para administrar los sacramentos a los enfermos. Hoy está del todo profanada, y es almacén de varios enseres de la milicia. Su construcción denota grande antigüedad. Mas esto por acá no es nuevo.

SAN MIGUEL DE FLUVIÁ.

Con la pérdida de los papeles de este monasterio se ha perdido igualmente gran parte de las noticias de otras dos casas que se le incorporaron en 1592, y son la de San Miguel de Fluviá y la de San Miguel de Cruilles. La primera era una abadía de Benedictinos, en el condado de Empurias, junto al río Fluviá, cuya iglesia consagró en 1045 el Arzobispo de Narbona Wifredo, junto con Oliva, Obispo de Vique. No se halló el Obispo de Gerona Pedro Roger, a cuya diócesi pertenecía. Trae esta escritura la Marca Hisp. (ap. núm. CCXXVIII). Desde la fundación de este monasterio quedó sujeto al de Cuxá; lo cual aparece de las presentaciones de Abades, hechas por el de la casa matriz. Las memorias que he recogido de estos Prelados son las siguientes:

                Existencia.

Pedro 1119. 1133.

Berenguer 1164

Bernardo 1176

Ermengol 1218

Bernardo 1283

Juan, electo en 1286 1319

Berenguer de Forgues 1322 (Forges : forjas)

Raimundo 1351. 1379.

Ferrario 1391

Francisco 1399

Berenguer de Castlario 1442. 1443.

Pedro Lor 1517


SAN MIGUEL DE CRUILLES.
El otro monasterio que decía es el de San Miguel de Cruilles, también de Benedictinos, gobernado siempre por un prior, cuyo origen ignoro. Sólo sé por dos escrituras originales que quedan en el de San Pedro de Galligans, que a 12 de las calendas de diciembre del año III del Rey Felipe (1062), el Obispo de Gerona Berenguer Wifredo dedicó la iglesia de Santa Eulalia de la villa de Cruilles, a ruegos de sus parroquianos, principalmente de Gaufredo, clérigo de Gerona, que la gobernaba; y que más adelante, en 1144, la sujetó el Obispo al monasterio de San Miguel y su prior, como a cura párroco de aquella feligresía. Las rentas de ambos monasterios se unieron a este de San Pedro, con bula de Clemente VIII del año 1592. Junto a este mismo monasterio hay una iglesita propia de un hospital titulado de Nuestra Señora de la Esperanza, destinado al servicio y asistencia de los eclesiásticos enfermos, y acaso de los seglares también. Al lado de la puerta de la iglesia hay esta inscripción:

Hic duo sunt clausi domus huiusque ministri

Pauperibus curam dantes pro nomine Christi.

Moribus et vita concordes sacra tenentes

Jura sacerdocii, pietatis munere pleni.

Nomina si queris, Petrus est, alterque Johannes:

Illis non liceat stigios transire per amnes.


SAN MARTÍN ÇACOSTA Y SEMINARIO CONCILIAR.

Otra iglesia se conserva en esta ciudad intitulada de San Martín Çacosta, o de la Cuesta (ipsa costa), por el lugar de su situación. Hay de ella varias memorias en escrituras del siglo XI, en que comienza a sonar poseída y servida por los canónigos reglares de San Agustín, sujetos a un Prepósito, cuya elección confirmaba el Obispo, a quien estaba canónicamente sujeto. De estos Prepósitos no he hallado más memorias, o no me ocurren ahora más que las siguientes:

                            Existencia.

Guillermo en 1332.

Guillermo Vidal, electo en 1348.

Murió en dicho año de peste.

Berenguer de Podio, electo
en dicho año 1348
Murió en 1374.

Guillermo Salavedra
(Salaveteri), electo en 1374. 1379.

Así permaneció hasta los años 1581, en que suprimida esta prepositura y canónica Agustiniana con el curato y parroquialidad aneja, y se entregó la casa a los padres de la Compañía de Jesús, que la poseyeron hasta su extrañamiento. Entonces se trasladó a ella el Seminario conciliar, que desde los últimos años del siglo XVI estaba en el colegio llamado de Sobreportas, por el nombre de la puerta de la ciudad sobre que estaba fundado; o de Carol, por el fundador Ramón Carol, doctor en medicina, que lo había fundado en el siglo XIV, según dicen. Yo sé que lo estaba ya en 1409, en que el Obispo Don Raimundo Castellar proveyó en él la plaza de maestro de gramática. Aquella piadosa institución era la única en esta ciudad, donde recogidos algunos jóvenes estudiaban la gramática y filosofía, hasta que se pusieron estudios mayores en la universidad, erigida en 1561. Luego que se publicó el concilio Tridentino, y volvió acá el Obispo Don Arias Gallego, que asistió a su conclusión, hizo los esfuerzos posibles para erigir aquel colegio en Seminario. Mas ni él ni los sucesores lo lograron hasta el Obispo Don Francisco Arévalo de Zuazo, que antes de cumplirse un mes de su entrada en esta ciudad, es a saber, día 5 de septiembre de 1598, en presencia y de acuerdo con su Capítulo, hizo la erección formal de dicho seminario, expresando que ninguno de sus antecesores, a quienes nombra, lo habían verificado. Dos días después le dotó con las rentas del priorato de Santa María de Besalú, luego que vacase por muerte o por renuncia de su obtentor Don Miguel Tormo. La escritura de todo esto existe en la curia episcopal (Lib. Not. de ese año, litt. B. fol. 193 v.). La unión de este priorato no se verificó, oponiéndose de contado a ello el Arcediano de Vique (Actas Capitulares de ese año). Como quiera que esto sea, de que nada más sé, dicho Prelado, en prosecución de tan útil proyecto, instaló y dio posesión a los primeros seminaristas en dicho colegio de Sobreporta (Sobreportas más arriba) a 7 de febrero de 1599. De ellos había cuatro de la familia de Carol. Para este acto salieron los candidatos en procesión desde el convento de los padres Franciscos, con música; y viniendo al colegio el Obispo, acompañado de los jurados, les vistió toga, dice la escritura, ex panno vulgo monachino nuncupato, el becca purpurea, ac birreto clericali. La escritura de este acto se halla en el mismo archivo de la curia episcopal (Lib. Not. de ese año, lit. C. fol. 51). Trasladado el Seminario a la casa de San Martín se aumentó después con nuevo edificio para ejercitantes, a donde se recogen por algunos años los que han de ser promovidos al orden clerical. Los estudios de esta casa, servidos de un competente número de maestros, están incorporados con todas las Universidades de España. Esto se debe a las instancias y celo del Obispo Don Tomás de Lorenzana, cuya biblioteca forma con separación una parte muy principal de la del Seminario, que es pública. La inscripción Romana que el padre Roig (pág. 328) refiere como existente debajo del altar mayor de dicha iglesia, está copiada exactamente, y así no la repito.

SAN DANIEL.

Del monasterio de religiosas Benedictinas de San Daniel, extramuros de esta ciudad, habló con mucho acierto y tino el padre Roig, que me excusa decir más en cuanto a su fundación y origen. Con gran satisfacción mía vi en el archivo de dicha casa los instrumentos que aquel escritor copió, e ingirió en su obra para probar que, siendo como era, la iglesia de San Daniel propia de la Catedral, pasó al dominio de la Condesa Hermesindis hacia el año 1015 por precio de cien onzas de oro, que el Obispo Pedro Roger aplicó a la fábrica de dicha Catedral: que entonces puso dicha Princesa monjas en San Daniel, que continuaban allí en tiempo del Conde Ramón Berenguer el viejo: y por fin que la Condesa Mahalta, mujer de Ramón Berenguer II, restauró la casa y la puso en estado floreciente, con que ha podido durar hasta nuestros días, a pesar de las calamidades de las guerras, en que le ha cabido gran parte. No fue menor la complacencia que tuve en oír a una docta monja, que con sus largos años y conocimientos paleográficos ha llegado a conocer toda la localidad antigua de aquella casa, copiando por sí misma la mayor parte de las inscripciones sepulcrales que hay en sus claustros. Este edificio es como del siglo XIV, con algunos trozos posteriores. Entrando en él, a mano derecha, hay una inscripción lemosina del siglo XIII, que no deja de ser notable por las pocas que se hallan de ese tiempo, en que todas se escribían en latín. Cosa que a cualquiera debe causar admiración, que con estar entonces tan en su auge y tan limado el lenguaje vulgar lemosín, y con quedarnos muchas obras escritas en él, sin embargo para los sepulcros prefiriesen la lengua latina a la patria (Limoges, Francia, lemosín). Cualquiera que sea la causa de esto, la inscripción dice así:
(N. E pongo espacio después del punto y notas entre paréntesis)

ANNO. M.CC.L.I. PASA. LA DONA. NASIBILIA. (Na Sibila, Sibilia)

ESTRVSA. DAQVEST. = SEGLE. EIAQVI. XX. (e iaquí, jaquí, dejó)

SOVS. CEMONECA. DECOBLENTC. PERANIVE.SARI. (? Sous C Emone C A. De Coblent C per aniversari)

XV. SOVS. PERMISSES. V. SOVS. PERPIETANSA. (per misses, per pietansa)

ALESDONS. = ESLASVA. OSSA. ASI. EDASO.

ESTENGVT. SEYOR. DE. PVGOLS.

Algunas hay por allí leoninas, de las cuales la más curiosa me pareció la siguiente:

Dormit in hac cella Raimundus de Gerunella,

Qui bonus armatus placidus fuit et bene gratus

Hostes vitabat, et amicos exanimabat.

Milicie more fuit omni plenus honore

Perpetuo Christe tecum congaudeat iste

Annis transactis terdenis mille ducentis

Annus erat nonus quo transiit ipse Raimundus.

Quesivit patres Augusti quinque kalendas.


La iglesia es una cruz griega, y lo que en ella queda por remendar sabe a la construcción del siglo XII. En el altar mayor, que es de buena forma, está recondido (recóndito) un relicario curioso que contiene un pedazo de carne seca, tamaño como una nuez, envuelto en un trozo de lienzo humedecido con sangre. Dícese que dudando un sacerdote de si en la hostia consagrada por él mismo estaba el verdadero Cuerpo de Cristo, se convirtió la hostia en carne verdadera, y que esta es la que allí se venera, llamada por esa razón la Santa Duda. Digo que se venera con adoración de latria, y se pone de manifiesto al pueblo todo el día lunes de Pascua de Resurrección, en que se hace fiesta particular con sermón sobre aquel hecho. El caso es que no hay documento que lo apoye, sino una tradición vaga, que ni aun señala la época del portento. Porque un decreto de indulgencias de varios Obispos reunidos en Roma, y la tolerancia de los Obispos y los Prelados Benedictinos en sus respectivas visitas, ya se sabe cuan débil argumento es de la verdad de estas cosas. Más estimable es la cordura de la iglesia Catedral de esta ciudad, que guardan debidamente, mas no exponen a la veneración, las formas incorruptas que posee, y de que ya creo haber hablado. Debajo del altar mayor hay una capilla subterránea, o digamos una confesión, donde se venera el cuerpo de San Daniel Mártir, hallado, según se dice, en una cavidad o cueva inmediata, que se ve por una ventanilla, por la cual se extrae tierra para la devoción de los enfermos.

Los huesos del Santo se veneran en un sepulcro de piedra, adornado de varios relieves alusivos a su martirio, y construido hacia el 1345, habiéndose comenzado la capilla dos años antes por mandado del devotísimo Obispo Don Arnaldo de Monrodó, cuyo pontificado, como habrás advertido, es la época de otras fiestas nuevas y singulares en esta iglesia. En un Devocionario u oficio de la Virgen, propio del monasterio de dichas religiosas, impreso en León por Francisco Juste a fines del siglo XV, se lee entre otras oraciones al fin la siguiente de dicho Santo Mártir: O rosa martirii Daniel speculum paradisi: qui thalamum Christi mundo patiendo subiisti: fac nos perpetua coelorum scandere regna, et Christo canere tecum pariter valeamus, aleluya. = Oratio. Omnipotens sempiterne Deus qui fecisti beatum Confessorem nominis tui et Martirem Danielem participem passionis tuae, concede quaesumus ut eius intercessione nobis indulgentiam tribuas, et perduc nos ad regnum gloriae tuae. Per etc.
Allí mismo se señala la fiesta en el calendario VIII kal. maii: su nombre está en las letanías. Entre las piedras que sostienen el sepulcro de este Santo Mártir hay una Romana, cortada por la parte superior como le vino bien al bárbaro cantero y directores, en quienes no fue efecto de sabiduría y de amor a la antigüedad el haber perdonado a las dos últimas lineas, que con letras muy enteras dicen HIC SITUS EST. Su carácter, situación, y el bocelito que adorna la superficie donde está el letrero, hacen ver la antigüedad que digo, al paso que excitan la indignación del más moderado.


SANTO DOMINGO.

El convento de los padres Dominicos es fundación del Obispo de esta ciudad Don fray Berenguer de Castellbisbal, religioso de la misma orden. Estaba ya hecho en 1253, puesto que a 30 de diciembre de ese año fue ya admitido por la orden como uno de sus conventos. Dícelo una inscripción que está en su iglesia en la pilastra entre las capillas de San Dalmacio Moner y Santo Tomás, donde se lee: tercio kal. januarii anno Dni. MCCLIII fuit acceptus hic Gerundae conventus. La iglesia actual se comenzó a construir tan pronto que ya hay breve de indulgencias para su prosecución, dado por el Papa Inocencio IV el año XII de su pontificado, que fue el siguiente y último de su vida. El altar mayor lo consagró el Obispo de esta iglesia Don Arnaldo de Monrodó día 31 de enero de 1338 (1339), poniendo en él reliquias de ligno Dni. = De sepulcro Dni. = De osse digiti B. Dominici. = De cuculla B. Benedicti Abb. = De scapulari B. Dominici. = De osse B. Lucae et B. Dionysii Areopagitae. = De ossibus IV coronatorum. = SS. Innocentium. = S. Laurent. M. = S. Alexandri. = De tunica et capillis S. Francisci. = S. Martini Conf. = S. Macarii. = SS. Simplicii et Ambrosii.
El retablo actual es de lo más horrendo y monstruoso que ha podido producir el gusto churrigueresco: en fin, obra de los principios del siglo pasado. Del antiguo quedan algunos cuadros respetables, que son la prueba de la chabacanería de aquel gusto, que prefirió tallas y estatuas tan indecentes a tablas regulares. En la misma iglesia, y en capilla propia, se venera el cuerpo del Beato Dalmacio Moner, hijo de este convento, que murió en 1341. En un ángulo de la huerta que escogió él para sus ejercicios espirituales, se construyó después un oratorio, donde hallé suelta una piedra, que antes debió estar colocada en la iglesia sobre su sepulcro, y es sin duda coetánea a su

muerte. Léense en ella las siguientes rimas:

Exemplar humilitatis...

Normam dedit sanctitatis predicator solidus

Monerii nominatus frater Dalmacius

Nunc cum Deo exaltatus nobis sit propicius.

Miraculis decoratus et caritate fervidus

Abstinenciis laudatus ac puritate lucidus

Kalendis octobris natus in ecclesia hic tumulatus

Annis trecentis et mille quadraginta uno ille

Obiit tunc preteritis nunc premiatus meritis.


Así la iglesia como los claustros y capítulo están llenos de inscripciones sepulcrales que he leído sin provecho particular. La biblioteca abunda poco en obras modernas; mas esta falta está bien recompensada con los muchos libros antiguos y ediciones raras que no se adquieren sino a peso de oro. Entre ellos hay algunos que fueron propios del historiador y archivero real de Barcelona Pedro Miguel Carbonell, el cual mostró su gusto en la elección de buenos libros y en la curiosidad y limpieza de sus notas, mucho mejor que en las producciones que nos dejó de su ingenio. No sé por qué camino pararon acá estas alhajas. Diré de algunas.

I. Existe, pues, en esta biblioteca una colección de los opúsculos de re rustica de Catón, Varron, Columella y Palladio, impresa en Reggio, año 1482, por Bartolomé Bruschi, alias Bottoni, como se llama al fin de las obras de Palladio, o por Bartolomé Bottoni, alias Bruschi, como se llama al fin de las de Varron. En ambos lugares se intitula Regiensis. Al fin de toda la colección se leen estos dísticos:

Priscorum quicumque studet monumenta doceri

Terrarum et cultus arma deosque simul;

Hos legat antiquos, Varronem, tumque Catonis

Scripta, Columellam, Palladiumque legat.

Rura canunt, rurisque Deos: his vita magistris

Desuevit querna pellere glande famem.

Impressit Regii nuper volumina quorum

Optime Bottonus nomine Bartholomeus.

II. Los Comentarios de las Noches Atticas de Aulo Gellio, impressi, dice al fin, Venetiis per Andream Jacobi Catharensem M.CCCC.LXXVII. Andrea Vendrameno Duce Venetiarum inclyto. Carbonell nota que compró este libro de las galeras Venecianas en 1478.

III. Los XXXVII libros de la Historia natural de Plinio con este epígrafe final: Parmae impressus opera et impensa Andreae Portiliae anno Nativitatis Dni. M.CCCC.LXXX. idibus februarii, regnante illustrissimo Principe Joanne Galeazeo Maria, Duce Mediolani.

IV. Las Poesías de Catulo, Tibulo, Propercio y Papino Stacio: sin nota de lugar ni de impresor al fin, sino con esta sola enunciativa M.CCCC.LXXII. Carece no sólo de foliatura sino también de signatura de cuadernos. Carbonell lo compró en 1502.

V. Las Comedias de Plauto con este epígrafe final: Impressae fuere opera et impendio Joannis de Colonia Agripinensis et Vindelini de

Spira. Venetiis M.CCCC. LXXII. Nicolao Throno Principe iucundissimo et Duce foelicissimo. Carbonell dice que las compró de un librero Veneciano año 1486.

VI. Historia ecclesiastica Eusebii Pamphili, traducción de Rufino, impresa en Mantua por Juan Schall 1479.

VII. Las Vidas de los XII Césares de C. Suetonio Tranquillo con los comentarios de Beroaldo. Al fin se lee: Commentarios hosce a Philippo Beroaldo diligenter compositos impressit Leonardus Pachel Theutonicus adhibita pro viribus solertia et diligentia ne ab archetypo aberraret. Impressum Mediolani anno salutis M.CCCC.LXXXXIIII. quarto idus januarias illustrissimo Joanne Galeaz. Mediolani Duce sexto. Carbonell lo compró el mismo año a 5 de julio.

VIII. El Tito Livio impreso en Venecia por Felipe Pincio Mantuano, 1495.

IX. Los libros de Genealogiis Deorum de Juan Bocacio (Boccaccio, autor del Decamerón) con esta nota final: Venetiis impressum anno salutis M.CCCC.LXXII. Nicolao Throno Duce felicissimo impe. En el mismo volumen y del mismo autor se halla: Jo. Boccatii viri clarissimi de montibus: silvis: fontibus: lacubus: stagnis seu paludibus: et de diversis nominibus maris opus diligentissime impressum finit. Venetiis idus jan. CCCC.LXXIII. (sin la nota de M.) Era de Carbonell que lo compró en 1500.

X. El Speculum historiale de Fr. Vicente Bellovacense, que esta edición llama Borgoñón equivocadamente. Consta de tres vol. fol. a dos col. sin foliaturas ni signaturas de cuadernos. El 1.° contiene los diez libros primeros de esta obra: el 2.° los once siguientes: y el 3.° los restantes hasta el treinta y uno, que es el último. En el primer volumen se pone el gran prólogo, que lo es del Speculum maius, en que se da razón del naturale, doctrinale y morale, adoptándose en esta edición la fábula de que este último es obra del mismo autor. Especie desmentida sólidamente en la Biblioteca de Quetif y Echard.

Al fin del último volumen se leen estos versos:

Codicis insignis quin periodus quoque finis

Fauste nunc annotatur agente Deo.

In partes hunc sectum tres augustaque lector

Impressa litera dedit ecce tibi.

Hystorie seriem cuiusvis complicat in se
Hystoricum speculum cui bene nomen erit.

Illustris sentencia tempore quolibet apto

Omnis et inseritur florida queque viri.

Auctoris nomen Vincentius, ordine fertur

Prediquecator, Burgundia sed patria.

M.CCCC.LXXIIII.

No dudo que esta es la preciosa edición de Maguncia (pone Moguncia : Mainz) de Juan Fust (Faust ?), tan rara y poco conocida. Del mismo autor están los opúsculos de Gratia, de Laudibus Virginis Mariae, etc., impresos en Basilea por Juan Amerbach, 1481.

XI. El Praeceptorium divinae legis de fray Juan Nider, impreso en París per Martinum Michaelem et Udalricum, anno Domini M.CCCC.LXXIIII., die XI mensis novembris. Otras ediciones raras de obras del mismo autor hay allí, cuya noticia he tomado para la Biblioteca de escritores de mi orden. A este tenor hay algunas otras ediciones cuyo mérito conocen bien los literatos. 

En el archivo del mismo convento hay algunos tratados militares que aunque modernos no será inútil darlos a conocer. Obras de Don Tomás de Casanova y Liberto, caballero de la orden de Cristo, teniente coronel, comisario provincial de la real artillería de España y Director de las reales fábricas de armas e instrumentos de gastadores del señorío de Vizcaya y provincia de Guipúzcoa, natural de Cáller en Cerdeña.

1. Corona y palma del arte militar, tratado universal de artillería. IV. vol. fol. = 1.° trata de cañones, morteros, etc. = 2.° de cureñas y cuanto en ello sirve la madera. = 3.° de todos los carruajes de campaña. = 4.° de los demás utensilios y pertrechos de campaña. Todo con oportunas y curiosas láminas.

2. Preparaciones militares para la guerra ofensiva y defensiva, IV. vol. fol. = 1.° Trata del estado de defensa en que se hallaba la plaza de Orán en 1740. = 2.° Método de hacer los detalles para formar cualquier proyecto: obligaciones de los Comandantes de varios ramos con noticia de la dotación de las plazas de Rosas, Barcelona, Tarragona, Cádiz, etc. = De lo que debe hacer el General de artillería en las varias funciones de la guerra ofensiva. = 4.° Modo de formar los inventarios en las tomas de plazas con noticia de los que él y otros ejecutaron en las guerras de Italia y otras partes.

3. Proyectos para la dotación de la ciudadela de Barcelona para en caso de sitio. 1 volumen, fol.

4. La fragua de Vulcano. 2 vol. fol: Es propiamente una historia del origen, progresos, Directores, etc., de las reales fábricas de Vizcaya y Guipúzcoa, con advertencias para su gobierno, mejora, etc.

5. Preceptos militares, 2 vol. fol. Tratan de los fueros y obligaciones de los oficiales de artillería.

6. Noticias de la vida del autor en la dilatada carrera de 57 años de servicio. Esta obra falta aquí, mas se da noticia de ella en la general de las demás que aquí se conservan. Todas estas obras con una porción de instrumentos matemáticos legó el autor a este convento con ocasión de su muerte, acaecida verosímilmente en Barcelona, de donde se envió su testamento junto con los libros el año 1754.

En el mismo archivo se conservan las obras mss. originales del famoso hijo de esta casa Fr. Nicolás Eymerich, Inquisidor de toda la corona de Aragón, en la última mitad del siglo XIV, el cual murió en 1399, y tiene su entierro en esta iglesia. Dichas obras son conocidas, aunque por la mayor parte no se imprimieron, por la cabal razón que dio de ellas la Biblioteca de escritores de la orden de Predicadores. De los Obispos hijos de esta casa se hablará en los catálogos correspondientes, y de los escritores en las adiciones a la citada Biblioteca.


SAN FRANCISCO.

Algunos años antes que el convento sobredicho se fundó el de los padres de San Francisco, para lo cual dio una huerta en el sitio actual el canónigo de esta iglesia Bernardo Esteve in manu et potestate fratris Johannis, Ministri Yspanie, como dice la escritura que he visto original en el archivo de dicho convento, fecha a 28 de febrero de 1231 (1232). Esta es la primera memoria de esta casa, a la cual sigue otra del 1234, en que se habla ya de convento sin expresar Guardián. Este con su comunidad suena ya en 1249, y se llamaba Fr. Raimundo de Castelló. En una de las escrituras del año 1256, hablándose del río Oñar, le llaman no Undaris, como solían, sino Ugyario. La iglesia es obra del siglo XIV. El altar mayor y algunos otros son de forma regular y del tiempo de buen gusto de arquitectura. En la sacristía vi dos cabezas de Santas Mártires en sendos bustos de plata. En uno de los cuales se lee: Senta Odilia, y en el otro Senta Narsaria. Serán de las once mil compañeras de Santa Úrsula. En el capítulo que hoy sirve de capilla de la tercera regla hay entrando a la derecha una inscripción curiosa, y es la siguiente: En layn de M.CCC.XXVIII. lo seyer A. Rafart en la tomba present soterrat aportá de la ciutat de Napols los lopins primerament en aquest bisbat de la qual cosa ses seguit gran profit á tota la comunitat. Requiescat in pace ejus anima per secula cuncta. Amen. Fo dels lupins la sement V migeres solament. Los lopins son los altramuces traídos e introducidos acá por este Arnaldo Rafart en 1328. Vivía todavía, si no era algún hijo suyo, en 1334, y estaba en Nápoles por razón del comercio, según parece en algunas resoluciones del Consejo general de ese año. No sé más de este público bienhechor.

En la biblioteca de este convento hay algunos libros raros castellanos del siglo XVI, y no faltan buenas ediciones del XV. = Tal es el tratado de Fr. Bartolomé Anglico de Propietatibus rerum, impreso por Pedro Ungaro (Húngaro) en 1482 sin expresar el lugar. = Joannis Aurelii Augurelli Ariminensis Carminum liber primus explicit. Impressum Verone anno Dni. M.CCCC.LXXXI. die quinto julii = Las Etimologías de San Isidoro, en París, por Jorge Wolff, 1499. = El Modus bene vivendi ad sororem, de San Bernardo, en Venecia, por Bernardino de Benaliis, 1492, que fue del uso del Obispo Don Fr. Miguel Pontich. = El Mamotrecto, de 1489, en Nuremberga. = Las Epístolas familiares de Cicerón, en Milán, por Leonardo Pachel y Olderico Scinzenceller, 1481. = Colección de las obras de San Gerónimo, con este epígrafe final: Impressum Rome in domo nobilis viri Petri de Maximis iuxta campum Flore presidente magistro Arnoldo Pannartz anno dominici Natalis M.CCCC.LXXVI. die vero XXVIII. martii sedente Sixto IIII. Pontifice maximo anno eius quinto. = La primera parte de la Suma de Santo Tomás, y concluye así: Explicit prima pars Summe Sancti Thomae de Aquino diligentissime castigata super emendatione magistri Francisci de Neritono per theologos viros religiosos Petrum Cantianum, et Joannem Franciscum Venetos. = Venetiis M.CCCC.LXXVII. Esta es la primera edición de la primera parte que Echard no hizo más que indicar.

PADRES CAPUCHINOS.

En el convento de P. Capuchinos he tenido el gusto, no esperado, de ver una edición de las obras de Lactancio con sus poemas el Fénix y el Paschale, o de Resurrectione, en fol., sin signaturas ni folios, y con sólo la nota del año al fin, que es 1471: libro muy bien conservado. También poseen la Crónica intitulada Fasciculus temporum de 1481, y así otras ediciones de menos cuenta del mismo siglo XV.

Más es que tienen algunos ms. buenos, tal es el Liber Scintillarum, de Beda, ms. del siglo XIII, y del siguiente una Biblia bien conservada. Sobre todos me pareció curioso un opúsculo de Musica cantuali, instrumentali et celesti: su epígrafe es: Tractatus Michaelis de Castelanis monachi de musica ad dominum Davidem de Natho monachum monasterii Mansiazillis ordinis sancti Benedicti Rutensis diocesis provinciae Tholosane incipit. = Pr. Davidi de Nato monacho monasterii Mansiazillis Rivensis diocesis provinciae Tholosane ord. S.

Benedicti fratri suo carissimo et inter alios prememorando Michael de Castelanis monachus totus tuus pro posse, quos prelibatum cenobium educavit sub tegumine nigro iam dicti almi patris, etc.
Al fin del primer tratado copia las opiniones y dichos de varios autores en elogio de la música vocal, y entre ellos dice: Secuntur quedam pauca de musicis et musicatoribus dicta per Samuelem Judeum Rabbi Sinagoge oriundum de civitate Morochorum ad Ysaac

Rabbi Synagoge in civitate Subiulmeta eiusdem regni. Es un retazo de la carta de dicho Rabí, que ya publicamos. Esto sólo basta para hacer ver que este tratado de música es posterior al siglo XIV, en que tradujo al latín aquella carta el Dominicano Fr. Alfonso Buenhombre. Mejor se ve su época por el remate de la misma primera parte que dice: Apud sanctum Martialem in cacumine montium Montissigni (Monseny, Montseny) finivit hec scriptura anno divini Verbi nati 1496 currente, 29 die mensis decembris.

Uno de sus capítulos es este: "Et quid dicendum de crochetis et fuseis (fusas, fusa). Respondeo quod moderni tales denominationes penitus enervaverunt ab hodierno usu. Et ne simus contrarii nostrismet dictis, qui dicimus quod ultra minimam non est (no admite nota menor que la mínima) nos loco crochetarum dicimus minimas nigras. Et quelibet minima alba (blanca) valet duas nigras (vale dos negras), et quelibet nigra valet duas nigras habentes caudam crossatam (: cola cruzada, con cruz, rabillo)." Lo mismo dice respecto de las fusas.

Al fin del segundo tratado de Musica instrumentali incluye esta pequeña obrita: "Sequitur ars pulsandi musicalia instrumenta edita a magistro Ferdinando Castillo, comuniter dicto lo Rahorer, Yspano, nunc vivo, et civi pulcherrime civitatis Barchinone anno salutis eterne 1497. 25 die augusti." En el prólogo dice: "Est quidam Yspanus in civitate Barchinone in Cathalonia, vocatus magister Ferdinandus Castillo, qui comuniter dicitur lo Rahorer (cuchillero) propter suam artem cothidianam... Sed iste magister Fer. possuit istam suam artem in vulgari, quod non ubique est idem, et quia latinum est comunius ydioma, ego pono in latino." Cita luego a sus discípulos Vicente Symó, presbítero, Rector de Gasserandis, dioc. Gerund., fratrem Febrer, y a un hijo del maestro, llamado Joannot, que dice excedió a su padre. Dos o tres veces más llama Hispano a dicho Castillo, añadiendo que es ciudadano de Barcelona, por donde conjeturo que era natural de Castilla. 

Otro tratadito añade, que copiaré entero, y es este:

"Sequitur ars de pulsacione lambuti (pulsar, tocar el laúd), et aliorum similium instrumentorum inventa a Fulan mauro regni Granate. Mirum est ut dona Sancti Spiritus ipsis infidelibus infundantur. Ea propter hoc dico quoniam quidam Fulan nomine, maurus de regno Granate apud Yspanias inter Yspanos cytharistas (cítara, citaristas) laude dignus, per pulsatus spiritu sciencie invenit artem dandam hiis qui diligunt pulsare lambutum, cytharam, violam, (laúd, cítara, viola) et hiis similia instrumenta. Et dicit dictus Fulan quod postquam bonus cytharista grupaverit suum instrumentum per bonam artem, attendendum est ubi sunt semythonia in ipso instrumento. Est eciam attendendum ubi sunt semythonia in cantilena ponenda in ipso instrumento. Et ponat tali modo cantilenam in instrumento, quod semythonia cantilene respondeant semythoniis instrumenti; alias autem in vanum laborat. Dicit denique dictus Fulan, quod omnis punctus, qu¡ fit sine positione alicuius digitorum in grupis, est Alif in eorum littera, quod in nostra sonat A. Alphabetum ipsorum maurorum ego ponam per ordinem; verum ipsi mauri incipiunt in manu dextra, et tendunt versus sinistram. Nos vero latini cum grecis è contra, quoniam incipimus in sinistra, et finimus in dextra. Sequitur alphabetum ipsorum maurorum...
Primus grupus post Alif in ipso instrumento est semythonium. Secundus grupus respondet ipsi Alif per thonum. Tercius grupus in instrumento respondet ipsi Alif cum thono et semythono. Quartus grupus debet correspondere ipsi Alif per duos thonos. Quintus grupus respondet ipsi Alif per duos thonos cum semythono, et sic faciunt dyathessaron. Sextus grupus distat ab Alif per tres thonos, et sic faciunt trithonum. Septimus grupus respondet ipsi Alif per tres thonos cum uno semythono, et faciunt dyapentam. Tu vero David (loquitur Michael de Castellanis monachus ad Davidem monachum) pone alia plura; ego enim tedio aquarum multarum (que me scribere non permittunt) fessus sum.

Omnia ista de pulsacione lambuti ego habui a fratre Jacobo Salvá, ordinis Praedicatorum, filio den Bernoy (vel Banoy) de linariis (Linars, Llinars), dioc. Barchin. qui caritate devictus revelavit michi ista. Deus sit sibi merces.

Amen".


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