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miércoles, 17 de agosto de 2022

CARTA LXXIV. Viaje a la villa de Ager. Origen de los vizcondes, y de su nombre y título.

CARTA LXXIV. 

Viaje a la villa de Ager. Origen de los vizcondes, y de su nombre y título. Si el de Ager era propio del condado de Urgel. Situación, antigüedad y conquista de esta villa. Noticia de su conquistador y de los vizcondes sus sucesores. Suerte final de este señorío.

Mi querido hermano: Acabo de llegar a Ager, villa bien conocida y apreciada de los anticuarios por conservarse muchas memorias de lo que ella fue aun en el orden civil: cosa de que suelen escasear las ciudades principales. Y pues he tenido la fortuna de recoger aquí y en otras partes muchos documentos que ilustren este punto particular de nuestra historia, antes de engolfarme en la de su colegiata, quiero decir de su vizcondado y señorío, digo de su origen y alternativas. Y primero extractaré aquí lo que en las memorias de los condes de Urgel tengo escrito muy a la larga, acerca del origen de los vizcondes y de su nombre y título. Porque es innegable que cada condado tenía su vizconde, como encargado de suplir en su gobierno las ausencias y enfermedades del conde. Pero la memoria de estos señores principales es más antigua que la de aquel título subalterno; el cual en el principio se llamó Loco-positus (como locum tenentem, lugarteniente, etc) y Vicarius comitis (vicecomite, vicecomes, vizconde &c). De este último se formó andando el tiempo el vicecomes, cuya primera noticia, según los historiadores de Languedoc (lib. IX. c. 74 y 120), es del año 832. Acá en Cataluña tenemos una anterior, y es la donación del conde Fredelao al monasterio de S. Saturnino de Tabernoles, hecha en el año 815, donde ya se halla ese título como ahora lo usamos. Mas los que lo obtenían, debiendo ser amovibles o vitalicios, como lo fueron en un principio los condes, es claro que mientras lo eran no tenían otro dictado diferente del conde. Quiero decir que eran vizcondes de todo el condado, sin título de fundo particular, y con sólo el general de todo el señorío. Así en la Marca Hisp. (col. 883) hallarás varias veces nombrados a los vizcondes Ceritanensium y Barchinonensium (Cerdaña y Barcelona). En la escritura que días pasados envié de la fundación del monasterio de Roca rosa (a: V. sup. pág. 86), el vizconde de Cabrera Geraldo se intitula asimismo Gerundensium et Urgellensium vicecomes. Esto fue el año 1145, hasta cuya época verás en las citadas memorias que los llamados vizcondes de Urgel, nunca tomaron el título de heredamientos particulares, sino cuando más el de todo el condado, siendo lo regular llamarse vicecomes sin añadidura alguna. En este estado de cosas que debes tener por muy cierto, aunque no es posible ahora dar las pruebas de ello, ¿quién hará caso de la opinión que atribuye a Carlo Magno la distribución de toda Cataluña en condados, con la adjudicación de vizcondes, comitores y valvasores a cada uno de ellos, y los títulos de heredamientos a todos estos oficios subalternos? Y por acercarnos más a lo que tratamos, ¿qué quiere decir D. Antonio Agustín (dial. IV. de las medallas) cuando asegura que en esa distribución el vizconde de Urgel era el vizconde de Ager? ¿Quiere decir que el señor de aquellos estados era el vizconde de todo el condado? Si esto fuese así, sería preciso suponer que Urgel estuvo sin vizconde hasta la mitad del siglo XI; porque Ager no fue ganada de los moros hasta ese tiempo. Y si antes de dicha época había vizcondes en Urgel, según consta de innumerables documentos y lo dicta la razón, los cuales estaban sin duda heredados en otros fundos, ¿cómo es que el título de estas posesiones se mudó en el de la nueva conquista? o ¿cómo los poseedores más antiguos de otras villas y tierras dejaron arrebatarse el honor del vizcondado, permitiendo que pasase a la persona y familia de Arnaldo Mir de Tost, conquistador de Ager? Porque una de estas cosas era preciso que sucediese, para que el señor de Ager viniese a ser vizconde de Urgel. Y si sucedieron, cierto no fue hasta el siglo XII, en el cual comienzan a comparecer vizcondados intitulados con el nombre particular de los fundos o heredamientos paternos, con los cuales pasaba también a los hijos y se perpetuaba en ellos el título, o por consideración a los méritos y servicios de los padres, o por constitución que no ha llegado a nuestra noticia. Y de entre esos vizcondes el más rico y poderoso es natural que entonces se alzase con ese título en todo el condado, sin que en ello pensasen Carlo Magno ni los reyes sucesores hasta el tiempo que dije; sino así insensiblemente y por costumbre y condescendencia, sin ley ni convenio que sobre ello se hiciese, como en otras cosas civiles ha sucedido. En resolución, ni Carlo Magno es autor de la distribución y títulos que tenían los vizcondes y otros oficiales inferiores a los condes, ni el señorío de Ager fue título de los vizcondes de Urgel hasta mucho después de su conquista. Esto quedará más a la larga explicado en las memorias de dichos condes. Ahora vengamos a tratar del origen de este señorío, y de sus primeros poseedores. Ager es la villa capital de un valle fertilísimo que se extiende de E a O, entre los dos ríos llamados Noguera de Pallás (Pallaresa; Pallars) y Noguera de Ribagorza (Ribagorzana), y de N a S, desde la cumbre de Montsech hasta el castillo de Santaliña, llamado, según dicen, en tiempo de los romanos Saltus Liciniae. Pedro de Marca opina que Ager es la antigua Erga de Ptolomeo, cuyo nombre se corrompió en el actual (metátesis, las letras de Erga son Ager, o Agre, Rega).

El P. Caresmar, fundado en el testimonio de Juan Biclarense, obispo de Gerona, afirma que estos son los Montes Agerenses, cuya conquista no pudieron lograr los godos hasta siglo y medio después que sujetaron lo restante de España; es a saber, en el año 574 de Cristo, en que el rey Leovigildo con grande ejército derrotó y se llevó cautivo a Aspidio, jefe de estos montañeses. Y a la entrada de Leovigildo por estas tierras atribuyen algunos sabios catalanes una u otra moneda de dicho rey, halladas en estos montes. De algunas antiguallas romanas que quedan en esta villa, se dirá cuando se haga la descripción de su iglesia. El dominio pacífico de los moros en este valle duró hasta principios del siglo XI, en el cual un caballero de este condado, llamado Arnaldo Mir de Tost, por ser señor del castillo de Tost, sito al S de Urgel en distancia de unas cuatro leguas, emprendió la conquista de terreno tan importante. Ya en el año 1036 y 1041 suena esta villa poblada de cristianos, y con un monasterio gobernado por el abad Lanfranco. Pero antes del 1050 volvieron los moros a recobrar su posesión, aunque por poco tiempo, quemando en su entrada las escrituras que hallaron de los cristianos. Dícelo una poco posterior, es a saber, del año 1061, la cual está en el archivo de esta colegiata num. 2123, y va copiada (a: Apend. n. XII). En ella verás la querella de una mujer llamada Persona contra su hermana Honorata, por haber vendido un campo de lino a un tal Lorenzo: cosa que no podía enajenar conforme al testamento de Jaginta, madre de ambas litigantes. Y verás como mandando el juez que se exhibiese dicho testamento, no fue posible, porque quando Sarraceni ipsum castrum et villam de Ager ceperunt, omnes scripturas, quas ibi repererunt, cremaverunt, et deleverunt. Lo cual no puede entenderse que se hubiera alegado en juicio, si no fuese cierta y muy averiguada para los mismos jueces esta segunda invasión de los árabes, y no muchos años anterior al de 1061. Este mismo destrozo que los moros hicieron, nos priva de las memorias anteriores a aquella calamidad; por las cuales acaso nos constaría la primera conquista de este valle. Sólo una u otra se salvó de los años 1037 y 1041, según se dijo y dirá después, por donde sabemos que estaba entonces la villa pacíficamente habitada de cristianos, con abadía propia que ya reclamaba posesiones que se le habían usurpado. Y como poco después de esos años en 1056 hallemos una nueva fundación de abadía hecha por Arnaldo Mir de Tost, y este diga que ganó aquella villa y castillo del poder de los moros, debe ser tenido este por el segundo conquistador de Ager, hacia los años 1050 de Cristo.

Viniendo ahora a las memorias de esta familia, dicho caballero fue hijo de algún Miro o Mirón, según lo indica su apellido, que sin duda es patronímico; y los que lo eran no tenían en Cataluña su terminación en ez como en Castilla (N. E. ¿y en Aragón cómo se llamaba al hijo de Ramiro o de Sancho, Sancio? ¿Y en Valencia?. Mas no creo que el padre fuese el Miro vicecomes sin duda Urgelense, que se nombra y firma en la escritura con que el conde Ermengol III confirmó varias donaciones a la iglesia de Urgel en el año 1047 o siguiente, la cual publica la Marca Hisp. (ap. n. CCXXXIII), y yo copié de nuevo en mi viaje a aquella iglesia, donde junto con ese vizconde Miro se nombra también y firma después de él Arnaldo Mir. Digo que no creo que este sea hijo del otro, porque entonces tendríamos que el título de vizconde de Urgel era ya en el siglo XI propio del tronco de la familia que después obtuvo el señorío de Ager. Lo cual es falso como quedó antes insinuado; constando que más de un siglo después de conquistada esta villa, todavía eran vizcondes de Urgel los que o no pertenecían a la familia de ese conquistador, o por lo menos no tomaban el título de esta nueva posesión (N. E. siendo cuatro gatos y una madre, ninguno es familia del otro; me parece estar leyendo a los Bofarull, y no a un Villanueva). Por otra parte el catalán Tomich asegura que este Arnaldo era hijo de Arnaldo Roger, conde de Pallás. Lo cual me parece uno de los muchos desvaríos en que incurrió aquel escritor. Otros le suponen descendiente de la casa de Fox. Mas dejando estas dudas acerca del padre y ascendencia de este valiente caballero, en lo que no la hay es en que estuvo casado con Arsendis; de la cual, como dice Diago (Hist. de los condes de Barcel. lib. 2. c. 53.) tuvo tres hijos varones, es a saber, Arnaldo y dos Guillermos, que murieron antes que su padre. Yo sólo he hallado memoria de uno de ellos llamado Guillermo Arnaldo en escritura del año XXII del rey Enrique, que es el de 1053 de Cristo. Con el nombre de Guillermo solamente es nombrado en la escritura de la dotación de esta abadía en 1056, y en la bula con que la confirmó el papa Nicolás II en 1060. También tuvo dos hijas Ledgarda y Valencia. La primera casó con Ponce, vizconde de Cabrera, hijo de Geraldo y de Ermesindis, fundadores del monasterio de S. Salvador de Breda, en cuya escritura del año 1038 dicen que erigían aquella casa, entre otros motivos, pro salute Poncii filii nostri, et ut Deus omnipotens eripiat eum de omnibus tribulationibus, vel de inimicis suis.

Geraldo había ya muerto en 1050 y Ermesindis en 1057, según consta de donaciones hechas por los respectivos albaceas. Ponce concluyó e hizo consagrar la iglesia en 1068; y en la escritura original de ello, que se copió en el viaje a aquel monasterio, firma su mujer la vizcondesa Sibilla, que no era persona distinta, sino la misma Ledgarda, que aún vivió algunos años más. Esto de tener una misma señora dos nombres diferentes, y el usar ora de uno, ora de otro, o bien de los dos juntos, era entonces harto frecuente, y de ello se verán algunos ejemplares en mis condes de Urgel. La otra hija de Arnaldo Mir, llamada Valencia, fue mujer de Raimundo, conde de Pallás. Ambas hermanas firman con sus dictados respectivos en la amplísima dotación de la canónica e iglesia de Ager, que hizo su padre en el año 1068. También mencionó Arnaldo a estas dos hijas suyas en el testamento que ordenó en 1071; en el cual, por hallarse sin hijos varones, dejó los estados de Ager a su nieto Geraldo Ponce, hijo de Ledgarda y de Ponce, vizcondes de Cabrera. A los otros nietos y a las dos hijas heredó en otros castillos y lugares que había ganado a los moros en la Ribagorza, como Purroy (puig roig, pueyo royo, podio rubeo, etc), Pilsá y otros. Entre ellos se contaba el castillo de Castserres, sito entre los de Falcs y Estopañá, cerca de Benavarre, el cual había ya enajenado en 1067, vendiéndolo a los condes de Barcelona propter mille uncias auri, quae sunt septem mille manchusi (mancusos) Barchinonensis monetae: castillo que él mismo dice haber ganado de los moros (Diago ibid.). Dos cosas advierto aquí. La primera el valor de los mancusos o áureos como llaman otras escrituras, cada uno de los cuales era una séptima parte de la onza de oro. La segunda y más propia de lo que tratamos, es a saber, el valor y esfuerzo de este caballero, que a tan grande distancia llevó sus armas contra los moros, y esto con sola la gente del país, y por empresa suya particular. Porque estas eran correrías aisladas, que acaso se hacían sin convenio con los otros príncipes cristianos, aunque de ellas resultaba bien para todos con ir debilitando las fuerzas de los enemigos. Y nuestro Arnaldo tampoco fue en esto ayudado de los franceses, con los cuales ya no se contaba para nada desde el reinado de Hugo Capeto.

No consta el año de la muerte de este valiente catalán; porque el sepulcro que la tradición supone ser suyo, y está, según diré otro día, en la iglesia de Ager que él construyó, no tiene inscripción alguna. Sólo se ven en él escudos llanos sin ninguna divisa, y una figura de caballero armado con morrión y celada. Por donde es claro que la divisa de los vizcondes de Ager, que D. Antonio Agustín dice ser una faja negra en campo de plata, y en ella cinco lisonjas de oro, fue inventada como otras y adoptada mucho después de la muerte del que sin ella, siendo un señor particular, fue el terror de los moros y cepa de casa tan ilustre. Vengamos a los sucesores.

GERALDO. Poseyó los estados de Ager desde el año 1071 o poco después Geraldo 

Ponce de Cabrera, nieto de Arnaldo, como hijo de su hija Ledgarda, casada con 

Ponce de Cabrera. De varias escrituras que he visto resulta que este Geraldo tuvo tres mujeres. Porque a XVIII de las calendas de Febrero de 1082 (1083) comparece dotando a su esposa Stefanía (Estefanía; como Stephan, Esteban): en 1090 suena casado con una señora llamada Malesignata: y en 1097 con Gelvira. En 1115 hay ya memoria de su hijo Pedro Geraldo, que fue el conquistador del fuerte e inexpugnable castillo de Os, al cual por lo mucho que le debió costar llamó él mismo malignum castrum de Os. Está situado junto al monasterio de Bellpuig de las Avellanas, que es de Premonstratenses.

De Geraldo he visto un testamento hecho en 1125 y otro en 1131. En el último menciona a sus dos hijos Ponce y Ferrer. Este Ferrer firma también en una donación de su padre del mismo año. (V. Marca Hisp. col. 494). El Ponce, según he leído en algunas notas del P. Caresmar, es el conde de Castilla de ese nombre, que en varios diplomas subscribe como mayordomo mayor del rey D. Alonso VII, el emperador. En 1128 pasó a aquella provincia acompañando a Berenguela, hija del conde de Barcelona Ramón Berenguer III. Aquel monarca le heredó allí en el castillo de Alboer, que él ganó de los moros. Puso sitio a Urgi, cerca de Andújar, y la entró a la fuerza, no perdonando en ella ni a vidas ni a edificios. Se halló en el cerco de Baeza y en la conquista de Almería, que fue ganada en Octubre de 1147. Debió morir hacia la mitad de 1173, puesto que hasta el Junio de ese año subscribe en los diplomas reales con el dictado de mayordomo, y en el Julio ya tenía sucesor en ese oficio. Esto es del citado escritor. Lo cual no dudo que podrá confirmarse con las historias de Castilla. Yo sólo tengo a mano lo que dice Salazar de Mendoza (orig. de las dign. de Cast. y León, lib. 2. c. 5.) que es lo siguiente: “El conde D. Ponce de Cabrera, mayordomo mayor del emperador, fue catalán, y confirmaba por este tiempo. Estando en el cerco de Cuenca en la era de 1207 (año de Cristo 1169) hizo donación al maestre de Calatrava D. Fernando de Escaça y a su orden, unos molinos en Toledo, debajo de la puente de la grande anoria (noria; puente femenino). Esta anoria es la que se muestra muy arruinada y perdida entre la puente de Alcántara y el aqueducto de Janelo Turriano."

Muchas dudas me ocurren sobre el sucesor de ese vizconde Geraldo. Porque de una parte se ignora el año de su muerte, y de otra hallamos todavía memorias de un vizconde Geraldo Ponce en 1158 y también en 1179, casado con Berenguela; y cierto no es creíble que viviese ahora el que ya era vizconde hacia el 1070. Por consiguiente se ha de suponer que el Ponce que dijimos, hijo de Geraldo, obtuvo también este vizcondado, y fue el padre de este segundo Geraldo Ponce. La  dificultad está en determinar quien es este Ponce, si el que dijimos mayordomo mayor del rey de Castilla, u otro hijo del primer Geraldo. Como quiera que esto sea, y mientras no se hallen nuevos documentos que lo aclaren, no podemos dejar de arreglar esta cronología, de manera que al primer Geraldo Ponce sucediese

Ponce Geraldo de Cabrera hasta casi la mitad del siglo XII, de cuya mujer sólo se sabe que se llamó Sancha. Hijo suyo fue el sucesor

Geraldo Ponce de Cabrera, que en 1158 suena ya en escrituras ciertas vizconde propietario de Cabrera, y en una del año anterior, XIX del rey Luis el joven, a 12 de las calendas de Julio se dice casado con la vizcondesa Berenguela; la cual ordenaba ya su testamento dicho día, disponiendo entre otras cosas lo siguiente: dimitto Sancto Salvatori de Breza (Breda) corpus meum ad tumulandum, et animam meam ad gubernandum... et bonis feminis de Valle Mariae dimitto XX. solidos. También sospecho que este mismo Geraldo Ponce es el que en 1145 se intitulaba ya Gerundensium ac Urgellensium vicecomes, según advertí esotro día hablando del monasterio de Roca rosa, en cuya escritura de fundación consta el nombre que dije de su madre Sancha. Y el ser vizconde de Gerona le vino de las grandes posesiones que tenía en aquel condado, de las cuales era una el señorío de Breda, donde sus antepasados habían fundado un siglo antes el monasterio de S. Salvador de la orden de S. Benito.

Ponce de Cabrera, hijo del anterior, casó con Miracle, hermana del conde de Urgel Ermengol VIII; el cual por no tener hijos varones y más que todo por su debilidad, sufrió una guerra abierta de nuestro Ponce, que aspiró a poseer aquel condado por el derecho que tenía su esposa, llamada también a la sucesión por el conde antecesor Ermengol VII (N. E. Las mujeres también tenían derecho a heredar condados y vizcondados, no sólo se transmitían por linea masculina, aunque era lo más normal). En efecto se hallan algunas escrituras de fines del siglo XII, en que Ponce toma el título de conde de Urgel. Esta misma competencia dan por supuesta las constituciones de paz y tregua que se hicieron en 1187, las cuales junto con el conde prometió observar nuestro Ponce en cuanto poseía desde una Noguera a otra, y desde Monsech hasta Corbins, que son los cuatro límites de nuestro vizcondado. Esta disputa se terminó en el hijo de Ponce

Geraldo de Cabrera, el cual muerto sin sucesión varonil Ermengol VIII, se apoderó de sus estados, a pesar de las pretensiones de Aurembiaix, única hija del difunto, cuyas fuerzas eran pocas, respecto de las de tan poderoso rival, que aun al rey de Aragón vino a hacerse temible. Así que primero por la fuerza en 1208, y después por convenio con dicho monarca obtuvo aquel condado desde 1213 hasta 1228 en que murió, dejándolo por herencia a sus sucesores que lo disfrutaron durante un siglo, hasta que faltando la sucesión en esa linea, se incorporó con la casa reinante de Aragón. De todo esto se habla largamente en las memorias de dichos condes.

Conclúyese de todo lo dicho que el vizcondado de Ager, por haber faltado en su principio la línea masculina de Arnaldo Mir Tost, pasó a la familia de Cabrera; y que cuando esta se apoderó del condado de Urgel, entonces se unieron a aquellos estados los de Ager. Así es que este Geraldo de quien hablé últimamente, siempre se intituló a sí mismo conde de Urgel y vizconde de Ager: y ambos títulos siguieron siempre unidos hasta el último conde D. Jaime de Aragón en la entrada del siglo XV. En tal estado de cosas está muy bien dicho que el conde de Urgel tenía por su vizconde al de Ager. Pero esto ya se ve cuanto dista de la opinión de los que lo atribuyen a Carlo Magno (N. E. ¿El Papa nombra virreyes? No. Los nombran los reyes). Sin embargo es de advertir que tal cual vez pareció destinarse el estado de Ager para dotación de los hijos segundos, como se ve en el conde D. Álvaro de Cabrera, que lo dejó a su hijo segundo Álvaro, el cual lo poseyó desde el año 1268 hasta fines de ese siglo XIII. Estas pequeñas variaciones se verán mejor en las sobredichas memorias. Verificada la prisión del último conde de Urgel, el nuevo rey D. Fernando I que deseaba acabar con la casa de rival tan poderoso, deshizo enteramente sus estados por medio de ventas, donaciones &c. Y lo primero que enajenó fue el señorío de Ager, dándolo día 1.° de Noviembre de 1412 a D. Pedro Çagarriga, arzobispo de Tarragona. Dícese que este prelado lo cedió en su testamento a su misma iglesia, con la condición que si el rey lo quisiese recobrar, diese por él nueve mil libras barcelonesas. El catalán Monfar que escribió del condado de Urgel hacia la mitad del siglo XVII (lo editó Próspero de Bofarull en su colección; lo edité, no se leía bien el pdf que tuve), dice que en su tiempo tenía aún aquel señorío dicha mensa archiepiscopal. No es esto tan averiguado, que no quepa acerca de ello alguna duda. Y yo me acuerdo de haber visto en el archivo de la bailía general de Valencia (lib. de provisions &c. ) que hacia la mitad del siglo XV poseía este vizcondado de Ager la familia de Roiç de Corella. Esto es lo que he podido recoger acerca del señorío de Ager. Acaso las noticias eclesiásticas de la misma villa aclararán algo de lo que va dicho. A Dios, hasta otro correo.

miércoles, 3 de agosto de 2022

CARTA LVII. Origen de las rúbricas en las firmas. Uso del latín en las escrituras de los siglos medios.

CARTA LVII.

Origen de las rúbricas en las firmas. Uso del latín en las escrituras de los siglos medios. Subscripciones con los apellidos latinizados, y en versos leoninos. Uso de los apellidos patronímicos en Cataluña. De la introducción de la lengua castellana en esta provincia.

Mi querido hermano: De Manresa a Bages me vine a pie y como paseando, en compañía de cierto sujeto dotado de gran curiosidad en recoger antiguallas. A pocas palabras conocí que era del número de los que procuran conservar en la memoria ciertos bocadillos con que poder amenizar las tertulias, y donde acaso son tenidos por muy profundamente versados en la historia. Esta superficialidad que tan reprensible es en los que deben ser literatos, es loable en los que llanamente confiesan que no lo son; y ojalá se propagara hasta los artesanos esta curiosidad, que a veces suele ser la puerta de más sólida instrucción. Digo pues que este sujeto comenzó a hablar sobre el origen de lo que hoy llamamos rúbricas, o signos que cada cual a su arbitrio pinta y deja colgados de su nombre y apellido en las cartas, escrituras &c. Punto por cierto pequeño, aunque no despreciable; porque al cabo cosa es que los hombres respetan mucho, y que vale tanto como su persona de ellos: que aunque sea a mil leguas de distancia, con sola la vista de un garabato que llamamos rúbrica, los ejércitos se baten y destrozan, los ricos desembolsan su dinero, y todos damos entero crédito a quien nunca vimos. ¿Y será, dijo, muy antiguo el uso de estas rúbricas? = Considerado el objeto, respondí, para que las hacemos servir ahora, parece que debiera haberse usado desde que se inventaron las letras; porque así como el hombre tuvo necesidad de hablar a los distantes, así la tuvo de ser creído de ellos en las cosas públicas o personales. Pero no he hallado que en lo antiguo usasen para esto de otro signo más que de su mismo nombre sin añadidura de colgajos, que sirviesen como de contraseña de la identidad de una persona que firmaba un escrito. A esta nimiedad y duplicado trabajo han querido sujetarse los hombres en los últimos siglos, como no bastándoles lo que bastó a los antiguos, y temiendo que el nombre escueto de la persona pudiese ser contrahecho por los falsarios. Y si así vamos, pues tan fácil es contrahacer también la rúbrica, acaso se inventará otro tercer signo que afiance la verdad de los dos primeros. Pues digo que en lo antiguo no sé yo que el que algo quería asegurar, pusiese más que el nombre con que era conocido, después del cual ponía la palabra subscribo, con que daba a entender que tenía por cierto lo que contenía aquel escrito. Y por abreviar ponían en lugar de esa palabra entera y a renglón seguido de la firma tres S grandes, enlazando la extremidad de la primera con el principio de la segunda. Esto vemos por acá en todos los diplomas desde el siglo VIII; y así se practicó hasta el XV, en que según lo que por ahora se me acuerda, comienza a verse esotro signo o abreviatura del subscribo, no en línea horizontal del nombre, sino debajo de él. Lo cual poco a poco fue degenerando en lo que ahora vemos, tan distante de su origen, y tan vario y caprichoso como sus autores; los cuales además están en la necesidad de usar de un mismo signo mientras les dure la vida, para asegurar la identidad de su persona. Y diga V., interrumpió el compañero, ¿antes todos firmaban en latín? = Todos, respondí, porque en ese idioma se extendían las escrituras de cualquier clase que fuesen, aun después de los mandatos repetidos del rey D. Jaime 1.° de Aragón, que mandó escribirlas en lengua vulgar. = Yo había oído, replicó, que el primer monarca que mandó tal cosa, fue D. Alonso X de Castilla apellidado el Sabio. = Pues no señor, le dije: 30 años antes que aquel rey lo decretase, lo mandó su suegro el de Aragón, como se lo haré ver a V. cuando lleguemos a donde pueda desatar mis legajos. Y fue obedecido en ello por algún tiempo, como se ve en algunas escrituras de compras y otros contratos de hacia los años 1232; mas al fin prevaleció la costumbre contraria, y todo siguió haciéndose en latín como antes. Sino que en ese siglo XIII se escribía ya más correctamente que en los anteriores, esto es, en cuanto al régimen y construcción de las palabras. 

Porque hasta casi todo el siglo XII estaba muy ignorada la sintaxis latina, y los notarios que primero fueron los monjes, y después ya lo fueron los clérigos, daban en esta parte caídas lastimosas; y cuidado que eran los únicos que estaban en disposición de darlas: que los demás, inclusos los condes y grandes señores, ni aun eso sabían hacer. Pues vea V., solían decir: dono á Domino Deo et ad Sancto Petro quod est fundatum in locum que vocitant sede Vico. = Dono vineas cum suas arbores &c. y así otras locuciones. Mas luego que en los concilios Lateranenses III y IV se mandó que las catedrales tuviesen escuela de gramática, se acabaron aquellos solecismos; pero en los siglos XIII y XIV, cuando los notarios eran ya seglares, sucedió el barbarismo del idioma latino, al cual trasladaban las palabras vulgares, aunque con el régimen que en él les correspondía.

De esto es imposible decir los retazos graciosos que se me han ofrecido en mis viajes. Así que con esta manía de escribir en latín, los que primero latinizaban el régimen, después latinizaron las palabras. Y esto último en ninguna parte se observa mejor que en los apellidos, que es lo que V. preguntaba. Y así decían:

Bernardus Aspice si veniunt (B. Guardasivenen.)

N. de Oculostricto (de Ullastret.) 

... de Castroaulino (de Castelloli.)

... de Montecateno (de Moncada.)

... de Capite excubiarum (de Capdeguayta.) 

… Calapodii (Calabuig.) (N. E. podio : puig)

... de Capite magno (de Capmany.) (N. E. así es el apellido del famoso autor, y no Campmany, que sería Campus magno)

... de Podialibus rusticorum (de Pujals dels pagesos.) 

... de Podialibus militum (de Pujals dels cavallers.)

... de Pulcro visu (Bellvis o Bellver, según los diferentes partidos.)

... de Plicamanibus (de Plegamans.)

... de Rivo lutorum (de Riudellots.)

... de Monte mazello.... (de Monmell.) 

... de Palatiolo rivo vitis (de Palol de reverdit.)

... de Rivis mortuis (de Rimorts.) 

... de Monte lauro...... (de Monllor.)

¿Ríe V. al oír esto? ¿Pues qué será cuando le diga la estudiada manera con que solían firmar los más cultos, llevados del gusto de los leoninos que tan arraigado estaba por acá desde el siglo XII? Diré los que me ocurran. 

Hoc Ricardus ita sig+num trahit archilevita. 

Hoc fecit signum + Radulfus idest quia dignum. 

Non est indignum Ricardum ponere sig+num. 

Signum Guidonis + confirmat vis rationis. 

His favet A. sig+no Rubea de Turre benigno. 

Hic ea quae laudat, Guillermus carmine firmat. 

G. scriptis favet archidiaconus istis. 

Bernardus paraphonista hic adsunt sua scripta. 

Istis iocundus favet archilevita Reimundus. 

Haec primicherius firmavit nomine Petrus. 

Ista superscripta Bernardus firmo sacrista. 

Gaufredus tandem causam confirmat eandem. 

G. de Comellis probat haec chirographa pellis. 

Ut res manifestavi, sic ego Poncius + in ista carta notavi. 

Por estas muestras se conoce el gusto de aquel tiempo, y los conatos loables aunque desgraciados de los que en él vivían, para cultivar la literatura hasta donde podían alcanzar. Tenían en sus manos códices de Horacio y de Virgilio; pero les acontecía lo que a los arquitectos del tiempo de Carlos II, que viendo los edificios de Herrera no los sabían imitar. Lo mismo vemos en Góngora respeto de los buenos poetas que le precedieron, y lo mismo veremos siempre; y es que cada siglo tiene su corriente (N. E. y ríase la gente), obra de una combinación inexplicable de causas, la cual envuelve y arrastra a todos los que en él viven. Y esta manía de metrificar de los antiguos llegaba al extremo de poner en verso casi todo el contexto de las escrituras que extendían, dejando en prosa solamente lo que había de determinar los lugares o campos que eran la materia de las donaciones, o bien porque no alcanzaba a tanto su pericia, o porque sus cláusulas debiesen en algún tiempo producirse en los tribunales. De esto hay varios ejemplares en la mitad del siglo X, particularmente en las donaciones que hizo a Besalú Mirón, obispo de Gerona, el cual según creo era el autor de los mismos diplomas: y en las fechas usaba también de palabras griegas para indicar varios cómputos, con lo cual logró hacerlas casi ininteligibles, sino a quien para en ello mucho la consideración. 

Diga V., interrumpió el amigo, ¿y los apellidos que llamamos patronímicos, tuvieron aquí lugar como en Castilla? = Sí tuvieron, dije, aunque no eran tan frecuentes como en aquel reino: que aquí los apellidos por lo común eran geográficos; pero tal cual vez se usó, singularmente entre los grandes señores, que los hijos tomasen por apellido el nombre del padre. Así el hijo de Borrell, conde de Barcelona y Urgel, se llamó Ramón Borrell: del otro Berenguer Borrell, el hijo se llamó Ramón Berenguer. Del conde de Cerdaña Guifredo a fines del siglo X todos los hijos que tuvo tomaron ese apellido. Los vizcondes de Cabrera de los siglos XI y XII todos se llamaron Geraldo Ponce y Ponce Geraldo (Guerau Ponç). Porque hubo ciertos nombres como vinculados en una familia, a cuyo principal poseedor no se le permitía variarlo; y aun en los testamentos de los padres hay mandatos especiales para que el heredero mude su nombre en el de la familia. Así el de Raimundo vino a ser propio de los condes de Barcelona, hasta que plugo a Doña Petronila mudarlo en el de Alfonso (N. E. por el rey de Aragón Alfonso I el batallador; su hijo, Alfonso II). Ermengol (Armengol, Ermengaudus, Hermenegildo) lo fue de los condes de Urgel, Artal de los de Pallás (Pallars), Hugo (Uch, Uc) de los de Empurias (Ampurias, Empuries), y así otros.

Sin embargo de lo dicho los cuatro últimos condes de Barcelona ya no tomaron el apellido patronímico; y así el hijo de Ramón Berenguer I, se llamó Ramón Berenguer como su padre, y lo mismo los siguientes. Y es que a fines del siglo XI ya se usó fijar los apellidos, para evitar la confusión que acaso advirtieron que debía resultar de la alternativa de R. Berenguer y B. (Berenguer) Ramón.

Pero dejando esto y volviendo a lo que decíamos, esos apellidos patronímicos los expresaban acá como en Castilla en genitivo, diciendo: Guillelmus Guifredi, Geraldus Poncii, Iacobus Dominici, Berengarius Petri: esto es, Guillermo hijo de Guifredo, Geraldo hijo de Ponce &c. Mas la lengua vulgar catalana nunca dio a estos apellidos, cuando ya se radicaron en las familias, la terminación que la castellana dio a los suyos. Que allá del Sancii hicieron Sánchez: del Dominici, Domínguez: del Martini, Martínez &c.; mas aquí siempre quedaron en vulgar Sanz, Domenech y Martí (N. E. ¿y cómo se le llamó a Sancho Ramírez - de Ramiro, Ranimiro I - en Cataluña?).

La terminación en ez de los apellidos patronímicos es enteramente desconocida en las antigüedades catalanas; si alguna hay es moderna, posterior a la venida del rey D. Fernando I, el electo en Caspe, que trajo consigo muchas familias castellanas: o será efecto del roce con los que hablan el idioma general de España, con el cual se va venciendo sin sentir la repugnancia que sus paisanos de V. han tenido siempre a aquella lengua. Repugnancia que viene ya de muy atrás, y que en su origen me atreveré a decir que era justa. Porque sabido es que los castellanos que acá vinieron con el rey que dije, tenían una habla tosca, poco abundante y armoniosa, muy inferior en todo esto y en la gallardía y donaire a la catalana, que todavía conservaba el sabor de su siglo de oro con que brilló en todo género de escritos en los reinados desde D. Alfonso II de Aragón hasta D. Martín (precisamente aún decía “hoc”, och, oc : sí afirmativo: este rey de Aragón; y en 1461 también los deputats del general de Cathalunya; esa lengua tenía otros nombres, entre ellos provençal, lenga d'Oc, occitan).

Así que era difícil que se acomodasen sus oídos a la rudeza de la que comenzaba a salir de las mantillas, y que tardó más de un siglo en llegar a ser lo que debía. (N. E. ¿cuando el Cid conquistó Valencia, en qué lengua ruda les hablaba a los paisanos? ¿Fue este investigador a San Millán de la Cogolla a ver los códices emilianenses? Qué patinazos tiene cuando no copia códices y manuscritos, no sé si sabía dónde está Limoges ni qué se habla allí todavía hoy a 3.8.2022)

Mas ya que esto se verificó en el siglo XVI, componiendo entonces Cataluña una sola corona con Castilla: ya que desde entonces muchos escritores catalanes, o conociendo la necesidad de acomodarse, o vencidos de la hermosura y propiedad de la lengua castellana, han escrito en ella obras excelentes, ¿por qué no se ha de deponer la resistencia antigua? ¿por qué se ha de continuar la enseñanza del catecismo y oraciones en el vulgar catalán a los niños en la escuela? ¿No es esto cerrar la puerta al tesoro que esconde la lengua castellana? Prohíben justamente las sinodales de Solsona que se predique en castellano. Mas quítese la causa y cesará la prohibición. 

Esta manía han fomentado ciertos literatos de grande opinión en este país. Uno de ellos que murió hace poco, al catalán que le escribía en castellano, ni contestaba ni aun leía su carta. ¡Qué contraste hacen con esto las sabias plumas del señor arzobispo Amat y de D. A. Capmany! Esos solos bastan para demostrar cuan susceptibles son las cabezas catalanas de igualar cuando menos a los que aprendieron con la leche aquel idioma. Y es claro que por lo mismo no todos los castellanos escriben con la pureza que su idioma requiere. Mas acá y en Valencia los que se dedican a este estudio, lo hacen en los libros, y en tal caso escogen los mejores. Y así hemos visto escritores de estas provincias que han impreso libros que desdicen poco de la fluidez y hermosura que brilla en Fr. Luis de Granada.

Esto decíamos estando ya muy cerca del monasterio, con cuya vista se acabó la conversación. A Dios.

domingo, 22 de mayo de 2022

X. Cartas del marqués de Mondéjar al maestro Fr. Serafín Tomás Miguel

X. Cartas del marqués de Mondéjar al maestro Fr. Serafín Tomás Miguel, del orden de Predicadores: se conservan en la biblioteca del Real convento de Predicadores de Valencia, tom, VI. Var. fol.

Cartas del marqués de Mondéjar al maestro Fr. Serafín Tomás Miguel, del orden de Predicadores: se conservan en la biblioteca del Real convento de Predicadores de Valencia, tom, VI. Var. fol.

I. 

Con singular gusto he recibido la carta de V. P. en fecha de 11 de Enero de este año: y en cumplimiento de lo que V. P. me dice en ella, ratifico el ofrecimiento de aprobar el primer tomo que V. P. dice me remitirá, añadiendo las circunstancias que se me ocurrieren al tiempo de leerle. Supongo tendrá V. P. la noticia de que no se llamó Félix el padre de Santo Domingo, sino D. Fernán Ruiz, como advierte D. Luis de Salazar y Castro en el fol. 320 del tomo III de la historia de casa de Lara (a); y así no repito los fundamentos de que lo justifica. 

(a) Sobre el verdadero nombre del padre de Santo Domingo padeció equivocación D. Luis de Salazar (casa de Lara lib. II. cap. XI pág. 89 y 348.), en cuyo testimonio apoyan su opinión así el Marqués de Mondéjar en el presente lugar, como Berganza en sus antigüedades de España (p. II. lib. VI. c. V. p. 99). La conjetura de Salazar de que F letra inicial de este nombre, en las antiguas escrituras de España significa Fernando, y no Félix, sería digna de consideración, cuando los antiguos escritores de la vida de Santo Domingo escribiesen el nombre de su padre con sola la inicial. Pero no le ponen así, sino con todas sus letras, llamándole Félix, y no Fernando, y menos Fernando Ruiz, como pretenden Salazar y Berganza. 

Bartolomé de Trento que floreció en el siglo XIII en su epílogo de las vidas de los santos, dice de Santo Domingo: patre Felice, matre Joanna editus. Constantino de Médicis, obispo de Orvieto, que floreció poco tiempo después en el mismo siglo, en las actas del Santo dice: patre Felice, matre verò Joanna nomine secundum carnem duxit originem. Teodorico de Apoldia hacia el fin del mismo siglo XIII: in Hispaniae partibus villa quae dicitur Calaroga... fuit vir unus qui vocabatur Felix, et accepit uxorem nomine Joannam. Pedro Esquilino: patre Felice, matre Joanna originem duxit.

Lo mismo se lee generalmente en los breviarios anteriores a la mitad del siglo XVI. Aun el romano impreso en París el año 1556, dice: natus est patre Felice, matre verò Joanna. Merecen leerse sobre esto las observaciones de Soler, y Cuper. comment. praec. ad acta S. Dominici §. VIII: n. 127. 

En cuanto a la duda que V. P. me pregunta, de si fue canonizado Santo Domingo el año 1233, en que se hizo su traslación, a 24 de Mayo, como muy por menor refiere Antonio de Paolo de Masini en su Bolonia ilustrada, advirtiendo fue autor de ella el B. Juan Sehio dominicano pág. 325; o el de 1234, según se contiene en la bula de su canonización, y que ofrece tratar el P. Bolando el día 4 de Agosto; como no ha pasado su impresión del mes de Junio, no se puede saber su sentir (a); (a) No obstante asegurar Humberto en su cronicón que fue canonizado Santo Domingo el año 1233, cuya sentencia siguió Alfonso Chacón en la vida de Gregorio IX, los editores de las actas de los santos en la disertación que precede a la vida de Santo Domingo, que no pudo ver el marqués de Mondéjar (§. XLVII. n. 871.), tienen por más fundada la opinión de Maluenda, que fija esta canonización en el año siguiente, esto es, el VIII del pontificado de Gregorio IX, añadiendo que se celebró no en Perusa, como había creído Humberto, sino en Rieti, como lo aseguran Martín Polono, Bernardo Guidon, y otros. (V. pág. Brev. roman. pontif. t. III. p. 273.) 

y consiste la dificultad en averiguar si todas las bulas que permanecen de las canonizaciones de los santos, tienen precisamente la fecha del día en que se ejecutó su canonización, como se observa en las modernas, o si en las antiguas se ponía el en que se despachaban, punto que no tocan ni Fortunato Scacco, ni Félix Contaloro, sin embargo de escribir entrambos de propósito de la canonización de los Santos; ni podré saber si le examina Juan Mabillon en el §. 6 de su prólogo al siglo quinto de las actas benedictinas, porque no tengo más que hasta el cuarto. Pero sin embargo de que asienta el P. Papebrochio en la disertación XX de su propyleo, precedían las canonizaciones a las traslaciones de los cuerpos santos, y parece lo da a entender así Nicolás Triveto en el cronicón que escribió por los años 1307, que se ofrece en el tomo VIII del spicilegio de D. Lucas de Achery, asegurando también, como todos los antiguos, fue canonizado el mismo año de 1233, según parece de sus palabras, que son como se siguen, hablando del propio año: Gregorius papa beatum Dominicum, qui primus ordinem Praedicatorum instituit, catalogo sanctorum adscripsit, cujus Corpus eodem anno in capitulo fratrum generali Bononiae praesentibus archiepiscopo Ravenatae, aliisque quatuor episcopis, ac potestate Bononiensi, cum multitudine civium ad eminentiorem translatum est locum. No parece se puede asegurar ejecutado lo mismo en la canonización de Santo Domingo; porque según se refiere en las actas de su traslación, sucedió a ella la información de los milagros que había obrado, y de la fragancia que salió de su santo sepulcro, en virtud de lo cual le canonizó el pontífice Gregorio IX. 

Sin embargo comprueba Papebrochio en el tomo I de Junio, fol. 98, que habiendo sido canonizado S. Simeón, recluso en la ciudad de Tréveris, a 8 de Septiembre del año 1042 por el papa Benedicto IX, no se despachó la bula de su canonización hasta 17 de Noviembre del mismo año; y así no es inverosímil, que llegando a Perusa la información que se hizo en Bolonia, sin mayor formalidad, con la noticia que el mismo pontífice confiesa tenía de las virtudes del Santo, con quien había tenido gran comunicación antes de llegar a la cátedra de S. Pedro, le canonizase el mismo año de 1233, dilatando expedir la bula hasta el siguiente de 1234; pues cuantos escritores hay antiguos, y más inmediatos a su canonización la refieren, resulta el mismo año de 1233, en que fue trasladado su sagrado cuerpo.

No quisiera ser prolijo; y así me contentaré con cerrar esta carta con otra traslación de la santa cabeza de Santo Domingo, que refiere el sobredicho Antonio de Paolo Masini en el lugar citado, por si tiene alguna circunstancia especial que no haya llegado a la noticia de V. P. (a) (a) De esta traslación de la cabeza de Santo Domingo habla también Sigonio (de episc. Bonon. lib. III. pág. 154), contestando también la aparición de la estrella por estas palabras: interim dum arca patuit, stella supra ecclesiam clarissimè fulsit: quae res animadversa, civitatis religionem erga sanctum confessorem accendit. Otras circunstancias omitidas por Masini, se refieren en el antiguo cronicón de Bolonia (ad ann. 1383), y las confirman varios documentos del archivo de dicha ciudad, a que se refiere Miguel Pío en su primer libro de los varones ilustres del orden de Predicadores. (V. Soler. loc. laud, §. XL. n. 898). 

Del 1383 á di 14 de Febrero alle hore 6 dinotte dal cardinale Philippo Carrafa vescovo di Bologna, presenti due altri vescovi, confaloniero, anciani, magistrati, dottori, è nobili della citta è li fratti di detto monastero, vestiti con veste sacre, con quantita di lumi, fú dal corpo di S. Domenico levato il capo, è posto in un precioso tabernacolo d' argento, mentre si faceva questa degna operatione, sopra detta chiesa una stella crinita con tre code da tutto il popolo fú veduta; e finita tal fonzione disparve. Si viddero ancora altri miracoli, fraguali Nicolo scoltore Bolognese, che si trovò presente, facendo per divozzione toca nil suo facioletto la cassa dou vera il santo corpo, ponendoselo nel seno, gionto che fú à cassa per riporlo, pieno di odoriferi fiori miracolosamente lo ritrovò. Edora insontuosa, é ben ornamentata capella finita del 1601, si conserva il santo corpo in un nobilissimo sepolcro di bianco marmo, evihan no lavorato et intagliato in varii templi famosi scoltori Nicolo Pisani, Nicolo de Bologna, detto dal Arca, Girolamo Cortellini, Alfonso Lombardi, é Michael Angelo Buonaroti, il quale fra l' alfre sue operationi fece l' Angelo á destra, et il S. Petronio, S. Francesco, é S. Procolo: et il Lombardi fece il bassamento devanti con moltissime figurine di messo rilievo della v tta del sudetto-santo: é fra le molte lampadi d' argento mandate da lontanissimi paesi stranieri al sepolcro di questo gran santo, una vi é mandata dall indie occidentali d' incomparabile artificio, é la manifattura dell artifice fabricatore di detta lampade, oltre l' argento, viene stimata circa otto milla ducati. Dios guarde a V. P. muchos años como deseo. = Mondéjar y Febrero 6 de 1702. = B. L. M. de V. P. su servidor el Marqués de Mondéjar.

CARTA II. 

Respondo a la carta de V. P. de 8 del mes pasado, que se retardan mucho por Madrid las cartas; y así para que lleguen con prontitud, podrá V. P. escribir por Pastrana a Mondéjar. En cuanto a la autoridad de Alberto, monje cisterciense del monasterio de Tresfuentes, en el ducado de Bar, diócesis de Chalon en Champaña (Champagne), es muy celebrada en los escritores del siglo pasado: y aun antes de imprimirse le citan Andrés Duchepre, Juan Jacobo Chifletio, David Blondelo, y Carlos Dufrene, y Gerardo Juan Vosio, que hace mención de él entre los históricos latinos. Juzga es el mismo que se cita con gran frecuencia en el grande cronicón bélgico (belga), asegurando se conserva un ejemplar suyo en Alemania en el monasterio de S. Gal, fundado en la ciudad del mismo nombre, capital de uno de los trece Cantones de los sguízaros; y el P. Felipe Labbé hace también memoria de otro ejemplar suyo que permanecía en la biblioteca de Juan Dubouchet; así como Godefrido Guillermo Leibnitio (Gottfried Wilhelm Leibnitz) que le publicó  en Lipsia (Leipzig) el año de 1698, hasta cuando no había visto la luz pública; dice le copió cotejado con dos ejemplares, que permanecían uno en la biblioteca augustana, y otro en el colegio claromontano de la compañía de Jesús de París. En cuanto al nombre del padre de Santo Domingo, no me hace gran fuerza el número de los que le llaman Félix; porque si el primero que hizo memoria de él, le puso abreviado en su letra inicial; y el que después erró en lo que denotaba, leyendo Félix en lugar de Fernando, no pueden tener los que le siguieron más autoridad que la que resulta de su equivocación, cuando es constante que en dos siglos antes, y después del tiempo en que floreció, no se hallaba en España usado este nombre; ni conduce en prueba de lo contrario, se hallen en los concilios toledanos algunos que le hubiesen tenido; mayormente cuando cuantos escritores cita V. P. que lo comprueban así, son extranjeros, y por ventura menos noticiosos de los nombres usuales entonces en nuestra provincia; de manera, que o no fue ricohombre el Padre de Santo Domingo, ni de la casa de Guzmán, si se llamó Félix, no hallándose confirmado en ninguno de tantos privilegios como se conservan de la edad en que floreció, y siendo constante que todos los hijos de la casa de Guzmán, como una de las que gozaban el honor de la ricahombría de sangre, se hallan confirmando; o no se llamó Félix, sino Fernando; pues en las escrituras 29 y 94 del apéndice a las relaciones genealógicas de D. Fernando de Alarcón se ofrece confirmando como ricohombre D. Ferrant Roiz de Guzmán; y es el mismo que casa con Doña Juana Daza. Lo mismo digo del origen que comúnmente se atribuye a la casa de Guzmán de la de los duques de Bretaña; porque apenas se ofrece origen en nuestros escritores de nuestras primeras familias que no esté lleno de fábulas, como se reconoce del mismo Fernán Pérez de Guzmán, en quien se ofrece esta, y a quien siguieron sin ningún apoyo Ambrosio de Morales y Argote de Molina; y así me dirá V. P. si basta que lo diga él, para que creamos que los Osorios proceden del Rey Osiris, o de San Juan Chrisóstomo, llamado en latín os auri, cuando el nombre de Nuño, y el patronímico de Núñez tan frecuente y común en este gran linaje, es tan propio de nuestra nación en los tiempos más antiguos a que pertenece su memoria. En cuanto al sentimiento que dice V. P. manifiestan los prebendados de Osma de que se escriba, se crió Santo Domingo en casa del archipreste (arcipreste, archi presbítero) de Gumiel de Hizán (a), 

(a) Pudo haber dado motivo a esta opinión lo que dice el B. Jordán (vit. Sanct. Dom. c. I.) quem (S. Dominicum) ab annis puerilibus parentum suorum, specialiter autem cujusdam archipresbyteri avunculi sui diligentia nutriebat. A este deudo alude Maluenda (ad. ann. 1176. cap. I.), cuando d¡ce: erat Joannae frater germanus archipresbyter in ecclesia Gumielis Isanensis, que es la que llama Castillo Gumiel de Izán.

se descubre en esto su grande ignorancia; porque no se les ocurre, asegura el arzobispo D. Rodrigo le dio la reina Doña Beatriz y S. Fernando su marido a los Infantes D. Felipe y D. Sancho para que los criase en su casa; y que él les dio a cada uno una prebenda en su iglesia de Toledo; de la manera que el Rey D. Alonso los envió a entrambos a París para que estudiasen en aquella universidad; y que no le embarazó al gran cardenal D. Pedro González de Mendoza, hijo de los marqueses de Santillana, y hermano del primer duque del Infantado, haber sido cura de Ita para llegar a las mayores dignidades de la Iglesia; con que no hay por qué hacer mucho caso de semejantes reparos ridículos. Dios guarde a V. P. muchos años como deseo.= Mondéjar y Septiembre a 7 de 1702. = B. L. M. de V. P. su mayor servidor el marqués de Mondéjar.

CARTA III 

(a: Copiada del original que se conserva en la citada biblioteca del convento de predicadores de Valencia tomo 6 Var.). 

Recibí por Pastrana su carta de vmd. de 23 del pasado, y por ella reconozco se ha perdido la que vmd. me escribía sobre los vaticinios del abad Joaquín, sobre que no puedo decir a vmd. nada hasta saber lo que vmd. me escribía en ella. En esta me pregunta vmd. cuando se empezó a usar en Alemania, en Italia, en España y en Francia a contar los años desde primero de Enero: cuya duda es tan difícil de satisfacer, que no es capaz de poderse resolver en la cortedad de una carta, no sin grande estudio y cotejo de las historias y de los monumentos de todas estas naciones; pues aún no se ofrece apurado, cuando se dejó de usar en ninguna de ellas los años de la Encarnación, estableciendo el cómputo por los de la Natividad (a); 

(a) Este punto le trató largamente el mismo marqués de Mondéjar en sus obras cronológicas, publicadas por Mayans el año 1744, cuyo principal objeto es probar que los 38 años en que precede a Cristo el principio de la era española, deben entenderse, no con respecto a la Natividad, sino a la Encarnación, época usada para el cómputo de la era vulgar o cristiana desde el abad Dionisio, llamado el pequeño, que floreció a principios del siglo VI, y continuada por algunos siglos en tiempo de los godos, y aun después: que en la reducción hecha posteriormente a la Natividad, debió añadirse un año por adelantarse el cómputo de la Encarnación los nueve meses que van desde 25 de Marzo hasta 25 de Diciembre; de suerte que en los sucesos reducidos al cómputo de la Natividad, deben rebajarse respecto de la era española, a juicio del marqués de Mondéjar, no ya 38 años como cuando empezaba la era cristiana por la Encarnación, sino 39 por la distancia entre el principio del año, tomada por 25 de Marzo, o por 25 de Diciembre, desde cuyo día fue fácil pasar al día 1.° de Enero en que comenzaba el año Juliano, para que coincidiese el principio del año cristiano con el del año civil. 

A esta conjetura de Mondéjar y a las razones con que la esforzó Mayans en el prólogo de su obra, alegando en confirmación de ella varios cronicones, inscripciones y escrituras antiguas, respondió sólidamente el M. Flórez en el tomo II de la España sagrada, demostrando a mi parecer, que el cómputo dionisiano no comenzó a usarse en algunas provincias de España hasta 600 años después de Dionisio, esto es, hasta que el concilio Tarraconense de 1180 decretó que en adelante no se rubricasen los instrumentos públicos con respecto a los años de los Reyes de Francia, como lo hacía aquella provincia desde Ludovico Pío (Zurita ann. lib. I, cap. 8.), sino por los años de Cristo, según el cómputo dionisiano: que desde este año hasta el de 1383 en que se le celebraron cortes en Segovia, en León y Castilla, se historiaban los sucesos no con respecto a la Natividad o la Encarnación del Señor, sino por la era española: que en el mismo siglo VI, y después, habiéndose usado tal cual vez en España reducir la era a los años de Cristo, se habló precisamente de la Natividad, y no de la Encarnación, y con la rebaja de 38 años, y que en este sentido deben entenderse Isidoro Pacense, San Julián, San Isidoro, y los primeros anales toledanos, escritos en la era 1257. Merecen leerse las juiciosas reflexiones de Flórez (loc. laud. pág. 5. seq) porque casi en todas se ofrecen a un mismo tiempo instrumentos calendados por entrambos cómputos. En Castilla se empezaba por el mismo día de la Natividad en el reino de D. Juan el II y los Reyes Católicos, de que hay expresos testimonios en Alvar García de Santa María en la crónica del primero y en la de Hernando del Pulgar del segundo: sin que se me ocurra, ni haya llegado a mi noticia desde cuando se empezó a contar por las calendas de Enero; ni el padre Juan Mabillon en sus eruditos libros de re diplomática, trata, como parece debía, este punto; ni se puede decidir con firmeza sin grande observación y muy prolijo estudio; que es cuanto se me ofrece que poder decir a V. P., cuya vida guarde Dios muchos años como deseo. = Mondéjar y Noviembre 12 de 1702. = B. L. M. &c. el marqués de Mondéjar.

CARTA IV. 

Respondo a la carta de V. P. de 12 del mes pasado, y no lo he ejecutado antes por haber llegado muy atrasada a mis manos. Y en cuanto a la primera pregunta que V. P. me hace es constante se observó en España contar por los años de la Encarnación en la misma forma que introdujo esta época Dionisio Exiguo (a) 

(a) Ya dijimos en la nota a la carta antecedente que no se halla historia ninguna antigua ni otro documento de España, anterior al siglo XII, por donde conste haberse admitido en estos reinos durante ese tiempo el cómputo de la era dionisiana, como atestigua haberlo sido en Francia el cronicón de Adón el de Viena, que llega al año de la Encarnación 879. 

Antes al contrario, de una memoria alegada por Colmenares (Hist. de Segovia cap. XV, §. 10.), donde se lee: anno ab Incarnatione Domini 1140, secundum Francorum computum; era autem secundum Hispanorun numerum 1178, se colige que aún en el siglo XII se tenía en España por francés el cómputo de la era dionisiana en contraposición de la era española. Es verosímil que esta práctica adoptada en Francia hubiese pasado a nuestro reino por la provincia Tarraconense, donde se admitió el año 1180, y de allí fuese introduciéndose hasta llegar dos siglos después a León y Castilla. 

desde 25 de Marzo (a), siempre que uno se regulaba por la era de César, en la conformidad que reconoce Juan Mabillon en el c. XXV. del lib. 2. de re diplomática, y cuya forma se observa en Cataluña todavía en el siglo XIV.... 1300, en que floreció Fr. Juan de Paguera, monje benito, cuyas palabras copia el mismo Mabillon, que son del tenor siguiente: sciendum quod in die Incarnationis Verbi, videlicet 25 mensis Martii, debet mutari in isto *cethario novo; ita quod illa die debet accipi illa littera quae immediatè subsequenter ordinatur post illam litteram anni finientis, sub qua debet pronunciari: ita lunae per totum annum. 

En Castilla desde que prohibió el Rey D. Juan el I el cómputo de la era, se empezó a usar el de la Natividad, contando el año desde su mismo día 25 de Diciembre, como se reconoce de varios lugares del Rey D. Juan el II, en que se asegura corría el año nuevo desde aquel mismo día; y lo mismo se comprueba en Aragón y Valencia de la historia que escribió el Rey D. Jayme el Conquistador de su propia vida.
(Véase el libro “colección de cartas histórico-críticas en que se convence que el rey D. Jayme I. de Aragón no fue el verdadero autor de la crónica o comentarios que corren a su nombre.” Joseph Villarroya. )

En Francia se varió mucho el cómputo, usando en la tercera estirpe capetina (Capeto) de sus Reyes, empezar a contar el año desde la pascua de Resurrección, como difusamente comprueba Juan Mabillon en el c. XXIII. del mismo lib. 2, con que desde aquel día iba su cómputo igual con el de los romanos. 

En cuanto a la forma de los términos, intrante, vel exeunte Augusto, que V. P. me pregunta, copiaré en satisfacción de su duda el testimonio de Rolandino Patavino, por sobrenombre el gramático, que vivía en los años de 1263, y de quien hace muy especial memoria Bernardo Scardonio en las antigüedades de Padua, el cual en el arte de notaría, que se imprimió juntamente con sus doce libros de cronicón en Turín el año de 1479, dice: ponitur dies in intrumentis diversimodo: uno modo secundum consuetudinem Bononiensem in hoc exemplo: primo die intrante Maio, et sic de singulis usque ad 16. Transactis autem 16 ponuntur per exeunto hoc modo: decima quinta exeunte Maio, decima quarta die exeunte Maio, et sic de singulis usque ad penultimum diem. In penultimo dicunt: ultimo die Maii, et ita de singulis mensibus, qui habent 31 dies. In aliis autem qui habent 30 dies, procedunt similiter usque ad 15 per hanc dictionem: intrante, et finitis 15 diebus primis, descendunt per alios quindecim cum hac dictione: exeunte; con que die 14 exeunte Augusto sería el 18 de aquel mes.

En cuanto a las armas que conserva su orden de V. P. sólo podré decir, que hablando Bernardo Justiniano en la historia de las órdenes de caballería, que escribió en italiano, de la de Santo Domingo, de quien también trata S. Antonino de Florencia y Francisco Menenio Antuerpiense (Antwerpen, Amberes) en el libro que intituló deliciae aequestrium, dice, usaba por armas la misma cruz floreteada, compuesta de los dos colores blanco y negro, como la traen los familiares, y para decirlo con sus mismos términos italianos: l' insigna di questi cabalieri fú una croce di forma consimile alla constantiniana: ne poteva fare cosi mirabili progresi se non coquello standardo che appunto de gl' heretici fú lo terrore: discordava solo dall' allegata nel colore, essendo divisata di nero é bianco, infausto, et annontio felice, á gl' inimici o di degurarsi (esto es purificarse, porque así se ha de entender en lugar de deguarsi, como erradamente está en el texto impreso): coll acquisto della santa gloria, ó di prepararsi all' eccidio della loro vita. Añadiendo fueron llamados: fratelli della milicia di Santo Domenico. 

E perche nella croce sopra l' habito bianco v' apparisce il labbaro constantiniano, furono anco chiamati: equites laborum: con que es muy regular fuese este el origen de conservarla como especial insignia, y propia de su orden de V. P.; que es cuanto se me ofrece en respuesta de las preguntas que me hace V. P., cuya vida guarde Dios muchos años como deseo. = Mondéjar y Abril 17 de 1703. = B. L. M. de V. P. su servidor el marqués de Mondéjar. 

(a) Por los concilios de Toledo, por S. Isidoro y otros historiadores y coronistas (cronistas) antiguos se echa de ver que la era española comenzó en las calendas de Enero y que sus años convenían en el principio y en el fin con el Juliano de los romanos. Siendo cierto que aún después de Dionisio hasta el siglo XIV continuó en León y Castilla el cómputo de la era española, lo es también que en todo este tiempo comenzaban los años, no en 25 de Marzo ni en 25 de Diciembre, sino en 1.° de Enero, en cuyo día se añadía un número a la era, como dice S. Isidoro: à die kalendarum Januariarum accrescit. Esta cuenta de los años desde 1.° de Enero era general en España por los tiempos de D. Alonso el Sabio, en cuyas partidas se lee que empezó a reinar en la era de la Encarnación (esto es, como advierte Flórez, en los años de Cristo) mi é doscientos é cincuenta y un años é ciento y cincuenta y dos días más (dias mas en el original). Si se contaran entonces los años de Cristo en España como en otras partes desde 25 de Marzo, habiendo comenzado a reinar don Alonso en 1.° de Junio del año de Cristo 1252 (y de la era española 1290) debieran contarse para denotar el principio de su reinado el año 1251, y los 68 días que hay desde 24 de Marzo hasta 1.° de Junio: mas contando los 152 días que median entre 1.° de Enero y 1.° de Junio, se convence que en España, aún los años de Cristo conocidos con el nombre de la Encarnación, tenían principio como los de la era y los del año civil en las calendas de Enero. A este tan claro testimonio añade Flórez el de S. Julián (lib. III. contra judaeos) el del cronicón de los visigodos, llamado vulgarmente de Vulsa, y el de otros documentos para probar contra la opinión de Mondéjar y de Mayans, que el cómputo dionisiano rigurosamente tomado en cuanto fijó en 25 de Marzo el principio de los años de la era cristiana, como no se introdujo en España en los doce primeros siglos, no sirve para explicar los años de los antiguos españoles; y de consiguiente, que la diferencia de nueve meses que tuvo adelante cuando pasó la cuenta desde la Encarnación a la Natividad, no causó variación ninguna en España, donde muchos siglos después de Dionisio, y aun de Beda, se conservó fija la época del año de la era española en las calendas de Enero. (V. Flórez Esp. sag. t. II. c. I, §. III.)

CARTA V. 

Respondo a su carta de V. P. holgándome mucho con las buenas noticias que me da de su salud, y de tener tan adelantada la impresión de su obra, y diré a V. P. lo que se me ocurriere sobre las dudas que me propone. 

A la primera en que extraña V. P. como desde el día de la pascua cuentan los franceses los años según los romanos, debiendo añadir uno por la diferencia de contarlos, los unos por la Natividad, y los otros por la Encarnación o por la pascua; procede de que así como los romanos seguían el cómputo de Dionisio, los franceses y todas las demás naciones ultramontanas atrasaron un año la Encarnación, según el cómputo del Venerable Beda, que es el mismo que contaban demás hasta la misma Encarnación o pascua; corriendo desde allí uniformes con los romanos. Aunque es común en nuestros escritores, se transfirió la universidad de Palencia a la ciudad de Salamanca, es error notorio: porque al mismo tiempo se conservaban entrambas, la de Palencia como propia del reino de Castilla, que fue la más antigua, a cuya imitación fundó el Rey D. Alfonso, padre de S. Fernando, la de Salamanca para su reino de León; y la de Palencia no se incorporó en la de Salamanca, sino en la de Valladolid, como demuestra el doctor Bravo en la dedicatoria, que le hace en uno de sus tomos de medicina: y yo compruebo más difusamente en las memorias históricas de la vida y acciones del Emperador D. Alonso el Sabio: a que puede V. P. remitirse, que ahora no tengo tiempo para detenerme a justificarlo. En cuanto a la bula de Urbano IV, es cierto que la produce (reproduce) entera Pulgar, copiada del archivo de su iglesia, en data del día segundo de los idus de Mayo año segundo de su pontificado, que corresponde con el de 1263 de la Natividad; y por ella consta que habiéndose pervertido la universidad de Palencia, la concede a instancias de su obispo D. Tello de Meneses los privilegios que gozaba la de París; y así no funda nueva universidad, sino ilustra y aumenta la que había fundado el Rey D. Alonso el Noble; con que no se opone, ni esta ni la precedente noticia al magisterio que atribuyen a Santo Domingo los escritores que V. P. cita. 

Pero para que mejor conste a V. P, no fue esta nueva erección, copiaré aquí las mismas palabras de la bula de que se le justifica, que dicen: "colebat hactenus deliciarum hortum civitas Palentina, de et sub cujus portis fons irriguus emanabat. Hortus ille profectò fructus uberes producebat, quorum suavitatem, et dulcedinem ad diversas mundi partes, fontis affluentia derivabat. Erat enim in civitate Palentina, sicut ex parte vestra fuit propositum coram nobis, scientiarum studium generale, rudes erudiens, debiles reddens studiosos et viros efficiens virtutum varietate foecundos: horumque gratiosa foecunditas litterarum dogmate plurimos instruebat; et quia per hoc non solum Palentia, sed tota Hispania spiritualis, et temporalis solebat percipere commoditatis augmentum, supplicastis humiliter, ut ad reformationem praedicti studii (quod est non sine multo ejusdem provinciae dispendio dissolutum), apostolici favoris partes interponere curaremus. Cum igitur, sicut accepimus, ejusdem studii reformatio possit eidem multipliciter provinciae existere fructuosa; Nos nolentes quod lucerna tantae claritatis in commune litterarum dispendium, sic extincta remaneat; quin potiùs cupientes partes nostras adjicere, ut solito fortius accendatur; tuis, frater episcope, supplicationibus inclinati, et singulis doctoribus, et scholaribus, quibus in eadem civitate in quacumque facultate studere contigerit; quod illis privilegiis, indulgentiis, libertatibus, et immunitatibus gaudeant, quibus magistri, et scholastici gaudent Parisiis, vel in aliis locis, in quibus habetur studium generale, auctoritate praesentium indulgemus; nulli ergo omnino hominum... Datum apud urbem veterem 2 idus Maii, pontificatus nostri anno 2.” Dios guarde a V. P. muchos años como deseo. = Mondéjar y Junio 2 de 1703. = B. L. M. de V. P. su servidor el marqués de Mondéjar. 

CARTA VI. 

Con mucho cuidado me tenía la falta de noticias de V. P. hasta que me sacó de él con igual gusto su última carta de V. P. de 18 del mes pasado, con que venía acompañada la erudita disertación de la apología por la inocencia del abad Joaquín, cuyas obras todas tengo, y el libro de Laude en su defensa. Lo cierto es que la de V. P. convence enteramente las calumnias con que han intentado obscurecer su fama los que no le han entendido; y sólo me pareciera más agradable si estuviera dividida en párrafos, para que se pudiese leer a trozos, sin necesitar de pasarla toda para comprenderla (comprehenderla). Espero con alborozo la vida de Santo Domingo, sin negarme a formar el juicio sobre ella, que tengo ofrecido a V. P., y cumpliré con mucho gusto, dándome Dios vida, que en quien se halla con setenta y seis años, no es muy segura la vana esperanza de cumplir más. Dios guarde a V. P. muchos años como deseo. = Mondéjar y Abril 12 de 1704. 

Si hallare vmd a mano la mistología de Olmo, estimaré mucho a V. P. me lo remita por medio del P. M. Pérez, avisándome de su coste para que se le dé. = B. L. M. de V. P. su mayor servidor el marqués de Mondéjar. 

CARTA VII. 

Respondo a la carta de V. P. de 6 del mes pasado, que el rodeo de venir de Alcalá, donde no hay estafeta, para esta villa, atrasa mucho las cartas: y me huelgo mucho de saber goza V. P. entera salud, y que esté tan adelantada la impresión de su obra. En cuanto a remitir a V. P. la del abad Joaquín que me pide, no tuviera dificultad, si no fuera tan contingente el que se pierda, habiendo de correr por tantas manos como V. P. me insinúa: y siendo libro tan raro como V. P. reconoce, sería mejor que me enviase a decir, pues tiene sacados sus apuntamientos, los lugares a la letra que necesita, que se los enviaré a V. P. con toda prontitud: pues aunque siento mucho no obedecerle enteramente, creo le servirán lo mismo. Dios guarde a V. P. muchos años como deseo.= Mondéjar y Junio 14 de 1704. = B. L. M. de V. P. su servidor el marqués de Mondéjar.

CARTA VIII. 

Con el singular gusto que siempre recibo la carta de V. P. de 29 del mes pasado, alegrándome de que goce V. P. la salud que le deseo, y ofreciendo al servicio de V. P. la mía, que gracias a Dios es buena, sin embargo de los molestos achaches (achaques) de que se halla combatida mi crecida edad. Estimo mucho el cuidado que ha tenido V. P. en buscarme la litología de Olmo, que todavía no ha llegado a mis manos, aunque espero recibirla con brevedad, así como el fragmento que dice V. P. me remitirá de lo que tiene ya impreso de su obra, que ofrezco leer con atención, y expresar con toda ingenuidad mi parecer en su aprobación. Aunque he leído todo el capítulo IV del abad Joaquín sobre Jeremías (a), 

(a) Así en este comentario místico de Jeremías como en los demás sobre Isaías y algunos capítulos de Naum (Nahum), Abacuc (Abacuch), Zacarías, Malaquías y el libro del Apocalipsis, injirió este famoso abad cisterciense del siglo XII varios anuncios de lo que conjeturaba él que había de suceder, atendido el estado en que se hallaba por entonces la Iglesia. Aprovechóse de esta ocasión para reprehender (reprender) los vicios y desórdenes de aquella edad; tal vez precavió de algunos de ellos a los fieles con la amenaza de los trabajos pronosticados en sus escritos, algunos de los cuales se cumplieron, y otros no, como sucede comúnmente cuando se anuncia lo por venir por conjeturas de prudencia humana, y no por espíritu profético. Porque este don no le tuvo el abad Joaquín, como aseguran Santo Tomás, Guillermo de París, y otros sabios teólogos. El IV concilio de Letrán, celebrado en el pontificado de Inocencio III por los años 1215 c. II, condenó el tratado de este abad contra Pedro Lombardo sobre la unidad o la esencia de la Trinidad, explicando y confirmando la doctrina de Lombardo, a quien había pretendido él tratar de loco y de hereje: mas en nada intentó perjudicar al monasterio que había fundado Joaquín, teniendo en consideración, no sólo la observancia regular con que vivían sus monjes, sino principalmente que el abad había sujetado esta y las demás obras suyas al juicio y corrección de la Silla apostólica. Lo cual confirman los papas Honorio III (epistolam ad episcopos Lucaniae, y Inocencio III (cap. damnamus de summ. Trinit. et fide cathol.), libertándole por esta razón de la nota de hereje formal con que pretendían algunos denigrar su memoria. (V. Gabriel Baxius vit. abb. Joach. et Theoph. Rayn. Erotemata de malis ac bonis libris, partit. III. erot. II. n. 477.) Sin embargo, en la vida del abad Joaquín, escrita por Gregorio de Laude, e impresa en Nápoles el año 1666, mandó la Inquisición de Roma (en 6 de marzo de 1664), que en vez de las palabras: bene tamen intendimus Joachimi innocentiam defendere (c. 67. pág. 281), se sustituyesen estotras: conabimur tamen, si fieri potest, Joachimum defendere.   

 

no he podido hallar en él el texto de Isaías, que V. P. cita: y aunque le he encontrado en el capítulo II sobre el mismo Profeta, no he hallado la cláusula de servus natus est nobis, aunque en la Escritura lo mismo significa puer, que servus: pero por si acaso puede servir a V. P. el texto de Isaías, me ha parecido copiarle con lo antecedente y subsecuente a él. Empieza pues el capítulo II, diciendo: “aures Hierusalem ad quos clamant praedicatores, discipuli veritatis, et Deum timentes, qui obediunt evangelio (recordatur) dominus (miserando) recolens tempora in quibus (sequuta est eum in deserto) propter fideles apostolos, et praedicatores novissimos miseretur dominus aliorum, qui vel sequuti sunt illos in gente, vel istos in religione poenitentiae (charitas) est in baptismate (desponsationis) fideli. In professione regulari. In praedicatione evangelii (terra quae non seminatur) justicia: scilicet idolatria culta sterilis permanebat (sanctus Israel domino primitiae frugum ejus) usque ad hunc locum distulimus intactum: quod pertransivimus in exordio libri hujus. Primo tempore, semen Abraham electum est ex omnibus gentibus; secundo, semen Christi, id est, apostoli ex judaeis; tertio, eligendi sunt alii ex omni Judaea, et gente, id est, omni ecclesia latina. Sicut enim fuerunt primitiae israelitarum in primo statu; apostoli in secundo renatorum: ita et nunc in exordio tertii status quaedam primitiae christianorum, clericorum utique, fide sanctificandi sunt Deo, et mittendi, et spargendi in universo orbe. Horum omnium Hieremias tipum portat, qui fuit unus de primitiis David, seu Deo, et agno sanctificatus; quod et ipse nazarenus Deo consecratus, nam omne masculinum adaperiens vulvam: videsne quod jam in lege praedictum erat de Hieremia isto, quod esset sanctificatus in vulva, nazarenus effectus non discrepans ab Isaac, et Joanne, qui de senescentis utero ecclesiae prodierunt, quae in dolore, et afflictione antichristi pariet filios inferentes clericis, et obstinatis aliis moerorem: poenitentibus gaudium: designatos in illo loco ubi dicitur: puer natus est nobis, et filius datus est nobis. Puer quoad obedientiam, et doctrinam praedicatoris; filius quoad excellentiam, et amorem contemplationis; sive pro eo quod Christus est Deus, et homo: geminus ordo erit duorum, Deus quoad flagellum doctrinae homo quoad ocium psalmodiae: sive quia alii eorum ibunt ad pugnam exhortationis, alii manebunt ad sarcinam orationis, ut Israeli fiat victoria ex elevatione manuum Moysi, scilicet praedicatorum sustentandorum ab Aaron, et ut scilicet ferentium sacrificia pro peccatis, et devotionis, ac desideriis charitatis. Noli, inquit, dicere, quia puer ego sum, quia jam non dicam vos servos, sed amicos meos, sponsi scilicet veritatis, sic igitur anima devota quasi regina ¡n confessione laudis; princeps in sanctificatione operis; sacerdos in perfectione virtutis, offerens Deo holocaustum suavitatis, et devotionis.” 

En cuanto a la aseveración de que fue canonizado Santo Domingo el año de 1233, sin embargo de ser la fecha del siguiente de 1234, parece lo comprueba la cláusula que dice: ipsum de fratrum nostrorum consilio, et assensu, ac omnium tunc apud sedem, catholicam consistentium praelatotum, cathalogo sanctorum adscribi decrevimus, que con poca diferencia se halla igualmente en la de S. Antonio de Padua, expedida el antecedente de 1233, en la de S. Edmundo, arzobispo de Canterbury (pone Cantorbery), el de 1247, en la de S. Estanislao en 1253, en la de Santa Clara en 1255, y en la de Santa Heduvigis, duquesa de Polonia, el de 1267, donde se lee: tam de ipsorum fratrum, quam praelatorum, qui tunc apud sedem morabantur eamdem consilio, sanctorum cathalogo decrevimus adscribendam; immo verius denuntiavimus adscriptam. Porque en las que se otorgaron el mismo día de la canonización, como en la de Santa Brígida a 7 de Octubre de 1391, dice el pontífice Bonifacio IX, que la expidió: decernimus, declaramus, definimus. pronuntiamus, bonae memoriae beatam Birgittam, alias Brigidam, superius nominatam, sanctam esse; et tamquam sanctam ab universali ecclesia venerari, ac sanctorum cathalogo adscribi debere, et ipsam nunc adscribimus de praesenti. Esta misma cláusula, aunque con diferentes términos, se ofrece en la de S. Buenaventura, expedida por Sixto IV a 14 de Abril del año 1482; y en la de San Leopoldo por Inocencio VIII a 8 de Julio del año 1485, donde se lee: publicè sanctum definimus profitemur, et veneramur. 

Que sea estilo de la curia romana poner en las bulas la fecha del día en que se expiden, y no el de la canonización, se comprueba con evidencia de la de S. Ricardo, obispo de Chichester, en la provincia de Susser (Sussex) en la Inglaterra, otorgada a 20 de Febrero del año 1260; pues asegura en ella Urbano IV le canonizó el día de S. Vicente Mártir, y mandó celebrar su fiesta a 3 de Abril. Lo mismo consta de la que expidió Pío II a 1.° de Octubre de 1458 sobre la canonización de San Vicente Ferrer, celebrada por Calixto III, su predecesor, el día de S. Pedro 29 de Junio el de 1455, así como habiendo canonizado Adriano VI a S. Benno, obispo de Misnia, y a S. Antonino, arzobispo de Florencia, el día 31 de Mayo del año 1522, y expedido la bula de canonización del primero el mismo día; no se despachó la de S. Antonino hasta 26 de Noviembre del siguiente de 1523, en que ya había muerto el mismo Adriano, y sucedídole Clemente VII, que fue quien la otorgó, según podrá V. P. reconocer en el bulario de Cherubino, donde se hallan todas las referidas; que es cuanto se me ofrece decir a V. P., cuya vida guarde Dios muchos años como deseo." = Mondéjar y Agosto 26 de 1704.

Para que con seguridad lleguen las cartas de V. P. a mis manos, aunque a veces con alguna detención, por no ofrecerse cada día propios que vayan a Madrid, sin embargo de ser rara la semana que no los haya, podrá V. P. poner el sobrescrito a mi hijo D. Mateo Ibáñez de Mendoza, caballero de la orden de Calatrava, y del consejo de S. M. en el supremo de las Indias; porque cuantos van de aquí a Madrid tienen cuidado de ir a su casa en la red de S. Luis. = B. L. M. de V. P. el marqués de Mondéjar. 

XI. Preces

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