sábado, 27 de agosto de 2022

CARTA LXXXIV. Escasa noticia de los concilios Tarraconenses: necesidad de formar una colección cronológica de todos ellos.

CARTA LXXXIV. 

Escasa noticia de los concilios Tarraconenses: necesidad de formar una colección cronológica de todos ellos. Plan de esta vasta obra: disertaciones que la deben acompañar: número de los concilios que deben incluirse en ella.

Mi querido hermano: La proporción que he tenido de examinar los códices de la colección española de cánones que se conservan en esta catedral de Urgel y en la de Gerona, y las frecuentes noticias que voy encontrando de concilios celebrados en esta provincia desde el siglo XII hasta más de la mitad del XVIII, me ha hecho entrar en la idea de formar una colección entera de los concilios Tarraconenses, desde el primero que consta tenido en Zaragoza en el año 380 hasta el último celebrado en el de 1757. Cosa es esta imposible a primera vista, atendida la escasez de noticias que acerca de eso se han publicado. En efecto parece increíble que en una provincia tan dilatada como esta, sea tan poco lo que se sepa de los concilios celebrados en ella no más que desde la expulsión de los árabes, con ser tanto lo que se sabe de otras cosas de menor importancia. Porque si registras la colección de nuestro cardenal Aguirre, que es la más completa que de nuestras cosas tenemos, apenas hallarás noticia de 20 de dichos concilios tenidos en la época que digo, con ser por lo menos ciento los celebrados en ese periodo de siete siglos: y de los 20 sólo de uno publica aquel escritor las actas, que es el de 1429 en Tortosa: de muy pocos una u otra constitución, y de los restantes un apunte ligerísimo y acaso no exacto de la época y objeto de su convocación. Lo único que hizo aquel docto español, fue incluir en su obra la colección de las constituciones Tarraconenses, que sucesivamente ordenaron y perfeccionaron los arzobispos de aquella iglesia D. Gerónimo Doria, D. Antonio Agustín y Don Juan Terés. Mas estas colecciones no merecen con todo rigor este nombre. Porque en primer lugar, de los cien concilios que decía, sólo citan las constituciones de cuarenta y cinco de ellos, salvo error. Y es que en la mayor parte se gobernaron por la que hacia el 1331 mandó formar el arzobispo D. Juan de Aragón, y es muy poco lo que conocieron de los concilios posteriores a ese año. En segundo lugar, y esto es lo principal, esas colecciones impresas están ordenadas por los títulos del derecho, reuniendo en un punto de vista las constituciones de varios concilios que tratan de una sola materia. Cosa fue esta muy oportuna para el gobierno de la provincia en el siglo XVI y posteriores; mas no es eso lo que necesita la historia de la disciplina eclesiástica. Porque en ese trabajo sólo se dio cabida a las leyes acomodadas a los usos y costumbres de entonces, entresacándolas de los concilios antiguos, omitiendo enteramente y dejando para siempre en el olvido las ya desusadas, y por esta razón entonces no necesarias. Las cuales, así como lo eran cuando se establecieron, así ahora y siempre interesa su noticia a la instrucción pública, que nunca puede ser completa, si le falta el conocimiento de las leyes antiguas aun de las que ya se desusaron, y si la noticia de ellas no va acompañada de la del tiempo, personas y demás circunstancias que contribuyeron a su formación. Por esto lo que de veras importa es la serie cronológica de dichos concilios enteros, con todo lo que a ellos pertenece en orden a su congregación, celebración, deliberaciones y demás; con lo cual al mismo tiempo se da la historia del origen, decadencia y reforma de la disciplina eclesiástica. Esto han hecho todos los que han entendido en estas materias: esto el mismo cardenal Aguirre, publicando cuanto pudo haber a las manos de tales monumentos antiguos, para que los que se dedican a este estudio tengan a la vista y descubiertas cuanto es posible las fuentes del saber a que aspiran. La falta que en su obra se advierte suplió en alguna manera el limo. Sr. D. Félix Amat, arzobispo de Palmira, analizando brevísimamente en su Historia eclesiástica algunos cánones de los concilios que omitió aquel cardenal. Pero este auxilio es muy escaso para lo que decimos. En resolución, de los 100 concilios tenidos después de la conquista de Tarragona, sólo se ha publicado entero el de Tortosa de 1429, y aun a ese hay que añadir algo; de los restantes los 45 son conocidos no más que por algunas constituciones sueltas y aisladas, y los demás están casi enteramente ignorados (a). (a) Aun en el tomo 2.° de las memorias... sobre la marina y comercio de Barcelona, que con tanta diligencia recogió D. Antonio Capmany, se dice que en aquella ciudad se han celebrado siete concilios provinciales después de la restauración de Tarragona, cuando según mi cuenta son quince por lo menos. 

Cosa es esta asombrosa, y que cierto no podrían mirar con indiferencia los prelados que los convocaron, si les fuera dado salir de sus sepulcros. “ ¿Para esto, dirían, trabajamos y sacamos a nuestros sufragáneos de entre sus ovejas, y a los abades del silencio de sus monasterios, y  gastamos y gastaron ellos el patrimonio de los pobres? ¿Para esto nos dio el Señor su sabiduría, con la cual dictamos aquellas leyes y reglas de bien vivir, que ahora yacen sepultadas sin el menor fruto...?" 

Por fundadas que fuesen estas quejas de tan celosos e ilustrados arzobispos, lo son mucho más las de toda la provincia Tarraconense y aun las de la nación Española, cuyo honor clama porque se publiquen estos tesoros. Famosa es en todo el orbe la provincia Tarraconense: nadie ignora que su capital, así como fue tan ennoblecida con la liberalidad y con la presencia de Augusto, así fue muy pronto ilustrada con la luz del evangelio, y que sus prelados y los de su dilatada jurisdicción, antes y después de los árabes, con su vida y con su doctrina han mantenido pura e ilesa no sólo la doctrina de la fe, sino la disciplina de sus mayores en gran parte. Y con todo eso ignoran las naciones extrañas todo lo que de esta iglesia podían saber, porque no hay quien se dedique a reunir e ilustrar sus tesoros. Acaso esta omisión nuestra es la causa por qué tan poca cuenta se tenga en algunas obras extranjeras con los concilios Tarraconenses; aunque más claramente se ve que esto nace de cierto orgullo y desprecio con que suelen ser miradas nuestras cosas por los que viven más allá de los Pirineos. De otro modo no se sabe explicar por qué en algunas colecciones generales de concilios, publicadas después que el cardenal Aguirre imprimió la suya, se omite enteramente la mención de los Tarraconenses que él publicó (a: Delectus actorum ecclesiae universalis, seu nova summa conciliorum &c. Lugduni 1706. vol. 2. fol. 

Pues viendo yo cuan importante es por todas estas razones que se forme una colección cronológica de los concilios Tarraconenses, con todo lo que tocare a la disciplina de esta gran metrópoli, de quien decía Argensola, 
que dio su nombre a la mitad de España,
he caído en la tentación de acometer esta empresa, para la cual ciertamente no basta un hombre solo, y mucho menos tal como yo me conozco. Mas si no llegare a conseguirlo, lo que en ello hubiere adelantado, eso se hallará hecho el que después de mí quisiese perfeccionarla. Y hame (me ha) acontecido en esto lo que en todos los proyectos presentados en globo, que al tiempo que se despliegan y examinan en sus ramificaciones, van tomando cuerpo y creciendo de manera, que al fin vienen a ser casi impracticables al que tan fácilmente los concibió, y a quien parecían tan hacederos. Así los pintores en una hora dibujan lo que después no pueden ejecutar en muchos meses; y así me acuerdo de haber visto años pasados en el convento de dominicos de Luchente un librito de muy pocas hojas, donde nuestro sabio paisano Maluenda dejó dibujada su docta obra de Antichristo, con la misma división de artículos, que después se imprimió en dos tomos en folio. Por esta manera en un principio me propuse dar no más que una idea de todos los concilios de Tarragona, cuya noticia iba adquiriendo en mis viajes; mas llamándose una cosa a otra, ha venido ya (a) ser obra de mucha consideración, que no sé si podré verificar. Y porque sepas lo que pienso hacer, y para que en ello me ayudes, voy a decirte todo el plan y contenido de este vasto proyecto. 

PLAN DE UNA COLECCIÓN GENERAL 

de los concilios Tarraconenses. 

La obra debe dividirse en tres partes correspondientes a las tres épocas principales de la historia, es a saber: 

1.a Tarraco romana, et gothica. 

2.a Tarraco capta a mauris. 

3.a Tarraco restituta, et christiana. 

En cada una de estas épocas aparece diferente la legislación eclesiástica, así como lo fue la civil y el estado público de las cosas de España. El nacimiento, decadencia y restauración de la religión verdadera trajo consigo fervor y corrupción yreforma de costumbres, y por consiguiente diversidad de leyes acomodadas a cada uno de esos estados. No era menor la diferencia política de los señores que se sucedieron en esta parte de la península; lo cual ya se sabe cuanto influye en el gobierno de la iglesia, que salvo el dogma y el depósito esencial de la doctrina, en lo demás se atempera en lo posible, y no contradice a la voluntad de los reyes. Esta consideración general, así como obliga a distinguir y tratar separadamente de cada uno de estos tres periodos, así dicta lo que en cada uno de ellos hay que trabajar para el conocimiento completo de la disciplina eclesiástica en esta provincia. Y dejo por supuesto que en todos ellos tienen lugar y deben tenerlo, como lo hizo Aguirre, todos los documentos de la historia eclesiástica, aunque no sean decisiones conciliares, tales como cartas de papas, reyes, obispos, consagraciones de iglesias insignes, elecciones notables de obispos y abades, y acaso testamentos y aun obrillas que tengan conexión con la disciplina del tiempo, como ordinationes pro choro y otras rituales, y de vestidos y ornamentos eclesiásticos, constituciones capitulares &c. Los cuales monumentos deben intercalarse cronológicamente con los concilios, para que sea completo el cuadro de la historia disciplinar Tarraconense. También supongo que deben entrar en la colección todos los sínodos diocesanos que hayan llegado a nuestra noticia; porque esos son como la aplicación de la ley general, y tal vez la causa y motivo de ella, y una parte no pequeña del todo que buscamos. Así que dando por supuesto que todo esto ha de entrar en la obra, voy ahora a decir lo demás de su plan, esto es, lo que hay que poner de trabajo propio, junto con una noticia puntual de todos los concilios de que tengo noticia, celebrados en la capital o en cualquiera de las iglesias de la provincia, y aun los congregados fuera de ella por motivos que a ella pertenecen; de los cuales deben examinarse críticamente sus épocas, e ilustrarse cuanto ser pudiere sus doctrinas. 

Época I: desde el siglo I hasta el VIII,

TARRACO ROMANA ET GOTHICA. 

Disertaciones.

1. Sobre los límites de la provincia Tarraconense en el siglo I y II de la iglesia, que comprendía la parte septentrional de España (Hispania), desde Cartagena hasta Braga.

2. Nueva demarcación de la provincia a principios del siglo IV, quedando incluido en ella todo el territorio de Aragón, y hasta Burgos y Pamplona.

3. Nombres y sitio de cada una de las iglesias sufragáneas que entonces se contaron en la provincia.

4. Sobre las sedes de Ictosa y Numancia.

5. Que la España Tarraconense nunca fue patrimonio de la sede Romana.

6. Catálogo breve de los metropolitanos de Tarragona en esta primera época.

7. Id. de los obispos de cada una de las iglesias sufragáneas.

8. Id. de los emperadores romanos y reyes godos. 

Comprende esta primera época los concilios siguientes. 

Año Lugar. 

380 Zaragoza. 

516 Tarragona 

517 Gerona. 

524 o 546 Lérida.

540 Barcelona. 

592 Zaragoza. 

598 Huesca. 

599 Barcelona. 

614 Egara. 

691 Zaragoza. 


Época II: desde el siglo VIII hasta fines del XI. 


TARRAGO CAPTA. 


Disertaciones. 


1. Sobre la entrada de los árabes en esta provincia: reinado de Chintila en los Pirineos. 

2. Principio de la libertad de la provincia por Carlo Magno y Ludovico Pío.

3. Del origen y carácter de los condes de Cataluña y Aragón.

4. Cronología breve de los reyes de Aragón y de los condes de Barcelona. 

5. Restauración lenta y progresiva de las sillas episcopales de la provincia, y erección de algunas nuevas.

6. Que la mayor parte de ellas reconoció por metropolitano al arzobispo de Narbona, durante el cautiverio de Tarragona.

7. De los que con razón o sin ella fueron llamados arzobispos de Tarragona, es a saber, Cesario, Atton, Sclua y Berenguer.

8. Carácter de las canónicas antiguas, y profesión de la vida reglar Aquisgranense.

9. Introducción de la vida canónica Agustiniana en Cataluña y Aragón.

10. Antigüedad de la vida monástica en la provincia.

11. Sujeción cierta de algunos monasterios a los de Francia. 

12. Que algunos de ellos eran dobles. 

13. Introducción del rito Romano y abolición del Gótico antes del siglo XI. 

14. De la colección de cánones conservada pura en nuestra provincia, a pesar de 

su vecindad y comunicación con las de Francia. 

A esta época pertenecen los concilios siguientes. 

Año. Lugar.


799. Urgel. 

892. Ibidem. 

906. Barcelona.

947. Elna.

991. Urgel.

1027. Vique.

1062. San Juan de la Peña.

1068. Gerona.

1077. Besalú.

1078. Gerona.

1097. Gerona.

No cuento ahora los concilios que se tuvieron en algunos puntos limítrofes de la provincia, como Pamplona y Burgos; de los cuales puede tratarse si deben ser o no contados por Tarraconenses. Tampoco hago mención de varios congresos no conciliares de obispos; los cuales son innumerables, y si de ellos solos se hiciera una colección, nada perdería la historia y disciplina de la provincia. Entran en este período los concilios que se celebraron fuera de ella por asuntos que de cualquier modo le pertenecieron. Por ahora me ocurren los siguientes: 

Año. Lugar.

798. Narbona.

791. Ratisbona. 

794. Francfort.

797. Aquisgrán (Aachen) 

799. Roma. 

Estos cinco concilios trataron de la causa de Félix, obispo de Urgel.

860. Tusi.

876. Trecas. 

893. Fontanes. Portus.

907. S. Tiberio. 

911. Foncuberta.

960. Compostela.

983. Roma. 

998. Ibidem. 

1043. Narbona. 

1045. Tulujes. 

1055. Narbona. 

1056. Tolosa. 

1063. Aviñón. 

1119. Tolosa. 

1119. Rems. (Reims)

1130. Clermont. 

1134. Narbona.

En estos concilios y en otros que acaso habrá celebrados más allá de los Pirineos, no sólo se hallaron los obispos de nuestras iglesias, sino que en la mayor parte se trataron de propósito los negocios de la provincia, o se establecieron reglas para su gobierno. 

Época III: desde el año 1092 hasta 1757. 

TARRACO RESTITUTA. 

Disertaciones. 

1. Restauración de la metrópoli. 

2. Pleitos sobre la agregación de las sedes de Segorbe, Mallorca y Valencia. 

3. Desmembración de las provincias de Zaragoza, Burgos y Valencia. 

4. Que los sufragáneos concurrían a la elección del metropolitano y de la confirmación de este.

5. De la elección y confirmación de los sufragáneos. 

6. Cuando comenzaron en la provincia las reservas pontificias.

7. Derecho del metropolitano y de su capítulo para convocar concilios. 

8. Quien concurría a ellos.

9. Cuando y como se introdujo en la provincia el breviario romano.

10. Secularización de las canónicas Agustinianas en las catedrales y monasterios. 

11. Sobre la causa de los templarios Tarraconenses.

12. Que la unión de la corona de Aragón a la de Castilla fue causa de que en la provincia Tarraconense se celebrase mayor número de concilios. 

13. Del cisma del papa Luna por lo tocante a esta provincia. 

Los concilios que a esta época pertenecen son muchos, y digo solamente los ciertos e indudables que hasta ahora he podido averiguar. Algunos de ellos sólo fueron convocados con motivo del reparto del subsidio en la provincia; mas aun de estos es rarísimo el en que no se mandase una u otra cosa concerniente al orden eclesiástico. Que ya que se juntaban los padres, era muy natural que no desaprovechasen la reunión; a la manera que no es inútil el sínodo anual que todavía se celebra en la iglesia de Gerona como por costumbre; la cual es muy justo que se conserve, no sólo por la gloria que resulta a aquella iglesia de ser acaso la única del mundo que guarde este uso saludable y antiquísimo, como por el bien que debe seguirse de la frecuente unión de todos los pastores. Mas vuelvo a mis concilios, de los cuales pondré no más que los años de su celebración por abreviar. 

1146. 1180. 1229. 1230. 1239. 1240. 1242. 1243. 1244. 1246. 1247. 1248. 1249. 1251. 1253. 1257. 1266. 1273. 1279. 1282. 1291. 1294. 1295. 1302. 1305. 1310. 1312. 1313. 1317. 1318. 1323. 1329. 1330. 1336. 1337. 1339. 1341. 1354. 1357. 1367. 1369. 1378. 1391. 1395. 1406. 1415. 1518. 1424. 1429. 1456. 1517. 1523. 1529. 1530. 1534. 1536. 1539. 1541. 1543. 1546. 1551. 1554. 1556. 1560. 1564. 1567. 1569. 1572. 1574. 1577. 1584. (pone 1684) 1587. 1591. 1598. 1602. 1603. 1607. 1613. 1618. 1623. 1625. 1630. 1636. 1637. 1654. 1659. 1664. 1670. 1678. 1685. 1691. 1699. 1712. 1717. 1722. 1727. 1733. 1738. 1745. 1752. 1757.

¿Qué te parece de la tela que acabo de urdir? Pues yo te aseguro que para cumplir lo prometido bien podrá faltarme el tiempo y más ciertamente la habilidad, pero no los materiales, que los hay abundantísimos, así de lo que ya está impreso, como de lo que no lo está. Y es de creer que al tiempo de ir ordenando esos cabos, se ofrezcan otros que ahora no me ocurren. A estas y otras empresas arduas me obliga el amor de la patria, a quien con toda verdad digo muchas veces lo que Horacio a otro objeto (Carm. lib. IV. od. 3.) 

Quod spiro, et placeo, si placeo, tuum est.

A Dios, hasta la otra en que volveré a mi catálogo de obispos.