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miércoles, 15 de febrero de 2023

Carta CXXXIV. Noticia de la Santa metropolitana iglesia de Tarragona después de su restauración.

Carta CXXXIV. 

Noticia de la Santa metropolitana iglesia de Tarragona después de su restauración. = Cuándo y cómo se introdujo en ella la vida reglar: no la instituyó San Olaguer. = Memoria de algunos de sus primeros canónigos: su número, admisión, hábito, rito en los divinos oficios, etc. = Origen y supresión de la dignidad de la prepositura. = Reforma de esta iglesia por el Papa Luna: su titular Santa Tecla. = Forma que se guardó antiguamente en la elección de sus Prelados. = Preeminencias de su Capítulo. = Varias costumbres rituales del siglo XVI y posteriores.

Mi querido hermano: No es menester prevenirte que acerca del estado antiguo de nuestras iglesias poco o nada podré yo añadir a lo que han dicho nuestros historiadores, señaladamente los sabios autores de la España Sagrada. Harto haré, siguiendo sus pisadas, en examinar algo del estado moderno, y esto como viajero que no tiene por objeto principal escribir la historia de cada iglesia, sino recoger los documentos de sus archivos. Mas con erta ocasión ¿quién podrá dejar de referir lo que las ilustra y engrandece, y más si ha costado algún trabajo el encontrarlo? Así que hablaré de la santa metropolitana iglesia de Tarragona después de su restauración, pues a este estado pertenecen todos los documentos que se conservan en sus archivos. Y aunque esta época pueda fijarse con razón en los fines del siglo XI, como diré de propósito en el catálogo de sus Arzobispos; mas como los dos primeros, es a saber, Don Berenguer de Rosanes y San Olegario, retuvieron al mismo tiempo el uno la silla de Vique y el otro la de Barcelona, y ambos pontificados estuvieron trabajados con las correrías de los Moros, que apenas dejaban sosegar a los moradores de Tarragona, no pudieron entender en el orden de la iglesia que renacía, restaurando en ella su decoro antiguo; especialmente San Olegario, persona tan principal en su tiempo; anduvo ocupado en negocios gravísimos que le separaban con frecuencia de su metrópoli; tanto que en el año 1128 se vio precisado a hacer donación de Tarragona y su campo a Roberto de Culcio, Burdet o Aguilón (que con todos estos nombres es conocido) para que los protegiese y poblase (a: Ap. núm. III. ); donación que costó cara a los Arzobispos, como lo veremos en su catálogo. Pues digo que hasta la muerte de San Olegario no nos consta de la forma que tuvo su clero, ni de cosa alguna que hiciese perteneciente a la constitución interior de la iglesia. En la misma ignorancia estamos respecto del sucesor Don Gregorio, quien por su breve pontificado no dejó de esto ninguna memoria.

El principio del nuevo orden de esta iglesia en su estado moderno se debe al célebre Prelado Don Bernardo Torts, el cual tampoco logró poner en práctica sus sabias ideas hasta que el Conde de Barcelona Don Ramón Berenguer IV, conquistando a Tortosa y Lérida, alejó de estas comarcas las armas de los Sarracenos (N. E. Olé tus huevos, tocayo. Los Moros de Tarragona, cuando vieron las barbas cercanas pelar, no pusieron las suyas a remojar, sino que se largaron por mar; no fue la cosa tan fácil como la pinta aquí el autor Villanueva). Entonces, libre ya de aquel sobresalto, pudo volver a su iglesia toda la atención que antes se llevaban los ejércitos y expediciones contra infieles. Fue así que en el año 1154 hizo la primera ordinación de su clero, estableciendo la vida reglar de San Agustín, y mandando observar los usos y costumbres de la iglesia de San Rufo. Imitentur, dice, morem et consuetudinem ecclesiae S. Ruphi in devotione ecclesiastici officii, in victu cotidiano et in habitu clericali. Manda que el Arzobispo instituya un Prior claustral, y que sean admitidos a la congregación cuantos lo pidieren. Para habitación de los canónigos les da la fortaleza que estaba edificando, en la cual pudiesen defenderse de los insultos de los Moros que infestaban estas costas. Juntamente les dio una capilla pegada a la fortaleza con todas las oficinas necesarias a la vida reglar, dormitorio, cocina, refectorio, capítulo, graneros y otras. 

Para el sustento les dio la mitad de las décimas, hornos, viñas, etc., de la ciudad y término de Tarragona, según lo fijó el Conde Don Ramón en la donación que hizo a la iglesia de Santa Tecla. Manda que las misas mayores que se cantaban en los días festivos a la hora de tercia, se celebren en la iglesia de Santa Tecla, donde también se celebren los concilios y las consagraciones de Obispos. Finalmente dice que si el Arzobispo quisiere comer en refectorio con los canónigos, se le dé doble ración que a uno de ellos, y que en ese caso, y lo mismo, si quisiere dormir en el dormitorio común, sólo lleve consigo un capellán. Todo esto dice haberlo ordenado de acuerdo con el Conde Don Ramón, el cual suscribió a esta constitución con el Cardenal Jacinto Bobo, Legado del Papa (que después lo fue con el nombre de Celestino III) y los Obispos Gaufredo de Tortosa, Bernardo de Urgel, Guillermo de Barcelona, Berenguer de Gerona, G. de Lérida, Pedro de Zaragoza, y otros nobles del reino. La fecha dice: Actum est hoc III. kal. novembris anno Dominicae Incarnationis M.C.LIIII., (1154) regnante quoque Leodovico Rege Juniore, anno XIX. in Francia.

De este documento, poco conocido hasta ahora, cuya copia incluyo sacada del original (a: Ap. núm. IV.), se infieren algunas curiosidades dignas de notarse. Primeramente parece cierto que este grande Arzobispo fue antes canónigo de San Rufo en Aviñón; de otro modo no introdujera aquí las costumbres de aquella iglesia. Acaso tomaron ocasión de lo mismo los que dijeron que era Francés; pero se sabe que en aquel monasterio eran también admitidos los extranjeros. En segundo lugar se ve cuán equivocada es la idea que algunos tienen de que San Olaguer fue autor de la vida reglar en esta iglesia; pues además de este instrumento, en que suena hecho el nuevo establecimiento por Don Bernardo Torts, sin hacer mención de vida reglar introducida por aquel Santo, existe la bula de confirmación que expidió el Papa Clemente III en el año 1188, donde expresamente se dice que la vida canonical de esta iglesia había sido instituida por dicho Don Bernardo. Infiérese también de aquella ordinación que los canónigos debían cada día celebrar privadamente los oficios divinos en la capilla adjunta a la fortaleza, y que sólo en los días festivos celebraban en público la misa mayor a la hora de tercia, en la iglesia de Santa Tecla. Cuál fuese aquella fortaleza, que era la canónica de aquel tiempo y su capilla adjunta, lo diré otro correo, cuando trate de la iglesia de Santa Tecla y de la catedral y otras cosas tocantes a su fábrica. 

Cinco años después de aquella primera constitución, es a saber, a 30 de junio de 1159, dio el mismo Prelado para vestuario de los canónigos con quienes vivía, la villa de Reus y la iglesia de San Fructuoso en Tarragona, que se supone era la casa del nacimiento del Santo donde han vivido los Capuchinos hasta nuestros días en que se ha derribado con motivo de la obra del muelle. Andando el tiempo confirmó ambas constituciones el Papa Alejandro III, y con mayor expresión Clemente III, de todo lo cual van copias (a: Aps. núm. V, VI, VII.). En la donación que he dicho de 1159, firman después del Arzobispo, Pedro Sacrista, Bertrán de Mediano, Pedro de Carcasona, Roberto Gineth, R. de Ribes, Bernardo de Trexa, Arnaldo de Mangons, con Raimundo, sacerdote notario del Arzobispo. Aunque lo parece, yo no creo que estos fuesen los canónigos que entonces había en esta iglesia, porque de ninguno de ellos se halla el óbito en su necrologio, como se encuentra de otros que lo eran en aquel siglo. Entre los cuales merece particular memoria uno llamado Segui (Seguí), que falleció a 6 de junio de 1170, el cual es sin duda el magister Seguinus, Embajador del Conde Don Ramón al Papa Adriano IV, como consta de la carta de aquel Príncipe descubierta por mí en Tortosa (b: V. Tomo V. Carta XXXVI.). No sé si este Segui sería el Petrus Segui, Obispo de Orense, de quien como de escritor habló Nicolás Antonio en su Bibl. vet., que floreció poco más de la mitad del siglo XII, aunque le supone o Francés o Portugués. Nada decido: sólo quiero llamar la atención de los literatos. Dicen que Don Bernardo trajo consigo algunos canónigos de San Rufo. De este número pudo ser Rogerio, que murió a 3 de enero de 1159. Pero con el dictado de San Rufo sólo hallo a un Durando que firmó la donación que Don Bernardo hizo a Roberto, Príncipe de Tarragona, en 1148 (a: Ap. núm. VIII.).

No es extraño que en aquellos tiempos fuese muy reducido el número de canónigos, cuando aun las más amplias donaciones no producían lo que ahora una heredad regular. Con el tiempo y con la mejora de la agricultura y de las artes y aumento de la población se aumentó también aquí el número de canónigos hasta treinta por decreto de Juan, Obispo Sabinense, Legado del Papa, a los principios del siglo XIII. De este tiempo es la postulación hecha al Papa Inocencio III para que confirmase en Arzobispo de Tarragona a Don Sparago, en la cual además del Prepósito, Arcediano, Camarero, dos Sacristas, Prior claustral, Chantre y Obrero, firman otros muchos que aunque no se llaman canónigos, lo eran sin duda alguna (b: Ap. núm. IX.). Debían serlo también los que ejercían estos oficios, que no podían conferirse a clérigos seculares, según una constitución de Don Berenguer de Villamuls (: Vilamuls) hecha en 1193 (a: Ap. núm. X.). A las quejas que sobre esto hubo, por no ser tantas las rentas que bastasen a la manutención de tan crecido número, ocurrió el Papa Gregorio IX, encargando en el año 1252 al Abad y Prior del Monasterio de Santas Cruces que examinasen la verdad de estos hechos (b: Ap. núm. XI.). Todavía estaba por cumplirse aquel decreto en los tiempos de Inocencio IV, de quien se conservan dos cartas instando la ejecución. Para admitir a un canónigo nuevo era necesario el consentimiento de todo el Capítulo; y la resistencia de un solo individuo le excluía. Quitó esta costumbre, que no era peculiar de Tarragona, su Arzobispo Don Pedro de Albalat en 1248, reduciendo estas elecciones a la clase de canónicas. Los canónigos antiguamente vestían sobre la ropa talar interior, sobrepelliz con capa que se llamaba canonical. Esta era la costumbre de la iglesia de San Rufo, que mandó observar aquí el Arzobispo Don Bernardo; y de esto queda memoria en el rito, para admitir a los novicios cuya copia incluyo (c: Ap. núm. XII.), donde se lee: Novitius volens indui superpellicio prius rasus et tonsus, indutus ceteris vestibus, quae ad canonicum pertinent, praeter capam et superpellicium, cum saeculari capa venit ad capitulum etc. En la bula de reforma de esta catedral que expidió el Papa Luna en 1410, se supone que el vestido usual de sus canónigos, era la sotana de color oscuro y talar con mangas ajustadas y sobrepelliz, añadiéndose la capa en ciertos tiempos del año para los oficios; allí se establecen otras leyes sobre esto, de lo cual te informarás con la lectura de dicho documento (a: Ap. núm. XIII.). 

No hallo que secularizada esta iglesia en 1530 (b: Ap. núm. XIV.) hubiese alguna mudanza en los hábitos canonicales como parecía regular; sólo sé que en 1594 por el mes de abril, resolvieron los canónigos vestir armiños con hábitos de escote o estameña fina, y que los usaron por primera vez el día de San Fructuoso de 1595. En el siguiente dicen que se recibió aviso de haberles concedido el Papa que vistiesen como los canónigos de San Pedro de Roma. Y en efecto, así sucede. En orden a los oficios divinos, ya he dicho que Don Bernardo introdujo aquí los usos y costumbres de San Rufo de Aviñón. Cosa que nadie extrañará sabiendo que el otro Don Bernardo, primer Arzobispo de Toledo, introdujo en España hasta el estilo de la escritura francesa. 

El nuestro es excusable, porque teniendo derecho para escoger el rito que le pareciese más oportuno, y resolviéndose a vivir con sus canónigos, parecía regular que le siguiesen en el rito a que estaba acostumbrado, así como le imitaban en la profesión. La única memoria que he encontrado de esto, se halla en un Martirologio de esta iglesia, manuscrito en el siglo XV, donde después de poner la Praetiosa según el rito actual, añade en artículo separado: Modus dicendi Praetiosa tempore antiquo, et secundum consuetudinem ecclesiae S. Ruphi. De donde se infiere también que ya entonces habían dejado aquel rito, adoptando el que generalmente se observaba en estas provincias.

También queda dicho que se mandó observar la costumbre de San Rufo en la comida. Pero concluidas con el tiempo las nuevas oficinas de la canónica, hallo que a principios del siglo XIV, se hicieron estatutos para el refectorio, necesarios para el régimen de una casa reglar. En su lectura he visto que ya se había dispensado entonces en aquella tan estrecha condición que puso Don Bernardo para cuando el Arzobispo quisiese comer en refectorio, que fue la de entrar sólo con un capellán (a: Hállanse estos estatutos en el archivo de esta Santa Iglesia).

El capítulo XXVI dice así: Qualiter debeat provideri Archiepiscopo quando comedit in canonica. “Deven donar al Archabisbe tota vegada que menuch en la canonge a la sua escudela dos canongies de totes coses, e asos (:a sos, sons; sus; els seus) companyons una capellania, e asos clerges entre dos una capellania, e asos escuders entre quatre una canongia, e asos troters entre sis una capellania de companatges, e pa e vi aytant com meniar e beure puxen a dinar tan solament.” 

Y ya que se ofreció decir esto, añadiremos el capítulo XXXII, cuyo título es: In die S: Nicomedis: Item aquest día comensa Nicomedis, e no dona per sopar sino tres dies la setmana, ço es a saber, dicmenge, dimarts e dijous, tro a carnestoltes.” Este era el tiempo de abstinencia desde Santa Cruz de septiembre hasta la semana antes de Adviento, a la cual llama de Carnestoltes, aludiendo a la práctica general entonces en casi toda la Iglesia occidental, y que aún hoy día subsiste en Oriente, de no comer carne (carnis + tolere : tolre) ni lacticinios en todo el Adviento; por cuya causa, como advierte el Cardenal Baronio, se llamaba el Adviento en algunas provincias la cuaresma de San Martín.

Como el Arzobispo Don Bernardo no habla en su constitución más que de crear un Prior claustral a cuyo cargo esté la corrección de los canónigos y oficiales del convento, es de creer que no se pensase entonces, ni sea de aquel tiempo la dignidad de Prepósito, tan famosa y principal en esta iglesia. Pero no tardó mucho en crearse, pues ya en 1193, en una constitución del Arzobispo Don Berenguer Villamuls de que hablaré en él Catálogo de los Arzobispos, firmó Johannes Terrac. eccl. Praepositus después del Arcediano R. de Rocaberti; y aun antes de esto, en 1164, el Papa Alejandro III concedió ciertas indulgencias al Prepósito y Capítulo. Todo lo hallarás comprobado en los documentos que van para la colección. Pertenecía a este oficio el cuidado de las temporalidades, del cual se exoneraban voluntariamente los que se consagraban a Dios en la vida reglar: por esta y otras causas era de mucha consideración así en rentas como en preeminencias. Entre las cuales una era que cuando las elecciones de Prelados se hacían por compromiso, el Prepósito era el único vocal nato. Así consta del instrumento de elección del Arzobispo Don Benedicto Rocaberti en 1251 (a: Ap. núm. XV.). Convocaba también el Prepósito a los sufragáneos para estas elecciones como primera dignidad del Capítulo, de suerte que siempre se decía: Praepositus et Capitulum ecclesiae Tarraconensis. El Papa Luna, que obtenía la dignidad de Camarero de esta iglesia, y durante sus tribulaciones encontró en ella buena acogida, viendo en la prepositura algunos abusos dignos de reforma, la suprimió aplicando sus rentas a las doce dignidades restantes, e imponiendo a estas la de dar cada una por meses cincuenta reales a cada canónigo, treinta a cada uno de los comensales, etc. Este nuevo plan se hizo cuando falleció el último Prepósito Don Guillermo Gramatge, que fue a 10 de octubre de 1410, según consta del necrologio. Por aquí empezó el citado Luna a autorizar la inobservancia de la vida reglar; a esto añadió la facultad de testar y la abolición de refectorio y dormitorio en un reglamento hecho a 5 de noviembre siguiente, que intituló: Reformatio ecclesiae in temporalibus et spiritualibus. Mas porque con la turbación de los tiempos no se tuviese por desautorizada esta alteración de la disciplina, se procuró que todo lo dispuesto fuese confirmado por el concilio Constanciense, electo ya Martino V. Desde esta época fue desapareciendo la observancia regular, hasta que en 1530 se logró la bula de secularización, sesenta y dos años antes que se efectuase en las demás iglesias reglares de este principado. Contribuyó a esta anticipada determinación el favor y cabida que tenía con el Papa Clemente VII Don Nicolás Burguera, alias Marcilla, canónigo de esta iglesia y Arcediano de Villaseca. Aun entonces no salieron los canónigos de la pobreza en que los dejó el Papa Luna, con lo cual hubo motivo para varias quejas contra las dignidades que crecían en rentas con el crédito de los frutos. Remediose este mal en 1768, suprimiendo para el efecto algunas dignidades. Faltaban ya entonces las de Pavordre, Camarero, Sacrista, Capiscol y Arcediano de San Lorenzo. Poco después se suprimió el arcedianato de San Fructuoso, el cual pasó a la iglesia de Iviza, erigida en 1782. En orden al titular de esta catedral, es de saber que, en el nicho principal del retablo mayor, se halla una imagen de nuestra Señora, con el niño en los brazos, y en la mano derecha una azucena; y aún se cree que en el que había antes que se hiciese el nuevo, hacia los años 1429, se veneraba la imagen de esta Señora, que ahora es conocida con el título del Claustro. Efectivamente, el Papa Luna, en la bula de reforma, impone al Arcediano de San Fructuoso la carga siguiente: et pro centum cereis qui ardere debent ante altare B. Mariae ecclesiae Tarraconensis, triginta libras cum integritate persolvat. Semejante obligación pone al Arcediano mayor. Aun antes de esto, en 1388, hizo el Arzobispo Don Íñigo Valterra una constitución, en que manda que todos los canónigos y dignidades, dentro de los diez días de tomada posesión de su prebenda, den un cirio, de peso de seis libras a lo menos, para que arda sobre las rejas del coro en los sábados y festividades de la Virgen. Todo esto indica que el altar de nuestra Señora no era un altar particular, sino el principal o mayor. Mas aunque esto sea así, yo creo que el origen y motivo de ello fue la ardiente devoción de los Reyes de Aragón para con esta Señora, y la que tuvieron los Prelados y cabildo de esta iglesia.

A pesar de esto, es indubitable que el nombre con que ha sido conocida la iglesia Tarraconense desde los primeros siglos, nunca fue ecclesia Sanctae Mariae, sino Sanctae Teclae. De lo cual son pruebas la carta del Rey Don Jaime II al Rey de Armenia pidiéndole una reliquia de esta insigne Mártir, y la bula del Papa Gelasio II concediendo en 1118 a San Olaguer que usase del palio en la festividad de Santa Tecla, contándola entre las principales de Tarragona. Sobre estos documentos, de que para prueba de esta verdad se valió el P. Flórez, hay en este archivo otros muchos que no tuvo presentes aquel docto escritor. El Conde Don Ramón Berenguer III, en la donación de Tarragona que hizo a San Olaguer y sus sucesores, dice: trado ecclesiae Sedis Tarraconensis, quae in honore Beatae Teclae Virginis olim fundata fuit, etc. Fue esto en el año 1117, donde se ve la tradición común por entonces de que dicha Santa había sido la titular de la antigua iglesia; y como esta se halla tan próxima a los pueblos donde, o no entraron, o dominaron muy pocos años los Moros, es fácil entender cómo pudo durar esta noticia hasta los tiempos del citado Conde. (N. E. Recuerden ustedes que Tarraco está pegada al mar. Ni los romanos ni moros entraron volando. Los puertos de mar eran clave para defensa, y ataque.) Siguiendo esta tradición, los Prelados de Tarragona después de su restauración no le señalaron otro titular. Así vemos que instituyendo el Arzobispo Don Bernardo la vida regular en 1154, dijo: instituo, ut in cathedrali ecclesia Sanctae Teclae, quae Tarraconensis provinciae caput esse dignoscitur. Y hablando más abajo de la iglesia de este nombre, manda que en ella se celebren las misas mayores en los días solemnes, y los concilios y consagraciones de Obispos, que son los actos de catedral y metropolitana. Por una consecuencia de esta tradición y precepto, los Obispos sufragáneos hacían su juramento de fidelidad y obediencia al metropolitano, bajo esta fórmula: promitto obedientiam Beatae Teclae, et sanctae ecclesiae Tarraconensi, et tibi N., etc. De esto he hallado en el archivo algunos ejemplares. En el siglo XIII llegó a ser formulario común, en los que se conservan originales de principios del siguiente, aun antes de traerse aquí la reliquia del brazo de la Santa Mártir, que fue en 1323. Por donde se echa de ver que la traslación de tan insigne reliquia, lejos de haber sido causa del título, fue efecto de él y de la ardiente devoción con que quisieron resarcir la pérdida de otra suya que antiguamente debieron poseer, sin lo cual no pudieran edificar templo a su nombre. Añádese a esto la prueba que resulta del sello y armas que siempre ha usado esta iglesia, en el cual nunca figuraron la imagen de María Santísima, como lo hicieran, si ese fuera su título, sino sola la letra Thau de los antiguos Hebreos, en esta forma: T, que es la inicial del nombre Tecla, la cual he visto tejida en las banderas que sirvieron para la conquista de Iviza, que aún existen, y aún ahora la llevan sobre sus ropones los niños que sirven en los ministerios inferiores de la iglesia.

En las elecciones de los Prelados hubo lo que en todas las iglesias de España hasta que se declaró el patronato real. En 1195 el Papa Celestino III expidió la bula de confirmación de esta catedral, en que manda se observe en ella la forma de elección canónica o uniforme o de la mayor parte de los electores. Estos eran todos los individuos del Capítulo y además los Obispos sufragáneos a quienes convocaba el Prepósito para el día que había fijado el Capítulo. He visto en este archivo del 1234 una protesta del Obispo de Barcelona por no haberle convocado el Prepósito a la elección de Arzobispo. Con el fin de que las elecciones fuesen más pacíficas, solían hacerse tal cual vez por compromiso, para lo cual elegía el Capítulo tres individuos de su gremio, los cuales nombraban dos del mismo cuerpo para electores, junto con el Prepósito, que lo era nato. 

A estos tres vocales se agregaban dos de los Obispos sufragáneos, elegidos también por el Capítulo, y juntos los cinco elegían canónicamente el Arzobispo. Todas estas formalidades constan del instrumento de elección de Don Benedicto Rocaberti por muerte de Don Pedro de Albalat, el cual he copiado para este fin y por otras cosas.

En las elecciones de los sufragáneos no hallo cosa que añadir a la costumbre sabida de aquellos tiempos, sino que los Cabildos de las catedrales solían escribir al de la metropolitana a fin de que intercediese con el Arzobispo para que confirmase sus elecciones; y este Cabildo tomaba sus informaciones secretas de las calidades del electo, y asistía por medio de sus representantes a la consagración con los sufragáneos.

Estos prestaban el juramento de obediencia al Metropolitano super altare S. Teclae, y no pudiendo venir personalmente lo prestaban por medio de procurador. Hay en este archivo un cajón donde se conservan muchos documentos originales de estos actos pertenecientes a los siglos XII, XIII y XIV, aun después que comenzó (comenzaron) a estar en su vigor las reservas pontificias. Entre ellos es notable el del Obispo de Huesca Vidal de Canellis, que jura obediencia Archiepiscopo venturo, prid. id. febr. 1237 (38). Con esto se entenderá que no por estar vacante la Sede metropolitana dejaban de confirmarse las elecciones de los sufragáneos. Los Capítulos de Huesca y Jaca, electores de este mismo Obispo, escribieron a Ferrer, Prepósito, y al Capítulo de Tarragona, rogándoles que se consagrase el Obispo Vidal por los Obispos de Lérida y Vique. La data es XIIII. kal. martii in claustro Oscensi, anno Dni. M.CC.XXXVII. (38), cuatro días después que el Obispo prestó su obediencia en Tarragona. En el mismo instrumento se hallan firmados el Prepósito y canónigos de esta iglesia en prueba de que admitían la súplica. La acción que en esta parte tenía el Capítulo Sede vacante no se ve más claro en la elección del Obispo de Tortosa Don Berenguer de Prato, hecha en 27 de octubre de 1316, la cual confirmó Gaufrido de Cruilles, Prepósito de Tarragona, y en su consecuencia juró el electo super altare B. Teclae, día 5 de diciembre inmediato, siendo testigos Ximeno, Obispo de Zaragoza, y G. de Lérida (ibid). Otro ejemplo. El Obispo electo de Urgel, Don Pedro de Urgió, prestó la obediencia canónica Dno. meo futuro Archiepiscopo, día 29 de diciembre de 1269, y en el mismo día fue consagrado con la autoridad de la iglesia de Tarragona por el Obispo de Vique Raimundo, que firma la escritura (ibid) con estas palabras: Ego Raimundus Dei gratia Vicensis Episcopus, qui auctoritate ecclesiae Terraconensis, Sede vacante, praedictum Episcopum, consecravimus, assistentibus mihi Dnis. A. Barchin. et B. Dertus, Episcopis. En 1334 todavía confirmó el Prepósito al Obispo de Gerona, Gilaberto de Cruillas, electo por el Capítulo. Aunque ya entonces las reservas pontificias estaban tan introducidas que el Papa anuló todo lo hecho y proveyó de nuevo la misma Silla en el mismo electo. Otras preeminencias tenía el Capítulo de esta metropolitana; y por lo que toca primeramente a la facultad de oír en Sede vacante y juzgar las causas en apelación de los sufragáneos, aunque es cosa del derecho común, creo que no comenzó esta iglesia a entrar en posesión de él hasta después del año 1181 en que fue electo Papa Lucio III, que fue el que les concedió esta facultad (a: Las facultades que tenían los Prepósitos y el Capítulo de Tarragona en Sede vacante, quedan ya probadas por extenso en la carta antecedente.) 

Su breve no tiene fecha de año, y así no se sabe fijamente cuándo se recibió esta gracia. Convocaba también el cabildo en Sede vacante a concilios provinciales, de lo cual quedan muchas pruebas en los procesos de concilios celebrados en el siglo XVI, que omito por no molestar. Los Obispos sufragáneos protestaron después esta jurisdicción, mayormente a principios del siglo XVII, cuando ya en los concilios se trataba de repartimiento de subsidio y excusado. Pero siempre los Arzobispos han convocado expresando la cláusula de consensu Capituli Tarraconensis, y en 1569 Don Guillermo Cazador, Obispo de Barcelona, que se hallaba con facultad real y con poderes de su Metropolitano el Sr. Cervantes para convocar a provincia, no lo hizo sin contar antes con este Capítulo, y así lo expresó en la convocatoria.

Después de estas noticias de la constitución interior y preeminencias de esta iglesia, será bien añadir la de algunas costumbres suyas, aunque en parte ya abolidas, cuyo conocimiento, adquirido en el examen de códices y actas capitulares, puede interesar mucho a los aficionados a la historia de los ritos de nuestras iglesias. Y comenzando por la misa, usábase en el siglo XVI al tiempo de alzar poner una cortina o dosel de tela negra pegada al altar, para que con la contraposición del color fuese la hostia mejor vista del pueblo. Así es que un canónigo Cardona en 1563 regaló una de estas cortinas y el cabildo la aceptó. Según he oído al Sr. Don Carlos de Posada, dura todavía esta costumbre en Oviedo y en otras partes de Castilla. Por el mismo tiempo se había ya introducido la costumbre de cantarse algunas letras durante la elevación de la hostia y cáliz, la cual subsistió a pesar de las instancias que hicieron algunos doctos y celosos individuos y aun Prelados de esta iglesia. El señor Arzobispo Teres pidió que ni aun el órgano se tocase en aquel acto. Hasta el año 1573 se hizo la bendición de ramos en la dominica de este nombre fuera de la ciudad, en la iglesia de San Fructuoso: cosa muy común entonces y ahora desusada, en que se representaba con más expresión el misterio de aquel día. En la noche de Navidad había Sibila, como ya dije de Valencia, aunque acaso aquí más bien era una representación o escena o comedia. De esto pudo nacer el uso de los villancicos en aquella noche, que todavía dura en muchas catedrales; y siempre será una práctica ajena del espíritu de la iglesia, aunque estén reformadas aquellas composiciones por el buen gusto de poesía y música, como lo están en Valencia y otras partes. Así es que cesó aquí la función que llamaban Entremesos el día de Santa Tecla, y que consta se representaban en el siglo XV. A 16 de junio de 1572 se resolvió que en el verano se celebrasen los oficios de suerte que se concluyesen a las nueve y media, iuxta antiquam consuetam ut valeant ad prandium ire. Decíase hasta entonces la nona por la tarde antes de vísperas, haciendo una breve pausa intermedia; poco después se quitó. En 1570 hallo que la cofradía de clérigos pidió como una distinción que se tocase la campana en los viáticos y unción de alguno de sus individuos, de donde vino a ser común esta costumbre. A 9 de enero de 1613 resolvió este Capítulo no admitir a ningún delincuente que se refugiase en la catedral, y el que entrase en ella fuese echado fuera. Debo observar que esta resolución tan opuesta al derecho antiguo del asilo eclesiástico, pudo ser ocasionada de la resistencia que hacían los cónsules y pueblo de Tarragona en aquel tiempo a la jurisdicción que la iglesia tenía sobre la ciudad y su campo, de lo cual se hablará en el pontificado del Arzobispo Don Juan de Moncada. En 1576 a 21 de mayo se mandó restituir a su antiguo lugar fijo la mesa del pan bendito, y que no se llevase de un lugar a otro. En este género y en prueba de que el día de Ánimas se llamaba dia de partir lo pa, queda aún hoy la costumbre en esta catedral de que a la hora de completas después de las vísperas de difuntos entran en el coro dos curados con sendas cestas y reparten tortas a todos los residentes: lo mismo se repite al otro día a la hora de nona.

De estas y otras cosas semejantes acaso se dirá más en otros correos, singularmente cuando pueda enviar el Archiepiscopologio que estoy acabando de ordenar, donde más de lleno se puede descubrir la historia de esta iglesia. En todo ello he debido mucho a la ilustración del señor Don Carlos González de Posada, canónigo de esta metropolitana, individuo de la Academia de la Historia y comisionado por este cabildo para asociarme en mis especulaciones, las cuales no sé si terminarán con la prosperidad que han comenzado. Entre tanto allá va esa porción de papeles y noticias. A Dios. Tarragona, etc.

domingo, 24 de julio de 2022

Tomo 6, apéndice 8, institutio XII praepositurarum ecclesia Ausonensi

VIII.

Institutio XII. Praepositurarum in ecclesia Ausonensi, anno MCLXXVI. (1171) (V. pág. 63.) 

Ex arch. episc. Vicen. 

Pateat cunctorum notitiae, quod institutio ista ad utilitatem canonicae facta est a Petro Dei gratiâ Ausonensi episcopo, R. eiusdem sedis archidiacono, P. sacrista, G. Primicherio, consilio et assensu totius capituli. Institutum est igitur publice, ut XII. praepositi habeant, et teneant, et servi... omnibus diebus vitae suae sine omni fallimento XII. praeposituras XII. mensium secundum bonam et fidelem consuetudinem nostrae... ita videlicet, ut nullus praepositorum pretendat occasionem aliquam grandinis, nebulae, vel cuiuscumque ten... aut fallimenti ad diminutionem servicii canonicae, nec possint dimittere praeposituras in vita sua... gerit eos proprietati renunciare, vel sanctum sepulcrum visitare. Si vero aliter quam dictum est, aliquis praeposituram vo... mittere, prius servicio cum omni integritate facto, XX. moabetinos bonos capítulo persolvat, quos cum per... vacanti habeat ipse, cui capitulum eam commendaverit secundum modum superius comprehensum, et denunciet... cae se dimissurum inter Pascha et Penthecosten. Nomina autem praepositorum sunt haec: episcopi cum praepositura Martii... Bachonis cum praepositura Aprilis, Raimundi de Avinione cum praepositura Maii, Petri de Tavertet, et Raimundi de Medaia cum praepositura Iunii, Bernardi de Tennis cum praepositura Iulii, Raimundi de Podiata cum praepositura Augusti, Berengarii de Salliforis cum praepositura Septembris, Berengarii de Villanova cum praepositura Octobris, Raimundi de Villagelans cum praepositura Novembris, Petri de Vivario cum praepositura Decembris, Guillermi primicherii cum praepositura Ianuarii, Bertrandi de Castellari cum praepositura Februarii. Praedicti vero praepositi percipiant et habeant, et equis portionibus habeant, et dividant omnes aperturas et laxationes, tam in honore quam in pecunia, sive in aliis rebus, quas quibuscumque modis hodie habet vel habitura est canónica, salvis antiquis censibus cuicumque praepositurae vel personae assignatis, et salvis defunctionibus huius villae, et totius parrochiae Sancti Petri Vici, quae maneant sicut constitutae sunt Si qua autem persona canonicanda pecuniam certam in auro vel argento canonicae contulerit, arbitrio capituli reservetur ad honorem comparandum, et inter praepositos dividendum. Sit etiam licitum praepositis redimere honores, ubicumque fuerint pignori obligati, ad canonicam pertinentes. Constitutum est itaque in capítulo, ut nisi consensu praepositorum numerus canonicorum ultra XL. non augeatur. Praeterea statutum est, ut Pistor cano... et coquus, et portarius in capítulo iuramentum faciant ad fidelitatem conservandam toti capítulo et praepo... in emendis necessariis, quam in dividendis. Convenerunt etiam et promisserunt praedicti praepositi in... episcopi, et audientia totius capituli, in verbo veritatis et nomine iuramenti, quod sint in omnibus ad ca... pertinentibus fideles et in bona pace, et sine omni contradictione faciant servicium canonicae prae... tum. Si quis hoc dirumpere praesumpserit, agere non valeat, sed sicut superius expresum et ordinatum est, firmum... neat omni tempore. Quod est factum Kalendis Aprilis anno XXXVIIII, regni regis Lodovici Iunioris. = Petrus Ausonensis episcopus subscribo. = Signum Guillermi Vicensis primicherii. = Raimundus de Medaia hoc firmo. = Signum Petri de Villanova +. = Sig+num G. de Vivario. = Berengarius diaconus. = Bonus sacerdos. = Scriptis subscribens annuit Haimo libens +. = Arnallus subdiaconus. = .. de Salliforis. = Iohannes Bachonis + levita. = Bernardus sacerdos +. = Petri de Tavartet sacriscrinii subscribo. = Raimundus praepositus. = … adest testis confirmans scripta fidelis +. = Raimundus sacerdos subscribo. = Bernardus de Villagranata firmo +. = Bernardus de Castellar +. = Bernardus clericus. = Sig+num Petri de Rivo Petrarum. = … sacerdos qui hoc scripsit die et anno quo + supra, cum litteris rasis et emendatis in II, III, et XIII. 

martes, 31 de mayo de 2022

CARTA XX. Prosigue la misma materia.

CARTA XX. 

Prosigue la misma materia. 

Mi querido hermano: No me detendré en averiguar aquí la época cierta de las reservaciones pontificias: punto oscuro por la lentitud con que se fue alterando esta parte de la disciplina, consintiendo en ello algunos de nuestros Reyes, y resistiendo otros. Lo que sé es que en esta Iglesia comenzó esta práctica a mediados del siglo XIV por haber fallecido in Curia el último Obispo. Duró esta reservación hasta los tiempos de Adriano VI, en que quedó adjudicada la provisión de obispados al Patronato Real. De fines del mismo siglo XIV he visto aquí provisiones del deanato y otras dignidades hechas por el Papa, porque vacaron intra dietam. Vamos pues con mi narración adelante. Al último Obispo D. Fr. Sancho Dull, de que hablé en mi Carta anterior, sucedió XIII. D. Elías, francés de nación, de la diócesis de Perigeux (o Petragoriense), residente en Aviñón. Fue elegido por el Papa Inocencio VI en el mes de Abril de 1357. Este Obispo es distinto de otro Elías, Cardenal francés, y residente en la corte de Aviñón, que fue juez en las instancias del nuestro para completar la obra de su antecesor. En los seis años de su pontificado dejó algunas memorias de su celo e ilustración, así en el aumento a canonicatos y creación de oficios, que ya dije en la Carta XVIII, como en el sínodo que celebró el año 1358 en Castelfabib, donde se venera el cuerpo de un S. Guillermo que muchos creen ser el de Aquitania, de lo cual hablaremos otro día. Murió este Prelado el año de 1363 en la provincia de Tolosa (Toulouse), donde ejercía el oficio de Nuncio del Papa Inocencio VI. 

XIV. Sucedióle D. Juan de Barcelona, elegido por Urbano V el mismo año; mas no pudo servir tranquilamente su oficio hasta el año 1366, en que fueron arrojadas de Segorbe las tropas de D. Pedro el Cruel. En el siguiente a 21 de Mayo celebró sínodo en la misma ciudad. En Mayo de 1370 le trasladó Urbano V a la silla de Huesca. Una de las cosas que más le agradece esta Iglesia, es la diligencia que puso en recobrar todos los papeles que Don Sancho Dull había dejado en Aviñón pertenecientes a los intereses de la diócesis.

XV. En Julio del mismo año trasladó el dicho Papa a D. Íñigo Valterra de la silla de Gerona a esta de Segorbe. Así el Señor Pérez como Villagrasa refieren con extensión los acontecimientos de este pontificado. Apuntaré lo de mayor interés a la historia de España. Tal es la embajada de este Obispo con su hermano Andrés Valterra al Papa Gregorio XI, pidiéndole la investidura del Reyno de Sicilia para el Rey de Aragón D. Pedro el IV (a: Véase Zurita Annal. lib. X. cap. 23.). Fue esto en 1377; y muriendo en el siguiente dicho Pontífice, sufrió nuestro Obispo el daño de no poder terminar la causa que litigaba contra el Obispo de Valencia D. Jayme de Aragón sobre los pueblos del río Mijares. Mayor herida recibió la Iglesia universal con esta ocasión por el cisma entre Urbano VI y Clemente VII. La indiferencia en que se mantuvo largo tiempo el Rey de Aragón dio ocasión a que nuestro D. Íñigo, trasladado por el Papa Clemente a la Iglesia de Tarragona el año de 1380, no pudiese tomar posesión de su nueva silla hasta el de 1387, reservándose en estos siete años el gobierno de la de Segorbe con el título de electo Tarraconense. En tiempo de este Prelado se cree haber predicado en Segorbe S. Vicente Ferrer llamado por el Infante D. Martín (futuro Martín I, que murió en 1410, y después vino el Compromiso de Caspe), entonces señor de esta ciudad, como lo da a entender la carta del Santo, de que hace mención en su vida el Maestro Antist (cap. 14.). Fundóse también por entonces junto a esta ciudad la Cartuxa de Val de Cristo, de que hablaré adelante. Otras dos cosas hizo este Prelado, en que cada cual halla que alabar o que censurar según sus ideas. La una fue crear una nueva dignidad, llamada Prepositura (praepositus), sin más carga que la de dar cien sueldos a un presbítero que diga la misa de la aurora, y apuntar la asistencia de los residentes en esta Iglesia para dar cuenta al Obispo. Condecoró con ella al Dr. Pedro Serra, natural de Xátiva, que después fue Cardenal y Obispo de Catania. Suprimió esta dignidad el sucesor D. Diego como inútil, y creada solamente para remunerar los trabajos de Serra en defensa de los derechos de esta silla. La otra fue confirmar en 1381 la división de las prebendas y disolución de la masa común: causam, dice el Señor Pérez, multarum litium, et abolendae paulatim residentiae. Acaso el celo de nuestro D. Íñigo no pudo resistir a las circunstancias de los tiempos, como ni tampoco el Cardenal Pedro de Luna, que se vio obligado a aprobar dicha resolución el año siguiente: envío copia de este documento. Murió aquel Prelado en Febrero de 1407, después de haber gobernado diez y siete años esta silla y veinte la de Tarragona. Obra suya es la capilla de S. Salvador del claustro de esta Iglesia, donde se ven sepulcros de sus deudos. En las ausencias que hizo de esta Iglesia consta haber sido gobernada por un Juan Obispo Doliense. Sucedióle 

XVI. D. Diego de Heredia electo por Clemente VII en 1387, luego que su antecesor pasó a la Iglesia de Tarragona. Siguió con S. Vicente Ferrer el partido de Benedicto XIII, con el cual se hallaba en Aviñón el año 1398 cuando sitiaron su palacio los franceses. En premio de su fidelidad le trasladó este Anti-Papa al obispado de Vique el año de 1400. Fue su Vicario general el Arcediano D. Salvador de Gerp, hombre de gran cuenta, cuya lápida sepulcral se lee en el claustro de esta Iglesia frente la capilla de S. Salvador. 

XVII. D. Francisco Regner, natural de Barcelona, electo el mismo año por Benedicto XIII. En el siguiente a 13 de Noviembre ya asistió a la consagración de la Iglesia antigua de la Cartuxa de Val de Cristo. En el de 1402 hizo constitución de que el Obispo, los Canónigos y Dignidades pagasen una capa dentro del año de su posesión. Debió de ser esta confirmación de la que he hallado sobre lo mismo entre las establecidas por el Obispo D. Elías y su Cabildo en 1358. Hallóse nuestro Prelado en el Concilio que el año 1408 juntó Benedicto XIII en Perpiñán contra el Concilio Pisano, y la elección que en él se hizo del Papa Alexandro V. Otros muchos Prelados españoles asistieron a esta junta, D. Pedro Luna, Arzobispo de Toledo, sobrino del Papa, D. Alonso de Xea, Arzobispo de Sevilla, D. Pedro Zagarriga (ça garriga), de Tarragona, D. García Fernández de Heredia, de Zaragoza, y otros. Murió este Prelado a fines del año siguiente 1409, dejando ordenadas muchas cosas para bien dé sus ovejas y perfección del culto (1). Parece ser el primero que mandó se pusiese cepillo en las Iglesias con el fin de recoger limosna para la fábrica, porque hasta este tiempo se halla sólo memoria de qüestores (cuestores; questio) o demandantes (2). 

XVIII. D. Fr. Juan de Tahust (Taust, Tauste, cinco villas) trasladado a esta silla por Benedicto XIII de la de Huesca al principio de 1410. Fue religioso de la orden de nuestra Señora de la Merced. No debe equivocarse con su tío Fr. Jayme de Tahust, General de dicha orden, que murió el año de 1405. He visto en este archivo una carta de este Obispo al General, que era entonces Fr. Bernardo Dezplá (d'Es Pla; del llano), fecha a 22 de Diciembre de 1417, en que confiesa haber recibido quinientos escudos de su tío con la obligación de restituírlos a su orden cuando pudiese. Documento donde parecía regular que hiciese mención de haber sido su individuo: y más tratándose de la pretensión que tenía el Real Fisco sobre dicha cantidad. Mas no lo hizo por ser notorio entre los suyos a quienes escribía. Fue hombre de gran crédito y confesor del Rey D. Martín. Gobernó esta Iglesia hasta el año de 1427, en que murió: en los postreros años necesitó por su ancianidad quien le ayudase en el gobierno de la diócesis. En su tiempo sucedió la vacante de la corona de Aragón por muerte de su Rey D. Martín (30-31 mayo 1410 en Valldonzella). 

El Señor Tahust defendió el derecho del Conde de Luna D. Fadrique de Aragón, nieto del mismo Rey, el cual al tiempo de morir se le dejó encomendado cuando apenas era de cinco años. Tuvo sínodo en esta ciudad a 25 de Abril de 1417. De muchas épocas que se conservan en este archivo consta que aún siendo Obispo de Huesca ya pagaba anualmente a la cámara de Benedicto XIII ciertas pensiones llamadas servicios comunes y también servitia minuta. Hay algunas del año 1416. Por donde se ve que aún durante el Concilio de Constanza se mantuvo en la obediencia de este Anti-Papa, la cual debió negarle a principios de 1417, desde cuya época no se hallan tales documentos. Emprendió este Prelado la fábrica del aula capitular, sobre cuya puerta antigua descansan en una urna sus huesos, que se hallaron enterrados en la capilla de su íntimo amigo S. Vicente Ferrer, fabricada en el mismo claustro. Se hizo esta traslación el año de 1608, como dice Villagrasa. Sucedióle uno de sus coadjutores. 

XIX. D. Francisco Aguilón, natural de Valencia, hijo de D. Francisco Aguilón y Doña Leonor de Muñoz, señores de Petrés (pone Petres), como asegura Viciana en sus Genealogías. Había ya sido Canónigo de Mallorca y Gobernador de esta Iglesia cuando el Papa Martino V le nombró su Obispo en 1428. Luego que se consagró, celebró sínodo a 18 de Octubre del mismo año en el Monasterio de Val de Cristo: buen principio de otras cosas memorables que debió establecer, de que no queda memoria. Hallóse en la villa de S. Mateo día 14 de Agosto de 1429, y asistió a la renuncia que hizo de su supuesto pontificado Gil Muñoz en manos del Cardenal Pedro de Fox, Legado de Martino V. Mas por alguna indisposición corporal dejó de asistir al Concilio de Tortosa, que pocos días después celebró el mismo Legado. Firma en él Vicarius generalis Episcopi Segobric., como se puede ver en Aguirre. Hállase en este archivo la convocatoria para aquel Concilio, cuya copia envío por no hallarla en dicho escritor. Nuestro Prelado gobernó esta Iglesia hasta el año de 1437 en que murió. 

XX. Con esta ocasión, y la que ofrecía el Concilio Basileense, y aun dicen que con decreto particular del mismo, eligió el Cabildo a un Canónigo y Chantre de esta Iglesia llamado Jacobo Gilard, o más bien Gerard, como le llaman todos los documentos de ese tiempo, hombre de crédito, y del Consejo del Rey de Aragón D. Alonso V. Con el favor de este príncipe, y de los que estaban por el Basileense pudo prevalecer contra D. Gisberto Pardo de la Casta, nombrado por Eugenio IV, y tomó posesión de esta silla a 10 de Noviembre de 1438, habiendo sido consagrado por el Metropolitano de Zaragoza D. Dalmacio. Por esta última razón me ha parecido contarle entre los Prelados de esta silla; lo cual no hiciera si en tiempos más quietos y pacíficos hubiera querido alterar la disciplina contradiciendo a la elección pontificia, que ya cerca de un siglo estaba en uso con casi general consentimiento de todas nuestras Iglesias. Mas el cisma turbaba los ánimos de nuestros Reyes, y el de Aragón estuvo largos años sin poderse convenir con el Papa Eugenio IV. Finalmente, trasladado D. Jayme Gerard a Barcelona en 1445, tomó luego posesión de esta silla 

XXI. D. Gisberto Pardo de la Casta, y la gobernó hasta el 1454, en que murió en Roma. Los hechos de estos dos Obispos están harto confusos aun en el episcopologio del Señor Pérez, dejándonos con la incertidumbre de no saber a cuál de ellos pertenecen. Se reducen a haber acompañado al Rey D. Alonso V en las guerras de Nápoles como sus Consejeros, y manejado algunos otros negocios políticos. Poco ganaría esta Iglesia con la ausencia de su pastor en tiempos tan difíciles. 

XXII. D. Luis Juan del Milá, natural de Xátiva, sobrino de Calixto III, fue promovido a esta silla el mismo año que su tío a la de S. Pedro. En el siguiente 1456 fue creado Cardenal título SS. quatuor coronatorum, y hecho Legado de Bolonia y del Exârcado de Ravena (Rávena). Villagrasa, que copió esto del Señor Pérez, leyó equivocadamente la legacía de Bohemia y del Exárcado de Baviera. También se equivocó Panvinio en llamarle Obispo Segoviense, y aun Platina que en lugar de Luis le llamó Lucio. Durante su ausencia gobernó esta silla el Obispo Doliense Julián Anadón. Muerto su tío volvió a España, y fue trasladado a la Iglesia de Lérida el año de 1461. Murió muy viejo en Bélgida, y está enterrado en el convento de Santa Ana, que es de mi orden, fuera de la villa de Albayda (Albaida). Antes de su regreso de Italia debió asistir al Concilio de Mantua celebrado por el Papa Pío II; y este es el que por equivocación llamó Zurita (lib. XVI. c. 58) Francisco, Obispo de Segorbe, pues no hay por aquellos años ningún Obispo de tal nombre en esta Iglesia. 

XXIII. D. Fr. Pedro Baldó, Abad del monasterio de Valldigna, parece valenciano, aunque el Obispo Balaguer dice que nació en Albarracín. Fue elegido por Pío II en 1461, y tomó posesión a 15 de Junio del mismo año. Apenas queda memoria de los hechos de este Prelado. Es verosímil que se hallase en el Concilio nacional de Lérida, convocado el año de 1461 de orden del Papa Pío II por el Arzobispo de Tarragona y Obispo de Elna, con el fin de tratar del subsidio para la guerra contra los turcos. Murió a 9 de Julio de 1473 en Albarracín, donde está sepultado. En (su) vacante, que fue de cinco años, intentó el Capítulo recobrar sus derechos antiguos, eligiendo a D. Gonzalo Fernández de Heredia, hermano de Juan Fernández de Heredia señor de Mora; pero al cabo de muchos debates tuvo este que ceder la silla al elegido por el Papa Sixto IV, el cual fue 

XXIV. D. Bartolomé Martí, natural de Xátiva y mayordomo del Cardenal Don Rodrigo de Borja. A pesar de ser legítima su elección, y de haberse verificado el año de 1474, no pudo tomar posesión hasta pasado un año, y aun el Señor Pérez alarga esta época hasta el 2 de Mayo de 1478. El estorbo que oponía el dicho D. Gonzalo, no pudo vencerse hasta que D. Bartolomé le prometió una pensión de veinte mil sueldos. Hallábase ya en su Iglesia el año de 1479, en el cual firmó el juramento de fidelidad hecho en Valencia al Rey D. Fernando el Católico. Del mismo año es el sínodo que dicen haberse celebrado en Segorbe, en el cual se le señaló el subsidio caritativo de ocho mil sueldos. De vuelta de un viaje que hizo a Roma, celebró otro sínodo en Xérica a 8 de Junio de 1485. Partió otra vez de allí a dos años a la misma corte, donde permaneció hasta su muerte, acaecida a 22 de Enero de 1500, disfrutando solos cuatro años de la dignidad de Cardenal con el título de Santa Águeda, a que le promovió el Papa Alexandro VI. Conservó el gobierno de esta silla hasta el año 1498, en que renunciando con facultad de regreso, fue elegido a 27 de Noviembre del mismo año. 

XXV. D. Juan Marradas, natural de Valencia. Tomó posesión en Febrero de 1499, y de allí a dos meses murió antes de salir de Roma, donde había servido al Papa Alexandro VI siendo cardenal. Volvió luego a tomar posesión de esta Iglesia el cardenal Martí, y a poco tiempo la resignó en favor de su sobrino, llamado 

XXVI. D. Fr. Gilaberto Martí, natural de Alcira, monje jerónimo del convento de Santa María de la Murta. Tomó posesión de esta Iglesia a 11 de Septiembre de 1500, y murió a 12 de Enero de 1530 en Valencia, donde pasó gran parte de su pontificado por las desavenencias con D. Alfonso de Aragón, duque de Segorbe. Mostró bien en tan largos años su caridad con motivo de la peste y de las revoluciones que afligieron a este reino, llamadas comúnmente la Germanía. Expendió grandes sumas en el reparo y adorno de su Iglesia y casa episcopal. Ejemplo que han seguido con ventajas otros Prelados. Obra suya es la sepultura donde aún hoy se entierran los Obispos; y la forma que hasta pocos años ha tenía la capilla y altar mayor, donde se colocaron varios cuadros, que algunos equivocadamente atribuyen a Juan de Joanes. En tiempo de este Prelado, es a saber en 1508, dicen que se descubrió a dos leguas de esta ciudad la imagen de nuestra Señora, que llaman de la Cueva santa, de que hablaré otro día. Sucedióle en el gobierno XXVII. D. Gaspar Jofre de Borja, el primero de esta Iglesia en quien los Reyes de España ejercieron su patronato, según lo convenido con el Papa Adriano VI. Era natural de Valencia y Arcediano de aquella catedral, y el mismo a quien muerto su Arzobispo D. Alfonso de Aragón eligió el Cabildo en 1520 para su sucesor. Mas quedó todo sin efecto, porque el Papa León X nombró para Arzobispo de Valencia a D. Erardo de la Marca a presentación de Carlos V. Fue después provisto por el Papa Clemente VII en esta silla, de la cual tomó posesión a 6 de Febrero de 1531. En el mismo año ya celebró sínodo en Chelva a 30 de Agosto. Fue Prelado liberal y de gran corazón. Consagró la Iglesia mayor que su antecesor había reparado; y por haberse hecho esta ceremonia Domingo a 7 de Mayo de 1534, mandó que anualmente se celebrase esta dedicación en la dominica de Mayo más próxima a la fiesta de S. Estanislao. Confirmó el año de 1548 la constitución de las insignias o armiños blancos en las capas de los Canónigos, la cual aprobó después Julio III, porque hasta este tiempo sólo habían usado de pieles de color gris. Obedeciendo a la convocatoria de Julio III se halló en la continuación del Concilio Tridentino el año de 1551, llevando consigo al Dr. Jayme Ferruz, valenciano. De este teólogo por equivocación dijo Pallavicino que acompañó al Obispo de Segovia (a: Hist. Conc. Trident. Lib. XII. cap. X. núm. 24.). Pocos años se detuvo allá, pues sabemos que murió de apoplexía (apoplejía) en Valencia a 18 de Febrero de 1556. El mismo año se imprimió en Valencia el breviario segobricense que él había corregido, y es la única memoria de este género que se conserva. Sucedióle el mismo año y a 6 de Septiembre 

XXVIII. D. Fr. Juan de Muñatones, natural de Briviesca, del orden de S. Agustín. Asistió a la conclusión del Concilio Tridentino, y subscribió en él. De vuelta a España se halló en el Concilio provincial de Zaragoza, que celebró su Arzobispo D. Fernando de Aragón en 1565; y el año siguiente tuvo sínodo diocesano en Vivel a 1.° de Junio. Entre varias muestras que dejó este Prelado de su caridad episcopal, es muy digna de ser imitada la fábrica del puente que construyó junto a Xérica en el camino real de Zaragoza, gastando en ella tres mil y quinientos ducados. Hízose el año de 1570, como lo testifica la inscripción que en él se puso y publicó Pons (tomo IV. Carta 7. núm. 32.). Murió finalmente en Valencia a 15 de Abril de 1571: su cuerpo fue trasladado primero a Segorbe y después a su patria, donde yace en la Iglesia Colegial. Fue hombre muy docto; después de varios cargos de su orden se hallaba de maestro del Príncipe D. Carlos, primogénito de Felipe II cuando le hicieron Obispo. No contribuyó poco con sus luces a la formación de las nuevas constituciones que se hicieron en Valencia para los moriscos recién convertidos; donde se juntó el año de 1568 con el Arzobispo de aquella silla D. Fernando Loazes, el de Orihuela D. Gregorio Gallo, el de Tortosa D. Martín de Córdoba, y el Licenciado Miranda, Comisario inquisidor en la causa de los moriscos. Era grande amigo de Santo Tomás de Villanueva, cuyos sermones recogió e ilustró con una docta prefación, que se halla en la primera edición de 1572. 

XXIX. D. Francisco de Soto Salazar, natural de Ávila en Castilla la vieja, se hallaba de Consejero de la Inquisición cuando, a presentación de Felipe II, fue nombrado por San Pío V para este Obispado el año de 1571. Pocos meses después fue hecho Comisario general de la santa Cruzada: destino que le obligó a residir continuamente en la corte, y a dejar pocas memorias de su celo y beneficencia entre sus feligreses. Sólo sabemos que en el año segundo de su pontificado publicó el decreto de S. Pío V sobre la uniformidad de los oficios eclesiásticos, expedido ya cuatro años había. También es memorable este Obispo por acabarse en él la época de la unión de las Iglesias de Segorbe y Albarracín. Fue así que trasladado nuestro D. Francisco a la de Salamanca a 21 de Julio de 1576, el Papa Gregorio XIII, a instancias del Rey Felipe II, dividió estas Iglesias, que desde los tiempos de Alexandro IV permanecieron unidas por espacio de trescientos diez y ocho años. Expidió su Bula a 21 de Julio de 1577. En la copia que envío verás las causas que le movieron a ello, y las nuevas disposiciones que se tomaron para el decoro y mayor ornato de esta Iglesia (a: Véase el apéndice núm. XIII.), la cual fue hecha sufragánea de la de Valencia, quedando Albarracín en la jurisdicción antigua de Zaragoza. Nuevo orden de cosas y nueva serie de Prelados, que pide nuevos alientos: veremos si los tendré para continuar el correo siguiente. 

Dios te guarde. Segorbe &c. 

NOTAS Y OBSERVACIONES. 

(1) Parece ser el primero que mandó se pusiese cepillo en las Iglesias, con el fin de recoger limosna para la fábrica. La necesidad de recoger para este fin limosna en cepillos, o por medio de demandantes, nació de haberse olvidado los cánones en que se prescribía a los Obispos el uso de las rentas eclesiásticas, en cuya distribución, que llama S. Gregorio M. canonica partitio, por decreto del Concilio romano, celebrado en tiempo de S. Silvestre Papa, se asignó a la fábrica de las Iglesias la cuarta parte, y en España la tercera, como consta del Concilio Tarraconense del año 516 (can. VIII.) y de los Toledanos, IV (cap. XXXII.) y IX (cap. VI.), y de otros. No fue este el primer plan de la Iglesia en el repartimiento de los bienes eclesiásticos. Porque en los primeros tiempos se dejaba esto al juicio de los Obispos, como consta de los cánones llamados apostólicos (can. XIV.), donde se lee: Pracipimus ut in potestate suàm Episcopus Ecclesiae res habeat; y antes (can. V.), se previene también que los dones de los fieles se lleven a la casa del Obispo y del Presbítero para que a su juicio se distribuyan entre los Diáconos y los demás Clérigos. Sobre lo cual escribió una sabia y piadosa carta a todos los Obispos Urbano I (V. Loaysa Not. ad can. VIII. Concilii Tarracon. ann. DXVI.). Sin duda se observaron algunos defectos en la distribución de estas rentas, y descuido en los puntos principales a que debían destinarse, cuando ya el Concilio XVI de Toledo, celebrado en 693, se queja de que se echaba de ver quorundam consuetudo inordinata Sacerdotum, qui Parochias suas ultra modum diversis exactionibus vel angariis comprimunt, vel quòd quamplures Ecclesiae destitutae persistunt (can. V.). Para precaver estos males mandó, ut tertias, quas antiqui conones de Parochiis suis habendas Episcopis censuerunt, si eas exigendas crediderint, ab ipsis Episcopis diruptae Ecclesiae reparentur: si vero eas maluerint reddere, ab earundem Ecclesiarum cultoribus, sub curam et sollicitudine sui Pontificis,  reparatio eisdem adhibenda est basilicis. Separada la tercera parte de estas rentas para la fábrica por decreto del primer Concilio de Braga, se encomendó su administración al Arcediano o al Arcipreste con la obligación de dar cuenta de ello al Obispo; cuyo plan, observado primero en toda Galicia, le adoptaron adelante las otras provincias de España. Sin embargo de esta ley general, el citado Concilio XVI de Toledo dio licencia a los Obispos para que en el caso de estar bien conservadas o reparadas las Iglesias, dispusiesen de la tercera parte de la fábrica. Quod si omnes Ecclesiae, dice, aut incolumes fuerint, aut, quae diruptae erant, reparatae extiterint, secundum antiquorum canonum instituta, tertias sibi debitas unusquisque Episcopus assequi si voluerit, facultas illi omnimoda erit, ita videlicet, ut citra ipsas tertias, nullus Episcoporum quippiam pro Regis inquisitionibus a Paroquitanis Ecclesiis exigat, nihilque de praediis ipsarum Ecclesiarum cuiquam aliquid causa stipendii dare praesumat (Conc. Tolet. XVI. c. V.). Algún defecto pudo caber en el uso de esta licencia, cuando en los siglos posteriores se ha observado desigualdad en las dotaciones para la fábrica de algunas Iglesias, y en otras extrema necesidad de sostenerse y repararse con limosnas. 

(2) Hasta ese tiempo se halla sólo memoria de cuestores o demandantes. A estos cuestores o demandantes pudo dar ocasión en España la falta que hizo para la reparación de los templos la tercera parte de las rentas eclesiásticas, otorgada por la silla apostólica a D. Alonso X, Rey de Castilla y de León, hacia los años 1275, para ayuda a los gastos de la guerra contra los moros (Mariana, historia de España, lib. XIII. cap. XXII.), No hablo de los tiempos anteriores, en que los Reyes de España, señaladamente los de León, conservando los derechos de la monarquía goda, fueron dueños de los diezmos eclesiásticos, no sólo por haber ganado la tierra de los moros, dice Sandoval (Cron. de D. Alfonso VII .cap. 66.), pues antes que se perdiese España usaban de este derecho, y después de perdida le tuvieron en tierras que nunca los moros ganaron, y en otras que cobraron de los moros, antes que los Papas diesen las bulas a los Reyes de Aragón. De esto hay varías memorias. En el privilegio otorgado por D. Alonso el Sabio a la Catedral de Segovia a 13 de Septiembre de 1258, se ve que pertenecía a la real hacienda la percepción del diezmo de todo el aceite del Alxarafe (aljarafe) de Sevilla, y los diezmos de los donadios hechos en la conquista de Sevilla a los Obispos, Ricoshombres y órdenes Militares (V. el Ilustrador de Mariana t. V. pág. 124.), Duró este señorío de nuestros Reyes por lo menos hasta el reinado de D. Alonso VI, el cual habiendo conquistado a Toledo, tratando de restaurar y dotar su Iglesia metropolitana, entre otras donaciones le concedió tertiam partem decimarum omnium Ecclesiarum quae in ejus dioecesi fuerint consecrata. Publicaron este documento los editores de la historia de Mariana en Valencia. T. V. apénd. I. pág. 397.

La concesión de estas tercias hecha a D. Alonso X en el siglo XIII la confirmó el Papa Martino V, destinándolas al mismo objeto de la guerra contra infieles, con la condición de que de veinte en veinte años se partiese aquella tercera parte entre la fábrica de las Iglesias y la Cámara apostólica. Revocó después esta concesión Sixto IV. Pero hacia los años 1475 volvieron las cosas al estado que describe Odorico Raynaldo (ad ann. 1475. n. 19. 20.), quedando muchas de nuestras Iglesias en el pie de las de otros reinos, donde no se destina parte de los diezmos para la fábrica. Merecen leerse sobre esto Tomasino (Vet. et nov. Eccl. discipl. p. III. lib. II. cap. XXXVI. n. IX.) y nuestro Salgado (de reg. protect. p. III. cap. V.). Separada de su institución la parte destinada para la fábrica y reparación de las Iglesias, hubo necesidad de suplir esta falta con las limosnas particulares de los fieles. Para este fin los Prelados y los Cabildos nombraban de entre el pueblo recaudadores y tesoreros de aquel caudal, templando en algún modo lo prevenido por el Concilio Calcedonense acerca de esta intervención de los seglares en la administración de los bienes eclesiásticos (Tomasino loc. laud. n. VI.). Este fue el principio de las que ahora llamamos juntas de fábrica, presididas regularmente por los Párrocos u otras personas eclesiásticas constituidas en dignidad. Es verosímil que para evitar las molestias que trae consigo toda recaudación comenzasen a ponerse estos cepos o arquillas en las Iglesias donde acuden los fieles, para que se recogiese la limosna de la fábrica sin incomodar a nadie del pueblo