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viernes, 12 de agosto de 2022

XXXII. Restauratio et dotatio canonicae S. Vincentii Cardonensis, anno MXIX (1019).

XXXII. 

Restauratio et dotatio canonicae S. Vincentii Cardonensis, anno MXIX (1019). (V. pág. 168.) 

Ex arch eiusd. eccl. 

Regnante in perpetuum Xpo Dño Salvatore nostro, anno incarnationis ipsius millesimo nono decimo, indictione secunda, era millesima quinquagesima octava, VI. die nonarum Iulii, feria V., facta est hec dos anno vigesimo quarto regnante Roberto: hanc excellentissimus vicecomes Bremundus dotem iussit scribi, quam S. Vincentii ecclesie a predecessoribus ablatam restituit, et de propriis ampliavit substantiis. Que hoc modo consistit. Quia dificile est inveniri, ut divitiis vel dignitate sublimatus seculari, multis obnoxius non teneatur delictis; iccirco ego Bremundus vicecomes, ob varias animae meae curandas egritudines, pontificem adii domnum Olibanum, videlicet, pariterque Ausonensis, cui idem Deo amabilis presidebat pontifex, clerum ecclesie apostolorum principis in Vico fundate nomine, petens ab eis preceptis metalibus (sic) instrui, quibus et apud Dominum facinorum veniam meorum possem adipisci, et patrie celestis felicitate donari. A quibus, cum salutifera quidem et nimis utilia anime percepissem consilia, et si Deus mihi vitam annueret, libentissime facturum me promitterem universa; illud divina mihi inspirante clementiâ spopondi etiam, ut si probarent rem facto dignam, S. Vincentii apud Cardonense oppidum martiris ad Dei laudem et famulatum sublimarem ecclesiam, adeo quidem ut non solum que meorum essent vitio precessorum ei abstracta vel mutilata, predicte ecclesie cuncta reformare satagerem; sed et non parva de propriis Deo disponente adhiberem; quin etiam talem sufficienti clero eiusdem ecclesie canonicum abbatem preficerem, qui armorum penitus expers esset, et divine facundia scientie, et vite puritate, tam docere, quam preire clerum et populum merito posset. At si loetali stimulo occumberet, vicecomes qui tunc esset loci ipsius, clerus quoque ac plebs nihilominus scientiâ probatum et vitâ, ex eadem ecclesia perquirerent et prefferrent; quod si secus cederet, ita notissimum aliunde rimantes excirent, et supradicte ecclesie preficerent: similem vero modum et legem in cuncta successione servarent. Quod mox saluberrimum ac valde mihi inter cetera profuturum non etiam parvum fiducie apud divinam clementiam dixerunt esse habiturum; admonentes tantum ut bene animo conceptum quantocius perducerem ad efectum. Quapropter ego, et pro Xpi dilectione, et scelerum meorum optinenda remissione, et genitorum sive consanguineorum, vel quicumque predictam ecclesiam sublimaverint, et de suis eam donis locupletaverint, hec cuncta consilio domne, Ermesindis egregie comitise, prolisque ipsius domni Berengarii excellentissimi eque comitis ac marchionis piissimi, et magnifici domnique Ermengaudi Urgellitani excellentissimi comitis, conhibentiâque eorum vel consensu non dispari, ac Deo favente, peregi, et propria manu firmavi, et tam a pontificibus, quam et abbat¡bus, et diversis ordinibus, quam a comitibus et diversarum dignitatum viris, ut firmarentur, rogavi. Que autem et Sancte Cardonensi ecclesie restitui, et de prediis et rebus meis ad presens adhibui, sequens istius textus hostendit libelli. Primo cunctas ecclesias que intra Cardonensis terminos habentur oppidi, ecclesie concedimus et restituimus Sancti Vincentii firma ditione et iure, et tertiam omnium decimarum eiusdem ecclesie partem S. Vincentii, videlicet cum primiciis et offerendis, tertiam quoque placitorum et decimam partem, decimam etiam et tertiam telonei (toloneo) partem, et monete. Inter hec dignum non est oblivisci, ut nulla dies unquam debeat amodo praetermitti in agendis quotidianis missarum officiis super sacrum archangeli altare Michaelis: nulla etiam nox interveniat, que cerei lumine in eadem ecclesia non relucescat. Et si proprio careat, a S. Vincentii aditu (f. aedituo) accipiat. Apud Cardonam duo paria prediorum tribuimus, quorum unum in loco est quem dicunt Planitiem, alterum vero apud Lordellam: vineam vero pendulam cum altera iacente supra salis montem, et quodam arvo farraginali (freginal, ferraginal; ferragenale), et molendina II. cum ortis et quadam vinea iuxta fluminis Cardesnarii ripam: et alia duo molendina apud rivum Oderam iuxta S. Marie ecclesiam: et predium quod est apud Silvam seminatam (selva sembrada), cum decima predii quod Gomesendi fuit pbri. Predium vero quod Fedantii fuit apud Cardesnarium fluvium, et vineam que fuit Gaudiosi, et vineam apud locum nuncupatum Iuncosam (Juncosa), et silvam cum terris cultis et incultis apud locum quem vocant Celatam (Celada): terras quoque et vineas cultas vel incultas, quod Altemiri predium fuit apud locum Fornellos (Fornells) nominatum, et partes iuris mei quas voce quacumque habeo et habere debeo in loco quem Curvas apellant: et cunctas decimas omnis predii mei, illius videlicet, quod in confiniis et locis Cardone contiguis possideo, vel Xpo iuvante possidebo, in loco quem Pradas vocitant, terrarum duo paria. Item iuris mei partes, quas voce qualibet habeo et habere debeo apud castellum Cunillum (castell Cunill, Conil, conill) cum finibus suis presentibus vel futuris. Hec que predicta sunt omnia coram Deo et sanctis eius, et piis et magnificis christiane fidei predictis viris, coramque etiam domno Ermengaudo pontifice Urgellitano reverentissimo, hec facta quoque probante pariter et roborante, in cuius diocesi predicta sita extat ecclesia: et coram aliis viris non modicis, sancte Cardonensi reformavi ecclesie in perpetuum habenda et concessi. Quod si quis haec que nos episcopi superius inferiusque descripti cum abbatibus et diversi ordinis clericis, comitibus quoque, egregioque horum donatore vicecomite Bremundo, totiusque dignitatis viris non solum approbavimus, verum etiam roboravimus, non observaverit, et quicquam horum minuerit, aut temptaverit, vel consensor tam nefarie presumptionis extiterit, sed adiutor in verbo vel facto fuerit, primo iram Dei omnipotentis incurrat, et christiane societatis licentiam perdat, quia velut infidelis ausus est Xpi violare ecclesiam. Deinde omnium Sanctorum perdat patrocinia, et nullius peccati per eorum intercessionem unquam habeat veniam, quia S. Vincentii corrumpendo eius ecclesiam consortis eorum disperdere in terris temtavit memoriam. Post haec diabolus dux eius sit semper in vita sua, et supra picem et carbones eius denigratam infelicem animam a corpore egressam in Flegetontis (Flegentonte, uno de los 4 ríos del inframundo, junto al Aqueronte, Cocito, Lete, Estigia - Estigio) ardentis fluvii profundam imergat undam: et ultrices cum traditore Dñi, et his qui fidem abiecerunt Xpi, eterni incendii sentiat flammas (flamas : llamas; flama : llama), nisi cito resipuerit, et quod commissit vel temptavit, oblata Deo prius poenitentiâ dignâ, predicte ecclesie ad iudicium pontificum et abbatis predicti rectum emendaverit. Ego Guibertus grammaticus sperans beati Vincentii martiris precibus adiuvari, hunc dotis ecclesie ipsius libellum anno incarnationis Dñi predicto, et diebus scripsi kalendarum et feriarum. = Ermengaudus ac si indignus gratiâ Dei epus +. = Borrellus hac si indignus gratiâ Dei Riparcurcensis epus (obispo de Ripacurcia, Ribagorza, Ribagorça) +. = Bermundo vicecomite +. = Engoncia vicechomitissa. = Vivas hac si indignus + pbr. = Bernardus Urgellensis epus +. = Oliva epus. 

jueves, 11 de agosto de 2022

XXIII. Consecratio Guislaberti episc. Barcin., et ecclesiae S. Petri de Portella,

XXIII.  

Consecratio Guislaberti episc. Barcin., et ecclesiae S. Petri de Portella, tum et institutio confratriae in eadem, anno MXXXV (1035).: acta denique cuiusdam concilii Narbonensis. (V. pág. 117.) 

Ex autogr. in arch. monast. S. Petri de Portella. 

Anno Incarnationis dominice XXXV. post millesimum, era M.LXXIII, indictione III, epacta XX, XI. Kal. Octobris, anno V. regni Aienrici regis, convenerunt in unum in Dei Omnipotentis nomine Wifredus Sancte Narbonensis ecclesie archiepiscopus, ac nobilissimus antestis Ermengaudus, necne Guifredus episcopus Carcasonensis, ut consecraret episcopum Barchinonensem nomine Guilabertum, in cenobio Sancti Petri Frontenianensis, et consecraverunt eandem ecclesiam in honore Domini nostri Iesu Christi, et beati Petri apostolorum principis, ac Sancti Iohannis Bastiste (Baptista, Babtista, Bautista), simulque beati Martini confesoris Christi. Extulerunt autem eundem locum consecrando, et grates Deo rependendo, attollentes supra sidera, et dotaverunt eamdem ecclesiam fideles et proceres, qui ad dedicacionem venerunt, de rebus sibi a Domino conlatis, prout continent scripture ab eis condite. Nos ergo iam dicti pontifices confirmamus supra dicto cenobio quidquid constructores, idest, Wifredus, et mater eius Doda, necnon uxor eius Ermetruitis, eidem loco quoqumque modo profligaverunt, vel quidquid fideles pro Dei amore ibidem contulerunt. Quam conscriptionem manibus nostris firmatam manibus praedicti Wifredi tradidimus, ut nostro iussu obediens, futuro in concilio Narbonensi illam deferens, omnibus coepiscopis illic venientibus ostentet, quatinus quod a nobis nunc est estabilitum, illorum omnium afirmacione sit roboratum. Constituo etiam inter ea ego Ermengaudus praesul sedis Urgelli, cum domno archiepiscopo Narbonensi, aliisque episcopis michi consencientibus, ut quicumque homo vel femina ad iam dictum cenobium Sancti Petri venerit, vel ad ipsam ecclesiam, atque ad alia opera ex suo proprio avere aliquem adiutorium fecerint in pane et vino, auro et argento vel aliis rebus, ab Omnipotentis Christi dextera absolutus permaneat ex omnibus maioribus peccatis, unde penitenciam abet. Si quis vero ad ipsam caritatem, que vulgo fratrias vocant, bono animo pro Dei amore convenerit, vel adiutorium ibi fecerit, seu candela per se vel per sum nuncium direxerit, similiter in Christi regno a ianitore regni celorum introductus, permaneat absolutus ex omnibus peccatis, unde penitentiam accepit, quantumque ad nos ex nostra parte attinet, totum indulgimus. Si vero aliquis in hoc sanctissimo conventu adiunctus, in propria domo aut alicubi morte fuerit preventus, constituimus ut, si fieri potest, omnes alii fratres occurrant, maximoque cum honore a confratribus deductus cum missarum sollempniis in praedicto cenobio honorifice sepeliatur, sive dives, sive pauper sit. S¡ vero indigens fuerit in tantum ut indigeat victu atque vestitu, aut certe fuerit infirmitate detentus, non neglegatur ab aliis confratribus, sed unusquisque per se aut per suum nuncium visitare curet fratrem infirmum usquequo avidius sanetur. Ut autem quis fuerit morte preventus, unusquisque ex habitatoribus huius loci in conventu monachorum annumeratus III missas in conventu celebratas, unusquisque presbiter XXX narium pro eo curet expleri. Si vero clericus fuerit, qui propriam ecclesiam teneat, et honore sacerdotali sit fultus, III tantumodo missas cantare studeat. Si autem clericus tantum, et non sacerdos fuerit, tria psalteria pro excessu fratris decantet. Enim vero si frater in longinqua regione obierit, et non potuerit corpus ad hunc monasterium deportari, statim ut eius transitus omnibus fuerit (cognitus), hoc quod statutum est, peragatur pro illius anima, et in adiutorio iam dicte ecclesie dimittat unusquisque homo vel femina unum solidum, qui vulgo dicitur grossum. Si ergo pauper fuerit, ut hoc ipsum non possit abere, quantum vires sufficierint, tantum ad iam dictam operam dimittat. 

Huic institutioni statim in eadem charta adnectitur subsequens decretum concilii Narbonensis. 

Sancta Synodus apud Narbonam celebrata X. et VII. episcoporum, presidente domno archiepiscopo sancte Narbonensis ecclesie Guifredo, atque sanctissimo sancte Arelatennensis ecclesie Raiamballo, dilectissimis filiis et fratribus catolicae atque appostolicae matris ecclesiae subditis, sacreque fidei religione instructis, omnibus videlicet hanc nostre institutionis decreta ceruentibus, benedictionis divine donum, et cum sanctis perpetuum regnum. Notum facimus dilectioni vestre, quoniam adiit nos quidam illustris vir Guifredus nomine, petens confirmari a nobis ea quae cenobio beati Petri apostolorum principis a se suaque genitrice amore Dei constructo fuerant tradita atque concessa iure hereditario, quaeque fuerant adquisita adquirendaque alicuius dono. Nos vero petitionibus illius faventes, et Santorum Patrum precepta servantes decernimus, iustoque indicio agendum putamus, ut cuncta que illius cenobii sunt iuris, inconvulsa permaneant, atque integra nostrâ auctoritate confirmata. Interdicimus itaque atque obtestamur omnes, ut nemo aliquando presumat, neque ipsius Guifredi filii, neque quisquam sui generis futuris veniens temporibus, quicquam abstraere, tollere, minuere, disrumpere ex his quae supra dicto debentur cenobio. Si qui autem nostris praeceptis paruerint, et ammonitionibus obtemperaverint, Dei nostri gratiam eos cupimus consequi, et eterne retributionis gaudiis ditari. Qui ergo, quod nolumus, contemptores huius sancte institutionis extiterint, et nostrarum precum vocibus non obedierint, noverint se Dei Omnipotentis, et Sanctorum omnium illius iudicio damnari, et nostri excomunicatione conventus a cetu fidelium cunctorum separari, donec digno satisfactionis munere spem consequatur venie. Hec autem ut diligentiori, et ampliori firmentur decreto, manibus nostris firmavimus, et cunctis coepiscopis nostris firmandum mandavimus. 

Et ego Wifredus sancte prime sedis Narbone archiepiscopus, cum sanctissime vite merito sancte Arelatensis ecclesiae Raiamballo episcopo, cum aliis coepiscopis X et VII in concilio Narbonensi congregatis, rogatu Guifredi venerabilis viri, qui iam dicti loci noviter fundator extitit, pro Dei amore et beati Petri apostolorum principis honore, facimus constitucionem prephato loco, ut quicumque homo vel femina iam dictam institucionem domni Ermengaudi episcopi Urgellitani obaudiens, ad iam dictam fratriam venerit, sicuti prelibatum est, pro remissione suorum peccaminum, vel ad iam dictam ecclesiam ex rebus propriis, vel in lumine ecclesie adiutorium fecerit, quantum unius denarii precium potest estimari, de parte Dei et nostra maneat absolutus de I. ex maioribus peccatis, quod plus timet, et unde maiorem penitentiam abet. Constituimus etiam ut in diebus XL.e quicumque fidelium ibi usque in Pascha in servicio Dei perseveraverit, et lampada eius tota XL.a in ecclesia beati Petri apostoli arserit, sive ille qui toto tempore XL.e aliqua necessitate constrictus ibi perseverare minime potuerit, et tamen lampada ipsius per totum tempus XL.e in prephata ecclesia competenti tempore arserit, si penitentiam trium vel duorum aut certe unius diei tenuerit pro amore Dei et honore Sancti Petri, ex tribus vel duobus unum diem usque in capud XL.e, solvimus. Si quis autem pro remissione peccatorum in penitentiam abet, ut ad ecclesiam Sancti Petri Rome cupiat pergere, et ad iam dictum cenobium Sancti Petri peregrinus cum propria candela septies venire studuerit, tantum illi prossit, quomodo si longi itineris peregrinationem tenuerit. Qui vero ad iam dictam ecclesiam tres magistros (sic) vel certe duos XL.e diebus in pane et vino atque redemptione detinuerit, tantum mercedis accipiat, quantum si sancti sepulcri desiderio ductus, illic pergere voluerit, et gratiam Dei promereatur, et apostolicâ benedictione roboratus, nostrâ omnium adfirmatione et absolutione solvatur. Amen. Ermengaudus gratiâ Dei Urgellensis epus SS. (ab anno 1010 ad 1035.) = Guifredus Narbonensis ecclesiae epus SS. = Raiambalo (Riamballo antes) archiepiscopus Arelatensis +. = Stefanus epus Atensis +. = Willelmus epus Agatensis +. = Oliva epus Ausonensis + (ab anno 1018 ad 1046). = Raimundus gratiâ Dei Ausonensis epus (a 1110 ad 1146). = Bernardus epus Coseranensis +. = Arnallus presul + Tolosa +. = Wifredus praesul Carcasonensis + (ab an. 1031 ad 1054). = Ugo epus ecclesiae Uzetensis +. = Barnardus (sic) epus Comeniensis +. = Barnardus Lutevensis epus +. = Arnallus epus Magalonensis +. = Berengarius epus Elnensis +. = Froterius epus Nemaucensis +. = Petrus epus Cabalonicensis +. = Berengarius archiepiscopus Terragonensis + (a 1174 ad 1194). = Petrus epus +. = Bernardus Bitterrensis ecclesiae praesul +. = Willelmus gratiâ Dei Ausonensis ecclesiae + (a 1046 ad 1075). = Bertrandus epus Barchin. confirmat (a 1086 ad 1095). = Guislibertus Barchin. praesul (a 1035 ad 1065). = Berengarius Dei gratiâ Gerundensis epus (a 1051 ad 1093). = Remundus epus Rotensis SS (a 1076 ad 1094). = Guillelmus gratiâ Dei Urgellitanus praesul, qui haec statuta auctoritate episcopali confirmat (a 1040 ad 1075) = Arnulfus epus (certe Rotensis ab ann 1025 ad 1067.) = Dalmacius archiepiscopus Narbonensis. = Fulconi gratiâ Dei Barchinon. epus (a 1095 ad 1099.) = Raimundus Dei gratiâ Ausonensis epus (a 1186 ad 1194). = Petrus Ausonensis epus (a 1147 ad 1185.) = Datum per manus Bonifilii notarii die et anno prefixo. = Oto indignus gratiâ Dei tamen Urgellensis epus (a 1095 ad 1122.) = Bernardus gratiâ Dei Urgellensis epus (a 1142 ad 1162.) = Ego Bernardus Rogerii licet indignus Urgellensis ecclesiae epus hanc confratriam ex parte Dei et nostra laudo et confirmo (a 1163 ad 1166).

XIX. Acta dedicationis ecclesiae S. Ioannis Rivipollensis anno MCL. (1150)

XIX. 

Acta dedicationis ecclesiae S. Ioannis Rivipollensis anno MCL. (1150) (V. pág. 85.) 

Ex autogr. in arch. eiusd. eccl. 

Anno ab Incarnatione Domini nostri Iesu Christi millessimo C.L., era M.C.LXXXVIII., indictione XIII., quarto nonas Novembris, feria V., praecibus et instinctu dompni Poncii abbatis ecclesiae Sancti Iohannis coenobii Rivipullensis, venit venerabilis Petrus Ausonensis episcopus cum suo clero, et reverentissimi Berengarius Gerundensis episcopus, et Guillermus Barchinonensis episcopus, quos supra dictus abbas Poncius convocavit, ad dedicandam praefatam Sancti Iohannis ecclesiam. Fulti igitur praesentia et consilio religiosorum virorum Petri Sanctae Mariae Rivipullensis abbatis, Gaufredi abbatis Sancti Rufi, et Raimundi Arulensis abbatis, et Bernardi Bisullunensis abbatis, aliorum quoque magnatum nobilium et sapientum virorum, confirmaverunt et laudaverunt eidem ecclesiae quicquid autenticis Romanorum pontificum privilegiis, vel episcoporum concessionibus, vel largitione regum ac principum, seu quorumlibet dono vel oblatione fidelium iuste adquisierat, vel quolibet modo usque in finem saeculi iuste adquisierit. In quibus haec proprie adnotaverunt, videlicet, in episcopio Ausonensi ecclesiam Sanctorum Iohannis et Pauli cum decimis et primiciis et oblationibus et omnibus pertinentiis suis: ecclesiam Sancti Martini de Surrocha similiter: ecclesiam Sancti Hilarii de Vidra similiter cum pertinentiis suis: ecclesiam Sancti Pauli de Seguriies similiter: ecclesiam Sancti Iuliani de Vallefecunda similiter: ecclesiam Sancti Bartholomei de Ladess similiter: ecclesiam Sancti Cirici similiter: ecclesiam Sancti Petri de Mogrog similiter cum membris suis. Et in episcopio Gerundensi ecclesiam Sancti Salvatoris de Biania similiter cum membris suis: ecclesiam Sancti Romani de Jonates similiter: ecclesiam Sanctae Luciae de Podiomalo similiter. Et in episcopio Elenensi ecclesiam Sancti Petri de Telieto (o Telicto) similiter: ecclesiam Sancti Stephani de Pruneto similiter: cellam quoque Sancti Nicholai. Decreverunt insuper et confirmaverunt, ut in eodem coenobio regularium clericorum vita et ordo secundum privilegia et institutionem Romanorum pontificum Benedicti, Urbani, Paschalis, et Innocentii perhenniter observetur. Libertatem quoque suam in omnibus omnino locis, causis et negociis suis, in quibuscumque eam iure habebat vel habere debebat, similiter corroboraverunt. Horum igitur omnium adiutorem et observatorem de parte Dei Omnipotentis, et Sancti Iohannis Babtistae, et aliorum Sanctorum et suâ benedixerunt, et ut in perpetuum salvus fieret Domini clementiam imploraverunt. Si quis autem, quod absit, ausu temerario efrangere vel violare quolibet modo hoc quod superius ab eis constitutum est, vellet, hunc a liminibus Sanctae Dei ecclesiae extraneum iudicaverunt, et ab omni consortio christianorum illum segregaverunt, atque de parte Dei Omnipotentis et Sancti Iohannis Babtistae illum excommunicaverunt, donec dignâ poenitudine Deo et beato Iohanni satisfaceret, insuper et legalis illum poena coherceret, et sacrilegii censura constringeret, et in antea haec dos constitutionis eorum stabilis et inconvulsa permaneret. = Petrus Dei gratiâ Ausonensis episcopus SS. = Berengarius Dei gratiâ Gerundensis episcopus. = Sig+num Guillermi Barchinonensis episcopi. = Signum + Bernardi Tarraconensis archiepiscopi. = Berengarius Gerundensis archidiaconus. = Bissullunensis probat haec levita Guielmus. = Guilelmus Gerundensis caput scolae. = Arnallus de Rogationibus levita. = Sig+num Guillermi Vicensis primicherii. = G. scriptis favet archidiachonus istis. = Guillermus prior Stagnensis ecclesiae subsc. = Scripta libens ista Petrus confirmo sacrista. = Bernardus levita. = Bernardus sacerdos sig+num. = Bernardus de Sau firmo +. = Sig+num Raimundi comes. = Sig+num Petri Dei gratia Rivipollensis abbatis. = Ego Gaufredus ecclesiae Sancti Ruphi servus subsc. = Scripta per manus Arnalli praesbyteri et monachi cum litteris superpositis in linea VI et VIII, et VIIII, et emendatis in III linea, die et anno quo supra. 

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XVIII. Charta libertatis eiusdem monasterii a Raimundo com. Barcinonen. data ann. MCXXXV. (1135)

XVIII. 

Charta libertatis eiusdem monasterii a Raimundo com. Barcinonen. data ann. MCXXXV. (1135) (V. pág. 84.) 

Ex arch. reg. Barcinon. 

Anno incarnationis dominicae M.° C.° XXX.° VII.° ego Raimundus Berengarii Dei gratiâ comes Barchinonensium, Bisildunensium, Ceritaniensium, et Marchio, recognoscens ecclesiam Sancti Iohannis Rivipollensis iuris esse beati Petri, et iuxta privilegia Romanorum pontificum in ordine chanonicali in perpetuum collocatam, statui tantae iustitiae fidem servare, et Romanis praeceptis aurem obedientiae dare, ratum abens et confirmans quod erga pastorem et gregem praesentes et successuros privilegiorum auctoritates kanonice definiunt de pace et securitate illorum. Sane recolendum novi, quod dignae memoriae pater meus Raimundus Berengarii eandem iustitiam clericis, qui expulsi fuerant, observaverit; quam Paschalis episcopus litteris et iudicio ratam iudicaverit. Praesentis igitur formâ scripturae laudo illorum auctenticas voces, promittens et definiens quod nec praesenti abbati Petro, et subditis, nec futuris in abbatiam rectoribus, quolibet modo, causâ, vel ingenio, imparem (emparem) ecclesiam, aut bona ad ipsam pertinentia: adiutor et defensor eorum in omnibus semper fide rectâ permanens, quicumque eis auferre ecclesiam, et ordinem kanonicum evertere voluerit. Ad notitiam praesentium et futurorum volo perveniat quod feci consensu et voluntate archiepiscopi Ollegarii, et ordinatione praesulum vicinorum Raimundi Ausonensis, et Berengarii Gerundensis, quos deprecor et volo huius rei esse testes, laudatores, et confirmatores, ymmo ex toto defensores. Quaecumque vero persona magna vel parva, potens aut impotens, frangere aut inquietare statum huius meae definicionis voluerit, in triplo componat, et in antea nulli in perpetuum violari liceat. Factum est hoc XIIII. Kalendas Februarii anno XXVII. regni regis Leudovici (1: Annus XXVII. regis Ludovici respondet anno 1135, non 1137, quem initio huius diplomatis tabellarius signavit.).

Sig+num Raimundi comes. = + Raimundus Dei gratiâ Ausonensis epus. = Berengarius Dei gratiâ Gerundens. ecclesiae epus. = Udalgarius Elenensis episcopus. = Berengarius Gerundensis archidiaconus. = Gaucefredus Bisullunensis  archilevita. = Gaucefredi dechani. = Poncii Elenensis archidiaconi. = Sig+num Reambalii. = Sig+num Bernardi de Bellog. = Sig+num Berengarii de Lerç. = Sig+num Raimundi de Torreies. = Sig+num Dalmacii de Petrataiata (Peratallada, piedra tajada) = Sig+num Raimundi Bernardi de Guardia. = Sig+num Geraldi Ugonis. = Sig+num Arnalli de Lerç. = Sig+num Petri de Cervera. = Sig+num Guillermi Raimundi de Malan. = Sig+num Gaucerandi de Sales. = Sig+num Bernardi Iohannis. = Guielmus praesbyter, qui hoc scripsit sub + die et anno quo supra. 

miércoles, 10 de agosto de 2022

XIII. Benedicti papae VIII decretum de expeliendis sanctimonialibus

XIII. 

Benedicti papae VIII decretum de expeliendis sanctimonialibus e (de) monasterio S. Ioannis Rivipollensis, et clericis ibidem statuendis anno MXVII. (1017) (V. pág. 69.) 

Ex translato fere coaevo, authentico tamen, in arch. reg. Barcin.

Benedictus episcopus servus servorum Dei, B. Ausonensi episcopo (1), 

(1) Hunc epum Bernardum nonnulli rerum hispanicarum scriptores dixerunt, eum scilicet qui anno 1089. Archiepi Tarraconensis titulo insignitus est, quem de Rosanes agnominari certum est. At eius pontificatus tempore nullus Benedictus Romae sedit; unde ad Benedictum VIII recurrendum est, quo sedente Indictio XV anno 1017 respondet, cum scilicet Ausonensis eps B. idest, Borrellus, erat, et abbas Rivipollensis O. idest. Oliva, qui et anno seq. ineunte Ausonen. eps salutatus est.

O. Reopullen. abbati perpetuam in domino salutem. Cuperemus quidem de sancta vestrarum ecclesiarum ita conversatione gaudere, ut congratularemur potius de profectu, quam aliquid admissum contra disciplinam ecclesiasticam doleremus. Ad nostram loetitiam et benefacta perveniunt, et moeroris aculeis nos, quae fuerint malefacta, compungunt. In speculis enim a Deo sumus constituti, ut vigilantiae nostrae diligentiam comprobantes, et quae cohercenda sunt resecemus, et quae observanda sunt sanctiamus. Gloriosa siquidem clementissimi comitis Bisullunen. B. sollicitudo, sciens ad suam gloriam maxime pertinere, si loca intra sui principatus limites (conde de Besalú, límites de su principado) parentum suorum devotione divino cultui mancipata, religiose viventibus inservirent, ad notitiam apostolicae sedis, iunctis sibi quibusdam Ausonensibus a vestra dilectione directis ad nos clericis, archidiachono, videlicet, et primicerio, atque custode ecclesiae, religiosisque viris genere optimis, testimonio praeclaris, horrificam infamiam non sine gravi moestitudine detulit, referens quod quidam locus in honore Sancti Iohannis intra terminos vestrae dyocesis constitutus, Reopullen. vocatus, qui sacerdotibus et ancillis Dei regulariter ibi victuris pia fidelium oblatione fuerat collatus, in venerandae religionis iniuriam detestabile meritorium (f. meretricium) esset effectus; et non solum ibi calcato sanctitatis proposito ludibria veneris irreverenter exercentur, verum etiam, quod orrendum est auditu, de male concepta sobole, ne contagium penitus innotesceret, parricidia comitterentur. Qui cum a nobis huiusmodi quaerimoniis difficile fidem accomodantibus diligenter requisitus esset, utrum haec earum incontinentia divulgata esset, aut ipsae super hoc scelere a sibi praelatis aliquando redargutae, multâ affirmatione testatus est earum huiusmodi facinus ita omnibus finitimis esse manifestum, ut probatione nulla indigeret, atque eas, et per se ipsum plerumque private, et posthac vestris personis adhibitis, quia causa perditionis earum in vos potius redundat, multotiesque publice corripuisse, et deinde illas impudentius lasciviae suae frena laxasse, unde obscenos concupiscentiae suae motus deberent restrinxisse; instabat denique vehementer apostolicam potestatem multis praecibus deposcens, ut continuo illis, sicut quae sanctam professionem suam diutinâ contagione polluissent, locumque sacrum divino famulatui subditum venerio luxu profanassent, radicitus extirpatis, clericalis ordo in perpetuum ibi religiose victurus nostrâ auctoritate subrogaretur. Sed nos apostolicâ longanimitate potius quam praecipiti sententiâ utentes, abbatissae, quae cunctis sceleratior esse dicebatur, et coeteris litteras destinavimus, quibus canonicas inducias largientes praecepimus ut die quâ constituimus, aut per se, aut per vicarios qui causas accusationis earum expedire possent praesentibus accusatoribus, Romae adessent. Illis vero refugientibus, et ne flagitia earum penitus nudarentur, apostolicum iudicium declinantibus, accusatoribus quoque secundum vocationem suam astantibus, et in sua reclamatione persistentibus, visum est nobis, et sancto nonnullorum episcoporum conventui circumastanti, ut ulterius dilationem sententiae de absentia non lucrarentur. Confitetur enim de omnibus, quisquis se subterfugere iudicium dilationibus putat. Et uullus (ullus o nullus) dubitat, quod ita iudicium nocens subterfugit, quemadmodum qui est innocens, ut absolvatur, quaerit. Ideoque, dilectissimi, quoniam audiendae praesentare se noluerunt, quae reatus sui numquam habuisse perhibentur (lectio diminuta), iam nunc sibi omnem per nos indulgentiae aditum intelligant obseratum; quia ferro necesse est excidantur vulnera, quae fomentorum non senserint medicinam: ne morbus, qui in suis fuerat putandus principiis, processu temporis et pertinacior fiat, et latior. Igitur quoniam obscenis cupiditatibus inhiando, ipsae se et honore et loco privaverunt, vobis vice nostra suffultis, litterarumque nostrarum exhibitione informatis, auctoritate apostolica praecipimus, ut eas tamquam nefandissimas meretrices veneris a praedicto loco funditus eliminetis, omnique dominatione penitus exuatis; et in loco earum clerum in ordine canonicali perhenniter ibi victurum, sub nomine et tuitione beati Petri, ac nostra, successorumque nostrorum, sollempniter subrogetis. Scientes quod idem venerabilis comes praefatum locum amore Dei multis bonis ditatum, beato Petro apostolo cum omnibus ad se pertinentibus contulit. Ex quo trium mancusorum summam Lateranensi palatio quotannis persolvendam instituit. Intelligatis autem expulsis hoc tantum ex apostolica indulgentia reservatum, ut quaecumque earum extra monasterii ianuam habitare elegerint, tamen lasciviae facinus continua lamentatione deflentes, victu atque vestitu donec advixeint, sustententur. Si quis autem improbo ausu huic nostrae apostolicae praeceptioni in aliquo contraire ausus fuerit, vel praesumenti consenserit, autoritate Patris, et Filii, et Spiritus Sancti excomunicatus existat, quousque digna satisfactione emendet. Qui vero pia reverentia custos et observator extiterit, perpetuam indulgentiam a Deo consequetur, et apostolicâ benedictione in aeternum perfruetur. Amen. Datum Romae per manus Petri diachoni et cancellarii, Indictione XV. 

In calce leguntur autographae subscriptiones sequentes. 

Nos B. Dei permissione Eln. episcopus vidimus, legimus, et tenuimus privilegia superius contenta, non tamen bullata, et ideo sigillum nostrum apponi fecimus, et signum hic nostrum fieri iussimus + atque subscribi fecimus per manum Arnaldi Olivarii notarii publici. 

Ego Fr. Dalmacius Dei gratia abbas Sanctae Mariae Rivipullen. profiteor quod vidi occulis meis, tenui et legi fideliter de verbo ad verbum quaedam privilegia non bullata, quae in praesenti pagina continentur; et ut plena fides praedictis privilegiis adhibeatur, istam praesentem paginam ab ipsis privilegiis fideliter translatatam sigilli nostri munimine roboravi, et hoc sig+num feci. = + Petrus abbas Sancti Laurentii, qui omnia privilegia domini papae praedicta non bullata legi, et tenui, et sigillum meum apposui. Ego G.i abbas Villaebertran., qui haec privilegia supradicta non bullata legi, tenui, et inspexi, et sigillum meum apposui, subscribo. = Ego frater Otho dictus abbas Fontisfrigidi, cisterciensis ordinis, Narbonensis dioecesis, vidi privilegia superius contenta, non tamen bullata; et ideo sigillum meum apposui, et subscripsi.

XII. Charta commutationis facta a Fredeburge abbatissa S. Ioannis Rivipollensis, anno DCCCCLXV.

XII. 

Charta commutationis facta a Fredeburge abbatissa S. Ioannis Rivipollensis, anno DCCCCLXV. (965) (V. pág. 67.) 

Ex autogr. in arch. reg. Barcin. 

Antiquitus enim humanis legibus est sancitum, et in praecedentium patrum scriptis hoc reperimus decretum, ut commutatio facta vel edita per voluntatem plenam, omni tempore habeat firmitatem. Ob hid ego Fredeburgis abbatissa, et cuncta congregatio, tam sororum, quam etiam canonicorum, degentes in cenobio beatissimi Iohannis praecursoris Domini nostri Iesu Christi, qui est situs ¡n comitatu Ausonense in valle Riopullensi, sub regula almi Patris Benedicti Deo militantes, una cum consilio et voluntate domni Attoni proprii pontificis, petimus clementiam domni Seniofredi comiti, et domni Olibani ibidem comiti, nec non et Mironi levitae, qui est frater istorum supradictorum comitum, et valde deposcimus eorum bonitatem, ut ob praefati coenobii utilitatem nostrorum adquiescerent voluntatem. Et alodem quod illi habent in comitatu Ausonense, in locum que dicunt Vitrano, pro alode quod nos per regimen Sancti Iohannis tenemos in comitatu Bisuldunense, in locum que dicunt Arca, et in locum que nominant Campo rotundo, vel in locum que nuncupant Genestosa, nobis commutare non dedignemini... Exarata est haec scriptura comutationis XIIII Kalendarum Iunii, anno Dominicae Trabeationis DCCCC.LX.V. Indictione VIII. anno X. gloriossissimo Franchorum rege Leuthario regnante. Et ut haec scriptura firmior omni tempore iuxta sanctorum canonum ab omnibus habeatur, manibus propriis subter firmabimus, et praedicto praesuli coeterorumque bonorum hominum firmare iubebimus. Sig+num Fredeburgis abbatissa. = Sig+num Ermesinda, que vocant Belluca. = S¡g+num Beiro. = Sig+num Richildes, que alium nomen vocant Ingilia. = Sig+num Eilo. = Sig+num Sesenanda, que vocant Lobeta. = Sig+num Garsinda. = Sig+num Aldena. = Sig+num Gualatrudia. = Sig+num Eilo. = Sig+num Karissima. = Sig+num Uvinedildes; qui hunc titulum comutationis fecimus et testibus firmare rogavimus. = Durandus praesbyter subscribo. = Embremares praesbiter subscribo. = Sig+num Ermezildi. = Sig+num Vivanis. = Sig+num Ennegonis. = Sig+num Salomonis. = Sig+num Emediri. = Sig+num Fedacii. = + Atto Sanctae Sedis Ausonensis umilis episcopus subscribo. = Primus praesbyter, qui hunc titulum comutationis scripsi, et subs+cripsi sub die annoque praefixo. 

X. Excerpta ex cod. n. 40 bibl. Rivipoll. qui complectitur martirologium. MS. sec. XI.

X. 

Excerpta ex cod. n. 40 bibl. Rivipoll. qui complectitur martirologium. MS. sec. XI. 

(V. pág. 59.) 


Kal. Ianuarii: dedicatio ecclae S. Mariae de Castlario.

XVIII. Kal. Februar.: celebritas dedicationis ecclae Sanctae Dei genitricis cenobii Rivipollen.

XIII. Kal. Febr.: obiit Raimundus de Baco abbas istius coenobii.

XII. Kal. Febr.: Dedicatio ecclae S. Raphaelis.

III. Kal. Febr.: dedicatio altaris S. Mariae Magdalenae. 

III. Non. Febr.; Dedicatio ecclae S. Eudaldi et S. Maximini. 

VIII. Kal. Martii: ob. domnus Gauzfredus abba istius cenobii.

VII. Idus April.: dedicatio altaris S. Thomae martiris.

Idus April.: ob. domnus Gauzfredus cenobii Rivipollensis abbas.

XV. Kal. Mai.: transitus domni Arnulphi epi Ierundensis, et abbatis istius cenobii. 

VIII. Kal. Mai.: ipso die obiit Ildefonsus rex Aragonensis.

IIII. Kal. Mai.; ob. Bernardus abbas istius cenobii bonae memoriae.

XV. Kal. Iunii: eod. die obiit Bernardus comes Bisullunensis. (Bernardo, conde de Besalú)

Idus Iunii obiit Wadamirus epus. (obispo; bisbe)

III. Kal. Iulii; depositio domni Odonis epi Urgellens. 

III. Idus Augusti: obiit Guifredus comes et marchio, fundator huius cenobii, cuius corpus requiescit in claustro ante fores ecclae.

VI. Id. Sept.: ob. Wifredus abba Bisullun.

IIII. Kal. Octob.: ob. Radulfus epus. (Urgellensis scilicet).

III. Kal. Novemb.: depositio domni patris nostri Olivae pontificis Ausonensis et abbatis istius cenobii, et S. Mikaelis (Coxanensis). 

viernes, 5 de agosto de 2022

XIV. Memoriale electionis eiusdem abbatis, et bonorum ab ipso eidem monasterio collatorum.

XIV. 

Memoriale electionis eiusdem abbatis, et bonorum ab ipso eidem monasterio collatorum. (V. pág. 212.) 

Ex autogr. in arch. eiusd. monast. 

Providentia est Dei omnipotentis, ut per cuncta mundi climata construeretur aecclesia. Igitur ad laudem et honorem patrator omnium Deus fabricavere viri laudabili condam Sallani, et propter eius discessu sobolem eius Isarni aecclesiam in nomine Sancti Benedicti confessoris Xpi iusta alveum quod ab antiquis accepit nomen Lubricatus (Llobregat), prope planicie urbis Minorisa, quem ad cenobiticum honorem cum magno sudoris laborem perduxere, favorem ab ipso Domino accipiant suam promissionem atque retribucionem. Ubi demum elegere abbatem cognominatus Abboni, qui ibi iugiter Dei precepta absque pigritia in quantum valuit, adimplevit. Eo vero obiente, atque defunctos predictos constructores, surrexere ex illorum stirpe tam filias quam neptis, qui non tam recte cavere culminam predicti cenobii; et ibi putavere constituere rectores, qui pocius fuere predicti loci desertores. Ex quibus unus fuit Adalbertus, qui inde vivens fuit expulsus. Alius vero Seniofredi, qui opus Dei neglegenter ad facultatem predicti loci ad nichilum reduc. Eo vero obiente, surrexit omnis katerva monachorum procedentes in presentiam inlustrissimi comite Raimundo, implorantes eius clementiam ut eis dedisset patrem vel rectorem, qui egecisset iam dicto cenobio de egestate vel paupertate, quia nimio aflicti erant: omnia necessaria deficiente per distructionem histius loci. At prephatus comes misericordia motus in consilio pontificum ceterorumque virorum nobilium, secundum voluntatem vel adclamationem monachorum, qui peciere vel adclamavere virum Deo timoratum levita Ramione cannonicus alme sedis Sancti Petri Ausonensis, ditatus opibus, bonis, vel locupletem facultatibus, cum illorum consensu hac pontífices et seniores, absque munera sibi promissa vel dotata, constituit illis in prephato cenobio hac benedixit ad abbatem vel rectorem prelibato Ramione, eo nolente, et nulla sua suplicia intercedente; quia necessarium previdebat talem patronum a predictum monasterium aptum vel congruum. Fecit hoc predictus princebs (princeps) Romana auctoritate accepta, sicut in prelibato abbate resonat in sua aclamacione. Obinde nos monachi vel famuli Sancti Benedicti cum magno desiderio suscepimus predictum abbatem, qui nobis ex sua substancia contulit victum et vestitum, et munificenciis predicti monasterii elevavit nobis ad nostra necessaria exibenda, quia eremum vastatum vel destructum erat; et exaravimus hanc paginolam memorialem, ut notum sit hoc ignorantibus, vel posteris nostris: quia talem beneficium et nos et nostro monasterio impercit. Reliqui vero in cuius potestate nostro cenobio fuit post discessum prelibatos cultores omnia prelibata cenobio dissipavere, linteamina vel palios, atque volumina librorum vendidere vel impignoravere. Quem postea supra scriptus abba Ramione adquisivit vel redemit. Patenam ex (et) kalicem argenteo in husu illorum expendere: bubus ex agris nostris eiecere, et extraneos dedere simul et omnia alia animalia et comedere et abstulere: panem et vinum nobis diripuere, et hunc cenobium vel cellaria vaccua relinquerunt: terris et vineis atque molendinis eremis vel desertis dimisere, et ad culturam neminem perduxere; quousque prephatus princebs sedem Romanam apostolicam perrexit, et sua potestate ad regendum vindicavit, et hunc abbatem nobis concessit, qui nobis omnia perdita recuperavit, et deserta construxit, insuper et sua omnia supra scripto monasterio et nobis largivit. Facto memoriale hac testimoniale firmo perpetuale anno VIIII. regnante Roberto rege die XIII. Kalendarum Aprelium (Aprilis).

XIII. Acta electionis Ramionis abbatis monasterii S. Benedicti Bagensis, anno MII. 1002

XIII. 

Acta electionis Ramionis abbatis monasterii S. Benedicti Bagensis, anno MII. (V. pág. 212.) 

Ex autogr. in arch. eiusd. monast. 

Annuente divinâ pietate, cuius olimpi hac telluris titanis atque rerum aeriis patrator huius vibrantissimus numinis celicole cernere queunt rutilantiaque protalata palmo concludit matherie. Hys nempe humane fictor sua eis nimirum cornu iubar conspicit profectibus eniterii. In hoc ab annis incarnationis eiusdem patrator domini nostri Ihesu Christi revolutos temporis post anno II. millessimo, era millesima XL., Indictione XV., tertio Idus October, anno VII. regnante Raguaberto rege imperante Francia. Obhit enim in plagis nostrae partibus in cenobio beati Benedicti, qui est situs in comitatu Ausona in terminos de Minorisa iusta amno Lubricatu (Llobregat). Fuit quidam defuncto abbatis Seniofredi in anno quod Ismaëlite perturbarunt castella vel loca huius regione. Antea enim fuit princeps Raimundo Romam ad apostolica sede beati Petri apostoli principem apud pontificem Ausonensis nomine Arnulpho, et fuit ibi altercatio de predicto cenobio pro fundatores ecclesiae. Apostolicum autem, quod eodem die regebat sede romulea, in suis responsis coram cunctis dixit: Prisca legum statuta praeceptum est, ut regia potestate seu in principibus monasteriis aut maiori gradu episcopali in illorum arbitrio cui placuerit in Dei honore donationis opus perficiat. Tunc vero Raimundo comite dixit ad prelibato pontífice: quid facimus de hoc? Ille autem inquid: Iterabo domui prememorato cenobio, exquiram eorum voluntates, quod voluerint, aut quod eligerint patronem. Ita et fecit. Illi autem respondentibus, Adroarius monachus, et Teudalecus monachus, et Baldemarus monachus, et Ermengaudus monachus, cum coeterorum congregatione famulantibus Deo de praedicto cenobio cum consensu presbyterorum, et diachonorum, et subdiachonorum vel universorum laichorum, omnes unanimiter aiunt: Domine, in voluntate Dei et vestra est, non in nostra. Qui enim Domino dederit et placuerit, nos volumptarie elegimus in obsequiis Dei. Scimus enim in vestra sede virum bonum quod nobis complacuerit, nomine Ramio, nobilem, aedificatorem, bonis moribus, et secundum suam utilitatem sapientem, in elemosinis promptum, in vigiliis assiduus, in oratione iugi, et pro his et aliis bonis, quod scimus, vestram precamur clementiam ut concedatis illum in Dei opera et servitio, et beati Benedicti cenobio. Et nos supra fixi monaci cum caterva clericorum vel consensu fratrum nostrorum sic proclamamus et eligimus eum ad abbatem, si Domino placuerit, dignus est ut obtineat hanc dignitatem. Adroarius monachus, qui prop+ter aegritudinem corporis mei scribere non potui, sed signum + crucis impressionis feci. = Baldemares monachus SS. = Orucius monachus SS. = Todalecus + monachus. = Ermengaudus monachus SS. = Anduagrio monachus SS. = Argericus monachus SS. = Willelmus monachus SS. = Wifredus monachus SS. = Viventius monachus SS. = Ansolphus monachus SS. = Stephanus monachus SS. = Miro monachus SS. = Sendredus monachus SS. = Ansulphus sacer SS. = Pontius levita. = Badelevus sacer SS. = Arnulphus hac si indignus gratiâ Dei episcopus et abba. = Raimundus comes, qui ista electione fecit fieri, et firmavi et firmare rogavi +. = Sendreus +. = Wifredus + = Gombaldus +. = Nos omnes unanimiter qui hanc electionem proclamamus, et firmare rogavimus.

miércoles, 3 de agosto de 2022

III. Testamentum S. Bernardi Calvó, monachi SS. Crucum, ac postea episcopi Ausonensis

III. 

Testamentum S. Bernardi Calvó, monachi SS. Crucum, ac postea episcopi Ausonensis. (V. pág. 26.) 

Ex arch. eiusd. monast. 

In Christi nomine: ego Bernardus de Calvó, existens adhuc novitius intra conventus portam, sano plenoque sensu, et memoria integrâ, facio meum testamentum, in quo nomino manumissores et procuratores meos Raimundum praepositum Tarraconae, et Raimundum de Timors sacristam Tarraconensem, Michaellem Navarrum, Bernardum de Tamarito, et Arnaldum de Martorello, quibus confero plenam potestatem dividendi, distribuendi, et disponendi de omnibus meis bonis, secundum quod ordinatum invenerint in hac carta. In primis instituo mihi haeredem Guillelmum Calvionem fratrem meum. Dimitto ei totum ius meum, quod habeo, et habere debeo aliquo modo, in manso de Purpuris, ad omnes voluntates suas inde faciendas, ut ego facere poteram. Dimitto Domino Deo, et Beatae Mariae de Sanctis Crucibus libros meos omnes. Dimitto sorori meae Guillelmae mansum meum de Raudelia, cum pertinentiis suis et tenedonibus, franche et libere ad omnes voluntates suas. Dimitto dominae matri meae Beatrici cameram meam totam, et omnem supellectilem. Volo et mando, quod eidem matri meae solvat Guillelmus Calvó CC. morabatinos, pro quibus me ei iam dudum est obligavi, quemadmodum in carta inde confecta habetur, eo quod de sponsalitio suo sibi deberentur. Michaelli Navarro solvat similiter C. morabatinos, quos ei debeo adhuc de exovario (ajuar; exovar) Beatricis uxoris suae. Caetera debita mea omnia atque legata, volo et praecipio quod solvat idem frater meus, omni malitiâ, et contradictione penitus deficiente. De debitis, quibus teneor Bernardo de Tamarito, vel aliis quibuscumque, credatur ipsi Bernardo, suo simplici verbo, absque sacramento et calumniâ, eo quod fere plenam habet ipse notitiam super datis omnibus et acceptis, recognitione tamen meâ et confessione super debitis non chyrografariis nihilominus praevalente. Ea quae Guillelmo scutario (escudero; escudo) meo, et Geraldo de Crosis dedi aut reliqui, cum essem adhuc Tarraconae in ipsa mea infirmitate, firma et illibata iubeo custodiri. Volo quod reddantur Arnaldo Rafanedlo de C. solidis, quos ab eo habui pro placito quod secum habebam, triginta solidi ad conscientiam meam sanius conservandum. Artaldo de Creixello reddantur similiter triginta solidi. Ioanni Angles (Anglés) de Alcoario triginta solidi. Ioanni Forcald de Monterubeo (Monroyo; Mont roig; monte royo, rojo) XV. solidi. Cuidam homini de Regali, nomine Olsine, XV. solidi. Dimitto Arnaldo Garrofer baiulo (bajulo; baile, bayle, balle, batle, batlle) meo LX. solidos, eo quod propter fratrem meum passus sit damnum pecuniarium, et quoque corporale. Dimitto Guillelmono filio Geraldi et Asalaidis C. solidos, cum quibus fiat frater conversus in monasterio Sanctarum Crucum (Santes Creus), cum ad aetatem venerit, quâ fieri possit frater. Si vero noluerit esse frater, nihilominus habeat ipsos C. solidos. Volo quod reddantur Saurinae de Castelleto X. quartereas ordei (ordio, hordei, hordium, ordi, etc), eo quod pater meus habuerit quondam de pignoratione Pinetae XL. quartereas ordei ultra sortem. Si Guillelmus Calvó quocumque casu contingente heres mihi non fuerit, substituo ei in omnibus, quae sibi dimitto, Beatricem neptem meam, ita quod ipsa teneatur satisfacere debitis meis, et legatis, fideicomissis, vel relictis. Si quid vero solvit pro me, aut contemplatione mei Guillelmus Calvó in debitis meis, vel si quid impendit pro me in honore meo utiliter vel necessario, bonâ fide illud totum restituatur ei a Beatrice dicta, fructibus nihilominus vel proventibus ex honore meo perceptis in sortem ab eo computandis. Quod si etiam ipsa Beatrix, neptis mea, ex causa substitutionis heres mihi non fuerit, plenam potestatem et licentiam habeant manumissores mei vendendi, distraendi, et quomodocumque voluerint, alienandi totum honorem meum vel partem, ut exinde possint satisfacere debitis meis omnibus, et relictis. Verum si quid remanserit de honore meo, quod vendi non oportuerit, illud habeat totum soror mea Guillelma; et si totum vendi necesse fuerit, quod supererit solutis debitis et relictis, habeat similiter ipsa totum, ita quod teneatur dare in eo casu Raimundo de Barberano nepoti meo, causâ studiorum quantum ego dandum videro, vel quantum ipsi Guillelmae placuerit, si forte me tunc non contingerit superesse. Quod si totus honor venditus, non suffecerit ad debita solvenda, vendantur quoque duo cifi mei argentei et omnia alia mea bona, praeter ea quae habuerunt Guillelmus scutarius meus, et Geraldus de Crosis. In venditione vero honoris facienda praeferatur ille, quem ex titulo emptionis, iusto interveniente praetio, ego voluero praeferendum. Et est certum quod manumissores mei licite et de iure possunt vendere honorem meum totum si opus fuerit, non obstante iis clausulâ substitutionis in testamento prius appositae, aut aliquâ aliâ causâ, eo quod de iure duarum legitimarum, seu falcidiarum habuerim eum in causa, quam obtinui contra fratrem meum Guillelmum. Si quam dubitationem aut quaestionem ex hoc testamento oriri forte aliquando contigerit, ipsa confessioni meae et recognitioni relinquantur dilucidanda et declaranda. Ea quae mihi debent domina Guillelma de Castro veteri (Castellvell), et F. de Guardia, vel alius quicumque, nec remito, nec volo quod ab haerede meo, vel substitutâ nepte, aut a manumissoribus exigantur, sed fiat de illis secundum (quod) de permissione maioris mei facere disposuero. Cartas vero meas, quae non secundum voluntatem meam fuerunt traditae Guillelmo Calvoni, reservo mihi repetere posse quandocumque, si voluero. Illud autem testamentum, quod feci Tarraconae in manu domini Petri Raimundi capellani, quod iam alias revocavi coram testibus adhibitis, stare nullatenus volo, sed ruptum, frivolum, atque nullum constituo, ita quod nulli unquam personae ex illo competat actio aliqua utilis vel directa, istud pro illo eligens, et pro legitima constituens voluntate. Quod si non valet iure testamenti, valeat iure codicillorum; et si valere non possit ut scriptum, valeat ut nuncupativum. Quod est actum XII. Kalendas Augusti anno Domini M.CC.XV. = Sig+num mei Bernardi Calvonis, qui hoc testamentum firmo, et a testibus firmari rogo, et a manumissoribus. = Sig+num Fratris Gaufridi de Roqueta. = Sig+num Bernardi de Albano. = Sig+num Bernardi Piquer. = Sig+num Berengarii Carceler. = Sig+num Guillelmi de Clirsa. = Sig+num Petri de Sancto Martino, vicem prioris tenenti. = Sig+num Bernardi de Biscarre monachi. = Sig+num Fratris Bernardi de Clusa. = Sig+num Fratris Arnaldi de Frontiniano. = Sig+num Fratris Petri Bernardi. = Sig+num Fratris Bernardi Grandis Sylvae. = Sig+num Bernardi, abbatis de Sanctis Crucibus. = Ego Frater Petrus novitius haec firmo. = Ego Raimundus Tarraconensis praepositus. = Sig+num Bernardi de Tamarito haec firmo. = Ego Arnaldus de Martorello haec firmo. = Sig+num Raimundi de Timors, Tarraconensis ecclesiae sacrista. = Ego Michael capellanus Villaerotundae (Vilarodona), et notarius, qui hoc scribere mandavi et + subscribo. = Ego Frater Guillelmus Petri, qui hoc testamentum iussu Michaelis de Villarotunda capellani scripsi et hoc sig+num feci.

lunes, 1 de agosto de 2022

Tomo 7. Carta LI. 51. Continúa el catálogo de los obispos de la iglesia de Vique en su estado moderno.

CARTA LI. 

Continúa el catálogo de los obispos de la iglesia de Vique en su estado moderno. 

Mi querido hermano: El estado moderno de esta iglesia ofrece memorias apreciables para la disciplina y la historia del país, y comprende noticias de personas muy ilustres en saber y en virtud. La historia antigua se hace estimar por sí misma, merced a cierta obscuridad respetable con que envuelve los sucesos más remotos; pero no le falta a la moderna recomendación en su misma claridad, y en lo mucho más que nos interesa, cuanto más análogas son nuestras costumbres con las de nuestros abuelos. 

He querido con este exordio ganarte la voluntad para que no te fastidies leyendo, pues yo no me he fastidiado de recoger y escribir cosas que a ratos cansan por faltarles el deleite que suele acompañar a las obras de imaginación. En resolución yo he de continuar el episcopologio Ausonense hasta nuestros días; en lo cual más ligeramente que hasta aquí referiré las cosas que sean de poca entidad: y aun en las de importancia me detendré lo menos que sea posible, poniendo el cuidado principal en fijar bien la cronología de estos prelados, que es lo que más importa a la historia. Para ello he tenido presentes, y también me he servido, a falta de otras pruebas, de los escritos del deán de esta iglesia Luis Juan de Moncada, natural de Barcelona, el cual tomó posesión de su deanato a 9 de Agosto de 1639, uniéndosele después el canonicato tesorería en 1644, y murió a 3 de Abril de 1653. Es digno de memoria por el episcopologio que formó de esta iglesia, aprovechándose de varias noticias y documentos recónditos, y ajustándolo con exactitud en gran parte al cómputo cierto de los años de Cristo; y sólo es sensible que lo dejase en el de 1570, con haber él vivido hasta mitad del siglo siguiente. Ojalá hubiera tenido presente este trabajo el autor del episcopologio que se publicó en las sinodales del ilustrísimo D. Manuel Muñoz y Guil año 1748; cuyas equivocaciones corregiré cuando sea oportuna la corrección. 

Volviendo pues a tomar el hilo de los obispos Ausonenses, al último Ramón Gaufredo muerto en 1146 sucedió Pedro, apellidado comúnmente de Redorta o Retorta, cuya patria y el día fijo de su elección se ignora. Hay ya memoria de él a 8 de Julio de 1147, en que sostuvo la querella que contra Bernardo Merola tenía puesta la iglesia por los daños ocasionados a la canónica; y esto en presencia del conde Ramón Berenguer de Barcelona. Otra memoria hay de 17 del Octubre siguiente en una concordia que hizo con dos caballeros hermanos Guillermo y Pedro, señores del castillo de Ederis (Euras) a media legua de Vique; en la cual el obispo les ofrece pagar cada año doce sextarios de cebada, y ellos prometen dejar libres a la iglesia las entradas y salidas en dicho castillo para defenderse en la guerra que le hacía el Sr. de Taradell. Desde este año hasta el 1185 en que murió, son frecuentes las noticias que hay de este prelado en escrituras de poco interés; las cuales dejaré en el olvido, y sólo produciré las que poco o mucho puedan importar por su curiosidad. Fue nuestro prelado uno de los que en ese mismo año 1147 recibieron el voto que el piadoso conde de Barcelona, estando para emprender la jornada por mar contra Almería, hizo a todas las iglesias de sus dominios, de no ocupar los bienes de los obispos que morían, sino dejarlos a los sucesores. Cosa que, ganada aquella ciudad, verificó después en Gerona en el año 1150 con su privilegio que ya es muy conocido. El mismo obispo consagró la iglesia S. Petri Arcii, que sita est in comitatu Ausonensi in terminis castri Colonici; y esto fue anno M.C.XLVII. V. Idus Marcii, anno XI. regnante Ludovico rege Iuniore, como se lee en la escritura que he visto original en el archivo de la colegiata de Cardona. Ten presente que estas notas cronológicas corresponden a nuestro año 1148. A 26 de Mayo del mismo año concedió el citado conde de Barcelona al obispo y a su iglesia una casa llamada Palomera, cerca de Lérida y del Puig de Gardeny. No sé si tuvo efecto esta donación, pues Lérida todavía estaba por conquistar. Mas el conde alentaba con estas dádivas los ánimos de los prelados, de cuyo auxilio necesitaba para sus empresas, y sin los cuales es innegable que no pudiera arrojar los moros de sus dominios. No anduvo menos prudente y liberal, cuando apurado de dinero en el sitio de Tortosa, entre otros arbitrios tomó el de ofrecer al obispo Pedro y a su iglesia que en adelante no exigiría de los vecinos de Vique ningún género de impuesto, particularmente los llamados Chesta, Tolta y Forcia, los cuales confiesa haber percibido injustamente después de la muerte de su padre el conde R. Berenguer III. los vecinos de Vique dieron entonces al conde cuatrocientos morabatines en oro marinos et melechinos. Todo esto confiesa aquel príncipe en la apoca que firmó a 15 de Octubre del año 1148. Podrá inferirse de esto que nuestro obispo se halló en el cerco de Tortosa y Lérida, y que conquistada esta última ciudad a 24 de Octubre de 1149, asistió con otros prelados a la purificación y consagración de su antigua iglesia, que se efectuó a 30 del mismo mes de Octubre. Del año siguiente se halla que el papa Eugenio III, tomando esta iglesia bajo la protección apostólica, expidió su bula data V. Cal. Maii, Indictione XIII. año VI de su pontificado, y de la encarnación 1150. Confirma en ella las posesiones de la iglesia, entre las cuales expresa las de S. Pablo de Sigurillis, la de S. Maudario y la de Anglesolis, el derecho de la moneda de Vique y de los teloneos de la misma ciudad y de Manresa. En este mismo año a 18 de Diciembre consagró la iglesia de S. Martín de Salisforis, que hoy llaman de Sanforas, y la de S. Juan de las Abadesas, de que se hablará otro día. Hallóse el año siguiente 1151 en la consagración del primer obispo de Tortosa Gaufredo, que se efectuó en Tarragona día 1.° de Agosto. En 1155 le hallamos confirmando al Maestre de los Templarios Pedro de Rovira la donación que les hizo su antecesor Ramón Gaufredo de una capellanía en el castillo de Grañena.

Suscitose por aquel tiempo una disputa entre nuestro obispo y el prepósito de Solsona sobre las iglesias de Anglesola, Tárrega, Taladell, Jorba, Santa Coloma, Figuerola y Queralt, sitas en el territorio de Segarra y Urgel. Finalmente por consejo del sabio obispo de Barcelona Guillermo de Torroja, el metropolitano Bernardo Tort, que había adjudicado dichas iglesias a la de Solsona, quiso que viniesen las partes a concordia, como se efectuó en la catedral de Barcelona a 13 de Noviembre de 1156, en que quedó para Solsona el patronato de sola la mitad de dichas iglesias, salvo el derecho episcopal del obispo de Vique. Hallóse también en las cortes de Huesca de 1162 en que se trató del gobierno de estos reinos, durante la menor edad de D. Alfonso II, y en las que a 7 del Febrero siguiente celebró este príncipe a los catalanes en Barcelona. En 1164 a 21 de Diciembre sentenció como juez árbitro, junto con Guillermo, obispo de Gerona, Guillem de Moncada y Mirón juez, el pleito que pendía entre Ramón Folch, vizconde de Cardona y Bernardo de Montesquiu, quejándose el primero de que este había usurpado ciertas posesiones al monasterio de S. Pedro de Caserras, cuyo fundador o protector era dicho vizconde. El pleito se sentenció a favor del monasterio.

Más importante es la intervención que tuvo por el mes de Octubre del año siguiente, en las desavenencias que había entre Ramón, conde de Tolosa y  Ramón Berenguer, conde de Provenza, que estaba ya en sus estados, concluido el gobierno de Cataluña, durante la menor edad de su sobrino el rey D. Alfonso II. Hallóse nuestro prelado en Belcaire a las vistas que para ello se concertaron, y junto con el arzobispo de Tarragona Hugo de Cervelló y el obispo de Gerona Guillermo resolvieron entre otras cosas, que una hija del conde de Provenza casase con un hijo del de Tolosa; lo cual no se verificó por la inmediata muerte del de Provenza (V. Zurita Anal. lib. II. c. 24).

No sé qué fe se merecerá el P. Ángel Manrique (Anal. Cisterc. año 1166) que 

supone haberse juntado un concilio provincial en dicho año, y que nuestro obispo asistió a él. Sábese de cierto que se halló en las bodas de D. Alfonso II con Doña Sancha, hija del rey de Castilla, que se celebraron en Zaragoza en 1174. Ni este ni otros negocios públicos le hacían olvidar de su iglesia, ni le quitaban la atención necesaria para defender sus derechos y posesiones, admitir donaciones y hacer permutas y otras cosas de que hay noticias muy puntuales en el episcopologio del Sr. Moncada. Crecieron por este medio las rentas de la iglesia, en términos que a imitación de otras fue necesario crear doce preposituras, que se encargasen por meses de recogerlas y distribuirlas entre sus individuos. Hízose esto a 1.° de Abril del año XXXIX del rey Luis el joven (1176). Prohibieron a los nuevos prepósitos el poder renunciar las preposituras, a no ser en el caso de querer entrar en la vida común, o de visitar el santo sepulcro de Jerusalén. Fuera de estos casos no podían desistir de su oficio sin expreso consentimiento del obispo y capítulo; y aun entonces debían dejar hecho el servicio que por su mes les tocaba, y pedir la licencia entre Pascua y Pentecostés, y pagar a la canónica veinte morabatines para el prepósito sucesor. De esto ya envié la escritura en los correos pasados (a: V. tom. VI. pág. 63). A 8 de Agosto del año siguiente 1177 consagró este obispo la iglesia del lugar de Montañola, a legua y media de Vique, dedicada a nuestra Señora, y a los Santos Quirico y Julita. A 20 de Mayo de 1180 dedicó la iglesia de Santa María la Rotunda, cuya restauración comenzó a sus expensas Guillermo Bonifili, canónigo de esta iglesia en 1140. Fábrica más ingeniosa que elegante, la cual duró hasta nuestros días como ya se dijo. En el mes de Noviembre de 1182 se hallaba en Barcelona consagrando o asistiendo a la consagración del altar de S. Andrés in Galilea en aquella catedral. Otras memorias quedan de este prelado hasta el día 26 de Abril de 1185, en que confirmó a Ramón de Dosrius un alodio en el lugar de Tona, y este es el último testimonio que queda de su vida; la cual terminó a 4 de Septiembre de dicho año 1185. Mucho debió a este prelado su iglesia en los treinta y nueve años de su pontificado, en que dejó además varias pruebas de su caridad y mansedumbre, y no menores de su celo y entereza con que administró la justicia como señor temporal de esta ciudad. En una sumaria información que sobre esto se hizo a 20 de Agosto de 1208, aseguran los testigos haber visto en tiempo del obispo Pedro de Redorta quemar a una mujer convencida de homicidio, sacar los ojos a un ladrón que robó una cruz de plata de la catedral, y otros actos severos de justicia. 

Su óbito pone el necrologio de esta manera: II. Non. Septembris anno ab incarnatione Domini M.C.LXXXV. obiit Petrus de Retorta Ausonensis episcopus, vir omni morum circunspectione perspicuus, qui ecclesiae suae, et rebus suis omnibus secundum Deum dispositis, omnium favore et benedictione plenus, migravit ad Dominum. Sepultus est in ecclesia S. Petri ante fontes. La nueva fábrica no ha dejado rastro de este sepulcro; y esto quede dicho para los sucesores que han tenido igual suerte.

Raimundo de Castellterzol (Castroterciolo) de la ilustre familia de este apellido en Cataluña. En el libro de las donaciones que hay en el archivo de esta iglesia se lee una (fol. 104) cuyo epígrafe es: Haec est carta hereditatis Raimundi de Castroterciolo episcopus Ausonensis, et archiepiscopus Tarragonensis. En ella se dice que Gincona y Berenguer de Xedmar entregan a Dios y a la iglesia de San Pedro para el clericato a Ramón hijo del difunto Guillem Xedmar, dotando a la canónica con las heredades que él había ordenado en su testamento. Esta noticia sería muy apreciable, si la data de la escritura no fuese como es de 5 de las calendas de Julio del año V del rey Luis que es el Gordo; fecha que corresponde al año 1113, en que suponiendo que Raimundo tuviese no más que siete u ocho años de edad, es consiguiente que cuando le eligieron obispo estaría ya en los 80, y que debió morir de casi cien años en la silla de Tarragona. Sin embargo no tengo por tan grande esta dificultad que deba prevalecer contra el epígrafe de la citada escritura, que aplica todo lo dicho a nuestro obispo, la cual está escrita como todo el libro a principios del siglo XIII: tiempo en que no era regular se ignorase esta especie. Y pudo ser también que el copiante olvidase en la data el dictado Iunioris del rey Luis, con lo cual su ingreso en esta catedral sería en el año 1142. De todos modos consta que el apellido paterno de nuestro obispo era Xedmar. No queda acá memoria del día y año de su elección; pero era ya obispo a 27 de Diciembre de 1186 en que dio su consentimiento para un préstamo de 300 morabatines que hizo la canónica a favor de Guillermo de Euras y de su hijo Guillermo de Rocafort. Celebró la consagración de la iglesia de S. Vicente de Espinelvas, tres leguas al oriente de Vique, a 9 de las calendas de Marzo año 1186 (que es 1187), acompañado de Guillermo arcediano, Pedro sacrista y Bernardo chantre o capiscol, a petición de Pedro Viver capellán, y de Pedro cura de la misma iglesia. Existe aquí la escritura, de la cual he visto un duplicado en el archivo de la colegiata de Estany, aunque roto en la fecha. De 30 del Marzo siguiente queda el reconocimiento que hizo a nuestro obispo el vizconde Guillermo de Cardona por los castillos de Montbuy y de Calaf. De esta clase hay algunas otras memorias hasta mitad del año 1194, en que muerto Berenguer de Vilademuls arzobispo de Tarragona a manos de su sobrino Guillem Ramon de Moncada, como se dirá en su lugar, fue electo nuestro obispo para ocupar la silla vacante, y recibió el palio con bula de Celestino III de 17 de Noviembre, año IV de su pontificado. Obtuvo aquella dignidad hasta el año 1198 en que murió. En los necrologios de esta iglesia se lee así su óbito: III. Kal. Novembr. Migravit ad Dominum Raimundus Terrachonen. archiepiscopus, et nostrae sedis canonicus, qui dum esset pontifex nostrae sedis palatium episcopale cohoperuit ex suis propriis sumptibus. El sucesor fue Guillermo de Tavartet, hijo de Peregrino Tavartet y de Saurina, sobrino de Reverterio, prepósito de los canónigos reglares del monasterio de Santo Tomás de Riudeperas (Riudeperes : riu de pedres : río de piedras), junto a esta ciudad. Consta esto de la escritura de la herencia que sus padres dieron a la iglesia cuando le ofrecieron al servicio de Dios, y fue admitido por canónigo en el año 1181. La escritura está en el libro de donaciones (fol. 80). Tío suyo fue también un Pedro sacrista de esta iglesia, que es el que muchas veces se halla firmado en escrituras con el leonino: Scripta lubens ista Petrus confirmo sacrista.

la elección de este prelado se verificó en Abril de 1195; a lo menos me consta que el día 28 de dicho mes se firmó el decreto de ella por los canónigos electores, que pedían al metropolitano su confirmación. He copiado en Tarragona este documento (a: Apend. n. I), del cual consta que el electo era diácono y canónico de esta iglesia. Debió ser luego confirmado; mas no se halla memoria suya hasta el 21 de Marzo del año siguiente 1196 en que Sibila de Queralt le nombra su albacea, rogándole que se apodere del castillo de Gurb hasta que de sus réditos se paguen todas sus deudas, y luego lo vuelva a su hijo Berenguer de Queralt. En el siguiente mes de Abril, hallándose el rey Don Alfonso II en Perpiñan, confirmó el privilegio que su padre el conde Raimundo había concedido a los de Vique en 1148 de no exigir los derechos que dijimos arriba. Por este tiempo recibió tres bulas del papa Celestino III. La primera de 12 de Noviembre de 1196, concediendo al obispo que con el parecer de la mayor parte del capítulo, pudiese practicar cuanto le pareciese oportuno para el bien de su iglesia, reprimiendo con vigor la audacia de los que caprichosa y maliciosamente se oponían a todas sus resoluciones. La segunda, fecha del día siguiente, autorizándole para privar de los beneficios ad tempus, y proceder según derecho contra los clérigos que no querían llevar corona abierta, ni acudir a los sínodos. Más notable es la tercera, fecha el mismo día y año, en que confirma la facultad que los reyes de Francia habían dado al obispo y capítulo de defender las posesiones de la iglesia con armas temporales, y de perseguir del mismo modo a los facinerosos. Hallóse en Gerona el año 1197 autorizando el edicto de D. Pedro II contra los Waldenses. En el siguiente a 16 de Noviembre reconocieron los vecinos de Vique que debían pagarle el tercio de todos los establecimientos de casas dentro de la villa, que así se llamaba entonces. Por el documento que de esto queda se ve la entereza con que procedió para defender los derechos de su iglesia, y también para hacer confesar al vizconde de Cabrera Geraldo (Guerau), que todas las décimas que poseía en este obispado, las tenía en feudo de la iglesia; esto fue a 9 de Abril de 1200. En el mismo año se recogió el real subsidio extraordinario llamado Bovático (bouage, bovage) es a saber, tanto por yunta de bueyes, cuya recolección se encargó a los obispos. El del obispado de Vique importó 19900 sueldos. 

Del año 1203 a 3 de Enero es la concordia que Pedro sacrista y otros jueces 

árbitros establecieron entre nuestro obispo y el arcediano Bernardo sobre los derechos de la vicaría o veguería de Vique; a la cual adjudicaron las tachas de hornos, tabernas, pesos, medidas y canas menores: Item, los ladrones con sus despojos; mas si los ladrones eran cogidos dentro de las casas, debían entregarse a los dueños para que estos los entregasen con sus despojos. Declararon que la jurisdicción en todas las percusiones e invasiones dentro de la villa era plenamente del obispo. Esta jurisdicción del prelado sobre los facinerosos era tan peculiar suya, que en el mes de Abril de 1205 el rey D. Pedro II revocó tres salvoconductos que había concedido a ciertos malvados, confesando que su castigo pertenecía al obispo Guillermo y sucesores. En el año 1207 se vio nuestro obispo precisado a ir a Roma con la ocasión que indica la decretal del papa Inocencio III. (lib. V. tit. I. de accusationibus, c. 19. cum oporteat.). Fue así que Guillermo Gros, y Gilaberto de Monreal, canónigos de Vique, acusaron a su prelado ante el papa de varios y enormes crímenes: para cuya averiguación comisionó S. S. al arzobispo de Tarragona, al abad de Poblet y al arcediano de Barcelona. Informado después por el obispo acusado de la perversidad de sus acusadores, y de que los testigos eran igualmente corrompidos y sus enemigos declarados, mandó S. S. a dichos comisionados, que primero se informasen secretamente de la verdad de la acusación, y en caso de hallar al obispo libre de delito grave, le mandasen hacer la purgación canónica. El éxito de este cuento, que no refiere dicha decretal, consta de un breve del mismo papa fecho en S. Juan de Letrán III. Idus Maii ann. XI. pontificatus (1208) que se halla en este archivo, dirigido al arzobispo de Tarragona y al obispo de Vique: en que les dice que los acusadores fueron condenados a privación de sus beneficios, por no haber podido probar los delitos que imputaron a su prelado; pero que habiéndose humillado y pedido muchas veces perdón, a ruegos de ellos mismos y de varias personas que habían intercedido con S. S., los absolvía de su penitencia, y encargaba que los declarasen públicamente absueltos. He querido copiar y enviar este instrumento, para que conste por este medio la inocencia de nuestro obispo, así como consta su acusación (a: Apend. n. II). El Gilaberto de Monreal tomó después el hábito de S. Francisco y murió en 1248. De Guillermo Gros hay noticia que en el año 1210, sin haber perdido el canonicato de Vique, poseía al mismo tiempo la prepositura de S. Pedro de Rodas, según la escritura que vi en el cartoral de aquel monasterio (fol. 17).

libre ya el prelado de estos cuidados, pudo dedicarse a la defensa de los derechos de su iglesia, que en la revuelta pasada se hallaban vulnerados por el conseñor de esta villa Guillermo de Moncada. El negocio llegó a términos de valerse de las armas eclesiásticas; y esto produjo el efecto deseado de la paz y sumisión a la justicia. La cual se restableció del todo a 20 de Septiembre de 1209, por medio de la sentencia pronunciada por el arzobispo de Tarragona Raimundo, con acuerdo de varias personas, entre otros el que luego sucedió en esta silla S. Bernardo Calvó, cuya firma original he visto en dicha sentencia que aquí se guarda. Del año siguiente es el decreto que el rey D. Pedro II expidió a ruegos de nuestro prelado y de los demás de la provincia, imponiendo penas pecuniarias a los que despreciaban las excomuniones (a). (a) En el catálogo impreso en las sinodales se cuenta en este año 1210 electo obispo de esta iglesia Arnaldo, abad de Amer. Está demostrado que este lo fue un siglo antes, y que es el mismo que allí se llama Arnaldus Berengarii. Por lo demás en este tiempo no hay lugar vacante de esta silla, y el obispo Guillermo, de quien vamos hablando, lo fue hasta el año 1233. 

En este mismo año 1210, día 3 de Junio, hallo a nuestro obispo sentenciando como juez apostólico, junto con Pedro, sacrista de esta iglesia (que creo era su tío) un pleito que había entre Pedro, obispo de Barcelona, y Ramón de Bach, camarero de Ripoll, sobre un huerto sito al norte y pegado al palacio episcopal de aquella ciudad. La sentencia se dio a favor de Ripoll. De esto no digo más ahora, remitiéndome a lo que se dirá en el episcopologio de Barcelona. El crédito que nuestro obispo lograba con dicho rey consta principalmente de la embajada que le confió para el arzobispo de Narbona, legado apostólico en la cruzada contra los Waldenses; porque antes de tomar el rey las armas en favor de los condes de Tolosa y de Foix, quiso tentar los medios de paz, y uno fue el que digo. Consta esto (dice Moncada) de una historia escrita en lengua catalana en el siglo XIV, que trata de aquellas cosas. En agradecimiento a estos servicios y a los grandes socorros que le dio nuestro obispo, le concedió el rey un amplísimo privilegio de protección, firmado en Tolosa a 24 de Enero del año de la encarnación 1212 (1213).

Hallóse en el concilio general Lateranense IV, y con esta ocasión logró que el papa Inocencio III confirmase lo que su antecesor Celestino III le había concedido en orden al consentimiento y asistencia de los canónigos de su iglesia en los actos capitulares. De su vuelta de Roma no se sabe hasta que le hallamos asistiendo a las cortes que D. Jaime I celebró en Villafranca de Penades (Penedés; Penitensis) a 24 de Junio de 1218. En 22 de Febrero del año 1222 acordó el mismo rey con licencia de nuestro obispo poner tabla en Vique, esto es, tomar dinero a censo, sólo por espacio de 40 días, para acudir con su producto a las urgencias del estado. Del mismo año hay una bula del papa Honorio III, en confirmación de los bienes de esta iglesia. Por entonces se construyó en el lugar de Alfandarella o de Palau, camino de Lérida y diócesi de Vique, un monasterio de Premonstratenses dedicado a S. Nicolás. los fundadores Guillermo de Anglesola y su mujer Sibilia pidieron a nuestro obispo la confirmación como a su diocesano, y licencia para enterrarse en él, no sólo ellos sino cuantos quisiesen. Diola el obispo con acuerdo del metropolitano Sparago, reservando para sí y sus sucesores en la sede de Vique la obediencia canónica del prior del nuevo monasterio. Fue esto a 6 de Abril de 1226. En otra escritura de 7 de Marzo 1231, formado ya este monasterio, prestaron su obediencia canónica al obispo Bernardo de Filol abad, Fr. Vidal suprior, Fr. R. Bonrepós, Fr. G. de Morlans, Fr. G. de Castelnou sacrista, Fr. Ponce prior, Fr. G. de Subirats obrero, Fr. G. de Cerdaña y algún otro. De esto se dirá más cuando hablemos del monasterio de Bellpuig de las Avellanas, al cual se reunió esta casa: y entonces se publicarán las escrituras, que ahora omito por no abultar, y porque no contienen más que esto. Moncada asegura que nuestro obispo se halló en las cortes que celebró D. Jaime I a fines de 1228 para tratar de la conquista de Mallorca, y que ofreció para ello su donativo como los demás. Esto segundo es regular, siendo como es cierto lo primero, según se dirá en el viaje a aquella isla, aunque el P. Marsilio lo calla en la crónica latina de dicho rey. También lo es que se halló en el concilio de Lérida, celebrado por el cardenal Sabinense Juan; y que este visitó la iglesia de Vique, donde aumentó el número de canónigos que eran 23 hasta el de 30; lo cual poco después confirmó Gregorio IX. Otras muchas cosas estableció el legado, cuya ejecución quedó cometida al metropolitano Sparago, que se hallaba en esta iglesia en el Octubre del año 1229. Al concilio provincial del año siguiente asistió nuestro obispo; el cual por un efecto de las luces y reforma que por estos medios se iban introduciendo, hallamos que a 12 de Junio de 1229 estableció con su capítulo que se diese la porción canonical a los canónigos que quisiesen ir a estudiar a Lombardía o a Francia por espacio de tres años, con tal que dejasen un presbítero o diácono que asistiese en lugar de ellos en el coro a las horas canónicas. lo mismo se fue continuando aun después de erigida la universidad de Lérida en el año 1300. Algunas otras memorias de poca entidad nos quedan hasta el año 1282. Moncada conjetura que no murió hasta el mes de Agosto de 1233, fundado y bien en que la elección del sucesor se hizo en el Septiembre inmediato. Abraham Bzovio puso en sus anales un feo borrón a los últimos días de nuestro obispo, asegurando que fue privado de su silla porque sentía mal de la fe católica, y añadiendo que el juicio de esta causa se cometió al inquisidor Fr. Pedro de Cadireta dominico. Mas este religioso era muy joven en 1232, como que en el capítulo de su orden celebrado en Toledo en 1250 le destinaron para aprender la lengua arábiga, y después de esto le instituirían inquisidor, en cuyo ejercicio le mataron en 1279. Por otra parte es extraño que no quede por acá memoria de cosa que debía de haber sido muy ruidosa. Así que tengo por fábula esta especie, constándonos de la probidad y excelentes virtudes de este prelado, que se acrisolaron bien en la acusación que dejamos referida del año 1207. Apenas murió este obispo se apoderaron de su espolio el prior y convento de S. Pedro de Caserras; no sé con qué motivo, acaso serían algunas deudas. Reclamaron el capítulo y obispo sucesor; y por comisión del papa sentenciaron los abades de S. Juan de Ripoll y de S. Benito de Bages que se entregasen a esta iglesia el Salterio glosado, y otros libros de escritura y derecho civil: Item un breviario que había hecho el obispo, y su báculo pastoral. lo demás con algunos libros, entre otros los Usages, quedó para Caserras. Fue esto en 3 de Julio de 1235. Estaba ya entonces en posesión de esta silla el sucesor 

S. Bernardo Calvó, apellidado así por la casa heredad de este nombre que lo dio a su familia, situada en el campo de Tarragona. Era abad del monasterio de Santas Cruces (Santes Creus), donde tomó el hábito hacia el 1215, de cuyo año es el testamento que hizo antes de profesar a 21 de Julio, cuya copia envío (a: Apend. n. III). En él verás las disposiciones que hizo a favor de su madre Beatriz y de sus hermanos Guillermo Calvó y Guillerma y otros parientes, revocando otro testamento que había hecho en Tarragona en una grave enfermedad que allí padeció. Debía ya ser muy entrado en edad cuando vistió la cogulla; pues como vimos arriba en 1209 era ya hombre provecto y capaz de ser asesor del arzobispo de Tarragona en la sentencia que dio en el pleito entre el obispo Guillermo de Tavartet y Guillermo de Moncada. Eligiole este capítulo por compromiso firmado día 30 de Agosto de 1233, hecho en Bernardo de Tornamira, Pedro Guarretes y Juan Draper, los cuales le nombraron obispo a 10 de Septiembre de 1233. Casi la primera operación de su pontificado fue la persecución de los herejes Albigenses, para cuya inquisición en toda la provincia Tarraconense le autorizó el papa Gregorio IX, dándole por coadjutores al prior de los dominicos de Barcelona y a Fr. Guillermo Barberá, también dominico. Esto es del citado Bzovio. Más cierta es la sentencia que ganó contra el abad de Poblet sobre el patronato de la parroquial de Verdú, la cual dieron a 31 de Agosto de 1235 el arcediano de Benasque, B. de Trogo y el maestro Mateo, arcediano de Terrantona, subdelegados del maestro Pedro de Albalat, sacrista de Lérida, principal comisionado por el metropolitano. Este Pedro fue sin duda el arzobispo de Tarragona. Existe esta sentencia en el archivo episcopal, y también la confirmación de ella en el año siguiente. En 1236 a 19 de Marzo consagró la iglesia de nuestra Señora de Casellas, la cual edificaron Ermengaudo Sineterra (sin tierra) y su mujer Elisendis. En el Octubre siguiente se halló en las cortes de Monzón, en que ofreció asistir personalmente con algunos soldados en la guerra contra Valencia (reino árabe Balansiya). Antes de cumplir esto tuvo encargo particular del papa Gregorio IX junto con Don Pedro de Albalat, obispo de Lérida, y San Raimundo de Peñafort, para elegir el primer obispo de Mallorca y consagrarle, buscando para ello otros obispos que no fuesen de la provincia Tarraconense, y tomando al nuevo prelado el juramento de obediencia a la silla apostólica. La data de esta bula (tan original por lo que en ella se manda) es de 15 de Julio de 1237. De esto se dirá en lo de Mallorca, y no te ha de pesar de leerlo. Se verificó el nombramiento en D. Raimundo Torrella, que muy pocos meses después ya suena ejerciendo su dignidad en aquella isla. Pasó luego nuestro prelado a la guerra de Valencia, y llegó al ejército cuando el rey tenía ya puesto cerco a aquella capital, donde debió portarse con valor que mereciese la donación que le hizo el rey antes que se rindiese la ciudad a 20 de Julio de 1238, de dos alquerías en el término de Murviedro, llamadas Labayren, y Cunillera, y de otras dos en el término de Paterna, llamadas Alcudia y Benialcazim; estas dos últimas le permutó el rey tres años adelante con la posesión del castillo llamado Sagart. Todos estos heredamientos se cambiaron después por el castillo y villa de Sallent, en la ribera de Llobregat Omito hacer memoria de las escrituras que esto contienen; las cuales servirán para la colección de documentos. También firmó nuestro prelado entre otros la carta de los pactos con que se rindió aquella capital, y asistió a la purificación de su iglesia. Hecho esto se vino con su metropolitano al concilio provincial de Tarragona que se tuvo a 18 de Abril de 1239. Apenas concluido el concilio visitó el metropolitano la iglesia de Vique, donde dejó ordenadas y encargadas al celo de nuestro obispo las constituciones, que incluyo por ahorrarme el contarlas aquí, y porque merecen publicarse (a: Apend. n. IV). Su fecha es apud Vicum II. Nonas Augusti anno Domini M.CC.XXX. nono. Visitó también nuestro obispo el monasterio de canónigos de S. Agustín del Estany en 1240, e hizo algunas constituciones sobre reglamento de porciones y buena administración de la hacienda. He visto allí el documento original en que hace mención de otra visita suya anterior. Es de notar en él, que supone no haberse aún introducido en sus prelados el dictado de Abad, con que se honraban ya catorce años más adelante. De esto se dirá en su lugar. No se halló nuestro prelado en los concilios provinciales de 1240 y 1242, de los cuales he visto algunos ejemplares antiguos. Pero de ellos consta que asistió al de 1243 a 5 de Mayo en Tarragona. Pocos días después, es a saber, a 14 del Julio siguiente, no pudiendo hacer testamento, como él mismo dice, por ser monje, extendió un memorial o inventario de cuanto tenía, y de las deudas a que estaba obligado (a). (a) Este instrumento que es por muchos títulos precioso, lo imprimió posteriormente el canónigo de esta iglesia D. Jaime Ripoll. Y de él es la copia que va en el apend. n. V. Poco más le duró la vida, es a saber, hasta el 26 de Octubre del mismo año 1243 en que murió en su palacio. Estuvo patente e incorrupto su cuerpo en la catedral por espacio de ocho días, al cabo de los cuales lo depositaron en un sepulcro de mármol en una capilla cerca de la pila bautismal. Al año siguiente al de su muerte ya se actuó proceso de los milagros que obraba Dios por su intercesión, y luego se le dio el título de Beato, y se pusieron lámparas en su sepulcro. En el capítulo general de 17 de Mayo de 1312 resolvieron los canónigos: quod cum contigerit Beatum Bernardum quondam Vicensem episcopum facere miracula, ipsis miraculis publicatis pulsentur cimbala maiora unum magnum tractum, et quod dicta miracula per Vicensem clavigerum, seu eius locum tenentem, scribantur in quodam libro, et nomina etiam illorum qui sciverint dicta miracula facta fuisse; et quod primo sequenti sermone, qui fiet in dicta sede, publice denuntientur dicta miracula. Más que todo esto es lo que hallo en las actas del mismo capítulo del año 1324: Item fiat festum IX. lectionum SS. Luciani et Marciani martyrum. Et celebretur ipsorum festivitas in tertia die post festum Sancti Bernardi episcopi Vicensis. Donde se ve que ya tenía su festividad señalada. Sin embargo de esto a 3 de Junio de 1338 resolvieron los canónigos en capítulo general enviar a Roma uno de ellos que solicitase la canonización de S. Bernardo Calvó. Otras memorias hay de esto mismo en los años inmediatos; y consta que efectivamente se envió a Roma el proceso de sus milagros. En 1381 hallo que el obispo García Fernández de Heredia le construyó un sepulcro suntuoso cum rexiis, pidiendo para esto el auxilio de las limosnas de los fieles, a quienes concede por ellas varias indulgencias en las principales fiestas del año, contando en su número la de dicho S. Bernardo. El edicto se firmó a 5 de Diciembre de ese año 1381. Del mismo tiempo hay memorias de haberse ya erigido altar a su nombre. Por donde consta con evidencia de su culto inmemorial, y de su canonización particular. El P. Onofre Relles jesuíta, en la vida de nuestro santo, que imprimió en Barcelona en 1689, se inclina a creer que está también solemnemente canonizado, aunque no se sabe por qué papa. No caben conjeturas en esto. 

En el año 1625 ni aún estaba beatificado por la S. Sede, cuando el arcediano D. Juan Barrera, gobernador de esta iglesia vacante por muerte del obispo Fr. Andrés de S. Gerónimo, imprimió un edicto para que los fieles de toda la diócesi contribuyesen con sus limosnas a los gastos de la beatificación de dicho santo. Tres años después todavía se esperaba aquí la beatificación, como se ve en un papel impreso sobre los derechos de la dignidad de arcediano. ¿Quién creerá que cosa de tanta entidad pudiese ocultarse a la diligencia de los que la buscaron, siendo de casi nuestros tiempos? (a). (a) Debo confesar aquí con dolor que tenía recogidas en una hoja suelta otras noticias posteriores; la cual ha perecido sin ser posible encontrarla, como me ha acontecido con algunos otros papeles. 

Bernardo de Mur (de Muro), electo poco después de la muerte del antecesor, como que a 8 de Diciembre del mismo año 1243 ya confirmó su elección el arzobispo de Tarragona. Sin embargo el electo no prestó su obediencia canónica al metropolitano hasta el día XIX Kal. Febr. anno M.CC.XLV. como consta del original que de ello queda, y he visto en el archivo de aquella metrópoli. Nada nos dice Moncada de la persona de este obispo. Yo he hallado que fue arcediano de la iglesia de Urgel, y que siéndolo estudiaba en Bolonia en el año 1238 junto con Guifredo de Terracia, Raimundo de Angularia, canónigo de Lérida (que después ocupó esta silla de Vique), Berenguer de Salceto, Berenguer de Cervaria, Pedro de Meerata y Pedro de Gualba, los cuales todos se intitulan Catalani, y estudiantes en aquella universidad, en el vale o escritura de reconocimiento que hicieron a favor de Jacobino Cóstoli, cambista de aquella ciudad, en que confiesan deberle la cantidad de cien bezantes alfonsinos (besants; de Bizancio) de oro. Existe el instrumento en este archivo y como también el en que un procurador de Guido de Bagolo, canónigo de Vique, vendió a Bernardo de Muro arcediano de Urgel, unum decretum de littera antiqua in cartis edinis: apparatum de apparatu commune, por precio de 55 libras. La fecha es del mes de Octubre del mismo año 1238. En los primeros años de su pontificado se halla un Arnaldo de Muro, arcediano de Vique y capellán de Santa María la Rotunda, el cual se hizo fraile dominico, y murió en Lérida en 1241. La primera memoria que hay de su presencia en esta sede es el homenaje que le prestó Berenguer de Queralt por el castillo de la Meda a 12 de Abril de 1246. Más señalada es la que queda sobre reducción de canonicatos hecha en el mismo año, a instancias del mismo y del capítulo, por los comisionados apostólicos el maestro Mateo arcediano de Terrantona, y Ramón de Espluga canónigo de Lérida, los cuales reformando la constitución del cardenal Sabinense que estableció 30 canónigos, los redujeron a 20, designando la porción de uno de ellos para el mantenimiento de un maestro de gramática, según lo mandado en el concilio general Lateranense. Todo lo confirmó después el papa Inocencio IV a 7 de Abril de 1251. En favor de los mismos canónigos hizo por este tiempo una constitución, concediéndoles el poder testar de la anata de sus rentas inmediata a su muerte, la cual si morían intestados se adjudicase para pago de sus deudas. La ocasión de esto fue la tenuidad de las rentas, que ocasionaba muchos acreedores y poca posibilidad de satisfacerles. En el año 1247 a 2 de Septiembre logró del rey D. Jaime I un amplísimo salvoconducto para su iglesia y todos sus individuos. Agradecidos a esto y por las instancias del mismo monarca le cedieron a 1.° de Septiembre de 1248 el castillo de Gurb, que pocos días antes habían comprado de su antiguo dueño Bernardo de Queralt por 16 (M; signo ” comillas encerradas en un círculo abierto por la izquierda - arriba) sueldos melgoreses con otras pensiones. No se halló nuestro obispo en el concilio Tarraconense celebrado este mismo año de 1248; asistió a él en su nombre  Berenguer Burdi. Dos sínodos nos quedan de él, uno tenido a 28 de Julio de 1251, y otro en Febrero de 1252. En este último se trató de reprimir la autoridad que se tomaba el abad de Ripoll, impidiendo que los clérigos que regentaban las iglesias sujetas a aquel monasterio, prestasen la obediencia al obispo, acudiesen a su sínodo, y por el crisma &c. Fulminose pues sentencia de excomunión a 21 de Febrero, la cual he visto en el archivo episcopal. Por el mes de Mayo del año 1254 intimó el rey a su veguer Pedro de Vilaragut, que mandase cesar en la fábrica de moneda de esta ciudad. Así consta de la requisición que el obispo y capítulo hicieron a dicho veguer a 27 del mismo mes y año. Mas como este era un derecho antiquísimo de la iglesia, acudieron por nueva confirmación de él a la Sede apostólica. En efecto en el archivo real de Barcelona existe un breve de Inocencio IV dirigido a nuestro prelado, dado en Anagnia a 13 de Julio del año XII de su pontificado. No sé qué más se practicó en esta demanda del rey; pero es regular que cediese en ella, pues a 6 de Marzo de 1254 (1255) hallo un decreto de nuestro prelado mandando el uso de la moneda de Vique, conforme dije en las cartas antecedentes (a: V. tom. VI. pág. 9).

Cundía por estos tiempos la herejía de los Waldenses en las montañas de Urgel y en la Cerdaña. Para remediar este daño fue enviado allá el dominicano  Fr. Pedro de Tenas. El cual en el progreso de su inquisición fue privado del oficio por su provincial; y aun el obispo de Urgel recibió igual privación de la santa Sede. Ambas cosas resultan de dos cartas de S. Raimundo de Peñafort al metropolitano Benito de Rocaberti, que temía injerirse a concluir un negocio comenzado por otros. Mas el santo le exhortó a ello, y efectivamente pasó a Berga acompañado de varios prelados, entre otros de nuestro obispo, donde dio sentencia contra ciento y setenta y ocho acusados de herejía. Consta esto del archivo de Tarragona, de donde copié las cartas citadas de S. Raimundo que están sin fecha; pero son poco anteriores a la de esta sentencia, es a saber, 20 de Diciembre de 1254. 

Estos documentos irán en lo de Urgel.

Tras esto sabemos que nuestro obispo se halló en el concilio provincial de 1256 y en las cortes de Lérida del año siguiente. En el mismo año intentó aumentar otra vez el número de canónigos, viendo lo perjudicado que quedaba el culto con el escaso número de veinte. Efectivamente vino comisión del papa a S. Raimundo de Peñafort; mas nada se innovó.

De los años siguientes quedan memorias del entredicho que puso nuestro prelado en la iglesia de Gurb, que era ya del señorío del rey, por haber este exigido algún tributo a los vasallos de la iglesia de Vique: censura que no levantó hasta verificada la restitución de lo exigido. Autorizó el obispo con su consejo la división que el rey D. Jaime I hizo de sus reinos (y Principado) entre los infantes D. Pedro y D. Jaime en 1262. A pesar del número vicenario de canónigos establecido y confirmado por la santa Sede, lograban muchos de la misma la gracia de nuevos canonicatos, de que resultaban no pocos gravámenes a esta iglesia; para cuyo remedio a 14 de Junio de 1263 estableció nuestro obispo con el capítulo que los nuevamente agraciados ultra el número vicenario, no tuviesen voto en capítulo, ni se les diesen capellanías ni dignidades hasta que recibiesen la porción canonical. En el año siguiente restituyó al monasterio de Santa María de Estany la dignidad abacial que por incuria se había omitido, gobernándose mucho tiempo aquella casa por sólo el prior. Pocos días después de esto, es a saber, a 11 de Noviembre de 1264 murió nuestro prelado en Barcelona, y fue enterrado en la capilla de Santa Ana del convento de Santa Catalina, orden de Predicadores, en la cual había profesado, como refiere Diago (Hist. Prov. Arag. lib. II. c. 6). Este es el que López (Crónica de S. Dom. lib. II. c. 8.) llamó D. Hernando de Silvio, y Fernández (Nomencl. Episc. Hisp.) dijo que murió en 1274. Oigamos el necrologio de esta iglesia: III. Idus Novembr. obiit Bernardus de Muro Vicens. episcopus in civitate Barchinon., qui fecit edificare altare Sanctae Annae in sede Vici, et ibidem stabilivit unum sacerdotem, qui celebraret quotidie in dicto altari pro anima sua, et omnium fidelium defunctorum. Stabilivit etiam festum Assumptionis, et festum Nativitatis Beatae Mariae fieri festa maiora cum omni solemnitate in sede Vici, et anniversarium tam canonicorum quam aliorum sacerdotum, qui celebrent in die obitus sui. Recepit autem habitum fratrum Praedicatorum, et fuit sepultus in domo fratrum Praedicatorum Barcinonae; pro quo fratres Deum rogemus ut ei misereri dignetur. Obiit anno Domini M.CC.LXIV. Sucedióle por elección del capítuloRaimundo de Anglesola (de Angularia), el mismo que en los años anteriores suena en varios instrumentos sacrista de esta iglesia. Fue también canónigo 

de la de Urgel, uno de los acusadores de su obispo Ponce de Vilamur en 1252. Éralo ya mucho antes de la de Lérida, es a saber, en 1238, como vimos en el artículo del obispo antecesor, con quien estudiaba entonces en Bolonia. Todas esas prebendas juntas poseía con la licencia que le dio el papa Inocencio IV por su breve fecho en Lyon a 16 de Enero de 1247, en el cual le autoriza para obtener canonicatos en las tres iglesias de Lérida, Vique y Urgel, cuyas rentas ascendiesen a la suma de 100 marcas de plata, y esto aunque tuviesen anexa cura de almas, dispensándole al efecto la constitución de Juan cardenal Sabinense, que en el concilio de 1229 prohibió la posesión simultánea de muchos beneficios. El papa le llama su capellán. Por el mismo tiempo le dio también licencia para estudiar el derecho en cualquier universidad, sin perder la renta de sus prebendas, que consistía en las distribuciones cotidianas. Era natural de Bellpuig, y de la nobilísima familia de los señores de aquella villa. Con el dictado de obispo electo residía ya en Vique a 14 de Abril de 1265, cuando junto con su capítulo ordenó que las porciones designadas para los oficios Coqui et Pincernae, que eran ya inútiles a la iglesia, se aplicasen a los gastos necesarios del capítulo. La primera memoria de estar confirmado es un mandato a Bernardo de Portella, para que prestase el homenaje por el castillo y feudos de Llusá, que poseía a nombre de la iglesia de Vique. Es del día 21 de Julio de 1265. Poco después, a 27 de Diciembre del mismo año, confirmó y amplió el estatuto de su antecesor Bernardo de Mur, es a saber, que los que habían obtenido canonicatos, sobre el número de los que debía haber aquí, sub expectatione prebendarum, no tuviesen voto en capítulo, ni se les diesen prelacías, ni capellanías, ni otros beneficios en esta iglesia, hasta que ganasen las distribuciones cotidianas. Este freno podían poner las iglesias particulares a la ambición de los que alcanzaban de la de Roma las expectativas. En el año siguiente a 18 de Octubre sabemos que asistió al concilio de Tarragona convocado por el arzobispo Benito de Rocaberti cuando volvió de Roma. Notable es también la constitución que hizo con su capítulo a 11 de Abril de 1267 mandando que en ninguna iglesia pudiese haber más que un rector, el cual para que el culto divino no padeciese detrimento, pudiese elegirse los presbíteros y sirvientes que solía tener su iglesia. No parece creíble la costumbre de tener cada iglesia dos o más rectores para la cura de almas, contra lo mandado en el concilio Lateranense III, si no lo viéramos comprobado con el decreto de prohibición, que sólo por esto he querido copiar (a: Apend. n. VI). De ese mismo año hay una escritura de título de órdenes, dado por la abadesa y monjas del convento de Pedregal (Pertechalis), que creo debía estar hacia Tárrega y Bellpuig, y era de cistercienses. Algún detrimento padecía la fábrica de su iglesia, cuando en 22 de Agosto de 1268 por medio de una carta pastoral exhortaba a los diocesanos a que contribuyesen con limosnas para su reparación, considerando que era la cabeza de todas las iglesias del obispado, y que en ella estaba corpus beati Bernardi quondam eiusdem episcopi, per quem Dominus multa miracula operatur. Con el mismo objeto instituyó una cofradía, en la cual los alistados ganaban varias indulgencias, que con otras cosas verás en la copia que he tomado para la colección. Otra cofradía erigió el año siguiente en honor de nuestra Señora en la villa de Tárrega, estableciendo para su régimen algunas leyes, que no muestran gran diferencia de costumbres a las nuestras. Hállanse con las firmas originales del obispo y de otros muchos en un gran pergamino del archivo real de Barcelona, donde al rededor de la imagen de nuestra Señora están pintados los cuatro ángeles S. Gabriel, S. Rafael, S. Miguel y S. Uriel.

Por hallarse vacante la iglesia de Tarragona, y con autoridad de su capítulo, consagró al obispo electo de Urgel Pedro de Urg, día 29 de Diciembre de ese  mismo año 1269. En la escritura que de esto se hizo, firmó de esta manera: Ego Raimundus Dei gratiâ Vicensis episcopus, qui auctoritate ecclesiae Terrachonensis, sede vacante, predictum episcopum consecravi, assistentibus mihi dominis A. Barchin., et B. Dertusen. episcopis. El obispo consagrado prestó la obediencia canónica domino meo futuro archiepiscopo.

Que la iglesia de Tarragona estuvo mucho tiempo vacante, se dirá en su viaje respectivo. Aquí nos consta además, por una licencia que a 2 de Agosto del año anterior 1268 dio este capítulo de Vique para que pudiese un difunto enterrarse en la iglesia de los frailes menores. En ella dicen que el obispo y el arcediano y el sacrista y otros canónigos estaban entonces en Tarragona para la elección de arzobispo. Va copia de este documento (a: Apend. n. VII); aunque lo que es la costumbre de acudir las iglesias sufragáneas a la elección de metropolitano, se dirá en otro lugar de propósito.

Volviendo a nuestro obispo, sé que asistió a los concilios provinciales de 1273 y 1277, y a todos los que se celebraron durante su vida. También quedan de él dos sínodos, uno de 7 de Marzo de 1270, y otro de 18 de Mayo de 1296. En este último mandó quod plures missae non dicantur nisi in die Nativitatis: et quod hostiae à clericis conficiantur. Muy importante sería para la decencia del sacrificio, que no se hubiese olvidado este segundo mandato. 

Gran firmeza mostró el obispo por estos tiempos en sostener los derechos de su silla, así contra los señores feudatarios de ella, como contra las peticiones del bovage, hechas por el rey a los habitantes de Vique. No sé con qué motivo pasó a Roma este prelado en el año 1281; lo cierto es que volviendo de allá asistió al concilio de Tarragona de 22 de Marzo de 1283. 

De poca entidad para la historia y todas pertenecientes a hacienda son las memorias que quedan hasta su muerte; si no es la constitución para que los canónigos en su ingreso pagasen una capa de seda: y otra en que les confirma la facultad concedida por su antecesor para que puedan testar de la anata post mortem; y otra finalmente en que ordenó varios ritos de la iglesia, que quedan apuntados en su lugar. Murió este prelado en Barcelona a 14 de Enero de 1298, de donde fue traído acá su cadáver, y sepultado ante el altar de S. Pablo que él había reedificado. Más de 34 años que le duró el gobierno, los empleó en desempeñar fielmente las obligaciones pastorales, y en mantener con tesón las jurisdicciones y derechos que poseía su iglesia. Dedicó en ella varios altares, es a saber: el de S. Esteban en 1271, el de Santa Ana en 1276, y el de S. Martín en 1278. También es el primero que ordenó con el capítulo que en adelante se escribiesen todas las deliberaciones capitulares en un libro que debía llamarse Libro de la vida, y así se llama hoy día. En el cual advierto de paso que a fines de este siglo XIII y principios del siguiente se contaban los años à Nativitate, llamando sin embargo primer día del año al 1.° de Enero. De esto se dirá en otro lugar. 

Excusado es hacer mención de los sucesos ruidosos que alcanzó, cuya narración alargaría notablemente la nuestra. No callaré sin embargo que este es el pontificado en que Vique comienza a llamarse ciudad, como hasta aquí siempre la veamos llamar villa.

Berenguer de Bellvis (de Pulcro visu) fue electo a 24 del inmediato Febrero, siendo sacrista de esta iglesia. Acaso era natural de Bellvis, en el campo de Urgel, de cuya villa eran señores los de este noble apellido. En el archivo de Tarragona vi la escritura original de la obediencia canónica que prestó a aquel arzobispo pridie Kal. Septemb. del año 1298. Poco antes de esto, es a saber, a 27 de Mayo ordenó el capítulo al notario público de Vique, que no recibiese testamentos, a los cuales se hallasen presentes los frailes menores y predicadores. Fue nuestro obispo persona muy estimada de los reyes, como que D. Alonso III lo había elegido para acompañar a su esposa Eleonor, hija de Eduardo rey de Inglaterra, desde Guiena hasta Aragón. 

Lo cual no se efectuó por la muerte del rey. Su breve pontificado no ofrece cosa que contar, sino homenajes y concordias de hacienda. Sólo hallo fuera de esto haber mandado que en las procesiones principales del año llevase el clero capas sericas. Además se sabe que celebró un sínodo en 1299, en el cual recopiló las constituciones de sus antecesores Mur y Anglesola. Murió en su palacio a 24 de Noviembre de 1301 circa primum sompnum, como dice el capítulo en la convocatoria para la futura elección, despachada a 30 del mismo mes. En el necrologio se dice de él: Qui multas pro ecclesiae suae defensione angustias, et persecutiones sustinuit; cuius anima &c. Sucedióle

Ponce de Vilaró (de Villarone), prepósito de la iglesia de Solsona, cuya elección por compromiso se verificó a 11 de Febrero de 1302, y acto continuo en el mismo día y hora dieron posesión de pontificali apice, stallum in choro, et locum in capitulo, a Jaime Soler canónigo, sobrino del electo, admitiendo ipsum in episcopalem cathedram cori Vici et tradendo ipsi portionem duplicem canonicam panis, vini, et denariorum, ut moris est. Consta esto in lib. vitae, fol. 21 y 22. Extraño parece que no se esperase ni el consentimiento del electo, ni la confirmación del metropolitano. Pero los datos indicados son ciertos, y del libro original. Muy pronto confirmó la elección el metropolitano, como que a 1.° de Junio del mismo año ya prestó su obediencia canónica al arzobispo Rodrigo Tello; cuya escritura original he visto en Tarragona. Más es, que a 30 de Mayo del mismo año ya se halla que el vizconde de Cardona Ramón Folch prestó el homenaje acostumbrado al nuevo obispo. Siguiéronse tras este otros de los feudatarios, en que no le faltaron motivos para mostrar su celo y mansedumbre. A principios del año siguiente 1304 trasladó a la iglesia de Santa Catalina, en territorio de Cervera, las religiosas que su antecesor Raimundo de Anglesola había establecido en la de San Miguel, término de Rajadell, bajo la regla de S. Agustín, reservándose en esta traslación la obediencia canónica de la priora. Esto dicen los historiadores. Mas no fue traslación, sino nueva fundación hecha en Cervera, como colonia de la otra casa de Rajadell, que no se intitulaba de S. Miguel, sino de Santa Lucía; la cual quedó como principal y matriz de la otra, que no era sino una dependencia suya. Esto lo verás mejor cuando lleguemos al año 1374 en esta serie de obispos. En 1305 se halló el nuestro visitando y castigando con severidad los desórdenes introducidos en el monasterio de canónigos de S. Agustín del Estany, y desterrando a muchos de ellos a otros monasterios de la provincia, es a saber, al de Llusá, Manresa &c., y citando al abad Jaime para que respondiese a varios cargos ante su presencia. A 5 de Febrero de 1306 consagró el altar de S. Vicente mártir, construído en esta iglesia, como se lee en los martirologios. 

Murió este obispo a 5 de Julio del mismo año, como consta del entierro que tiene en el claustro de la iglesia de Solsona, en un sepulcro de piedra común con muchos escudos de armas y figura de relieve y la inscripción siguiente: 

Hii tres praelati, sub eadem stirpe creati, 

Post sortem fati, tumulantur consociati.

Anno Dñi. MCCC.VI. tercio Nonas Iulii obiit Dñs. Poncius de Vilarone Vicen. Eps. qui fuit Prepositus eclesiae Celsonen. XXXVII. annis, quam multis honoribus cum augmento reddituum decoravit: cuius anima requiescat in pace. Píntase allí por armas una casa con torres. 

Dos memorias quedan de su breve pontificado dignas de referirse. Una es la resolución del capítulo de esta iglesia en 1305 de que Consueta breviariorum redigatur et corrigatur ad unam formam, ad agnitionem Berengarii Pauli monachi, et Guillermi de Nogaria minoris succentoris. La segunda es la deliberación que hicieron los ciudadanos de Vique juntos en el cementerio de S. Pedro, determinando que ningún extranjero que injuriase a los habitantes de la ciudad, se atreviese a entrar en ella; y que en tal caso, esta no estaría a la evicción del daño que recibiese.

Raimundo Anglesola, sobrino del otro obispo que dijimos de su mismo nombre y apellido, e hijo de Guillermo de Anglesola y de Constanza de Alagón, señores de Bellpuig, siendo camarero de Tarragona fue electo por compromiso obispo de Vique a 6 de Agosto de 1306. Murió luego, y tan luego que a 19 del inmediato Septiembre fue elegido del mismo modo Berenguer de Guardia (o Çaguardia), canónigo de Barcelona y de Elna; y también lo había sido de esta iglesia, admitido en 1299, pero después renunció. Prestó su obediencia canónica al arzobispo D. Rodrigo XV. Kal. Ianuarii de 1306. En la escritura original que se hizo de ello, y he visto en Tarragona, firma como testigo Poncius episcopus Barchinon. A 26 de Abril de 1307 se halla ya el homenaje que le prestó el rey D. Jaime II por las décimas de Gurb y otros lugares. Pronto se mudó el estado de estas cosas: porque el obispo consideraba que los pontificados antecedentes habían sido muy ejercitados con los pleitos nacidos del señorío de la ciudad de Vique; y así trató luego de ponerla en manos de un señor que pudiese servir de protección a la iglesia e indemnizarla bien con un cambio razonable. Fue este el mismo rey D. Jaime II. Tratóse pues el negocio con acuerdo del metropolitano, y se concluyó a 22 de Septiembre de 1315, en cuyo día se firmó la escritura del concambio. Este es el suceso de mayor entidad de este pontificado, que forma época en lo civil y eclesiástico; de lo cual ya se habló en los correos pasados (a:V. tom. VI. pág. 6). No lo es menor si cabe la resolución que tomó con su capítulo día 30 de Mayo de 1318, de reedificar y construir los claustros con la magnificencia que correspondía a esta iglesia. Comenzada la obra expidió el obispo una pastoral a sus feligreses, exhortándoles por varios caminos a contribuir con limosnas a su conclusión. Entre otras cosas elogiando la iglesia de Vique, le atribuye haber sido metropolitana de esta provincia por espacio de 390 años, cuantos Tarragona estuvo sujeta a los sarracenos; especie que después se ha demostrado ser falsa. Va copia de esta carta fecha a 17 de Febrero de 1326 (b: Apend. n. VIII). En las actas capitulares, que como ya se dijo llaman el Libro de la vida, hay memoria de haber mandado este obispo hacer a sus expensas un cirio pascual perpetuo, el cual existiese siempre en la iglesia, teniendo la obligación el claviger de renovarlo y reponerlo anualmente en la parte que se consumía: y en caso de corromperse por su vejez, debiese el capítulo hacer otro en su lugar, como consta haberlo hecho por algunas resoluciones que he visto en dicho libro. Igual costumbre veremos a su tiempo en otras iglesias, y también la de poner colgada de dicho cirio la tabella paschalis. Sábese que nuestro obispo asistió al concilio provincial de 1317, y a las cortes que se tuvieron en Tarragona dos años después con motivo de la renuncia que hizo de su derecho a la corona el infante D. Jaime hijo de D. Jaime II. En 1320 se erigió en canonicato el oficio de tesorero de esta iglesia, el cual en tiempo de Gregorio XIII quedó incorporado al capítulo con sus rentas y obligaciones. Hizo varias fundaciones en su iglesia dirigidas a mejorar el culto. Suyo es también un sínodo que celebró en 1318 a 26 de Noviembre; del cual lo más notable es la conmutación de las censuras impuestas a los concubinarios en penas pecuniarias. Del año 1321 se nos conserva la queja que dieron a este obispo los vecinos de la ciudad, porque les quitaba la costumbre antigua tenendi gaytam (guaytam) sive badam, et cornandi et tubicinandi in cloquerio sedis. Respondió el prelado que el cloquerium era de la iglesia, y que en el cambio hecho con el rey se había prohibido esta práctica, como era así la verdad, y ya dije en los correos anteriores (a: V. tom. VI. pág. 7). Finalmente se sabe que murió en Barcelona a 16 de Octubre de 1328, y trasladado aquí fue enterrado en el baptisterio, sepultura ordinaria de los obispos. Largo es el elogio, y escrito con lujo particular, que se halla en los martirologios. Dice así: XVI. Kal. Novembris obiit Berengarius de Guardia sedis huius antistes egregius, qui Barchin. praesentiam regiam pro iustis causis aggresus, an. Domini M.CCC.XXVIII. praesulatusque sui XXIII. receptis ecclesiasticis sacramentis, diem vitae conclusit extremum. Eius vero corpus huc honorifice reportatum, cum praedecessoribus fuit ad baptisterium tumulatum. Hic divino fultus auxilio, suique capituli sano ductus consilio, iura praecipua civitatis huius et pagi, caeterasque regias dignitates, et castra montis Bovini, de Toust (Tous), et de Espelto, quae sedes ista non sine magnis dispendiis, et iniuriis etiam à vasallis perpessis, diu possederat, ad nostrum commodum perpetuamque pacem cum D. Iacobo bonae memoriae rege II. (Jaime II de Aragón) simul et comite (conde de Barcelona) permutavit. Ab eodem domino palatium Calidarum protinus à se reedificatum, merum imperium Castri novi Salientis, atque de Arters, insuper solidos mille perpetuos, refusis vice doni vel praetii centum fere millibus, impetravit. Casclania turrium de Arters cum pertinentiis et cultura, domum quoque Templi Barchinon. cum pulcris appendiciis et capella, suis successorumque iuribus et usibus applicavit. 

In altari S. Michaëlis, cuius in iuventute rector extiterat, unum praesbyterum, secundum in episcopio, praeter triclinium, quod ibidem perfecerat, instituit, et dotavit. Beato Petro cupas duas argenteas, et unum pallium devotus obtulit. Operi claustri novi, quod sub ipso fuit incoeptum, de suo vivens et moriens contulit. Anniversaria quinque denariorum sex, et sextum pro die transitus, quod est octo: lampades etiam LI. spe iubilei coelestis, et unius veri luminis, stabilivit. Et sic probitatis et honestatis exemplum posteris derelinquens, vitâ functus in pace quievit; unde quidam de nostris eius actus et finem metrice sic descripsit:

Flores despexit, fructus acquirere scivit. 

Castus prospexit iter id, quo vita praeivit. 

Pacificus rexit, tandem contritus obivit. 

Sic quem dilexit iam dictus praesul adivit. 

Ergo, laudate Dominum, fratres recitate. 

Sucedióle 

Galcerán Çacosta, de quien me consta que era ja canónigo de la Seo de Urgel en 1313, y que allí ejercía el cargo de visitador por el arzobispo de Tarragona. Más adelante obtuvo el arcedianato de Andorra en la misma iglesia. Fue electo obispo por compromiso a 26 de Octubre de 1328, y a 28 de Febrero del año siguiente prestó la obediencia canónica a su metropolitano D. Juan de Aragón. Hállase que asistió ya al concilio provincial del año siguiente, lo cual ejecutó también en los que se celebraron durante su vida. No le faltaron disturbios y cuentos pesados de que apenas hay noticia; sólo se sabe que Don Pedro de Cardona, hijo de D. Ramón de Cardona, desafió públicamente a nuestro obispo: con cuya autoridad fue después absuelto de la excomunión del concilio Tarraconense, en que por ello había incurrido, por el prior del monasterio de S. Jaime de Calaf a 25 de Abril de 1334. Grandes favores experimentó esta iglesia del rey D. Pedro IV, en que no tuvo poca parte la mediación y respeto del obispo Galcerán, que por los medios posibles sirvió al rey, singularmente en la jornada que dispuso en auxilio del de Castilla D. Alfonso XI contra los moros de Andalucía, y en las cortes que para ello juntó en Barcelona en los claustros del convento de Santa Catalina en el Noviembre de 1340. En el Mayo antecedente había celebrado un sínodo, en que formó una colección de las constituciones más útiles de sus predecesores, y estableció la en que manda a los rectores o vicarios que excomulguen a los que no paguen los derechos parroquiales. Dos años después, a 24 de Mayo, hallándose ausente de esta iglesia, se hizo con autoridad de su vicario general la traslación de las reliquias de los Santos Luciano y Marciano de la arca antigua a otra nueva que costeó un devoto ciudadano. Por este tiempo construyó en su catedral la capilla de Corpore Christi, cuya solemnidad promovió, siendo el autor de la resolución capitular de 1330 de hacer la solemne procesión en dicha fiesta. En esta época comenzaron los de Manresa la obra de su famosa acequia tomada del Llobregat, no sin oposición de nuestro obispo e iglesia, interviniendo en ello excomuniones y apelaciones a la Sede apostólica, donde a la postre se falló por entonces contra los de Manresa, por el daño que de esta obra resultaba a los intereses de Vique. Por estos tiempos muchos perversos hombres de varias clases, aun los forajidos y cargados de armas que comúnmente llamaban malendrins (malandrines), o recibían furtivamente la tonsura eclesiástica, o se vendían por tonsurados sin serlo por escapar del fuero real. El obispo para evitar estos daños publicó una constitución a 15 de Noviembre de 1344, mandando que nadie fuese tenido por clérigo aunque llevase tonsura, si no se hallaba escrito en los registros de la mensa episcopal; y el que se fingiese clérigo, quedase inhábil para recibir después los órdenes sagrados. En el mismo año prohibió con su capítulo que los pordioseros entrasen en el coro a pedir limosna al tiempo de los oficios divinos; y se mandó que un clérigo se encargase de recoger las limosnas de los residentes en él, las cuales distribuyese entre los pobres en el claustro o en otro lugar. En estas y otras cosas útiles a su iglesia y a la reforma de la disciplina le cogió la muerte a 5 de Abril 1345. Fue enterrado en la sobredicha capilla en un sepulcro de mármol. No debo omitir el regalo que hizo a su iglesia de algunos libros, como se lee al principio de unas concordancias de la Biblia MSS. al fin del siglo XIII, donde se añade que dio también el Rationale divinorum officiorum, et missale mixtum et completum; de lo cual ya hablé los días pasados (a: V. tom. VI. pág. 86): El sucesor fue

Miguel de Riçoma (a), natural de Granullers en el Vallés (Granollers), provisto en esta silla por el papa Clemente VI, a los seis días de la muerte del antecesor. 

(a) Los catálogos impresos en las sinodales llaman a este prelado Miguel de Naves. Pero constando que es el mismo que fue trasladado a Barcelona en 1346, no puedo dejar de poner al que digo; esto sin contar otras razones que me obligan a ello. A Naves se le da más adelante su propio lugar. 

Tal diligencia se ponía en la época de las reservas pontificias, que por lo tocante a esta iglesia comenzaron en este prelado. Hallábase él en la corte romana, donde permaneció sin venir a su iglesia, la cual gobernaron como sus vicarios generales Berenguer, abad del monasterio de Besalú, diócesi de Gerona, y Arnaldo de Bruno, rector de la parroquia de S. Salvador de Valencia. Tal andaba la disciplina de aquellos tiempos. 

Lo primero que hicieron estos gobernadores es concordarse con los de Manresa sobre la acequia, obligándose estos a pagar veinte sueldos anuales de censo a la mensa episcopal, y con esto prosiguieron en su obra. Era por estos tiempos lícito a cualquiera persona injuriada o a sus parientes y amigos, tomarse la venganza hiriendo, matando o injuriando de cualquier otra manera al injuriador o a cualquier pariente o amigo suyo, aun cuando no hubiese sido cómplice en la injuria recibida. Era esto una corruptela, o digamos una infracción de las leyes del duelo, tan sagradas entonces. La cual había querido desterrar el rey D. Alfonso IV, mandando en 1302 que los injuriados debían notificar a la parte contraria con escritura pública la resolución en que estaban de vengarse, dándoles cinco días de término para su precaución. El que se vengaba sin este aviso previo, era reputado por bausator et proditor, esto es, traidor, y quedaba obligado a purgarse por medio del desafío. Esta escritura o cartel se llamaba deseximent (de exir, eixir, exitus). Renovó esta ley D. Pedro IV de Aragón, con decreto dado en Perpiñan a 28 de Octubre de 1345, extendiendo el término de cinco días a diez. Ambas escrituras he visto originales en el archivo de esta ciudad. 

Lo mismo mandó dos años más adelante a 2 de Octubre, respeto de los clérigos Guillermo Arnau, vicario general del obispo sucesor. Sobre esto se ofrecerán nuevas ocasiones de hablar en otras iglesias, y aun se enviarán algunas muestras de dichos carteles. Nuestro obispo fue trasladado luego por el mismo papa a la sede de Barcelona, y debió ser antes del Junio de 1346, pues a 28 de dicho mes ya fue electo obispo de Vique por el mismo papa

Hugo de Fenollet, hijo de D. Pedro de Fenollet, vizconde de Illa en el Rosellón, diácono y canónigo de Elna. No tengo duda que este mismo es el Huch de Fenollet (incluso Uch o Ug) que suena catedrático en la universidad de Lérida día 18 de Octubre de 1344, como he visto en el archivo de aquella ciudad, en el registro de consejos generales de dicho día y año. Desde Poblet donde se hallaba tomó posesión de esta silla por sus vicarios generales a 2 de Septiembre de 1346. Uno de ellos, que también lo fue del antecesor, se llamaba Pedro de Montells; del cual hallo que en tiempo de la vacante, es a saber, a 21 de Julio de ese año, concedió a los judíos o aljama de Tárrega licencia para reedificar su sinagoga arruinada. Es documento curioso, y va copiado (a: Apend. n. IX). 

De Poblet pasó nuestro obispo a Lérida, donde debió consagrarse; a lo menos consta que en aquella ciudad y diócesi ejerció algunas funciones episcopales hasta el día 1.° de Diciembre. En el 13 del mismo mes se hallaba en Valencia, donde celebró órdenes en las témporas de adviento. Pudo ser que hiciese estos viajes siguiendo la corte del rey D. Pedro IV, de quien era canciller; oficio que le duró hasta el Agosto del año siguiente 1347 en que se lo quitó el rey, acaso contra su voluntad, por contentar a los aragoneses en las cortes que les tenía en Monzón, donde además le obligaron a restituir el gobierno general de todos sus reinos (más el Principado) a su hermano el infante D. Jaime, depuesto el año antecedente: cosa en que no sabemos si tuvo alguna parte nuestro obispo. Pocas son y de poca monta las memorias que hay aquí de su pontificado, que fue muy corto, si no es un sínodo que celebró a 2 de Mayo de 1348, en que mandó que cada cura o beneficiado corrigiese sus misales en el canon de la misa, bajo la inspección de su deán o vicario foráneo. Entiéndase esta corrección de las oraciones previas y de lo demás que pertenece al ordinario de la misa, en que había mucha variedad, no de lo que llamamos ahora canon. Pocos días después fue trasladado a la iglesia de Valencia, regalando antes a esta una cruz, mitra y otras alhajas ricamente labradas. Hizo esta traslación el papa Clemente VI. Parece que estando ya en Valencia este prelado, el rey quiso que fuese condecorado con el capelo, y que escribió efectivamente a Roma para el intento, y aun debió rogar a algunas ciudades que repitiesen esta misma súplica. De la de Lérida consta en el manual de consejos generales de 1350 a 21 de Abril, donde se lee: 

Reebuda la letra del molt alt senyor rey, en la que nos pregue que deyam soplicar al Sant Pare, et al collegi dels cardenals, que deguessen reebre en cardenal lo noble pare en Christ Nuch (N'Uch, En Uch) bisbe de Valencia; acordarem que les dites letres et soplicacions sien feytes. 

Sábese que no tuvo efecto esta pretensión. El mismo papa Clemente nombró aquí por sucesor a 

Lope Fernández de Luna, hijo de Don Lope, señor de Luceni, rico-hombre de Aragón, el cual tomó posesión a 3 de Febrero de 1349 por su procurador Fr. Martín de Alpartil, del orden del Santo Sepulcro. Estaba el obispo en la corte romana de Aviñón (Avignon), y allí permaneció hasta que fue trasladado al arzobispado de Zaragoza en 1352. Acá todo se gobernó por sus vicarios generales, que llegaron a ser cinco a un mismo tiempo, como dice el deán Moncada. En el tom. IV del Teatro de las iglesias de Aragón se dice que entró en el gobierno de Zaragoza a 7 de Marzo de ese año. Aquí es cierto que la iglesia suena vacante a 16 de dicho mes, y que continúa del mismo modo hasta todo el Abril.

Ramón de Bellera, monje de S. Miguel de Cuxa, provisto por el papa a 30 de Abril de 1352; el cual en sus bulas le llama clericum Vicensem, monachum, et in sacerdotio constitutum. La expresión clericum Vicensem significa que era nacido en esta diócesi. Vino acá a mediados del año siguiente, tiempo en que D. Bernardo de Cabrera, señor por varios enlaces de la parte de Vique llamada de Moncada, trataba de apoderarse de toda, como lo logró por el cambio que hizo con el infante D. Juan, duque de Gerona, a quien el rey su padre D. Pedro IV le tenía cedida la parte de la ciudad que antiguamente fue de la iglesia, y después, como se dijo, pasó a ser de la corona real, con la expresa condición de que jamás pudiese enajenarse de ella. Del nuevo condado de Osona y del total señorío de esta ciudad tomó posesión a 1.° de Marzo de 1356 D. Bernardino, vizconde de Cabrera, hijo del sobredicho D. Bernardo de Cabrera. El obispo y clero y aun los conselleres de la ciudad se opusieron a estas pretensiones. El rey de quien aquel señor era gran privado, sintió mucho esta resistencia; mas con todo quiso que se oyese la justicia de ambas partes. Parece que el obispo tuvo por superflua esta operación, como cosa juzgada ya y patente, y porque no habría en todo el principado quien sentenciase a su favor. Irritado el rey intimó a nuestro prelado destierro de sus dominios y ocupación de sus temporalidades. Efectuose así; pero el obispo no se acobardó, antes fulminó por medio de su vicario general las censuras mandadas en los concilios Tarraconenses, y partió para Aviñón donde estaba el papa; el cual a instancias del rey levantó el entredicho que puso el obispo, y este volvió a su iglesia. Todo esto pasó hasta el año 1357. La causa pendía en Tarragona, de donde el obispo quiso llevarla a la corte romana, y allá finalmente se sentenció a su favor en 1365; porque ya entonces faltando D. Bernardo de Cabrera, preso en Calatayud por el rey de Castilla, y degollado en un cadalso, y permaneciendo su hijo D. Bernardino preso en Castilla, mudaron las cosas de aspecto, y en el año siguiente hallamos que el rey volvió a incorporar para siempre con su corona la ciudad de Vique; confirmando con juramento hecho en Barcelona a 23 de Febrero de 1368 no enajenarla jamás. Igual promesa hizo el rey a la villa de Cervera a 31 de Marzo de 1368, ofreciendo y jurando no separar de la corona el condado de Cervera que había creado y conferido a su primogénito D. Juan. Así supo aquel príncipe contener su liberalidad, que pudiera ser dañosa al bien común del reino. Los males que debieron de ocasionar en esta iglesia las revueltas pasadas, son fáciles de entender: destierros de canónigos y clérigos, trastorno del culto, atraso en los intereses, relajación de la disciplina y otras cosas. El rey en satisfacción y desagravio de todo esto dio luego al obispo el castillo de Sanforas, que antiguamente había sido de su competidor Don Bernardo Cabrera. Este remate tuvo causa tan ruidosa, en que el prelado dio muestras de su gran tesón y paciencia, y de no menos amor a su iglesia. Sin embarco de estas revueltas celebró un sínodo a 15 de Mayo de 1358, en que mandó que la Eucaristía se reservase in sacrario in loco eminenti, como antes se depositase en cajas, sobre las cuales con grande irreverencia cualquiera se sentaba (a: V. tom. VI. pág. 99). También he copiado las constituciones que ordenó para la reforma y gobierno de las monjas Agustinas de Santa Lucía de Rajadell, y de las que bajo la dirección de aquella misma priora vivían en el convento de Santa Catalina de Cervera. También sé que dio posesión de un canonicato y prepositura al cardenal Pedro de Luna en 1376. Y esto es lo único que puedo contar de su vida, que le duró hasta el día 10 de Junio de 1377. En su tiempo, esto es, en 1374 a 4 de Diciembre se hallaba en Cervera, que era de esta diócesi, consagrando la iglesia de S. Antonio Abad, un obispo llamado Franciscus episcopus Cimaviensis, según se lee en una inscripción que queda en la misma iglesia, y se copiará en su lugar. Sería este uno de los obispos titulares que desde el siglo XIII hasta todo el XVI se hallan en esta provincia ejerciendo acá y acullá los pontificales, conforme los llamaban para ello los obispos, y según los pactos que les hacían. De estos obispos ambulantes suelen hacer poca cuenta los que escriben los episcopologios de las iglesias. Y cierto no debe ser así; yo por lo menos me guardaré bien de observar ese silencio; y aun tengo proyectada una obrilla que verás a su tiempo. 

García Fernández de Heredia, aragonés, natural de Munébrega, de la casa de los condes de Fuentes, era canónigo de Palma en Mallorca desde el año 1372, como consta en las actas capitulares de aquella iglesia. Electo obispo por el papa, tomó posesión a 17 de Octubre del mismo año 1377. No vino a su obispado hasta 5 de Julio del siguiente. En 1380 compró el derecho llamado bovage, que debía pagarse en la entrada de rey por los habitantes de la diócesi de Vique. Capituláronse 110 sueldos por hogar; los 10 para el obispo en razón de la décima y los 100 para el rey. Fue uno de los desterrados de las cortes de Monzón de 1383, ignorándose la causa de ello: acaso no aprobaba la prosecución de la guerra de Sicilia, muerto ya el juez de Arborea, para lo cual se debían pedir auxilios en dichas cortes. Sé que nuestro obispo se separó del partido del rey D. Pedro IV, cuando este por complacer a su última mujer Sibila Sforcia (Sforza) se indispuso con su primogénito D. Juan en 1386: diferencias que luego terminaron con la muerte del rey. El afecto que nuestro D. García se granjeó del nuevo príncipe D. Juan I, le proporcionó ser luego promovido a la metropolitana de Zaragoza a principios de 1387 (a). (a) A este tiempo y año 1386 pertenece el nombramiento en obispo de esta iglesia de D. Fr. Arnaldo Simó, religioso dominico, hijo del convento de Gerona, que dejó notado el P. Roig y Jalpi en el resum. histor. de Gerona, pág. 556. Mas no produciendo aquel escritor prueba alguna de su dicho, ni quedando en aquel convento monumento que lo asegure, debe tenerse por equivocada la especie, constando por otra parte que en el año sobredicho no vacaba esta sede. 

A 7 de Marzo del mismo año ya tomó posesión de esta silla 

Fernando Pérez Calvillo (o Calviello, como dicen algunos manuscritos de aquí) (N. E. como castiello : castillo); natural de Tarazona. Latasa (Bibl. ant. de Escrit. Aragon. pág. 73) omitió la noticia de este pontificado. Mas es cierto que lo obtuvo, y que ya residía aquí en el Julio inmediato, cuando hizo una concordia con el capítulo sobre provisión de beneficios. Trató con gran cuidado lo que pertenecía al decoro de la dignidad episcopal. Y así a 24 de Febrero de 1388 asentó con el capítulo poder usar él de almohada en el aula capitular, y que asistiendo de pontifical a las procesiones, el diácono llevase el báculo delante del obispo, no a su lado como hasta entonces se usaba; y si no iba de pontifical, tuviese lugar al lado del celebrante, como hasta allí hubiese siempre ocupado el último después de los canónigos. No sé si con semejantes pretensiones, o con el celo ardiente en corregir algunos defectos, o con otra ocasión, se indispuso con el capítulo; el cual, una vez perturbada la paz, no cesó en sus instancias al rey, hasta que logró que el papa trasladase al prelado a la iglesia de Tarazona día 7 de Marzo de 1392. Con esto seguramente no pudo cumplir el precepto de celebrar sínodo a lo menos cada tres años, el cual le impuso D. Íñigo Valterra, arzobispo de Tarragona, en 1391, y he visto aquí. Después fue cardenal conocido con el nombre de Tirasonense (de Tarazona), del partido de Benedicto XIII. Muy sentidamente hablan de él los canónigos en el acto de posesión que dieron a 13 del mismo Marzo al sucesor 

Juan de Bauphés (o Bafés como lo llama el Teatro de las iglesias de Aragón, 

tom. VI, pág. 290). La misma obra le supone natural de Broys en la Normandía, añadiendo que fue trasladado a la iglesia de Huesca, y que lo estaba ya a 26 de Septiembre de 1394 en que consagró un altar de los Santos Juanes en el monasterio de Taberna. Más cierto es para mí que esta sede de Vique vacó un año antes, y que a 10 de Octubre de 1393 ya firmó los poderes para tomar posesión de ella el sucesor 

Francisco Riquer y Bastero, natural de Barcelona, sobre cuyos apellidos hay gran variedad y confusión. En la citada obra se llama Viqueu y Riqueu. Yo le llamé Regner en el viaje a la iglesia de Segorbe, siguiendo los documentos de aquella iglesia. Mas en esta de Vique se llama constantemente Riquer, de cuyo nombre pudieron ser corrupciones el Viqueu y Riqueu. Nuestras sinodales le llaman Bastero; y pudo tener a un mismo tiempo los dos apellidos. La noticia del primero me consta de un proceso del año 1415 que existe en el archivo de esta catedral (caj. A.) con cubiertas de pergamino, donde también se dice que era de ordine fratrum minorum. También se ha de tener por cierto que es la misma persona que de Huesca pasó al gobierno de esta iglesia, y de ella a la de Segorbe en 1400. Por lo que toca a esta de que ahora tratamos es cierto que tomó posesión un año antes de lo que dice el autor del Teatro citado. Existen aquí originales los poderes que para ello otorgó en Huesca a 10 de Octubre de 1393 a favor de su vicario general Andrés Urgelés. En ellos se leía la cláusula: et nichilominus ab ipsis dominis canonicis exhigendi et recipiendi iuramentum fidelitatis, obedientiae et reverentiae... ut ab ipsis est consuetum praestari aliis episcopis praedecessoribus nostris. Parece que los canónigos se resistieron a esto; y en su consecuencia el obispo, amante de la paz, declaró por nula y no puesta aquella cláusula. Esta declaración está fecha a 22 de Noviembre del mismo año 1393. Seguidamente tomó posesión día 30 de dicho mes y año. No hay muchas ni grandes memorias de este obispo, si no es una constitución que publicó sobre la residencia del clero, y una concordia que firmó con los canónigos reglares de Manresa, y un privilegio de protección que a él y a su iglesia concedió el rey D. Martín a 8 de Marzo de 1399; las cuales cosas he visto en el archivo episcopal. Murió a 1.° de Mayo de 1410 siendo obispo de Segorbe. Fue enterrado en la iglesia de S. Francisco de Barcelona. Mi docto amigo el Sr. D. Josef de Vega y Senmenat (Sentmenat, Sentmanat), me ha comunicado copia del epitafio que tenía esculpido en una lámina de bronce delante de las gradas del presbiterio de aquella iglesia, el cual existió hasta el año 1700 en que se alargó el presbiterio y se perdió su memoria. Mas lo dejaron entonces escrito en un libro de aquella casa, al fol. 67, que dice así: Hic iacet Reverend. in Christo Pater Fr. Franciscus Riquerit episcopus Sugurbicensis, et Sanctae Mariae de Albarracino, qui fuit ordinis Minorum, et fecit... Obiit anno Dñi. MCCCCX. die prima Mai. 

El no haber aquí mención de su obispado de Vique, hace sospechar que este Riquer fuese distinta persona del Bastero. Aténgome a lo dicho, mientras no hay otra cosa con que salir de la duda. El papa Luna, que como se dijo había sido canónigo de esta iglesia, y había trasladado a nuestro prelado a Segorbe, trajo de allá a 

Diego de Heredia, aragonés, el cual tomó posesión de esta iglesia a 4 de Junio de 1400. Del día 20 del Mayo anterior hay en el archivo episcopal una apoca firmada por D. Fernando cardenal (Calvillo) a favor de nuestro obispo, de 550 florines de oro de cámara en razón de su traslación de Segorbe a Vique. Antes de ser obispo de Segorbe había sido abad comendatario de la iglesia de S. Félix de Gerona desde el año 1363; y en las memorias originales de aquella colegiata, que he visto, es llamado constantemente Diego Rodrigo de Heredia. También fue canónigo de esta iglesia de Vique desde 1378 y vicario general de su obispo y deudo García Fernández de Heredia. Moncada se queja de la escasez de noticias de este pontificado. Diré las que yo he hallado. En el archivo de la casa de la ciudad hay una concordia que el obispo y su capítulo asentaron con el magistrado de Vique, recibiendo de ellos 200 florines de oro para la fábrica de campanario y campanas, y concediéndoles que pudiesen tocar con ellas a sagramental, e asonar la guayta. Fue esto a 14 de Julio 1406. En el mismo año aprobó las constituciones hechas para el clero de la parroquial de Cervera, junto con Raimundo abad de Ripoll, a quien entonces estaba sujeta aquella iglesia, en cuyo archivo he visto la escritura. Omito algunas más noticias que quedan de cosas de hacienda. En su tiempo predicó aquí S. Vicente Ferrer, y con gran fruto, según dicen los historiadores. Duró esta prelacía hasta el año 1410, en que sin poderse averiguar el fin que tuvo, hallamos ya día 4 de Junio en posesión al sucesor 

Alfonso de Tous, trasladado por el papa Luna, como dice el mismo obispo en el juramento que prestó en la catedral, sin indicar de qué iglesia. A 3 de Noviembre del mismo año 1410 concedió a la cofradía de S. Nicolás de Cervera licencia para construir sepultura común de sus individuos. Hallose luego en el parlamento de Barcelona convocado para tratar de la sucesión del rey D. Martín. Siguió con otros obispos el partido del papa Luna, aun después que el rey D. Fernando tuvo nombrados sus embajadores para el concilio de Constanza, hasta cuya final resolución no le abandonó. En 1420 a los primeros días de Marzo se hallaba aquí fundando un aniversario, como se ve en los martirologios modernos. Nada más se sabe de él, sino que murió en su palacio el año siguiente, lunes día 3 de Febrero a las ocho de la mañana, y que fue enterrado en el coro de la catedral en un vas preguon (pregon; profundo) per tal que lo dit cors no donas fflayra (tufo) en lo cor. 

Así se lee en el inventario y libro de su testamentaría: donde también consta que poseía en el reino de Valencia la tenencia de los castillos de Benacasim (Benicassim), y de Montornés y Pobla Tornesa; la cual tenencia vendieron sus albaceas a Guilaberto de Centelles por precio de 46 (M; símbolo) sueldos. Muchas y curiosas noticias hay en el inventario de sus bienes. Por amenizar un poco esta narración, allá van las siguientes: “Primo sex taceas rotundas, o naps de argent blanch. = Item un stoig de cuyr ab XII culleres d'argent, e I punxor de argent de dos aguyons per meniar confits e mores. 

= Item un matalaff de fustani ab sotana vermella. = Item un marçapa ab scachs. = Item I libre scrit en pergamins... apellat Pontifical: e es sumat ab posts de fusts cubertes de cuyr vermell empremptat ab X bulletes. = Item un dona pau de' vori (marfil; ivory; ivori) ab Crucifix e figures de la Verge Maria e de Sant Johan." = En su almoneda se vendieron cuatro libros por 171 florines, que allí mismo se expresan corresponder a 94 libras y un sueldo. Cuenta cabal a razón de 11 sueldos por cada florín de Aragón. Ojalá como notaron esto, dijeran también los libros que eran. Pero esto no importaba tanto. A 22 de Agosto del mismo año 1421 tenía ya el difunto por sucesor a 

Martín de Torres, del cual sólo sabemos su existencia hasta principios de 1423 en que murió. Los actos de su vacante comienzan ya a 16 de Febrero de ese año. En igual caso estamos respeto del sucesor, que lo era ya a 29 del Mayo siguiente 

Miguel de Naves, acaso el nombrado por el rey D. Fernando su embajador en el concilio de Constanza. Sábese que era canónigo de esta iglesia desde el año 1410, y que la gobernó muy pocos días, pues a 5 de Julio de ese año 1423 vacaba la sede, como consta en actas de Pedro March Poquí, notario de Vique. Continuaba la vacante a 16 de Diciembre. En el archivo de la ciudad de Lérida y en el registro de cartas del año 1423 se halla una fecha a 1.° de Diciembre de ese año, en que los paheres de aquella ciudad piden al rey que dé a Salvador Daygües el vice-cancillerato de aquella universidad, vacante por promoción de Alfonso de Borja (después Calixto III) al obispado de Vique. No se verificó esto, y aun acaso sería algún rumor falso que se esparciría. Porque no parece que hubo lugar bastante para tantos nombramientos; atendida la prontitud con que tomó posesión del obispado el sucesor 

Jorge de Ornos o de Ornós, apellido que todavía se conserva en Cataluña; el 

cual seis años antes sé que era arcediano mayor de Elna, canónigo de Mallorca y de Barcelona, consejero del rey y su procurador o enviado en la curia romana. A lo menos consta en Zurita (lib. XII. cap. 67) que nuestro prelado antes de serlo en 1418 fue enviado por dicho rey, como gran curial, a Constancia, para que el papa revocase las gracias que había concedido a sus vasallos, y para otros negocios de la iglesia. Fue doctor en ambos derechos y colector general de la cámara apostólica en casi todas estas diócesis. Tomó posesión de esta silla a 6 de Enero de 1424 por procurador, y a fines del mismo mes ya vino a su residencia. Muy pronto se le ofreció ocasión de manifestar la firmeza de su carácter y celo en defensa de sus derechos, con la resistencia que hicieron algunos canónigos del monasterio de Manresa a reconocerle por superior. Porque en el mes de Marzo inmediato pasó allá, y con gran rigor castigó su inobediencia, imponiéndoles penas pecuniarias y de cárcel y otras aflictivas. No pararon aquí los cuidados sobre aquella iglesia, porque luego se intentó que se le reuniera la de Santa María del Estany; lo cual, como contrario a la jurisdicción episcopal, no consintió el prelado, y fue causa de varias apelaciones al metropolitano y a la Sede apostólica, y de muchas disensiones entre el obispo y la ciudad de Manresa, que hizo causa propia la de los monasterios. No he sabido hasta ahora los trámites que tuvo este negocio. Lo que sé es que a fines del siglo XVI, suprimido el monasterio de canónigos reglares del Estany, de las rentas de su abadía y de otras del país, se crearon cinco dignidades en varias iglesias de este principado, una de las cuales es el deanato de esta.

A principios del año 1426 pasó nuestro prelado a Valencia, donde se hallaba aún a mediados del año siguiente con el rey D. Alfonso V, del cual logró un privilegio o confirmación de sus derechos a 25 de Noviembre del mismo año. 

Fue uno de los prelados que salieron a recibir al cardenal Pedro de Fox, legado del papa para acabar con las reliquias del cisma. También fue uno de los que en la segunda venida del cardenal asistieron al concilio de Tortosa de 1429. Cosas sabidas de todos y dichas ya en las cartas anteriores. 

Hallose igualmente en el de la misma ciudad de 1436, congregado para tratar del pago de los 60 (M) florines que en el concilio anterior se prometieron al legado.

No es menos conocido el negocio del concilio de Basilea (Basel, Suiza), al cual el rey D. Alfonso mandó en 1437 que acudiesen los obispos de esta provincia. Sólo me consta hasta ahora que cumpliesen esta orden los obispos de Vique y de Tortosa, que intervinieron también en la deposición de Eugenio IV y elección del antipapa Félix V, permaneciendo ambos gustosos en su obediencia, aun después que el rey de Aragón, puesto de acuerdo con Eugenio, había logrado de él la investidura del reino de Sicilia. Estaba ya entonces nuestro Jorge, creado cardenal por dicho antipapa, primero con el título de Santa Anastasia, y después de Santa María Transtiberim. También lo era el obispo de Tortosa Otón de Moncada. Ambos salieron de Basilea en fuerza de las repetidas órdenes del rey en 1443 a 4 de Agosto; pero jurando no separarse jamás del partido que habían abrazado. Era particular el enojo del papa Eugenio contra nuestro obispo, y así no contento con la declaración general del concilio Florentino, que condenó como cismáticos a todos los de Basilea, aún en la absolución de las censuras que promulgó en favor de los vasallos del rey de Aragón a 29 de Octubre de 1444, exceptuó, como dice Moncada, señaladamente a nuestro obispo. Lo que yo puedo asegurar es que hacia la mitad del año 1443 debió ser depuesto de su silla por el papa, e intimada al capítulo esta deposición; pues en la curia eclesiástica de esta ciudad se halla un registro comenzado en 1440, y hacia la mitad del libro se lee: Hic incipit recipere ius sigilli honorabilis archidiaconus die XXVI. Augusti MCCCCXLIII (1443). De donde es clara la vacante de esta sede en dicho tiempo. A ella pertenece la absolución que el papa envió al capítulo de todas las censuras en que habían incurrido por su inobediencia pasada, fecha a 4 de las calendas de Noviembre año XIV de su pontificado, que es el 1444. Sin embargo poco después hallamos a Ponce de Bruno (Bru), como vicario general del obispo y cardenal Jorge ausente, ejerciendo su jurisdicción, y al capítulo proveyendo en las vacantes de canonicatos a nombre y obediencia del mismo prelado. De esta manera continuaron hasta el día 19 de Julio de 1445, como se ve en los citados registros. A 22 del mismo mes y año ya tomó posesión de esta silla Ponce de Fenollet, canónigo y sacrista de Barcelona, a nombre del obispo sucesor, el cual había dado estos poderes y nombrado sus vicarios generales estando en Barcelona a 17 del mismo mes y año. Que esta sede no vacó por muerte del obispo Jorge, sino por deposición apostólica, consta de las palabras de una bula del papa Eugenio que está aquí original, y es el último monumento de estas revueltas, fecha a 10 de las calendas de Octubre de 1445, año XV de su pontificado; en la cual estando ya el sucesor en posesión de esta silla, absuelve de nuevo a los canónigos de las censuras en que incurrieron por su reincidencia: 

“Praefato Georgio (dice) sic ut praefertur damnato, tamquam vero vestro episcopo, et forsan aliqui ex vobis tamquam cardinali, eiusque monitis, gestis, atque mandatis plenarie obedire, et parere, et intendere non dubitaveritis, in sententias, censuras, et paenas (poenas, penas) praedictas damnabiliter reincidendo. Et sicut eadem petitio subiungebat, vos ad praestandum Georgio obedientiam huiusmodi, non in nostrum vel sedis praedictae contemptum, sed ad tolerandum malignorum temporum varietates, et conditiones deveneritis, et alias venerabilem fratrem nostrum Jacobum episcopum Vicensem ad ecclesiam Vicensem per privationem Georgii tunc vacantem, per nos nuper promotum, tamquam obedientiae filii debitâ honorificentiâ susceperitis &c." 

El obispo Jorge debió morir antes de la renuncia del antipapa Félix, porque a haber sobrevivido, hubiera sido repuesto en su silla y confirmado en el cardenalato, como lo fue su compañero en el cisma Otón de Moncada, obispo de Tortosa. No debe omitirse que este prelado tuvo por su vicario general al famoso Jaime Marquilles, jurisconsulto catalán, comentador de los Usages. En 1439 se hallaba aquí un obispo Gonzalo consagrando el altar de S. Nicolás. He visto la cedulita que se depositó en él junto con las reliquias; mas no se puede leer bien el título de su sede, aunque me inclino a que dice episcopus Tingitanus, y pudo ser auxiliar de esta iglesia en el largo tiempo que estuvo ausente de ella el obispo propio. Pudo ser también Gonzalo obispo Auguriense, que ejercía por acá los pontificales en este tiempo, y de ello hay varias memorias. El sucesor fue 

Jaime de Cardona, hijo de D. Juan Ramón Folch, segundo conde de Cardona, y de Doña Juana de Aragón, hija del conde de Denia. Fue refrendario del papa y administrador perpetuo de la abadía de Santa María de Solsona, como se llama a sí mismo en varios actos judiciales; y también de otros consta que era canónigo y arcediano de Barcelona. En los principios de su pontificado se suscitaron algunas dudas sobre las preeminencias entre obispo y capítulo, de que ya hablamos antes, en las cuales por sentencia arbitral del año 1449 se concordó que el obispo en cualquier procesión ocupase el último lugar de los canónigos: que en el capítulo tuviese una almohada de cuero en los pies: que los capítulos se convocasen siempre por el arcediano, y en su ausencia por el canónigo antiquior: y que las ofertas en las órdenes conferidas dentro de la catedral, fuesen del capellán mayor, de la tesorería, hebdomadarios &c., y fuera de ella se dividiesen entre los dichos y el obispo. El año 1450 es notable para esta ciudad, porque en él pasó a ser toda entera del dominio del rey, quien compró la mitad de ella que llamaban de Moncada, y ahora poseía el conde de Foix. Hízose escritura de todo en el mes de Marzo en las cortes de Perpiñan que había convocado la reina Doña María, donde también se hallaba nuestro obispo. Con esto cesaron de una vez los disgustos que son consiguientes al choque de jurisdicciones. Del mismo año hay una concordia del prelado con el capítulo sobre negocios interiores de la iglesia, que muestra bien lo dispuesto que se hallaba siempre a fomentar la paz. En 1452 le hallamos en Villafranca de Penadés firmando a 17 de Agosto el decreto que expidió para la erección del deanato o vicariato foráneo en la villa de Prats de rey. Cosa que confirmó el papa Calixto III a 25 de Mayo de 1455. Mantúvose nuestro obispo ausente de su iglesia por algunos años, como se ve en varios autos de su vicario general. Y sabemos que en el de 1456 estaba predicando en Barcelona en las fiestas que se hicieron por la canonización de S. Vicente Ferrer día 1.° de Febrero. Permanecía allí mismo a 23 de Octubre de ese año, en que con el obispo de Elna, y algunos abades y procuradores de capítulos, asistió a la congregación de la provincia, donde se acordó la paga del subsidio impuesto por Calixto III. La escritura de esto vi en el archivo de la catedral de Mallorca. 

Segunda vez se halló en Barcelona en las exequias del rey D. Alfonso V, donde celebró de pontifical. En 1457 se hallaba en su sede, cuando confirmó algunas concesiones hechas por sus antecesores al clero de Cervera. He visto esta escritura en dicha parroquia, donde nuestro obispo se llama Jaime Francisco Cardona, y se intitula administrador de la abadía de Solsona. 

Levantose en estos años la ruidosa y funesta discordia del príncipe D. Carlos de Viana con su padre D. Juan II, rey de Aragón. Dividiose entre los dos partidos todo el principado: nuestro obispo siguió constantemente el del rey, el cual le envió por su embajador al rey Carlos de Francia, junto con Gastón, conde de Foix y yerno del rey, Luis Despuig, maestre de Montesa y otros, para solicitar su auxilio contra el hijo rebelde. Fue esto en 1459. Concluido felizmente este encargo, fue trasladado en el mismo año a la silla de Gerona, y después a la de Urgel, donde fue creado cardenal, y murió en 1466, como se dirá en el viaje a la última de estas iglesias. Por lo dicho se ve el crédito con que vivió, y lo estimado que fue del rey D. Juan el II. 

Cosme de Monserrat. Este es el datario y confesor del papa Calixto III, de cuyos libros formó un copioso inventario que se trajo consigo, y existe en esta iglesia. Llámase allí mismo prior de la iglesia de Zaragoza. En la Bibl. Hisp. vet. (tom. II. pág. 255) le cuenta Bayer entre los escritores, añadiendo que había sido arcediano de S. Lorenzo en Tarragona y obispo de Gerona. 

Lo primero es cierto y consta aquí en la auténtica de la reliquia de S. Juan Limosnero, de que se habló en los correos anteriores. Lo segundo no consta ni aquí ni en Gerona. Mas pudo estar nombrado, porque realmente vacó entonces aquella sede más de un año. Para esta de Vique fue nombrado por Pío II, y estaba ya aquí personalmente a 21 de Marzo de 1460. Luego tuvo que ausentarse para las cortes de Lérida, donde resuelta por el rey la segunda prisión de su hijo D. Carlos, y sentidos vivamente de esto los diputados, nombraron tres de los principales que tratasen sobre la libertad del príncipe 

(N. E. Es curioso que los principales de un Principado se preocupe por el Príncipe, hijo del Rey de Aragón; En la colección de los Bofarull se encuentran muchos documentos sobre este levantamiento y guerra de Cataluña contra Juan II. Es posterior a los tomos del Viaje literario). 

Uno de ellos fue nuestro obispo. Sabido es lo que en esto hubo, y como nuestro prelado acompañó al príncipe en su libertad en el acto de jurarle los catalanes por sucesor del reino, y también en su muerte y entierro, haciendo en todos estos actos el primer papel. El deán Moncada dice que contribuyó mucho a que el vulgo creyera los milagros, que luego se atribuyeron al príncipe difunto; y añade que la causa fue el resentimiento que tenía con el rey por no haber consentido que pasase a la iglesia de Segorbe. Grave calumnia, en que nadie debe ser creído por sola su palabra (a). (a) A este propósito en las actas capitulares de la catedral de Gerona, a 4 de Mayo de 1479, se lee lo siguiente. “Fuit dictum ista die quod apud Barchinonam miraculum Venetorum reputatur fabricatum per inimicos eorum. Et est verisimile quod inter nos, et maxime Barchinone, fuerunt deputatae novem personae ad excogitandum nova, quibus detinerentur rebelles et adherentes Barchinonensibus, ne venirent ad obedientiam regiae celsitudinis. Et hinc est quod propria temeritate et fictione miraculorum Barchinonenses fecerunt sibi Sanctum Karolum filium primogenitum illustrissimi regis Ioannis, de quo tanta praedicantur miracula, quanta legantur de aliquo sancto canonizato ab ecclesia. Sed postquam illustrissimus rex Ioannes piae memoriae intravit Barchinonam vi armorum, seu verius oppresione obsidionis, evanuerunt miracula, et amplius non fuerunt audita; sed discooperta sunt maleficia quibus utebantur athletae diaboli, et inimici reipublicae huius patriae, et rebelles regiae maiestatis." Así hablaba el sabio D. Andrés Alfoncello, vicario general del obispo de Gerona D. Juan Margarit, autor de esta nota. A su ejemplo yo no me atreveré a echar tan feo borrón al obispo Monserrat, como es hacerle impostor e inventor de tales milagros; si bien atendido el calor de aquellos partidos, la cosa ni es imposible ni inverosímil. 

Lo que yo sé es que el obispo permaneció mucho tiempo en Barcelona aún en medio de los alborotos que siguieron a la muerte del príncipe. En el intermedio murió el obispo de aquella ciudad Juan Soler en 1463, y el capítulo nombró en su lugar al nuestro, a cuya elección se resistió el papa Pío II, sin duda por su tenacidad en oponerse a la autoridad del rey, a quien el papa favorecía.

La misma causa bastó para privarle de la administración de este obispado. Así es que en 1465 día 14 de Septiembre el obispo de Gerona Juan Margarit presentó y coló el beneficio de Santa María Egipciaca en la parroquial de Cervera a Francisco Rius por devoluta. Este acto de jurisdicción en la diócesi Ausonense, dice el obispo Margarit que le pertenecía como administrador del obispado de Vique, deputado por Pedro de Cardona, arzobispo de Tarragona: metropolitâ auctoritate propter rebellionem comissam in serenissimum dominum regem per rev. patrem D. Cosmam episcopum Vicensem, et eius capitulum. Más adelante autorizó el papa esta inhibición, como se ve en la escritura de consagración de la iglesia de S. Francisco de Cervera, hecha a 11 de Agosto de 1468 por Gonzalo obispo Auguriense, quien dice que tenía licencia para ello del metropolitano comisionado por el papa con breve de 1467 (aunque no decía para qué) sin duda para el gobierno del obispado de Vique. Sin embargo de esto el obispo y capítulo continuaban ejerciendo su jurisdicción en la iglesia y diócesi, como podrá verse en esta curia (Lib. V. Porterii, fol. 20 y 22). 

No sé si conquistada Barcelona por el rey en 1472 

(ja, ja, el rey Juan II de Aragón conquistando SU ciudad condal; los consellers de Barchinona en ese tiempo nombraron como rey al condestable de Portugal, e incluso a un rey castellano, Enrique; Bofarull lo editó en su colección) 

el obispo se reconcilió con su monarca. Lo que puedo asegurar y consta del libro citado fol. 26, es que a 29 de Julio de 1473 se hallaba en esta catedral asistiendo al capítulo general. Debió morir pocos días después y fuera de esta ciudad, porque a 20 del Septiembre inmediato, sabedor el arcediano Bernardo Riera de la muerte del obispo, tomó posesión de la sede vacante según consta de los registros de ese año. La sede vacó basta el día 15 de Abril de 1474 (a: Acaso pudiera ponerse en este hueco un Fr. Rodulfo, dominico, a quien los historiadores de la misma orden Fernández y López colocaron en este catálogo hacia los años 1480. En tal caso debió ser provisto por la Sede apostólica sin haber tenido efecto el nombramiento; pues aquí no hay memoria alguna de él: y este silencio hace muy probable la conjetura de otros escritores de dicha orden, que dicen haberse engañado los primeros con la semejanza del nombre de un Landolfo, obispo Vicoequense, y después arzobispo de Mátera en el reino de Nápoles, muerto en 1308. Por lo demás en el 1480 no vacaba esta sede. Quede lo dicho con esta duda, mientras no se descubra algo más.) 

en que tomó posesión el sucesor Guillem Ramón de Moncada, electo por el papa Sixto IV. Resentíase todavía esta provincia de las turbulencias pasadas, y así hubo motivo para que sin contar con las cortes que se tenían en Barcelona en 1477, los ampurdaneses pusiesen su parlamento separado en Gerona, presidido por el obispo de aquella ciudad, con el fin de oponerse a la invasión de los franceses en las fronteras (Desde el comienzo de las discordias entre Juan II y su hijo primogénito Carlos, príncipe de Viana, hubo entrada de franceses y castellanos en los territorios de Aragón). 

Nuestro obispo fue encargado de pasar allá y disolver aquella junta en que nada logró, porque realmente los del parlamento no intentaban más que defender sus hogares (Zurita: lib. XIX. cap. 60). En 1479 pasó a Castilla a los negocios de la corona ya reunida bajo el gobierno de D. Fernando el Católico (Fernando II de Aragón + Isabel I de Castilla), donde sin duda permaneció hasta el año 1483; que es cuando comienzan a hallarse memorias de su residencia en la iglesia. Un cronicón coetáneo que hallé en el monasterio de S. Salvador de Breda, dice que estaba este prelado en el santuario de nuestra Señora de Cabrera el domingo después de Pentecostés de ese año, y que bendijo allí una campana en presencia de 1300 personas que habían venido en rogativa por la plaga de pidemies, è de mal calt, è de xintiris. En 1488 fue nombrado por el rey presidente de un consejo que se creó para castigar a los inquietos y revoltosos de la corona de Aragón (Zurita: lib. XX. cap. 72). Estos y otros negocios le tuvieron con frecuencia ausente de su iglesia hasta el año 1493 en que fue trasladado, no a Tarragona, como dice Zurita, sino a Mallorca, como dice el episcopologio de esta iglesia y otros documentos de la misma, y como se verá en el viaje a aquella isla. El deán Moncada asegura que en las escrituras que quedan de su gobierno siempre se intitula obispo electo, y yo puedo afirmarlo de varias que he visto hasta el 11 de Junio de 1484. Así es que de su tiempo se halla memoria de dos obispos titulares que conferían órdenes en esta iglesia, es a saber, Pedro obispo Doliense en 1477 y Francisco obispo Tagatense en 1482. A 8 de Junio del año sobredicho 1493 tomó posesión de esta silla el sucesor 

Fr. Juan de Peralta, benedictino, último de los abades de Monserrate anteriores a la congregación reformada de Valladolid. No hallo aquí cosa que contar de su gobierno, si no es la impresión de un misal que mandó hacer para el uso de esta iglesia, la cual se efectuó en Barcelona en 1496. Murió en aquella misma ciudad a 19 de Noviembre de 1504. Intentó el capítulo proceder a elección de sucesor; mas respetó la que el rey D. Fernando hizo en la persona de su confesor y entonces su embajador en Francia 

Fr. Juan de Enguera (pone Énguera), dominico, valenciano, hijo del convento de S. Onofre, a quien despachó sus bulas el papa Julio II a 20 de Diciembre de 1505; mas no tomó posesión hasta 14 de Abril de 1506. En el Marzo anterior y día 15 de él, todavía suena vacante la sede, como consta de una cartilla de tonsura conferida a Jaime Vilamajor en la iglesia de Bellpuig por el obispo Geropolitano Vicente Trilles, de quien hay otras memorias en este país, de comisión del arcediano de esta iglesia. En el 1507 fue nombrado nuestro obispo inquisidor general. De su tiempo es un ordinario propio de esta iglesia impreso en Barcelona por Juan Rosembach en 1508 en 4.°, del cual ya apunté en los correos anteriores algunas curiosidades rituales. Por la uniformidad del carácter y otras circunstancias se ve que en la misma oficina y acaso en el mismo año se imprimió un misal, distinto de otro de 1547.  

De ambos he visto un ejemplar en la biblioteca del actual Sr. obispo, recogidos por D. Francisco Mirambell y Giol. En este misal se ve que era entonces reciente la costumbre de cantar entre tres la Pasión en los días de Semana santa; de lo cual hay otras noticias más fijas en el discurso de mis viajes. Pero aquí las letras o signos con que se indica la parte que cada uno debe cantar, son: b para las palabras de Jesús: 8 para las del evangelista: y a para las de la turba y demás. Esto sírvate en prueba de que no me he descuidado en recoger cuantas notas litúrgicas me han parecido oportunas para lo que sabes. Nada más hay que decir de este prelado en la historia de esta iglesia, sino que fue trasladado a la de Lérida por el papa Julio II y a ruegos del rey, a 9 de Diciembre de 1510. En la vacante hallé en el archivo de Cervera que Jaime Fabra episcopus Scopiensis, de licencia de este capítulo, dio tonsura a varias personas día 16 de Mayo de 1511. Usó este auxiliar en sus armas de un montecillo que remata en flor. Tardaron a llegar las bulas de la sobredicha traslación, pues consta que el arcediano no tomó posesión de la vacante hasta 6 de Marzo de 1511. Estaba ya entonces elegido 

Juan de Tormo, valenciano, el cual tomó posesión a 1.° de Junio de 1511. 

Fue después nombrado visitador de los monasterios de su diócesi por el papa León X en 1520. Asistió a varias cortes celebradas en estos años. Con esta ocasión en 1530 consagró en Barcelona a su obispo Luis de Cardona. 

En 1538 a 26 de Mayo consagró el altar de S. Justo, cuya capilla construyó el canónigo de esta iglesia Francisco Vivet, de lo que se ha dicho ya otro día. Asistió personalmente a casi todos los concilios provinciales que se celebraron en su tiempo; al de 1551 envió como su procurador a D. Francisco Roures obispo de Nicópoli. Ordenó de nuevo el misal de esta iglesia, el cual se imprimió en Lyon por Cornelio de Septemgrangiis en 1547. También publicó en el mismo año el breviario y ritual de esta iglesia; y estas son las principales y aun las únicas memorias que hay de su pontificado, con ser así que le duró 42 años, esto es, hasta el día 1.° de Enero de 1553 en que murió en Barcelona, donde tenía el oficio de diputado, y donde residió casi de continuo huyendo de la peste que hubo muchas veces en Vique. Fue traído acá su cadáver y enterrado a la entrada del coro. Sucediole 

Acisclo de Moya y Contreras, natural de Pedrochas en la provincia de Córdoba: tomó posesión a 23 de Septiembre de 1554. Era inquisidor de Aragón a 11 de Octubre del año anterior, en cuyo día se le dedicó la colección de lo actuado en la 2.a reunión del concilio Tridentino (Trento), impresa en Alcalá por Atanasio Salzedo 1554, 4.°: libro raro que he visto después en poder de D. Manuel Abella nuestro académico. Hallose en la última convocación del sobredicho concilio. A su vuelta lo hicieron arzobispo de Valencia, dejando ya vacante esta sede en 15 de Abril de 1564; y queriendo al ir allá visitar antes a nuestra Señora de Monserrate, murió en aquel santuario a 2 de Mayo del mismo año. Acá dejó memoria suya en un breviario propio de esta iglesia, que se imprimió en Lyon apud Theobaldum Paganum 1557, 8.°, del cual vi un ejemplar en el monasterio de PP. Jerónimos de la Murta, junto a Barcelona. El sucesor fue 

Fr. Benito de Tocco, abad del sobredicho monasterio por segunda vez, el cual tomó posesión de la iglesia a 31 de Octubre del mismo año, y en su gobierno 

dejó algunas memorias útiles a la misma; aunque en otras trabajó en vano, como fue en la incorporación de las preposituras que faltaban a la mensa capitular, que por entonces se estorbó después de resuelta. Ordenó e imprimió un ritual para la diócesi en 1568 en Barcelona por Claudio Bornat. Hallábase en aquella ciudad día 4 de Septiembre de 1571: ubi, dice, nobis per reverendissimum et insigne Capitulum canonicorum ecclesiae, sede vacante, est concessum temtorium (f. territorium). Así se explica el mismo en la escritura que firmó ese día, y con que verificó la reunión, con autoridad apostólica, de los conventos de monjas franciscanas de Tárrega, Manresa, Vique y Cervera, faltos de individuos y de rentas, en uno solo que fue el de Cervera. He visto la escritura en el archivo civil de esta última ciudad con el favor de mi amigo el Sr. marqués de Capmany. También asistió al famoso concilio provincial de los años 1564 y siguiente, en que se trató de la admisión del Tridentino. Del cual y de otros nuevamente descubiertos deseo ya tener ocasión de hablar con oportunidad. En 1572 fue promovido a la silla de Gerona, y luego a la de Lérida. Murió finalmente en Monserrate a 31 de Enero de 1585, donde tiene su epitafio en un sepulcro que se destinó para su cadáver, mas dicen que está vacío, y es el siguiente: 

Inclita marmoreo sita sunt hoc ossa sepulcro

Eximii monachi, pontificisque pii: 

A Tocco cui nomen erat Benedictus, et esse

Gaudebat Taucum regia progenies. 

Deserti cultor, sacra quidnam pagina monstret

Didicit, et valde moribus esse probis. 

Eligitur Montis Serrati primitus Abbas,

Atque ad desertum protinus ille redit. 

Inde etiam regimen post pauca vocatur ad idem.

Fit Vici praesul, fitque, Gerunda, tuus; 

Nec non Ilerdae antistes gratissimus omni

Et clero, et populo, coelitibusque fuit. 

Fit Catalanorum pariter bis sorte Triumvir,

Cum fama exercens munus utrumque proba

Corpus habet structum hoc ex marmore mausoleum; 

Mens fruitur veris perpetuisque bonis. 

Del tiempo de este prelado hallo un obispo titular dando órdenes en Monserrate en 1567 y 69. Llamábase D. Fr. Ioannes Iubinus episcopus Constantinensis, del cual se darán copiosas noticias en el viaje de Barcelona. 

Basta por hoy de catálogo. A Dios.