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sábado, 27 de agosto de 2022

Carta LXXXIII. Prosigue el catálogo de obispos desde principios del siglo XI hasta el año 1075.

CARTA LXXXIII. 

Prosigue el catálogo de obispos desde principios del siglo XI hasta el año 1075.

Mi querido hermano: Hoy comenzamos la tarea con la memoria de un obispo, gran bienhechor de esta iglesia, y venerado con razón por santo casi desde su muerte, con ser así que a los sabios parecerá muy ajeno de la santidad el principio de su pontificado, y no menos al vulgo su desgraciado fallecimiento. Tal es 

S. ERMENGOL 

desde el año 1010 hasta el de 1035. 

Conjeturan algunos que este nombre es derivado del de Hermenegildo (y Armengol también); yo añadiría que es el mismo en Cataluña que estotro en Castilla, puesto que Ambrosio de Morales, si mal no me acuerdo, dice en su Crónica, haber visto firmas de los Ermengoles, condes de Urgel, existentes en Valladolid (uno fue yerno de Pedro Ansúrez y variantes, y sus hijos castellanos, que total es lo mismo que catalanes), de esta manera: S. Hermenegildi comitis Urgelli. En este país los latinos dijeron Ermengaudus, de donde por contracción nos vino Ermengodus y Ermengod, como lo vemos en varias escrituras, y en el vulgar Ermengol, que es como yo lo usaré. Era ya arcediano de esta iglesia en el año 1001 cuando murió su padre Bernardo, vizconde de Conflent, hermano del obispo Salla, como dije el correo anterior. Su madre se llamó Guisla o Wisla (W : G; Wilhelm : William : Guillem, Guillermo y variantes) (hija de Seniofredo de Llusá) según consta de muchos instrumentos, de los cuales he copiado el adjunto (a: Apend. n. XXIV.) del año 1002, sólo para probar esto contra Balucio, que en la Marca Hisp. col. 409, dice que Guisla, mujer del vizconde Bernardo, era hermana de S. Ermengol. Nació sin duda su equivocación de haber visto en alguna escritura que este obispo tuvo una hermana de ese nombre, como yo lo he visto también. En la ya citada suena un hermano suyo llamado Arnal, vizconde. El principio de su pontificado es uno de los puntos más obscuros y más dignos de ser aclarados de nuestra historia. Porque él nos reproduce lo que la antigüedad vio en S. Agustín y otros obispos nombrados viviendo aún sus antecesores. La opinión común es que S. Ermengol fue hecho auxiliar de su tío Salla, y con la futura del gobierno de su iglesia. Y esto parece indicar él mismo en la escritura de la institución de esta canónica, de que se hablará, cuando dice: ea quae praedictus Salla episcopus avunculus meus (mi abuelo; lo meu avi) ad instituendam vitam canonicam in nunc MEO EPISCOPIO dereliquit. Una escritura que he hallado felizmente en este archivo nos pone en estado de ilustrar esta materia, y de fijar lo que en ello hay de cierto. Es un juramento o promesa del conde de Urgel Ermengol I, llamado el Cordobés, hijo de Borrell y de Ledgardis, condes de Barcelona, por medio del cual promete tener y hacer que sea tenido por obispo de Urgel Ermengaudo, sobrino de Salla, dentro de tantos días después que este le avise de ello. Y si Salla quisiere ordenar obispo a su sobrino durante su vida, ofrece que le ayudará en ello, si él o su hermano el vizconde Bernardo o los otros parientes y amigos de Ermengol le diesen, dentro de sesenta días después de su ordenación, cien piezas (de oro) o prenda en valor de 200; y continuar en tenerlo por obispo después de muerto Salla, si dentro del año de su fallecimiento se le diesen 150 piezas, mitad en cada medio año. Y si Salla muriese sin haber ordenado obispo a su sobrino Ermengol, promete hacerle ordenar, si él o sus amigos le diesen las piezas sobredichas. Y en uno y en otro caso jura tener y guardar a Ermengol todo lo que le pertenezca, si él y su padre el vizconde Bernardo, y su madre Wisla, vizcondesa (hija que fue de Seniofredo de Luciano), le dan fianzas y le juran fidelidad sobre un altar consagrado o sobre las reliquias de los santos. Esta es en extracto la escritura que decía, y que va copiada a la letra (a: Apend. n. XXV.). En ella, como en todas las de esta clase, faltan las firmas y la fecha, sin que por eso deje de tenerse por original, concurriendo la circunstancia de ser su lenguaje, letra y nexos de aquel tiempo. Tienen una ventaja estas escrituras de homenaje y fidelidad, y es que cuantas veces se nombran los que mutuamente se la prometen y juran, otras tantas se expresan su padre y madre, y en algunos partidos sola esta última. Cosa que sirve mucho para fijar las genealogías, como en esta sucede, que hasta los abuelos paternos y maternos de S. Ermengol nos descubre. Por lo que hace a nuestro propósito, es menester considerar que esta escritura es anterior al año 1001, en el cual murió Bernardo, vizconde, padre de S. Ermengol, que en ella se supone vivo. Además llama siempre a S. Ermengol clerico, y no archilevita, dignidad que ya tenía en dicho año, y que nunca dejaron de expresar las escrituras que nos quedan de entonces. De esta observación resulta que más de diez años antes de la muerte del obispo Salla, se pensó en que S. Ermengol fuese su sucesor, o bien instituido aún viviendo él, o bien después de su muerte. En ambos casos parece que el conde Ermengol, como que acababa de obtener en 993 este condado solo y separado del de Barcelona, y por consiguiente falto del apoyo que aquella unión le proporcionaba, parece, digo, que debió temer que con la sucesión de dos obispos tío y sobrino, ambos de una familia extraña, cual era la del vizconde de Conflent, se siguiese algún menoscabo a los intereses de su señorío. Por esta razón exige de S. Ermengol y de sus parientes fianzas y juramentos que él pueda estar sosegado, y de Salla y demás las sumas que van expresadas. Esta interpretación, que es bien conforme al estado de cosas de aquel tiempo y a la letra de este documento, no sé si bastará para desvanecer la sospecha de simonía que a primera vista presenta su lectura en la ordenación de S. Ermengol. Porque ni Salla recibió por ello dinero alguno, y lo que dieron fue para redimir la vejación o resistencia que el conde podía oponer por miras políticas y temporales. Mucho más claro se vería esto, si se hallara la escritura de promesa y juramento que debieron hacer por su parte el tío o el sobrino; la cual debió quedar en poder del conde. De todos modos se infiere claramente que todavía se acostumbraba en aquel tiempo, si la necesidad lo exigía, el nombramiento de obispo sucesor viviendo el actual: y que el de S. Ermengol debía en todo caso ser hecho por Salla. Mas si esto llegó o no a efectuarse no nos consta; aunque para creerlo así da margen el catálogo de Gerri, que da a nuestro obispo 29 años de pontificado: y pues consta que murió a 3 de Noviembre de 1035, debiéramos en tal caso decir que fue hecho obispo hacia el año 1006, viviendo aún su tío. Mas de este tiempo no queda memoria por donde podamos asegurar tal cosa. Lo que sí consta (y con ello debemos contentarnos) es que a 6 de Noviembre del año 1010 obraba ya como obispo a los dos meses de la muerte de su tío y antecesor Salla, según vimos en la publicación de su testamento. Diez días después verificó la restauración de la canónica de esta iglesia, cuya acta se halla ya publicaba en la Marca Hisp. (apend. n. CLXIII), con la confirmación del papa Sergio IV. El mucho tiempo que era necesario para meditar, digerir y llevar a debida ejecución esta grande obra, no es un motivo para dudar de que nuestro obispo la hiciese en los primeros días de su pontificado, o para probar que lo había comenzado algunos años antes. Porque esta era una cosa que Salla tenía ya proyectada, y acaso en estado de madurez cuando murió, y que el sobrino, sabedor y penetrado de las ideas del tío, pudo ejecutar muy fácilmente. Ya dije en los correos anteriores de la calidad de esta canónica, y cómo por esta razón su pontificado forma una época notable en esta iglesia, siendo tenido por su restaurador y bienhechor principal, cuyos derechos y posesiones recobró y aumentó mucho durante su gobierno. No nos consta si para lograr, además de la sobredicha confirmación pontificia, la amplísima bula que a favor de esta iglesia expidió el papa Benedicto VIII año 1013 (ibid. n. CLXIX), hizo algún viaje a Roma. Mas no es inverosímil que así sucediese, atendida la costumbre de aquellos tiempos, el celo de nuestro prelado, y las circunstancias personales suyas que se expresan en la indicada bula de Benedicto. Nada más diré de estos documentos, de cuyo contenido cualquiera podrá enterarse en la citada obra, que es común. Otro punto más curioso se nos ofrece tratar ahora, y que necesita una larga discusión. El hecho es este. El año 1017, día 21 de Noviembre, se presentó en esta iglesia Borrell, hijo de Richildis, electo obispo de la iglesia de Roda, vacante por muerte de Aimerico. Venía acompañado del conde Guillermo de Ribagorza y de los canónigos de aquella catedral, y con el consentimiento de los nobles y abades de aquel país; y presentándose a nuestro obispo y su clero pidió fuese confirmada su elección. Lo cual se verificó. Y aunque el modo y fórmulas de que usa la escritura que de ello se hizo (que el notario llamó escritura de elección) parece indicar que esta se hizo aquí; pero para mí todo ello no es más que confirmación de elección ya hecha. Y lo probaría si fuese este el objeto principal de lo que trato. Se me olvidaba decir que la escritura original existe aquí, fecha anno trabeationis domini nostri Iesu Christi millesimo XVII., era millesima quinquagesima quinta, indiccione XV, (símbolo  C vuelta con puntito dentro) I Pacta XX, XI. Kal. Decembris, anno XXI. regnante Rothberto rege. Cuadran perfectamente todas estas notas de cómputo. La cifra (símbolo) significa concurrente 1.°, y lo era en efecto ese año 1017 en que regía el num. 18 del ciclo solar y la letra dominical F, a cuyos datos corresponde el concurrente 1.°. Sobre la inteligencia de esta cuenta ya he hablado otras veces (a: V. tom. VIII, pág. 153.). Tres días después se hizo la consagración del mismo obispo por decreto de S. Ermengol, y por mano de Adalberto, obispo de Carcasona, y con asistencia de Pedro, obispo Comenense (Comenge), los cuales tres obispos proclamaron y entronizaron al nuevo prelado, dándolo por pastor a la iglesia de Roda, y admitiéndole en su numero y colegio episcopal. Va también copia de estotra escritura igual en las fechas a la anterior (b: Apend. n. XXVI y XXVII.). Que aunque ambas están publicadas por Balucio en los Capitulares (ed. París 1780, col. 630); mas hallándose aquí los originales, sería un crimen no copiarlas de nuevo con toda exactitud. En este hecho no me llama a mí la atención el que varios obispos reunidos confirmen y consagren a un comprovincial, supliendo en esto la falta del metropolitano. Porque habiendo fallecido el de Narbona (que era el reconocido por nuestras iglesias durante el cautiverio de la de Tarragona) como se indica en el exordio de la segunda escritura, es claro que según los cánones, así como tocaba al obispo más vecino acudir a la última enfermedad de su compañero, darle sepultura, visitar la iglesia huérfana, inventariar sus bienes, cuidar de la elección del futuro pastor, y remitirle al metropolitano para la confirmación, así con el consentimiento de sus comprovinciales le tocaba hacer por sí estos últimos actos cuando no hubiese metropolitano. Así que no habiendo a la sazón arzobispo en Narbona, no es extraño que S. Ermengol, como más vecino a la iglesia de Roda, confirmase y mandase consagrar a su pastor. Pero hay más. Yo hallo en la primera de estas escrituras que S. Ermengol dice: “advocamus, adclamamus, atque eligimus iam dicto Borrello, ut... ad honorem, et benedictionem, atque ordinacionem sui presulatus accedat, et susceptione perveniat, sub tuitione alme Marie sedis prefate, et sub dominatione domno Ermengaudo episcopo, et succesores eius.” 

Repite lo mismo en la segunda escritura con estas palabras: sub tuicione vel dominatione prefate sedis Orgellensis, sive domnum episcopum Ermengaudum, vel omnes episcopi, qui post eum venturi sunt; y al fin de ella lo dice por tercera vez. Esto indica algo más que el derecho común: indica una sujeción particular de la iglesia de Roda a esta de Urgel, la cual en la primera de dichas escrituras claramente es llamada caput omnium ecclesiarum iam dicto comitatu (el de Ribagorza, donde está Roda). En virtud de esta primacía se dice que el nuevo obispo debía estar sujeto, no sólo a S. Ermengol, sino también a todos sus sucesores, y a la misma sede de Urgel. Esto sin duda nació de que en el año 819 cuando se restauró la iglesia Urgelense, no habiendo como no había sede episcopal en Roda, ni casi cristiandad en todo su distrito, se adjudicaron al de Urgel todos aquellos condados y sus iglesias, como se ve en el diploma de Ludovico Pío: y cuando después se erigió la silla de Roda a mitad del siglo X, debió el obispo de Urgel quedarse con esta primacía, o cosa que se pareciese a un derecho cuasi de metropolitano. Y aunque no se halla que esto pretendiese, sino ahora; mas la coyuntura de no haber metropolitano, pudo hacer que reviviese el derecho primitivo. El cual yo creo sea la causa de este hecho que ahora tratamos, y de la pretensión que poco después tuvo el sucesor Eriballo, en cuyo artículo diré de esto más de propósito. Entre tanto quede esto así; y sólo advierto dos cosas: 

1.a Que con lo dicho se responde a los que creen que por estar Roda en ese año 1017 ocupada por los moros, y no por otra razón, vino su clero a Urgel a hacer la elección de obispo, y que ese fue el motivo de que S. Ermengol la confirmase. Porque ni la escritura indica tal cosa, como ciertamente lo hiciera, ni su objeto es la elección hecha aquí, sino la confirmación de la hecha anteriormente, en virtud de la cual se presentó con los electores el electo.

2.a Que Borrell no debe ser tenido como un corepiscopo (co-obispo), o vicario (vice) y ministro de la sede de Urgel y de sus obispos; porque bien claro está que le confirmaron y ordenaron y aclamaron como obispo propio de la sede de Roda. Cuanto más que no se hallará en otro obispo Rotense, ni en la misma sede tampoco, rastro ni vestigio de la dependencia característica de los corepiscopos.

Prosiguiendo ahora las memorias de S. Ermengol, sabemos que en el año 1019 procuró y efectuó la reunión del monasterio de S. Lorenzo del valle Lordense, muerto su último abad Lobatón, a la famosa casa de S. Saturnino de Tabernoles, entregándolo a su abad Ponce para que lo tuviese como priorato. De esto se dirá más de propósito cuando se trate separadamente de los monasterios suprimidos de esta diócesi, y entonces irá la escritura de esta incorporación que es curiosa por algunas circunstancias que se explicarán. En el año 1024 a 1.° de Noviembre se abrió solemne juicio en la villa de Ponts, ante el conde de Urgel Ermengol y otros jueces en el pleito que nuestro obispo tenía con Durando, abad de Santa Cecilia, en el valle de Elins, sobre la posesión de la iglesia de Curticita y décimas de Castelló, todo lo cual poseía de buena fe el monasterio había más de cien años. Declararon los jueces que el título de esta posesión, es a saber, la donación del conde Borrell, era ilegal y contraria a las primitivas y auténticas donaciones que de todo ello habían hecho los reyes de Francia a esta iglesia y a sus obispos Sisebuto, Possidonio y Wisado el viejo. Hácese mención de esta sentencia en la Marca Hisp. Sus actas están copiadas en el Cartor. I. de este archivo, fol. 80, de donde las publicó Balucio (Capitul. reg. Francor. apend. num. CXLV.) 

Allí mismo he visto original el acta de otra sentencia que ganó nuestro obispo un día después de la antecedente en Guisona la vieja. Esto hará dudar a alguno de la verdad de la fecha del documento anterior, que no he visto original; mas estotro que digo lo es, y esta fecho: IIII. nonas Novembris, anno Dominicae incarnationis millesimo XXIIII, et Roberti regis Franchorum XXVIIII. Todo puede componerse advirtiendo que en este segundo juicio no se halló S. Ermengol personalmente, sino por medio de sus procuradores Mirón de Ponts, Bonifilio y Guitardo. Acusaron estos a Guillermo de Lavanza de haber usurpado muchas tierras incluidas en los límites de Guisona, a cuyos nuevos pobladores las había repartido S. Ermengol, cuando conquistó de los moros aquella ciudad (quam ipse de manibus paganorum multo labore abstraxerat, et prout melius potuit edificaverat, et adhuc Deo auxiliante edificat). Alegaba Guillermo que aquellas tierras pertenecían a la conquista que él había hecho del castillo de Lauro (Llor), sobre cuya posesión, además de una sentencia ganada en juicio, tenía la donación que le hizo el conde de Barcelona Raimundo con su mujer Hermesindis. Juzgose el negocio por las leyes de los godos, cuyos textos se alegan en la escritura; y se declaró nula la sentencia en que se fundaba Guillermo por no haber precedido la declaración de testigos, los cuales sólo se limitaron a la posesión del castillo de Lauro, en el que nada pedía S. Ermengol. También se declaró nula e ilegal la donación de los citados condes, como perteneciente a tierras que no eran de su señorío ni jurisdicción, esto es, de los condados de Barcelona y de Ausona, que estaban reunidos. Diose pues final sentencia a favor de nuestro obispo, y en seguida, para evitar nuevas disputas, se fijaron los términos y límites de dicha ciudad de Guisona, como verás en la copia adjunta (a: Apend. n. XXVIII.), que entre otras curiosidades, que según mi costumbre no me detengo a examinar, tiene la de certificarnos de la conquista de Guisona por S. Ermengol; y aunque no se nos dice el año en que esto fue, ya se sabe que debe fijarse poco antes del 1024. Pocos años después logró nuestro obispo que se confirmase a su iglesia la posesión de las villas de Tuxen, que le disputaba el conde Ermengol II. La escritura de este juicio y sentencia se halla en la Marca Hisp. (apend. n. CCFV), copiada del dotal o cartor. I de este archivo, donde la he visto y confrontado. Redúcela el Sr. Marca al año 1030 sin decirnos por qué, como debiera, supuesto que el año XXIII del rey Roberto, que expresa en su fecha, es ciertamente el de 1028 o lo más 1029, como saben los que conocen estas materias (a: Diago y Pujades suponen existente por estos años un obispo de Urgel llamado Amelio, el cual dicen que asistió a un concilio celebrado en Vique año 1027 (Marca Hisp. col. 434). Sin duda lo equivocaron con Amelio, obispo de Albi, que asistió a la consagración de la iglesia de Ripoll en el año 1032; y si no es esta la causa de su equivocación, será otra. A mí me basta decir que en esta iglesia no hay memoria de tal obispo, y mucho menos por estos años en que son continuas las memorias de San Ermengol hasta el 1035, como se verá.) 

Otra pequeña memoria queda del 29 de Noviembre, año 1032 (II del rey Enrique) en que recibió la donación que Trasver y su hijo Raimundo le hicieron del castro prope Fontaned. (apellido Fontanet)

A esta noticia sigue la que hasta ahora se ha creído última de su vida, que es el testamento que ordenó a 14 de Diciembre del año III del mismo rey (de Cristo 1033). Hállase publicado en la Marca Hisp. (apend. n. CCX). Engañados con esto nuestros historiadores han fijado su muerte en el mismo año, sin reflexionar siquiera que habiendo muerto, como ellos mismos confiesan, un día 3 de Noviembre, no pudo morir en este año el que a 14 de Diciembre del mismo todavía estaba disponiendo su testamento. Así que debieron por lo menos alargar la época de su fallecimiento hasta el 3 de Noviembre de 1034. Mas ni aun esto sufren que se diga dos documentos originales y muy preciosos, que he visto y copiado, de que voy a dar razón. El primero existe en el monasterio de S. Pedro de la Portella (llamado antes de Fronteñá), al cual acudió nuestro obispo día 21 de Septiembre del año 1035, junto con Wifredo, arzobispo de Narbona, y Guifredo obispo de Carcasona, para consagrar al de Barcelona Guislaberto, y al mismo tiempo la iglesia de dicho monasterio. El exordio de la escritura dice así: anno incarnationis Dominice XXXV. post millesimum, era M.LXXIII, indictione III, epacta XX, XI. Kalendas Octobris, anno V. regni Aienrici regis (rey Enrique), convenerunt in unum in Dei omnipotentis nomine &c. De todo esto, y de cómo allí fundó entonces S. Ermengol una cofradía, la cual confirmó poco después un concilio de Narbona, se habló a la larga en el viaje a aquel monasterio (a: V. tom. VIII, pág. 112 y sig.). Estaba pues vivo el santo obispo, y empleado en estas cosas en la Portella, día 21 de Septiembre de 1035. Consta que no asistió al citado concilio, aunque tardó muy poco a celebrarse, porque también consta que murió a los 43 días de aquel suceso, el 3 de Noviembre de ese mismo año. Esta noticia segura y enteramente ignorada, la hallé por una casualidad, de que no me harto de dar gracias a Dios. En el archivo del ayuntamiento de esta ciudad de Urgel hay un arcón de pergaminos inútiles y verdaderamente despreciables. Quise verlos sin embargo, ya que estaba para marchar de aquí, por si arrojaban algo acerca de monedas y algunas otras menudencias de los siglos XIV y XV a que pertenecen. ¿Cual sería mi sorpresa cuando, además de otro documento apreciable del siglo XII, de que se dirá, me encuentro con la escritura original (de que ni siquiera hay una copia en la iglesia) de la publicación y ejecución del testamento del santo, que es lo que llamamos testamento sacramental? A vista de ella se acabaron todas las dudas en este punto. He aquí su extracto. Los testamentarios y los testigos juran sobre el altar de S. Pablo apóstol, que estaba en el atrio o sea claustro de esta catedral (cuius altare situs est in atrium Sancti Petri apostoli intus in sede Vicco) que vieron y oyeron, y se encargaron de cumplir todas las disposiciones de nuestro obispo, ad eadem ora quando volebat Ermengaudus prefatus pergere ad limina beati Iacobi apostoli, sana mente, et memoria integra. Entre sus disposiciones notará alguno la manda de ciertas tierras a Sancto Michaële archangelo, quem ille edificavit in sede Vicco, propter remedium animae domno Sallano episcopo, et sua. Y debe saberse que esta sede Vicco no es la ciudad de Vique, sino la de Urgel, como ya quedó advertido: y que esta iglesia de S. Miguel, a quien se hacen estas mandas, es la canónica que el testador fundó aquí mismo, uniéndola al clero de la catedral, como ya se dijo (a: V. tom. IX, pág. 173 y 179.); y no la otra capilla de S. Miguel que había en Vique, que según se probó en lo de aquella iglesia (b: V. tom. VI, pág. 146 y 179.), estaba ya fundada un siglo antes que muriese S. Ermengol. Vivía aún su hermano Arnaldo en la fecha de este testamento. Deja en él su lecho de madera al obispo sucesor; y todo cuanto dio a su canónica dice que es para remedio de su alma y de Salla su tío y de sus padres, y para que los canónigos vivant cotidie in comunia in servitio sanctae Dei genitricis. Esta vida común que él había restaurado, la encarga de nuevo por estas palabras: Idcirco precepit... ut iam dicti cannonici filioli sui, qui hodie ibi sunt, vel in antea venturi erunt, rogavit, et amonivit, simulque excomunicavit per Deum patrem omnipotentem, et Ihesum Christum Dominum nostrum, et per Beatae Genitricis eius, atque sanctorum omnium, ut post mortem suam episcopum non elegant, nec adclament, nec consortium cum eo non abeant infra ianuas almae Mariae sedis, donec iuret manibus supra sancto altario almae Mariae sedis ipsa cannonicha, ut fideliter eis teneat &c. También mandó que los prepósitos que debían cuidar de dicha canónica, sint electi in capitulum Sanctae Mariae per ipsis canonicis cum illorum voluntate. Así cuidó este santo obispo al tiempo de morir de precaver la ruina de la vida canónica que miraba como su hechura principal. En cambio de tan copiosas donaciones como les hizo: mandavit, dice, simul et rogavit per singulos dies sacerdos, qui supra sacrosanctoque altario sedis missam celebriter canendus erit, dicatur missa pro anima domni Sallani presuli, et sua, Deus qui inter apostolicos, excelsa voce, sicut et missa, exceptus diebus Dominicis, et natalis Domini. Finalmente añaden los testigos: cum sua bona voluntate ita obiit de hoc seculo III. Nonas Novimber. Y estando fecha esta declaración o testamento sacramental III. Nonas Decembris, anno V. regni Enricho rege, que es el 1035, es indispensable fijar su muerte en el día 3 de Noviembre del mismo año. Porque ya se sabe que esta especie de declaraciones testamentarias se hacían dentro de los seis meses de la muerte del testador; y de esta escritura lo dicen después de sus firmas los mismos albaceas: Nos manumissores sumus, et similiter iuramus, atque infra sex menses, sicut in lege est constitutum, eventilare curavimus. Va copiada (a: Apend. n. XXIX.) 

Las circunstancias particulares de su muerte no nos constan de este documento; sólo podemos inferir de él que fue repentina. Dice así: Et precepit, si aliquid de eo contigisset, aut mors subitanea ei evenisset, SICUTI ET FECIT, antequam alium testamentum fecisset &c. Las actas de su vida, que van copiadas de un santoral de la iglesia de Barcelona (a: Apend. n. XXX.), cuentan que habiendo el santo emprendido la construcción de la puente que llaman del Bar sobre el río Segre, distante tres horas de esta ciudad hacia levante, y queriendo acelerar la obra, estimulando con su ejemplo a los trabajadores, cayó despeñado, estrellándose la cabeza entre las rocas. Añaden que fue luego trasladado su cuerpo con gran solemnidad a la catedral, y depositado al lado izquierdo de su templo, donde permaneció por espacio de seis meses, hasta que con motivo de una extraordinaria sequía el clero y pueblo resolvieron trasladarlo a la mano derecha del templo, confiados en hallar por intercesión de su pastor difunto el beneficio de la lluvia, como lo consiguieron. Al cabo de siete años fue elevado su cuerpo, y colocado junto al altar de nuestra Señora, en medio de los prodigios y cosas que refieren los sobredichos documentos. Yo no salgo fiador de todas las circunstancias portentosas que en ellos se cuentan; pero no deja de dar al todo de esta narración gran peso de verdad, la exactitud con que fijan la época del culto de este santo obispo, o lo que es lo mismo la elevación de su cuerpo a los siete años después de su muerte. Porque es así que los innumerables beneficios que había hecho este prelado a su clero, comenzando la fábrica actual de la iglesia (como veremos en el obispo sucesor), restaurando y enriqueciendo la canónica, y recobrando muchos de sus derechos; todo esto junto con la reciente memoria de su celo, caridad y otras virtudes pastorales, movió los corazones de su pueblo a que le tributasen la veneración debida a los santos. Mas esto no fue hasta el año 1041. En el de 1040 el obispo sucesor Eriballo habla de él como de un varón de buena memoria, mas no como de uno venerado por santo: Quae, dice, religiosissimus reverende memorie Ermengaudus episcopus dedit ad predicte sedis seu eius canonice opus, ob quam meriti causam Deus retribuat requiem et vitam, et Christi mater virgo adquirat delictis eius in coelis veniam, quod ipse in terris illi fabricavit ecclesiam ipsam sedem beatae Mariae iam dictam. Sin embargo de esto, y a pesar de no hallarse decreto alguno de su elevación o digamos canonización, hallo copiada en el cantoral I de esta iglesia, fol. 43, una donación a la canónica y a su obispo Guillermo Guifredo, cuya fecha es la siguiente: facta scriptura donationis anno XII. Enrici regis Franchorum, die sabbati, in festivitate Sancti Ermengaudi, mense Novembris. La fiesta de S. Ermengol, esto es, el día 3 de Noviembre, no cayó en Sábado por aquellos años, sino en el de 1044, en que regía desde el Marzo la let. dom. G; mas el año XII de Enrique, aun excluido todo el 1031 en que comenzó, coincide cuando más con el 1043. Como quiera que esto sea, y en medio de la inexactitud en que pudo incurrir el notario, vemos que esa es la época del culto de nuestro santo. En consecuencia de esto el mismo obispo Guillermo a 20 de Mayo de 1046 (año XVI de Enrique), aprobando cierta concordia hecha por S. Ermengol, le llama muchas veces Sanctus Ermengaudus. Desde entonces son ya continuas las memorias (que omito por no molestar) de donaciones y oblaciones hechas a la canónica para el día de dicha fiesta, que siempre fue el 3 de Noviembre. Pueden verse en el mismo cartoral los folios 26 y 32. Extendiose también a todo el principado de Cataluña el culto de nuestro santo; y así hallamos que en el año 1070 existía ya una iglesia con el título de S. Ermengol en el obispado de Vique y corregimiento de Cervera, cerca de Calaf; la cual dotó en dicho año el conde de Barcelona Ramón Berenguer I con su mujer Adalmodis, como consta de una escritura que me ha comunicado D. Francisco Mirambell, cura de Prats de Llusanés. En el territorio de dicha iglesia estaban los campos con que los padres de S. Olaguer, obispo de Barcelona, dotaron a la canónica de aquella catedral cuando le admitió por su canónigo en 1075. Esto último dice Diago Hist. de los condes de Barc. lib, II, fol. 128. También se intituló luego de S. Ermengol la iglesia de S. Félix de la villa de Aiguatebia (agua tibia) en el Conflent; como he visto en escritura de donación del año XII del rey Felipe (1071) hecha por una mujer llamada Wisla: ad ecclesiam, dice, Sancti Felicis, et Sancti Ermengaudi. Es de notar que el lugar de Aiguatebia había sido del señorío del santo obispo, el cual dio en su testamento la mitad de él a la canónica. En su fiesta y octava usaba todo el clero de esta diócesi de oficio propio, el cual he copiado del único ejemplar del breviario de ella que aquí se guarda, impreso en Venecia en 1487. Va adjunto (a: Apend. n. XXXI.). Téngolo por compuesto en el mismo siglo XV. Notarás en el himno de vísperas y maitines que todas las estrofas comienzan por un verso de otros himnos ya conocidos; y que el de laudes remata las suyas del mismo modo. Así lucían su ingenio los poetas. Con la introducción del breviario romano por S. Pío V se abolió este rezo, y le sucedió el del común, y así continua a pesar de las instancias repetidas de este capítulo, especialmente hacia los años 1730. Tiénenle aquí por abogado particular para las necesidades de sequía, y en un ritual del año 1536 se hallan establecidas preces particulares para implorar el remedio por su intercesión, con una letanía semejante a la que ya dije usada en Valencia. La oración dice así: Omnip. sempit. Deus, qui B. Ermengaudum pontificem tuum nostris diebus miraculorum signis mirabiliter fulgere fecisti: concede, quaesumus, ut quicumque ipsius adveniunt poscere suffragium, dono tuae gratiae celeriter adipisci mereantur. Per. 

En el día se veneran sus reliquias en capilla particular, depositadas en una arca grande de plata, para cuya traslación vi en el archivo de la villa de Puigcerdá que sus cónsules fueron convidados por los de esta ciudad en el año 1618; y en las actas capitulares de esta catedral hallo que para las fiestas que se hicieron con este motivo se fijaron los días de Pentecostés de ese año. 

ERIBALLO 

desde el año 1036 hasta 1040. 

Este es el nombre más común con que es conocido este prelado, aunque algunas escrituras lo varían llamándole Heriballo, Eribaldo, Erimbaldo y Ariballo. Era hijo de Raimundo, vizconde de Cardona, y de su mujer Enguncia o Engucia, y hermano de Beremundo, Fulcon (Fulco: Folch) y Raimundo, junto con los cuales hizo cierta donación que he visto a la iglesia de S. Vicente de aquella villa en el año 1015. De su madre y de su hermano Fulcon hace él memoria, siendo ya obispo, en una escritura que existe en la catedral de Vique del año VIII del rey Enrique (1038) con la cual declaró sujeta a aquella iglesia la de Calaf. En su testamento se verá que tenía también una hermana llamada Amaltrudis. Muerto hacia el año 1029 su hermano mayor Beremundo, que poseía el vizcondado de Cardona (a: V. sobre esto el tom. VIII, pág. 158.), lo heredó nuestro Eriballo, siendo ya arcediano, según se dirá. Vese esto en el testamento del mismo Beremundo, que está en el archivo abacial de Cardona, fecho III. Idus Ianuarii, anno XXX. regnante Rodberto rege (11 de Enero de 1026 o 1027). De él consta que el vizconde no tenía hijos, y acaso que no estaba casado, puesto que no menciona a su mujer, ni para heredarla ni para encargarle la custodia y conservación de sus cosas, las cuales pone in manus, et providentia domna Ermesindis comitissa (de Barcelona), et fratre meo Eriballo archilevita, et Fulco fratre meo. Después de varias mandas, dice: Et omnes meos alios alodes, quod remanent in cunctis locis, simul cum ipsa mea honore, dimitto in potestate, et tutela de fratre meo Eriballo archidiacono, vel baglia de domna Ermessendis comitissa; in ea ratione, ut si Deus mihi filium de legitimo coniugio dederit, et ad etatem pervenerit, ipse sit possessor, sub manu avunculi sui predicti Eriballo, de omni mea hereditate, quod a sanctis non habeo debitata... Si autem filium Deus mihi non dederit, dimitto similiter ipsos alodes, vel honore mea, in manus Eriballo, ut ille similiter eligat per sua manu Fulcum fratrem nostrum, ut in diebus suis, si Fulco Eriballum supervixerit, possesor fiat de prefata hereditate vel honore. Esto dice la escritura, de lo cual se infiere que Eriballo heredó el vizcondado de Cardona con la condición de que lo dejase al hermano menor Fulcon o Folch, como decían en vulgar. Mas habiendo este muerto antes que Eriballo, pasó aquella herencia al hijo del difunto Raimundo Folch, según se verá en el testamento de nuestro obispo, donde dispone de esa herencia como de cosa propia.
Con estas noticias nadie debe extrañar el verle intitulado vizconde en las escrituras posteriores a la muerte de su hermano; de las cuales citaré ahora una que es también notable para la diplomática de este país. Y es una donación que él mismo hizo hacia el año 1032 al presbítero Guadamiro de un alodio en el lugar de Sigberta, condado de Gerona, en la cual se llama a sí mismo archilevita, vel vicescomes. El notario puso en este instrumento la fecha del año XXXVII de Roberto, con ser así que a este príncipe el que más le concede son 35 años de reinado. En el monasterio de Bages me acuerdo de haber visto algunas escrituras en que siguieron contando por muchos años su reinado como si no hubiera muerto (a: V. tom. VII, pág. 212 y sig.). La que he citado está original en el archivo de la catedral de Gerona, y de allí es la copia adjunta (a: Apend. n. XXXII.). La firma de Raimundo Folch vizconde, que verás en ella, es del sobrino de nuestro obispo, que habiendo heredado de él el señorío de Cardona,  como se ve en su testamento, confirmó después la misma donación. Según vimos arriba, en el año 1015 tenía ya el título de arcediano; pero no lo era de esta iglesia de Urgel, como algunos creen, sino de la de Gerona. De esto pueden ser un indicio muy claro las varias mandas que hace en su testamento a la canónica y a los presbíteros de Gerona, dejando a estos últimos todos los muebles que tenía en aquella ciudad: y las palabras que al instituir heredero de sus estados a su sobrino Raimundo Folch, dice: excepto episcopatum quem tenebat, et excepto archidiaconatu sedis Gerundae. También lo persuade el testamento de su hermano Beremundo del año 1026, en el cual da Domino Deo, et beatae Mariae sedis Gerundae un alodio in comitatu Gerundense, in ipsa Pera (Çapera) in parrochia Sancti Isidori... in tali tenore, ut interim vivit Eriballus (a quien acababa de intitular archilevita) frater meus, teneat et possideat ipsum alode; et post obitum illius remaneat ad praedicta Sancta Maria ad ipsa kanonica, si ipsa kanonica permanserit; si vero, quod absit, minime perstiterit, remaneant ipsos alodes ad unum clericum in servicio Sanctae Mariae, cui Eriballus elegerit. 

Basta lo dicho para inferir que fue arcediano de Gerona; y acaso poseyó aquella dignidad junto con la episcopal; aunque esto último lo desmiente el testamento del obispo, en el cual nombra por uno de sus albaceas a Raimundo, arcediano de aquella iglesia. Su promoción al obispado de Urgel se verificó muy poco después de la muerte del antecesor, puesto que a principios del año 1036 ya tenemos memorias de su pontificado. Tal es una donación que he visto original en el archivo del monasterio de Monserrate (Caj. 28, leg. 23, num. 1), hecha por el conde de Urgel Ermengol II a Arnaldo Mir de Cervera, en que le da la villa y castillo de Artesia: su fecha X. Kal. Maii, anno V. regnante Enerici regis (22 de Abril de 1036). Pues en esta escritura firma entre los testigos Eriballus episcopus Urgelli. También subscribió en la que un año después se hizo para adjudicar la iglesia de dicha villa a la abadía de Ager, que ya envié (a: V. tom. IX, pág. 245.).

Del año 1037 es la dedicación que hizo de la iglesia de S. Cristóbal de Meyá, según consta de una cédula hallada allí mismo en 1676. Esto dice en sus apuntes el P. D. Jaime Pascual, canónigo Premonstratense del monasterio de las Avellanas, añadiendo que esta debió ser reedificación de dicha iglesia, puesto que de su construcción en el año 815 habla una inscripción existente todavía en ella, que dice así: ANNO DNI DCCCXV. IN NOMINE CHI PRESENS ECCLESIA FACTA FUIT. No habiéndome sido posible ver esto por mis ojos, déjolo en el grado de crédito que se merece aquel anticuario. Con más certidumbre puedo hablar de la confirmación que varios señores hicieron a nuestro Erimbaldo (así le llaman) de todas las posesiones que ya disfrutaba esta iglesia, día 27 de Abril del año 1038 (anno VII. regnante Enerici regis). Era muy de desear que existiese el original de esta escritura importantísima, por la novedad que introduce en la serie de los condes de Urgel. Mas hasta ahora sólo he podido dar con una copia en este archivo episcopal, donde entre los confirmantes se lee: Nos Poncius gratia Dei comite Burrello in Urgello comite, y en las subscripciones dice: Sig+num Poncius comes Burrello. = Sig+num Ermengaudus. = Sig+num Arnallus Mironi. = Sig+num Raimundus, vicecomite, qui hanc cartam fecimus &c. Ni en el año 1038 ni en todo el siglo XI es conocido tal Ponce Borrell, conde de Urgel. Mas por nueva que parezca esta especie, acaso servirá para ilustrar la cronología de aquellos príncipes en que estoy entendiendo.

En lo que no cabe duda es en que nuestro obispo asistió el mismo año a la consagración o dedicación de la iglesia catedral de Gerona, celebrada a 21 de Septiembre, cuyas actas hallarás publicadas en la Marca Hisp. (apend. num. CCXVIII.) 

A los años 1039 y 1040 respectivamente debían pertenecer todas las últimas memorias que nos quedan de este prelado, si pudiéramos estar asegurados de que los notarios contaron los años del rey Enrique desde el Julio de 1031; porque entonces el año X que expresan casi todas las escrituras de que voy a hablar, era claramente uno de los que dije. Mas como esto no puede averiguarse, resulta una intolerable incompatibilidad de algunos de los hechos que ellas refieren. Por fortuna se sabe con evidencia diplomática que el obispo murió un viernes 19 de Diciembre del año 1040; con la cual no puede pasar al 1041 el año X de Enrique que notan dichos diplomas: lo cual sería un nuevo embrollo. No me queda pues otro arbitrio para salir de este laberinto, más que retroceder desde ese punto cierto, e ir ordenando estas memorias por meses, sin poder decidir si son del 1039 o 1040. 

Las dudas sobre estos cómputos siempre han sido de suyo insolubles; sólo falta que lo confiesen ingenuamente los anticuarios, sin darse por avergonzados de ello. Baste por ahora saber que son ciertos los hechos siguientes.

Sábese en primer lugar que a 29 de Mayo, anno X. regnante Aenrico rege, sentenció como juez, en presencia de Arnulfo obispo de Roda, y de varios nobles del país, el pleito que la condesa viuda de Urgel Constanza traía con Guillermo, abad del monasterio de S. Saturnino de Tabernoles, sobre la parroquia de Yel (Iel en un texto anterior); la cual como subalterna y dependiente de la iglesia de Santa. Eugenia del lugar de la Torre, consagrada por el obispo Nantigiso en 913, según se dijo en su artículo, y dada al monasterio por el difunto conde Ermengol II, marido de la litigante, fue adjudicada por nuestro obispo a dicho abad y a sus monjes. Va copia tomada del cartoral del mismo monasterio existente en el seminario episcopal de esta ciudad (a: Apend. n. XXXIII.), en la cual verás como a este acto se halló presente la condesa Isabel, primera mujer del conde de Barcelona (pone Bárcena, con salto de linea) Ramón Berenguer I, llamado el Viejo. Es evidente que en la fecha de esta escritura el notario tomó por año primero de Enrique todo el 1031; porque si contara sólo desde el 20 de Julio en que comenzó a reinar aquel príncipe, debía reducirla al año IX, al cual corresponde el 29 de Mayo. 

Mucho más notable es la segunda memoria que hay de ese mismo año 1040, perteneciente a la demanda que nuestro obispo puso ante el rey Ramiro I de Aragón, quejándose contra D. Sancho su padre que había sacado de la sujeción y obediencia a la iglesia de Urgel los condados de Ribagorza y Gestao, los cuales el emperador Ludovico Pío había subordinado a ella, como territorio de su diócesi, en el año 819. Vista por Ramiro la justicia de esta petición, mandó que de nuevo volviesen a su diócesi y obediencia dichos dos condados, expresando particularmente la ciudad de Roda con todo lo que a su iglesia correspondía. Esta escritura se hizo a XV de las calendas de Octubre año 1040, dos o tres meses antes de la muerte de nuestro obispo. Publicada está en la Marca Hisp. (apend. num. CCXIX.), y la he cotejado con algunas copias de ella, hechas en los años inmediatos, no habiendo podido dar con el original. 

Reflexionemos sobre este hecho. ¿Qué es lo que pretendió Eriballo? Por ventura que suprimida la sede de Roda, volviese su iglesia con los dos condados de Ribagorza y Gestao a ser enteramente de su diócesi? Esto indica Balucio (ibid. col. 440). 

Mas esto me parece imposible y ridículo; porque la sede de Roda existía ya más había de un siglo, y no sólo sin reclamación de parte de la de Urgel, sino con actos positivos de reconocer como legítimos a los obispos Rotenses, que asistían a los concilios, y consagraciones de iglesias, y confirmaciones de obispos, y con la insigne demostración que vimos en el artículo anterior, cuando S. Ermengol ordenó por su mano e intronizó en aquella silla al obispo Borrell. Y el mismo Eriballo en este mismo año convidó a Arnulfo, obispo de Roda, para la consagración de esta catedral, y para la de la iglesia de Cardona, y para otras cosas. Contra estos argumentos no vale alegar la letra de dicha escritura; porque el ius, y dominatio y potestas que allí se dan a Urgel, pueden tener otros sentidos. ¿Pretendería solamente recobrar algunas iglesias particulares de aquellos condados? No lo sufre el contexto de dicha escritura, que los expresa enteros, y también a Roda iglesia matriz de ellos. Y si vale decir que sólo esto pretendía, bien podemos asegurar que no lo logró (cosa por cierto inverosímil y contraria al decreto de Ramiro) respecto del monasterio de Alaon (Alaón), de quien se dice que hizo demanda particular. Porque aunque esta casa estuvo sujeta a Urgel en lo antiguo; mas después de la erección de Roda en silla episcopal, a esta reconoció y obedeció, y a esta continuó en estar sujeta después de ese año 1040, como algún día se dirá. Ni Roda tampoco dejó de tener sus obispos, ni estos el mismo territorio que antes, y la jurisdicción en él, sino acaso en algunas iglesias particulares que ahora no sabemos, y que no eran motivo para tan grave queja, y tan solemne diploma.

Pues si no pidió Eriballo la supresión de la sede de Roda, ni unas pocas iglesias de las que a ella obedecían, ¿pediría acaso que se le guardase un derecho cuasi metropolítico, como el que parecía haber ejercido su antecesor S. Ermengol confirmando e intronizando al obispo de Roda? Mas 1.° esto no consta de la citada escritura. 2.° Ese acto de jurisdicción de San Ermengol es el único que sepamos ejercido por los obispos Urgelenses sobre los Rotenses. De todos los prelados de aquella silla desde el año 957 en que fue erigida como dicen, o trasladada como yo creo, no hay otro más que Borrell en quien tal cosa se viese. Los demás a ciencia y paciencia de los Urgelenses fueron confirmados por sus metropolitanos, como allá se verá. 3.° Por obscurecida que estuviese en aquel tiempo la disciplina eclesiástica, nadie dirá que llegase su alteración hasta el punto de creer que un obispo fuese sufragáneo de otro sufragáneo. Confieso, hermano mío, que atendidas estas cosas que he dicho, no sabré resolverme en qué es lo que pedía el obispo Eriballo, ni qué es lo que se le concedió. Si existiera la escritura con que la sede de Roda fue establecida en 957, ella nos diría las condiciones con que consintió la de Urgel en la desmembración de su territorio. Mas no existe. Por otra parte es sabido que estos negocios eclesiásticos o nacían o tenían conexión con los civiles. Los reyes de Aragón de la mitad del siglo X no sufrirían que las parroquias de sus estados reconociesen como obispo al que lo era de un señorío ajeno y poderoso. Ya dije en otros viajes (a: V. tom. VI, pág. 207, y tom. VIII, pág. 70.) cómo el conde de Besalú Bernardo no paró hasta tener en su condado obispo propio, para estar así menos dependiente de los condes de Gerona y Ausona. Esta debió ser la principal causa de la nueva silla de Roda. Después de esto el rey D. Sancho, a proporción que en el siglo XI iba dilatando su dominio con las armas, es regular que no sufriese ver sujetas las nuevas conquistas al obispo de Urgel, teniendo ya un obispo propio en Ribagorza. De esto tenemos un ejemplo reciente en D. Jaime I de Aragón, el cual, recobrada de los moros a tanta costa la ciudad de Valencia, no permitió que su iglesia quedase sujeta a la metrópoli de Toledo, capital de Castilla, como antes lo estuvo, ni paró hasta que Gregorio IX la declaró sufragánea de la metrópoli de todo su reino Tarragona. A esta manera D. Sancho, sujetando a los obispos de Roda sus nuevas conquistas, pudo dar motivo a Eriballo para que se quejase de que se le quitaban todos los condados de Ribagorza y Gestao: y para que alegase la concesión primitiva del año 819 en que se adjudicaron a su iglesia aquellos territorios, cuando ni en ellos había obispo, ni casi lugar alguno libre del dominio de los moros. Mas este derecho, como el de Toledo a la iglesia de Valencia, debía ceder a las circunstancias del día, según las cuales entonces y ahora debe arreglarse este punto de disciplina. Porque más pesa el bien de los fieles y de los estados, que el fuero de lo que era en otro tiempo cuando las cosas eran otras. Reclamó pues Eriballo la posesión de aquellos territorios, que en lo antiguo eran suyos, y el rey D. Ramiro dice la escritura que se los concedió: en lo cual no diré que uno y otro obrasen contra lo que debían, pero sí diré que no tuvo consecuencia lo resuelto, porque la imperiosa necesidad de las circunstancias lo deshacía. Iguales reclamaciones por parte de Urge (Urgel) veremos más adelante en dos o tres obispos; mas también veremos que fueron inutiles. En suma, la pretensión de Eriballo era, a mi entender, que no se le separasen las iglesias que de nuevo se iban restaurando, con lo cual parecían despojarle enteramente del derecho que le correspondía en aquellos condados. Esto pienso de este gran cuento que tanto me ha hecho hablar. Vamos adelante con nuestro obispo. Poco más de un mes después de este suceso, es a saber, a 23 de Octubre del mismo año 1040 (X de Enrique), estando ya concluida la fábrica de la iglesia catedral comenzada por S. Ermengol, trató de su dedicación. A este acto solemne acudieron el arzobispo de Narbona Wifredo, y los obispos Berenguer de Elna, Arnulfo de Roda, Bernardo de Coserans, y Wifredo de Carcasona, que es el que había sido obispo de Besalú. Halláronse asimismo presentes la condesa viuda de Urgel Constanza, con su hijo pequeño Ermengol III. Con este motivo confirmó el arzobispo la institución y dotación de la canónica, con todas las posesiones que le habían dado los obispos Salla, S. Ermengol y Eriballo. El acta de todo esto se halla en la Marca Hisp. (apend. n. CCXX). No puedo dejar de advertir la equivocación con que Balucio al formar el índice de aquella obra llamó Urgelense al obispo Guadallo, el cual como por incidencia se menciona en esa escritura hacia el fin. Porque es muy cierto que aquí jamás hubo ningún prelado de ese nombre. Y el indicado en este acto como ya difunto, sin duda era el obispo de Barcelona, cuya vida no pasó del 1035, como dijo el P. M. Flórez: o sería, si se quiere, el intruso en la sede de Vique a fines del siglo X, el cual como dijimos en el viaje a aquella iglesia, era ya muerto en 1039 (a: V. tom. VI, pág. 158.). He fijado esta escritura en el año 1040, porque así la fija Balucio (loc. laud.), y porque bien pudo ser que a él perteneciese el año X de Enrique, que el notario puso en ella. Mas ¿cómo compondremos esto con que este mismo año X de Enrique, y el mismo día 23 de Octubre, en que se hallaba aquí Eriballo entendiendo en una función tan solemne y concurrida, se hallase igualmente en la villa de Cardona dedicando con algunos de los mismos obispos la iglesia de S. Vicente? Así que es indubitable que alguna de estas dos dedicaciones pertenece al año 1039; y para mí tengo que debe ser la de esta catedral, puesto que en la de Cardona suena ya viuda la vizcondesa Guisla, cuyo marido Fulco consta que fue asesinado el día 3 de Febrero de 1040. Como quiera, es cierto que nuestro obispo consagró también y dotó aquella iglesia de Cardona. Balucio (ib. ap. n. CCXXI.) publicó estas actas muy diminutas. Yo las envié completas tomadas de su original (a: Tom. VIII, pág. 180 y 291.). Aquí sólo advierto que este es uno de los instrumentos en que Eriballo se llama a sí mismo eiusdem oppidi (Cardona) princeps, et dominus. Item Balucio llamó Arnaldo al Arnulfo, obispo de Roda, que se halló en aquella fiesta. También está fecho en el mismo año X de Enrique, y en el día anterior al de las dos escrituras sobredichas de consagración, el testamento que hizo nuestro obispo hallándose en sana salud. Porque veas si son estas tres cosas que puedan pertenecer a un mismo año. Mas del testamento no hay duda en que es del 1040, según se verá. Existe de él una copia en el cartoral I de esta iglesia. Pero antes de venir acá, había yo ya visto original en el archivo de los duques de Cardona, que está en Barcelona, la declaración testamentaria o sea testamento sacramental que extendieron los albaceas del obispo, y de allí es la copia adjunta (b: Apend. n. XXXIV.). Muchas veces te he dicho, y conviene repetirlo, que según la legislación de aquel tiempo, aunque el testador extendiese por escrito su última voluntad, verificada su muerte se hacía por los albaceas (manumissores, en vulgar marmesors) su respectiva declaración, y se extendía una nueva escritura que llamaban conditiones sacramentorum; y nosotros testamento sacramental, en alusión al juramento con que confirmaban ser aquella la voluntad del difunto. Esta escritura repetía todos los artículos del testamento escrito; y si no lo había, decían en ella los testigos lo que de palabra oyeron que dispuso el difunto, y aun lo que presumieron que hubiera dispuesto si les pudiera hablar. Y como para que fuese valedera la declaración debía hacerse dentro de los seis meses de la muerte del testador, para que esto constase declaraban también con juramento los testigos el día en que aquella se verificó. Por todos estos motivos son dichas escrituras en gran manera apreciables, más aun que los mismos testamentos escritos. 

En esta que digo aseguran los albaceas y testigos que el obispo Eriballo tenía dispuesto y firmado de su mano su último testamento, del cual copian todas sus mandas, y también lo que dispuso acerca del señorío de Cardona, conforme a lo que al principio dijimos que había ordenado su hermano Beremundo. Porque muerto ya en esta época Fulco, hijo de Beremundo, dejó aquella herencia a Raimundo Folch, hijo de ese Fulco. Y en caso de morir Raimundo sin hijos, manda que pase al hermano del mismo también Fulco o Folch, al que entretanto deja castrum de Colonico cum castellania. Este es el obispo Fulco, de quien se hablará en los artículos siguientes. En la muerte de ambos sin hijos instituye heredero a Eriballo, hijo de su hermana Amaltrudis: y a falta de él a su hermano Gitard. Las palabras con que expresó la herencia principal, son estas: ipsum vicecomitatum de Ausona, simul cum castro de Cardona. ¡Cuántas reflexiones ofrecen estas pocas palabras! Ahora sólo diré que esto prueba evidentemente que en el siglo XI el vizcondado de Ausona no era el intitulado de Cabrera, como dicen los historiadores, y que es posterior al siglo XII la adjudicación de los títulos de vizcondados, baronías &c., que comúnmente se designan para cada uno de los condados de Cataluña (a: V. tom. VIII, pág. 164.). De esto se dirá más en lo de los condes de Urgel. Concluyen los testigos su declaración, dando la noticia de la muerte de nuestro obispo con estas palabras: Revelamus autem omnibus Deum... bus presentis et posteris, obitum praefato Eriballo bonae memoriae episcopo; quia postquam haec omnia ordinavit, postea consentiente divina pietate parvos supervixit dies, inter quos ibat in servitio Domini nostri Ihesu Christi, et sancti sepulcri, sive fideles eiusdem Domini, ubi ire cupiebat. Quibus antequam complesset itineris labore, subito ipse auctor vel eius ductor ad eterea regna ex huius tenebris ad lucem adsumpsit, et inter agmina sanctorum suscepit, scilicet, sicut a quibusdam auditum est, revertentibus, in mense denique Decembrio, videlicet, VI. feria, XIIII. die precedente Kalendarum Ianuarium. De lo dicho resulta que la muerte le sobrevino en un viaje que junto con otros hacía a la Palestina para visitar el santo sepulcro. De este viaje hay otra noticia en la nueva donación que hizo a su iglesia de la villa de Oriol, en el condado de Berga, la cual he visto copiada en uno de los cartorales de este archivo, y empieza así: "Ego Ariballus sanctae et venerabilis ecclesiae Urgellitanae... episcopus, peregre profectus, haud dubium quin ad sepulcrum Domini nostri Ihesu Christi, cum essem Narbonae, celitus, ut credo, inspiratus, haec inter cetera, quae prius disposueram sub testamento &c." 

La fecha de esta donación es del día 9 de Noviembre del año 1040, indicción VIII: fechas que cuadran muy bien. De manera que sabemos de cierto que el viaje lo emprendió a fines de ese año, y que en prosecución de él se hallaba en Narbona, donde debió recoger su carta formata el día 9 de Noviembre. También sabemos que prosiguiendo su viaje murió un día Viernes, XIIII. die precedente Kalendarum Ianuarium, que es lo mismo que XIV. Kalend. Ianuarii, 19 de Diciembre, que justamente cayó en Viernes ese año 1040, en que, como bisiesto, regía desde el Febrero la letra dom. E. Nunca agradeceremos bastante a aquellos testigos y notario el esmero en expresar aquella VI. feria; porque con eso poco pusieron en claro este punto, y con la consonancia de todos esos datos dejaron averiguada la época de la muerte de Eriballo, que sucedió día Viernes 19 de Diciembre del año 1040, a los 57 días después de haber ordenado su testamento, que son el parvos supervixit dies, que dicen los albaceas. Esta misma cuenta siguen un cronicón de Ripoll, y varias notas de este archivo, aunque en el día del mes varíen un poco fijando el óbito en el día 21 de Diciembre. Por consiguiente debe despreciarse como arbitraria la cuenta que siguió Balucio (Marca Hisp. col. 441), fijando esta muerte en el año 1042. En el artículo siguiente se verá lo infundado de las razones que alega para ello. Ahora bastará para demostrar su equivocación la fecha de este testamento sacramental de que hablamos, la cual dice así: Latae istae conditiones Kalendis Maii, anno X. Henrici regis. Porque claro está que si Eriballo murió en 1042, como dice aquel escritor, el 1.° de Mayo en que se hizo la declaración de su testamento deberá ser el de 1043. ¿Y quién dirá que a ese año pueda acomodarse el X de Enrique, aunque su reinado se cuente desde el año 1032? Por lo contrario, contándolo desde el 20 de Julio de 1031 en que comenzó a reinar, el día 1.° de Mayo de su año X coincide con el de 1041, en el cual, antes de cumplirse los seis meses de la muerte del obispo, se hizo la declaración jurada de su voluntad, como mandaba la ley. Esto en cuanto a la época de la muerte. Del lugar donde aconteció dice un necrologio de Cardona que fue Pomposa, cuya situación ignoro por ahora (N. E. Ponposa aparece en textos anteriores). Oigamos sus palabras: XII. Kal. Ianuarii. Eodem die obitus Eribaldi pontificis, fratris Bermundi proconsulis. Hic in episcopali residens cathedra, precepta sedulo meditans dominica, eique parere gliscens, in antro prothoparentum volens incedere calle terrestri Xpm in suo est amplexus, unde iam seculum fuerat egressus, pro regresso caperet, in Xpi confessione apud Pomposam quiesvit beata dormitione. Por enrevesado que sea este elogio, bien se ve que recae principalmente sobre las virtudes del difunto; al cual por ellas contó entre los santos el P. Domenech en la historia de los de Cataluña. Y él será uno de los siete obispos de esta iglesia de Urgel, que suponía canonizados el canónigo Agustín de Isla en la protesta que hizo en el concilio de Tortosa de 1429, sobre que no se mudasen aquí los vestidos canonicales antiguos, de lo cual se habló otro día (a: V. tom. IX, pág. 186.). 

GUILLERMO GUIFREDO 

desde 1041 hasta 1075. 

Era hijo de Guifredo, conde de Cerdaña, y de su mujer Guilla o Guisla (alias Ermengardis), como he visto en una escritura del año 1064 (Cartor. I. fol. 64). Debió esta ser tercera mujer del conde; pues como se dirá en el episcopologio de Gerona, tuvo otras dos llamadas Dulcia e Isabel. Sus hermanos fueron Ramón Guifredo, sucesor de su padre en el condado; Guifredo, arzobispo de Narbona; Berenguer Guifredo, obispo de Gerona; Bernardo Guifredo, conde de Berga, y Ardoino. He leído en la historia de Languedoc (lib. XIV.), que su hermano, arzobispo de Narbona, trabajó para que le eligiesen obispo de esta iglesia, ofreciendo para ello cien mil sueldos, cuya suma recogió vendiendo las cruces, vasos sagrados, relicarios, libros &c. de la iglesia de Narbona. Nada de esto debe extrañar el que sepa lo que entonces se estilaba en Francia, en Italia y en otras partes. En la Marca Hisp. (col. 441.), suponiendo Balucio que el antecesor Eriballo murió en 1042, dice que nuestro obispo fue electo el mismo año. Yo que tengo por cierta y averiguada la muerte de Eriballo a 19 de Diciembre de 1040, no puedo dejar de decir que Guillermo le sucedió a principios del 1041. Y me acuerdo haber notado una u otra memoria de su existencia en este año que ahora no tengo presentes. Consta ciertamente que era obispo el año 1042, en que consagró la iglesia de S. Esteban de Guils, que creo es de la Cerdaña francesa. He visto un dibujo, no que una copia, de la cédula que se depositó en su ara máxima, donde se escribieron los nombres de los sujetos siguientes: Bonus homo sacerdos, Vivas sacerdos, Airo (forte Miro) sacerdos, Seniofredus sacerdos, Gentilus Xixol, Iquimara, Requilles vivus vel defunctus, Segario cum omnibus parentibus suis, Ermengaudus gratia Dei episcopus. Estos eran los que habían contribuido a la fábrica de la iglesia, que en ese año estaban vivos o difuntos, y así contaron a S. Ermengol que había muerto siete años antes. También pertenece al mismo año la restauración del monasterio de Sta. Grata en la villa de Tramasaguas, cuya escritura publicó la Marca Hisp. (ap. num. CCXXIV.)

Hallose en el concilio de Narbona del año 1043, en que se procedió contra los invasores de los bienes del monasterio de Cuxá, y se confirmó la fundación del de la Portella, y la cofradía que allí instituyó S. Ermengol. Su firma se halla en aquellas actas de esta manera: Guillelmus gratia Dei Urgellitanus praesul, qui haec statuta auctoritate episcopali confirmat (a: V. tom. VIII, pág. 115 y 263.). También asistió a los otros concilios que se tuvieron los años siguientes. En el de 1044, II. idus Ianuarii, anno XII. regnante Aganrigo rege, consagró la iglesia Sancti Martini in parrochia quedam vocitata Benevivere (Beviure). El año dicho de la encarnación se halla también en la escritura que he visto, con el cual ciertamente no cuadra el XII que añade de Enrique; porque veas lo que decía en el artículo del obispo anterior, esto es, la diversidad y capricho con que los notarios contaron los años de aquel rey. Del año 1048 y día 4 de Abril nos queda una curiosa escritura de donación hecha a esta iglesia por el conde Ermengol III y su madre viuda Constancia, cuando aquel príncipe tenía, como allí se expresa, quince años y diez meses de edad, en presencia del vizconde Mirón y de Arnaldo Mir de Tost y de otros nobles. Dieron pues aquellos príncipes madre e hijos decimam partem de cunctas parias, quae modo accipiunt ex partibus Hispaniae, y de las que en adelante adquiriesen, destinando la mitad de la décima a la fábrica y ornamentos de la iglesia, y la otra mitad a la canónica. Conceden además junto con el obispo Guillelmo y Mirón vizconde (como derechos que les pertenecían) ipsos teloneos, et lezdas de cunctos homines, qui venerint ad firam Sanctae Mariae, quae est constituta ad Assumptionis eiusdem in mense Augusto, … et ad ipso retro (la feria última) qui est constitutus in iam dictam sedem post festivitatem dedicationis Sancti Michaelis, qui est tertio Kalendas Octobris. La fecha de esta escritura es pridie nonas Aprilis, anno XVII. regni Enrici regis, la cual yo reduzco al año 1048, porque así corresponde a la cuenta de los años de este rey desde que comenzó a serlo en 20 de Julio de 1031; y aunque la donación se dice hecha en el claustro de esta iglesia ad diem sanctum Paschae, y ese año no fue Pascua a 4 de Abril sino a 3, no hay inconveniente en que se extendiese el día 4 la escritura de una donación hecha el día 3: y mayor inconveniente sería reducir la escritura a cualquiera otro de aquellos años inmediatos en que la solemnidad de la Pascua estuvo más distante de su fecha. No va copia de este documento por hallarlo ya publicado en la Marca Hisp. (ap. num. CCXXXIII.) aunque por lo que dije mal adelantado al año 1047. Las parias que aquellos condes recibían ex partibus Hispaniae, eran los tributos que les pagaban los moros para no ser molestados en la posesión de lo que ocupaban. 

Así fuera tan fácil explicar, ya que hablamos de ello, qué eran las parias que el conde de Urgel Ermengol VI debía percibir de rege et regina Legionensis civitate, cuya décima dio al monasterio de S. Saturnino de Tabernoles, junto con todos los diezmos que percibía in Castella, et in Campis, et in Estrematura, et in Asturiis. Irá copia de esta donación, que es del año 1109, cuando se trate de los condes; y sólo la he recordado por su curiosidad, y porque vino a cuento.

Volviendo ahora al hilo de nuestra narración, sabemos que en el año 1050 consagró nuestro obispo dos iglesias, la de S. Juan in castro Castello, (es como decir castillo castillo; Castelló, Castellón y variantes) y la de la villa de Perles, dedicada a S. Román. Ambas escrituras he visto originales; la última en el archivo de la colegiata de Orgaña (Orgañá, Organyá), fecha IIII. Idus Novembris; en ella se manda que el sacerdote que regentase dicha iglesia de S. Román, faciat duas pernas episcopo. = El año siguiente 1051 consagró la iglesia de S. Martín de la villa de Kabrils, (Cabrils) estando presente el conde Seniofredo de Urgel que firma la escritura; de la cual tomé esta sola nota tiempo atrás, cuando no sabía aún la novedad que causa este conde Seniofredo en la cronología de los de Urgel, en un tiempo en que no hay otro rastro de tal cosa. Me confirmo en que todos los anticuarios debían ver segunda vez los mismos archivos al cabo de diez años de haberlos registrado bien. El año 1055, a 27 de Septiembre, se hallaba este prelado en Narbona asistiendo al concilio que celebró su hermano el arzobispo de aquella iglesia, y fue uno de los padres que subscribieron a la sentencia que allí se dio a favor de la iglesia de Vique, la cual se conserva original en su archivo, como se dijo en su debido lugar (a: V. tom. VI, pág. 197.). Dos años después hallo que consagró la iglesia de S. Félix, S. Juan y S. Pedro in castro Alós, y la de S. Saturnino in valle Lordensi in villa de Petra de Sogar. = En el año 1063 se supone que asistió al concilio de Jaca; de lo cual habla el cardenal Aguirre en su colección. = A 12 de Abril de 1065 asistió a la donación que Sancha, última mujer (y no conocida) del conde de Urgel Ermengol III, hizo a la iglesia de S. Pedro de Ager. Escritura curiosa, de que se trata ya en la historia de aquella colegiata (b: V. tom. IX, pág. 126.). También se halló en el concilio de Gerona de 1068, presidido por el cardenal Hugo Cándido, del cual se hablará en su lugar. En el año siguiente de 1069 consagró la iglesia de Sta. María de Mur, fundada por los condes de Pallás, Raimundo y Valencia. De esto se dirá también a su tiempo. Curiosa es la escritura que nos queda de este mismo año (VIIII del rey Felipe) a 13 de Mayo, en la cual se nos ha conservado noticia de que un Bernardo Juan, infractor de la tregua de Dios por haber cometido un homicidio, fue desterrado, según los cánones, por nuestro obispo a países ultramarinos: y no pudiendo pasar el mar ni dejar abandonadas sus posesiones, implorada la misericordia, se le conmutó la pena en peregrinación a Roma y a Compostela, y en algunas donaciones a la canónica de Urgel. Va copia de este documento (a: Apend. n. XXXV.). 

Al año 1070 pertenece la consagración de la iglesia de Solsona que hizo nuestro obispo con su hermano el arzobispo de Narbona. Suceso ruidoso por los portentos que en esta ocasión supone obrados un breviario de aquella iglesia, de que se habló en su debido lugar (a: V. tom. IX, pág. 51 y 224.). Entre varios que costearon la fábrica de aquel templo, dícese allí mismo que fue uno de los primeros nuestro obispo. Y no debía este obrar de otra manera, puesto que ya desde el año 1055 poseía el castillo de Solsona, por donación que a él y a su iglesia hicieron los condes de Urgel Ermengol III y su mujer Clemencia. Dejo aparte algunas otras memorias de su existencia hasta el año XIV del rey Felipe, 1073 de Cristo, una de las cuales es el homenaje que le hicieron los vecinos de Turrefracta a VII de los idus de Octubre de dicho año, que está en el archivo episcopal. Vengamos a examinar las que nos quedan de su muerte, la cual fijan en el año 1075 varias notas o sean episcopologios antiguos de esta catedral, y un cronicón inédito de Ripoll que dice así: anno MLXXV. obiit Guillermus Guifredi, episcopus Urgellensis. Lo mismo consta del necrologio de la iglesia de Solsona, y también el día y circunstancias de su muerte, y traslación de su cadáver. Dice así: In hoc die (24 de Enero) interfectus fuit dominus Guillermus, venerabilis praesul Urgellensis, in comitatu Pallariensi, a prophanis hominibus; atque corpus eius inde evectum, et in propria sede honorifice tumulatum II. Kal. Februarii, era M.C.XIII. Esta era corresponde al año de Cristo 1075, a no ser que así el cronicón como el necrologio contasen el año de la encarnación como era aquí común; en cuyo caso diremos que también mudaban la era con el sobredicho año, y que el de la muerte del obispo fue el de 1076 según nuestra cuenta. Otra prueba hay mucho más cierta de haber sido su muerte violenta; y es una escritura fecha cinco años después en el de 1080, en que el conde Ermengol IV restituye a esta iglesia todos los castillos, cuya posesión había pedido a este clero, luego que supo que praesul Guillermus suorum manu persecutorum est interemtus. De este documento se hablará en el artículo siguiente. No nos consta la causa de este asesinato; mas acaso fue una consecuencia de otro cometido algunos años antes, y atribuido a nuestro obispo. De esto nos informa una escritura que vi original y copié (a: Apend. n. XXXVI.) en el archivo del duque de Cardona en Barcelona, y es una concordia o como llamaban conveniencia entre nuestro obispo de una parte, y de otra Raimundo Folch, vizconde de Cardona, y su madre Willa o Guilla. Este vizconde era hijo de Folch o Fulco (hermano del obispo Eriballo), muerto violentamente, como ya dije con más extensión en la genealogía de estos primeros vizcondes de Cardona (b: V. tomo VIII, pág. 162.). Alguna enemistad personal o de familia debía haber en esto (N. E. ¡qué va, hombre! si los catalanes se llevaron muy bien entre ellos, ni siquiera se insultaban), cuando se creyó que nuestro obispo pudo haber sido el homicida de Fulco, y cuando tuvo necesidad, como digamos, de purificarse de esta sospecha por medio del juramento y del duelo. Convenit, dice esta escritura, predictus episcopus ad supra scriptum vicecomitem et vicecomitissam, ut iuret supra sacro altario manu propria, aut per suum militem, quia predictus episcopus non interfecit Fulconem vicecomitem, neque inconbravit manibus propriis ad mortem. Et si fecerit hoc sacramentum per suo militem, et supra scriptus Reimundus, et mater eius voluerint destornare ipsum sacramentum per batalla, non so debed (i. e. non renuat). Et si fuerit victus, emendet ipsam mortem predictus episcopus de supra scriptum Fulco vicecomite, sicut iudicatum fuerit a nobilioribus ominibus per usum. Et si supra scriptus episcopus fecerit praedictum sacramentum manu propria, predictus vicecomes et mater eius faciant finem cum predicto episcopo de mortem supra scripto Fulcone sine engan. Sigue la escritura expresando las entregas mutuas de castillos y rehenes, y otras condiciones y vínculos de aquella concordia; entre las cuales hay una en que el obispo se obliga a colocar en alguna dignidad de la iglesia a Fulco, hermano menor de Raimundo. = Esta preciosa escritura está sin fecha, como todas las de su clase; sólo hay una guía para señalarle época, aunque de extensión muy dilatada, y es la existencia del abad de Cardona Bernardo, uno de los rehenes (ostáticos) (hostatico : hostatge; hostage inglés) que entregó el vizconde al obispo, el cual se sabe que vivió desde 1053 hasta el 1070. También debe tenerse por anterior al año 1068, en que sé que Fulco era ya arcediano de esta iglesia: dignidad que el obispo le dio en cumplimiento de lo estipulado. Y de esto no digo más; bástame haber apuntado la noticia de estas desavenencias, que acaso no se cortaron con la sobredicha concordia, y al fin pudieron producir la muerte violenta de nuestro obispo. Tiempo era aquel de piedad, y en que se respetaban las armas de la iglesia, y eran frecuentes las prácticas de devoción; y a pesar de todo eran tan repetidos estos y otros desórdenes en el clero y en el pueblo. Después de haber fijado la muerte de nuestro obispo en 1075 con la certidumbre que cabe en estas cosas, no debemos hacer caso de la equivocación con que la Marca Hispánica supone ya existente al sucesor Bernardo Guillem en el año 1069, alegando la escritura de fundación del monasterio de Sta. María de Gualter, hecha por el conde Ermengol, IIII. Idus Iunii, anno VIIII. regni Philippi regis (ibid. ap. n. CCLXXV.), ya porque allí mismo (n. CCLXXIV.) se afirma que Guillermo sobrevivió a esta época, y le supone existente como obispo seis meses y medio después, a fines de Diciembre del año X del mismo rey; ya principalmente porque en dicha escritura se menciona Bernardo abad de Ripoll, a quien quedó sujeta la nueva casa; y este Bernardo fue el primero de los abades marselleses que gobernaron a Ripoll, lo cual no se verificó hasta después del año 1070, como se demostró en su lugar (a: Tom. VIII, pág. 12.). Es pues preciso decir, que la fecha de dicha escritura de fundación está diminuta faltando en ella una X, de modo que debe ser del año XVIIII de Felipe y 1079 de Cristo. Basta de obispos para hoy y para algunos días, que cierto digo que estoy cansado de tratar estas cosas. Para desempalagar echaré mano de algún bocadillo curioso que regalarte en el correo que viene. A Dios.

jueves, 21 de julio de 2022

CARTA XLIX. Adiciones e ilustraciones del episcopologio antiguo Ausonense, publicado por el P. M. Fr. Enrique Flórez.

CARTA XLIX. 

Adiciones e ilustraciones del episcopologio antiguo Ausonense, publicado por el P. M. Fr. Enrique Flórez. 

Mi querido hermano: El episcopologio antiguo de la iglesia de Vique, ordenado por el P. M. Flórez, necesita de gran corrección. Las escrituras nuevamente descubiertas nos dan noticias más copiosas y averiguadas de los años en que existieron aquellos antiguos prelados, sus elecciones en obispos, testamentos, óbitos y otras cosas que fijan su cronología de un modo seguro e indubitable: esto sin contar sus hechos ignorados hasta aquí, y la mayor exactitud de los ya sabidos. Esta consideración me obliga a emprender de nuevo este trabajo, dejando intactas las memorias que aquel sabio escritor publicó ajustadas a la verdad histórica, y añadiendo solamente las halladas de nuevo, y las correcciones que me han parecido oportunas. Con lo cual otro más desocupado podrá, reuniendo los dos escritos, formar entero este catálogo. 

Citaré las sobredichas escrituras, poniendo entre ( ) los números con que las ha señalado el presbítero D. Domingo Jaumá, sujeto muy versado en la paleografía y en la historia de esta diócesis. Y primeramente nada me ocurre que añadir a las memorias de los obispos anteriores a la invasión de los árabes; porque ya el P. Flórez disfrutó la noticia que de ellos nos queda en los códices de concilios Urgelense y Gerundense, que es lo único que yo pudiera alegar como viajero. Así que notaré solamente los nombres de aquellos prelados con los años de su existencia que constan de dichos concilios. 

Obispos. Años de su existencia. 

(N. E. Ya se ve que son nombres catalanísimos)

CINIDIO 516. 517. 

AQVILINO (AQUILINO)  589. 599. 

ESTEBAN 614. 633. 

DOMNINO 638... 

GVERICO (GUERICO) 643. 653.

WISEFREDO 683. 693. 


Obispos posteriores a los árabes. 

GODMARO.

Tampoco hay cosa que añadir a lo que dice de este obispo el P. Flórez, el cual fija bien su época desde el año 886 hasta 898. Sólo advierto que la inscripción de Empurias que deseó aquel escritor (pág. 75) la copiaré en el viaje de Gerona, tal cual se halla, y entonces como en su propio lugar se dirá quién era el conde Suniario, que se mezcló en los negocios de aquella iglesia: y también se verá que no está errada la indicción XV, y que la fecha allí notada no es el año 935, sino el 926; ni el año 48 de Carlos el Simple, sino el 30; con lo cual se corregirán las equivocaciones de quien puso el prólogo al tomo XXVIII de la Esp. Sagr., engañado con la copia que le dieron de aquel monumento. 

IDALCARIO 

(Idelhero, o Idalquero.) 

desde 902 hasta 914. 

La primera noticia que tuvo el P. Flórez de la existencia de este obispo es el concilio de Barcelona del año 906. Mas en el archivo de esta catedral (522) se halla de él memoria anterior algunos años; es a saber, la donación de una casa cum sua quintana, hecha por un cierto Esteban ad domum Sancti Petri in Vico... in manus Idalquerio episcopo, et quamdiu vixerit ille, et omnes successores sui teneant &c. La fecha dice: Facta scriptura donationis Idus Aprilis anno V. regnante Karulo rege (Karolo, Karles, Carlos, Charles, etc). Los años del rey Carlos el Simple cuentan algunos desde el 900 de Cristo, cuando fue reconocido pacíficamente por rey en toda la Aquitania y Marca 

Hispánica. Según esta opinión de Mabillon, Campillo y otros diplomáticos, la sobredicha donación pertenece al año 904. Mas como en la mayor parte de las escrituras de ese tiempo que he visto aquí, sea todavía más común la época desde la muerte de Odón en 898, sin gran arbitrariedad diremos que la donación es del año 902; en el cual existiendo ya este obispo, debe ser tenido por inmediato sucesor de Godmaro, y elegido muy poco después de su muerte. Este cómputo último se prueba con la donación de la iglesia de Olost, que hizo el conde Wifredo a nuestro obispo (de la cual habló Flórez, pág. 81): cuya fecha entera, como he visto en la escritura  original, dice así: Kal.endis Ianuarii anno incarnationis Iesu Christi DCCCCVIIII. anno XII. regnante Karulo rege filio Ludovici post discessum Odonis regis. Porque muy clara es la cuenta que aquí se siguió desde el año 898. Muchas ocasiones se me ofrecerán de ilustrar este punto diplomático; y acaso lo haré algún día de propósito.

El monumento más insigne del pontificado de Idalcario, es el concilio de Barcelona del año 906, donde peroró elocuentemente a favor de su iglesia, y logró que se quitase el tributo anual de una libra de plata que Teodardo, arzobispo de Narbona, había impuesto a su antecesor Godmaro, y Arnusto sucesor en aquella metrópoli impuso de nuevo al mismo Idalcario. No reproduciría yo esto, sino para decir que he hallado aquí un ejemplar de las actas de dicho concilio con las firmas originales de los prelados que asistieron a él; del cual va una copia exacta, porque su texto me parece más correcto que el impreso por Balucio y Flórez, en los cuales falta además la firma del obispo de Barcelona Teuderico, que aquí se halla original como las otras (a: Apend. n. XI). Masdeu decide resueltamente (b: Hist. crit. de Esp. tom, XV. p. 224) que este concilio de 906, y el del año siguiente celebrado en S. Tiberio, diócesis de Agde, relativos ambos al tributo impuesto por la iglesia de Narbona a la de Vique, son apócrifos, inventados posteriormente por los franceses, promovedores del derecho metropolítico de aquella sede. ¿Qué diría este escritor si viese con sus ojos, como la estoy yo viendo, la escritura que digo, que sin disputa es de aquel tiempo, y autorizada con las 

firmas originales de los obispos asistentes: firmas idénticas con otras que quedan de los mismos en escrituras de otra especie, como por ahora lo pudiera demostrar respeto de la de Nantigiso, obispo de Urgel? Tengo para mí que si tal viese aquel escritor, que esta y otras cosas muy ciertas puso en duda, convencido de la verdad retractaría lo que dijo por no haber visto los documentos de nuestros archivos. 

Volviendo a las memorias de nuestro obispo, he tenido el placer de encontrar aquí (528) su testamento original inédito. Su fecha es XV. Kal.. Martii anno XI. regnante Karulo rege; la cual según las varias épocas de este reinado puede acomodarse a diferentes años; mas en ninguna de ellas puede pasar del 912, y según la cuenta más común aquí, como dije arriba, téngolo por del año 908. Hallábase, como él mismo dice, enfermo ya mucho tiempo había; y acaso esta enfermedad de que no curaría, le estorbó asistir al concilio de Foncuberta, celebrado en 911 para restituir a la iglesia de Urgel los derechos que le usurpaba Adulfo, obispo de Pallás (Pallars; Ataúlfo, Adolf, Adolfo). En este concilio subscribió en lugar de Idalcario, no Aicardo, como dijo Flórez (pág. 81) siguiendo a Marca y a otros, sino Adalbaldus legatus domni Idalcharii, como se verá en la copia de las actas que hallé en Urgel, e irá en el viaje a aquella iglesia. 

El Aikardo que allí subscribe con el simple dictado de Sacerdos, no sé quién era, ni a qué iglesia pertenecía. Mas de Adalbaldo presbítero, el mismo obispo que le envió a aquel concilio, hace mención en el testamento de que voy hablando; en el cual, después de implorar con expresiones muy humildes el perdón de sus culpas, nombra por albaceas al benignísimo príncipe Wifredo, al obispo de Urgel Nantigiso, y a tres de sus canónigos Audgario, Adanagildo y Rodulfo, a los cuales encarga que repartan sus muebles y alhajas como expresa a continuación. Va copia de este instrumento que no te pesará leer (a: Apend. n. XII). El llamado en él príncipe Wifredo, era el conde de Barcelona III de este nombre, hijo de Wifredo II el Velloso (Guifre, Wilfred, etc), de quien heredó también el condado de Ausona. Su muerte aconteció a 26 de Abril del año XIV del rey Carlos, según dice su epitafio, que se conserva en el monasterio de S. Pablo del Campo de Barcelona. La confianza que nuestro obispo hizo del conde nombrándole su testamentario, fue pagada por aquel príncipe con la misma moneda, como consta de la ejecución de su testamento, que se halla en este archivo, fecha, no a 1.° de Diciembre (b: Marc. Hisp. ap. n. LXIV. Flórez: tom. XXVIII. p. 85), sino a 31 de Octubre del año XIV de Carlos. Con lo cual se ve que nuestro obispo, uno de los ejecutores de aquel testamento, no murió de la enfermedad que padecía el año XI de dicho rey. Otras ocasiones se ofrecerán donde de propósito se demuestre que el año XIV de Carlos en que murió aquel conde, no es el de la encarnación 914 como dice su epitafio. Por ahora no debo omitir una prueba evidente que resulta de esto que estamos diciendo, comparándolo con la noticia cierta que tenemos de la elección del obispo sucesor Jorge; el cual consta de una manera indubitable que fue electo a 17 de Junio de ese mismo año 914. ¿Quién compondrá con esto la muerte del conde a 26 de Abril, y la ejecución de su testamento por el obispo Idalcario en 31 de Octubre del mismo año? Luego el conde murió el año anterior cuando menos, con lo cual hubiese tiempo para que muerto también Idalcario, se le nombrase sucesor en el Junio de dicho año. Y no sólo al año anterior, sino al de 911 debemos adelantar la muerte y testamento del conde; porque a ese corresponde, según la cuenta común de esta ciudad e iglesia, y aun de toda esta provincia, el año XIV de Carlos. Así los electores del obispo sucesor en 914, contaron en ese año el XVII del mismo. Porque esta es la verdad que desde que murió Odón en 898, Carlos fue reconocido acá por rey. Cualquiera que sea la antigüedad que se atribuya al epitafio, en este punto no debe ser creído, viéndole incompatible con hechos que nos constan como si los viéramos con nuestros ojos. El cantero o el que le dirigió comenzó a contar los años de dicho rey desde el 901: cosa por acá inaudita.

En resolución, el obispo Idalcario murió en los primeros meses del año 914, pues en el de Junio ya tenía sucesor; y bien sabemos la costumbre de aquellos tiempos, que no permitía largas vacantes en las iglesias. 

JORGE 

desde 914 hasta 947. 

El P. Flórez (pág. 85) conjeturó muy bien rastreando por varios caminos que este fue el sucesor del obispo Idalcario; mas reconociendo equivocadamente vivo a este último prelado día 1.° de Diciembre de 914, en el testamento que arriba dije del conde Wifredo, dio por cierto que Jorge no le sucedió hasta el año 915. Yo he hallado aquí (144) la escritura auténtica de la elección de este obispo, y de los medios con que se procuró su confirmación, fecha a 17 de Junio del año de la creación del mundo 4866, de la encarnación de Cristo 914, del rey Carlos XVII después de la muerte de Odón, indicción II. Estos tres últimos cómputos cuadran entre sí perfectamente; con lo cual se evidencia lo que muchas veces he dicho, que acá se contaron los años de Carlos desde el 898 inclusive. La época de la creación del mundo está equivocada, si atendemos a la cuenta comúnmente recibida en la iglesia de haber nacido J. C. en el año del mundo 5199, según la cual el 914 de Cristo debe ser 6113 de la creación. 

No sé si el que extendió la escritura siguió otro cómputo, en lo cual sabes que ha habido gran variedad de opiniones; pero sí sé que su equivocación en esto no hace desmerecer la autoridad que los otros cómputos dan al instrumento. Por desgracia se halla roto en muchos lugares, mas vista su preciosidad e importancia, he copiado las reliquias de él, que no desestimarás (a: Apend. n. XIII). 

Dícese en él que habiendo el obispo Teodrico (que era el de Barcelona, y no el que al fin subscribe Lutevensis ecclesiae episcopus) dado sepultura al obispo Idalcario, y ejerciendo el oficio de visitador de la iglesia huérfana, el pueblo y clero con unánime aclamación pidieron que fuese declarado sucesor Jorge, que según parece era individuo de la misma iglesia. Por consejo del sobredicho obispo, los principales de los electores y el electo también, llevando consigo el decreto de elección firmado por ellos, pasaron a Gerona, cuyo obispo Wigo, por la mayor proporción que tenía de ir y venir a Narbona, quedó encargado de presentarlos a aquel metropolitano. Pero antes consultó el negocio con Riculfo, obispo de Elna, Reginardo de Beziers, y Teodrico de Lodeve; los cuales le dijeron que si venían en ello los obispos Artmando de Tolosa, Gimara de Carcasona, Gerardo de Agde, Ucberto Neumacense, Gunterio (Günter, Günther) de Magalona y Adulfo de Pallás, con el privilegio o aprobación de Agio metropolitano, podía hacer lo que pedían los de la iglesia Ausonense. Así se ejecutó, extendiéndose la escritura de confirmación, firmada por cuatro de dichos obispos, el primero de los cuales, que no puede leerse, acaso será el metropolitano, o Wigo de Gerona, subscribiendo en seguida Reginardo, Gerardo y Teodrico.

De este precioso documento resultan las noticias siguientes: 1.a que a principios del siglo X estaba todavía en su vigor el canon del concilio Valentino del año 546, si no me engaño, en el cual se mandó que en la enfermedad mortal de un obispo acudiese el inmediato a cuidar de la iglesia huérfana; como vemos aquí a Teodrico (o Teodorico si se quiere) de Barcelona enterrando a Idalcario, haciendo el oficio de visitador de su iglesia, y presidiendo la elección del sucesor. Lo mismo se verá después en la muerte del obispo Wadamiro. = 2.a Que para la confirmación de los obispos electos por el clero y pueblo, aún viviendo y ejerciendo su autoridad el metropolitano, se requería el consentimiento de las sedes comprovinciales. = 3.a Que estas en la provincia Narbonense eran XV, inclusa la Septimania y España. = 4.a Que la Marca de España no se contaba por una parte de la Septimania, como pretendió Balucio; de lo cual hablaré a la larga en las Memorias de los condes de Urgel. = 5.a Que en este año 914 aún vivía Adulfo, intitulado obispo de Pallás desde por los años 886, y que era reconocido en la provincia por obispo legítimo, a pesar de la resolución de suprimir esta silla, que tomó el concilio de Foncuberta de 911: especie harto curiosa para lo que se dirá en el viaje a la iglesia de Roda de Aragón. = 6.a Por último, que Agio, metropolitano de Narbona, había ya recibido el palio a 17 de Junio de 914; y por consiguiente que el papa Juan X que se lo concedió, no comenzó su pontificado a fines de Abril de 915, como defendió Papebrochio (in Propilaeo) sino de 914, como había dicho Pagi. Desde ese día 17 de Junio de 914, en que Jorge fue confirmado obispo Ausonense, hay varias memorias que prueban su existencia en esta silla, y las hay ya desde el año inmediato al de su elección, XVIII del rey Carlos, y también del XXI, que son 915 y 918 de Cristo. Ambas anteriores a la primera que conoció el P. Flórez; pero de poca importancia para ser mentadas aquí.

Vengamos a lo que más importa, que es la época de la muerte de esté prelado, la cual dicho escritor (pág. 89) fijó antes del Septiembre de 938. Con esta opinión no cuadra lo que se lee en la carta del docto P. Caresmar sobre la población antigua de Cataluña, es a saber: que el obispo Jorge, a ruegos de Suniario conde de Urgel, y de su hijo Ermengol, consagró la iglesia de Santa María de Moyá (Modielano) X. Kal.. Septemb. del año IV de Luis Ultramarino, que es el 939 (a: Posteriormente me ha enviado el canónigo Don Jaime Ripoll esta escritura copiada de un traslado que existe en el arciprestazgo de la villa de Moyá; y va en el apend. n. XIV.). No es esto sólo. Aún debe alargarse la vida de Jorge seis años más siquiera. Para lo cual se ha de tener presente que al rey Carlos el Simple sucedió algunos años después de su muerte su hijo Luis, apellidado el Ultramarino, cuyo reinado comenzó día 20 de Junio de 936. Según esto, en que están conformes todos los cronologistas, véase a qué año corresponde la escritura de donación de una viña, que se halla aquí original (601) que Aster y su mujer Síndula hicieron ad domum Sancti Petri de sede Vico, vel in manu de Georgio episcopo. Facta donatione V. Kal.. Madii anno VI. regnante Ludovico filio Karoli. 

Véase a qué año pertenece otra escritura del mismo archivo (613) en que Elías presbyter, et Wifredus sacerdos, testamentarios del difunto Wimarano (Guimerá) presbítero, dan a esta iglesia in manu Domno Georgio (Jorge, Jordi, etc) episcopo ciertos campos en el lugar llamado Buada. Facta ista donatione VII. Idus Madii anno VIII. regnante Leudevico rege filium Karloni (Ludovico, Luis etc; rey, hijo de Carlos, Karoli, Karles, Charles, etc). Finalmente véase otra donación (223) que Bonesinda y sus hijos Atila, Ermelda y Adeleva hicieron a esta iglesia de unas tierras, sitas en el lugar de Foncuberta en el condado de Ausona, ut teneat, dice, et possideat Georgius episcopus, vel canonici ipsius ecclesiae. Facta donatione III... Februarii, anno VIII. regnante Ludovico rege filio Karloni. Es claro que la primera de estas tres escrituras originales es del año 942, y las dos últimas son del 944; en cuya época es preciso reconocer vivo al obispo Jorge, si hay fe histórica en el mundo. 

Vivía aún en el año siguiente 945 cuando confirmó la restauración del monasterio de Santa Cecilia de Monserrate, hecha cinco años antes por Suniario, conde de Barcelona y de Urgel, y por su mujer Richildis; cuya escritura original vi en el archivo de Santa María de Monserrate, y en su final se lee: Ego Georgius episcopus (no Gregorius, como dijo el. P. Argaiz en la Perla de Cataluña) concedo ad restaurationem huius cenobii... pariliata (parellada) una de terra ad boves laborandum &c... Et ut haec conscriptio firmis et stabilis permaneat, manu propria &c. = + (cruz, signum) Suniarius Comes. = + Richildes Cometissa.... Acta sunt enim haec anni incarnati Verbi D.CCCC.XLV. Indictione III. VIII. Kal.s. Iulii anno VIIII. regnante Ludovico gloriosissimo rege filio Karoli. Radulfus sacer &c. &c. Ato ac si merito indignus sacer hanc scripturam scripsi, et de rebus meis vineam I. ibidem tradidi; et de manu mea sub die et anno quo supra. Wadamirus archilevita. Sonifredus (Seniofredus) &c. Las épocas de la fecha concuerdan entre sí. El arcediano Wadamiro que subscribe, y el Atón sacerdote que hizo aquí de notario, son sin duda los dos obispos inmediatos sucesores del nuestro. 

Otra memoria queda todavía posterior, y es del día VII. Idus Februarii anno XI. regnante Lodovico rege filio Karloni regi, que contando este reinado desde el Junio de 936 corresponde al 7 de Febrero de 947. En ese día pues, in iudicio Suniario comite, et Wadaldo comite, et iudices Suniario &c... à petitione Wisalfredo, qui est mandatarius Georgio episcopo, qui cathedram beati Petri Apostoli regit hoc tempore, recognoscimus nos Gudemirus &c. La suma de todo es que restituyeron ciertos alodios, quot rex Odo per consilium Wifredi comiti condam concessit ad domum Sancti Petri, seu etiam ad Gotmare episcopo, qui eo tempore regere videbatur praefatam ecclesiam, vel à cunctos successores eius. El original de esta escritura, última memoria de este pontificado, está y lo he visto en el archivo episcopal; y de él, además de todo lo dicho, se infiere que el obispo Jorge no sólo no murió antes del año 938, sino que aún vivía en 947. Resta ahora satisfacer a los dos argumentos en que se fundó el P. Flórez para 

anticipar casi diez años la muerte de este prelado. El primero es un privilegio del mismo rey Luis a favor del monasterio de Santa María de Ripoll, expedido el año III de su reinado, de Cristo 938, en que se habla de nuestro obispo como si ya fuese difunto, puesto que de algunos bienes de aquella casa dice: quae Georgius episcopus concessit. Lea quien quisiere este documento en la Marca Hisp. (apend. n. LXXIV.) donde está impreso; y hallará que lo que de él se infiere es que las donaciones hechas por el obispo Jorge al monasterio, precedieron al privilegio o praeceptum del rey; mas no que el obispo hubiese ya muerto. El segundo argumento tiene apariencia de mayor solidez. Trátase de una bula del papa León VII, que también se halla en la obra citada (apend. n. LXXV.) en favor del mismo monasterio, dirigida a varios obispos de nuestro territorio, entre ellos Wadamiro Ausonensi. Y como aquel papa murió en el año 939, Balucio editor de la Marca Hisp. redujo la bula al 938; en el cual por consiguiente se supone muerto el obispo Jorge, puesto que se menciona el sucesor Wadamiro. 

Ni la autoridad de Balucio (a: Marc. Hisp. col. 387), ni la de los que le siguieron (b: Esp. Sag. tom. XXVIII. p. 89, y tom. XLIII. p. 126), me dispensa de examinar la época de este documento, ni de afirmar que es posterior a lo menos en diez años al de 938. Prueba clarísima de esto es que la bula va dirigida a cuatro o cinco prelados, de los que yo he podido averiguar hasta ahora, los cuales no existían en 938 ni hasta muchos años después, y cuyos nombres sino con espíritu profético no podían ser entonces conocidos. Uno de ellos es Riculfo obispo de Elna; del cual el mismo Balucio afirma y prueba que no entró en aquella silla hasta el 949, habiéndola gobernado su antecesor Wadaldo hasta el 946 cuando menos. Del obispo de Urgel Wisado II tengo demostrado en el episcopologio de aquella iglesia que no lo fue hasta el 942. Ni el mismo abad de Ripoll Arnulfo, en cuyo favor se expidió la bula, entró en el gobierno de aquella casa hasta el 949, como se verá otro día. A la manera pues que esta bula supone existentes en 938 a estos prelados, que no lo fueron hasta pasados algunos años; lo mismo diremos respeto de Wadamiro Ausonense, del cual consta con certeza que no pudo entrar a serlo hasta pasado el 947. Y diremos que la bula que habla de él y de los otros, es (no fingida posteriormente como dice el P. Masdeu, acostumbrado a decir lo mismo de cosas muy ciertas) sino expedida o dirigida muchos años después que muriese el papa León VII (que fue el que confirmó las posesiones del monasterio) cuando vivían todos aquellos prelados a quienes se encarga su observancia, cuyos nombres se pusieron entonces, conservando el del romano pontífice que había concedido aquella gracia. A esta conjetura da margen el hallarse este documento sin ninguna fecha. Y si esta interpretación te pareciese arbitraria, atribuye a lo que quieras su anacronismo, con tal que se diga que no se expidió ni publicó en 938, porque eso no lo sufren las reglas de crítica. Y si se quiere apurar el año de su publicación, yo diría que es uno de los que van desde 949 al 956, porque sólo en ese periodo de siete años se verifica la coexistencia de los prelados sobredichos, como lo verás en el estado siguiente: 

         Desde. Hasta. 

WISADO... Obispo de Urgel. 942 978 

RICULFO... de Elna.         949

 WADAMIRO. de Vique. 947 957. 

ARNULFO... Abad de Ripoll.  949. 956. 

Id... Abad y obispo de Gerona... 956. 970. 

Quede pues asentado que el obispo Jorge vivió hasta el año 947 cuando menos. 

Los necrologios de esta iglesia ponen su óbito, unos a 20 y otros a 21 de Octubre. 

WADAMIRO.

(o Wadimiro)

desde antes del 949 hasta 957. 

Acabamos de ver que el obispo Wadamiro no pudo entrar en el gobierno de esta iglesia hasta fines del año 947 lo más pronto. No he podido dar con acta o memoria alguna que nos asegure de su elección; mas no es poca fortuna el haber topado con otros documentos preciosos de este obispo, a quien debe mucho su iglesia, y de quien sólo se sabía el nombre, y aun ese el único que lo ha puesto en el catálogo ha sido el P. M. Flórez. Por lo mismo te han de ser más apreciables las noticias que voy a escribir. Y primeramente es muy verosímil que este prelado sea el Wadamirus archilevita que subscribió las actas de la restauración del monasterio de Santa Cecilia en Monserrate, de que hablé poco antes. Esto dice bien con la disciplina de aquel tiempo, en que los obispos eran por lo común elegidos del clero propio de cada iglesia. 

Gobernaba ya esta sede en 949, cuando Godemaro y su mujer Elvia le hicieron donación de unas tierras en el lugar de Foncuberta de este condado (639). Donamus,  dicen Domino Deo, et Beato Petro, vel verius Domino Wadamiro episcopo, vel successores eius &c. Facta donatione V. Kal.. Madii anno XIII. regnante Ludovico rege filium Carloni. 

También me acuerdo de haber visto en el archivo real de Barcelona la escritura de elección de Adalaizis en abadesa de S. Juan de Ripoll (hoy de las Abadesas), hecha por el conde Borrell, concurriendo nuestro obispo Wadamiro, el conde Seniofredo, y otros personajes: ante el presbítero Guiliardo, su fecha XVII. Cal. Septemb. anno XIV. regni Ludovici filii Caroli, indictione VIII,; cómputos que cuadran bien, y corresponden al año 950 de Cristo. Esta es la única nota que tomé del documento; pero es cierta. 

Acá queda otra donación (651) que hicieron al mismo obispo y a su iglesia Albarico y su mujer Ofresa de unas viñas en el lugar de Cellabona, IV. Idus Maii anno XVI. del mismo rey, 952 de Cristo. Tras esto ya no se hallan noticias de este prelado hasta el año III del rey Lotario. Para cuya declaración es menester fijar antes las épocas de este reinado, las cuales tomaron los escribanos de diferente manera: unos desde el día 10 de Septiembre de 954 en que murió su padre Luis el Ultramarino: otros desde su coronación a 13 de Noviembre del mismo año: y otros finalmente, no haciendo caso de los meses que quedaban de ese año, contaron por primero todo el 955; y esto último dice Campillo (a: Disquis. meth. &c. p. 152) que es lo más común en este país.

Supuesto esto, sábese que el año III del rey Lotario IIII. Nonas Septembris permutó nuestro obispo con Daniel una casa y campo in appendicio Gorbitano, in locum que vocitant Granuliarios, En esta permuta anterior al día 10 de Septiembre siguió el notario un método no conocido acerca de los años de aquel rey, que fue contar por primero todo el 954; de manera que la donación sea del 2 de Septiembre de 956. Porque si ajustáramos su fecha a una de las tres épocas que dije, pertenecería la escritura al 2 de Septiembre de 957, día en que como veremos había ya muerto nuestro obispo. 

Otra memoria suya queda, y es ciertamente del año 957, era 995, indicción XV; y es la de la consagración de la iglesia de Santa Cecilia en Monserrate, y en el castillo llamado Marro, hecha a ruegos del célebre abad Cesario, que todavía no estaba promovido al honor de metropolitano Tarraconense. Este célebre personaje siendo ya presbítero había adquirido para sí dicho castillo en el año 942 por donación de su prima Druda y del hijo de ella Ansulfo. Druda y su marido también Ansulfo habían comprado el castillo con su iglesia de Santa Cecilia en el año 871 por cinco libras de plata, expresando el vendedor Radulfo que le pertenecía aquella posesión por donación del rey Carlos, que sin duda debía ser el Calvo. Cesario, adquirido ya aquel lugar, alcanzó licencia del conde Suniario por la mediación de su mujer Richildis para recogerse a él con cuatro monjes, a los cuales el obispo Jorge confirmó en la restauración de la casa en 945, como ya vimos, y ahora nuestro Wadamiro les dio la regla de S. Benito, consagró su iglesia, y confirmó sus posesiones. Todo esto consta de la escritura que vi original en el archivo del monasterio de Monserrate; pero tan rota y deteriorada, que de su fecha sólo se pudo leer lo que he dicho, y no el día. Mas es cierto que debió ser anterior al mes de Junio, porque a 10 de él ya se hallaba el obispo en Vique gravemente enfermo, y muy luego murió como vamos a ver. 

Bien tendrás presente que en los correos anteriores dije como el obispo Wadamiro restauró la canónica Ausonense IIII. Idus Junii, anno III. regnante Leuthario rege, anno dominicae Trabeationis DCCCC.LVII. Indictione XV. Todos estos datos se verifican en el día 10 de Junio de 957, de cualquier modo que se cuenten los años de Lotario; o por la muerte del padre, o por su coronación, o excluyendo todo el año 954. Vuelve a leer, te ruego, este documento que envié (a: V. sup. pág. 33 y sig.), porque lo es muy claro de la humildad y celo de este obispo, y de la liberalidad con que enriqueció a su iglesia con sus propios bienes. Forma además una época muy notable para la historia de su vida canónica. 

Murió el obispo a los cuatro días de haber hecho esta grande obra, es a saber, día 14 de Junio del mismo año III de Lotario y 957 de Cristo. Consta esto del inventario que el obispo Wilara de Barcelona formó de las alhajas del obispo difunto, y aun de todas las de la iglesia, que eso significa lo que él dice ipsum avere de ipsa ecclesia. En el exordio de esta escritura que va copiada (a: Apend. n. XV) se lee el día y año del fallecimiento de Wadamiro con estas palabras: Anno III. regnante Leutario rege, sub die XVIII. Kl. Iulii SIC obiit Wadamirus Ausonensis episcopus Sedis Vicho. 

De ese adverbio sic, cuyas virtudes otro día diré, sólo advierto ahora que en este lugar tiene la de afirmar con más aseveración, que ese día y año fue el en que falleció el obispo. Y no hay más fecha que esa, como ninguna otra escritura de las de esta clase la tiene, sin que por eso deje de ser original y fehaciente como la más pintada. La práctica enseña en esto más que cuantas lecciones den los maestros de diplomática. Pues digo que el obispo de Barcelona Wilara, cumpliendo con lo dispuesto por el concilio Valentino de 546, como el más cercano a esta iglesia, vino a visitarla luego que supo la enfermedad mortal de su obispo. Esta visita de obligación y no voluntaria denotan las palabras puestas como de propósito en la escritura: qui eum venerat ad visitandum. Por esto después de dar su consentimiento para la restauración de nuestra canónica, según consta de la escritura que sobre ello se extendió, como visitador dio sepultura al cadáver de Wadamiro, e inventarió los bienes de la iglesia; y es indubitable que debió presidir la elección del sucesor Atton, aunque de esto no ha quedado documento alguno. Además de las curiosidades que contiene el citado inventario, es muy apreciable por la noticia que nos da de que en el año 957 estaba todavía vivo y en buena salud el obispo de Barcelona Wilara, a quien el P. Flórez no conoció vivo después del año 950. 

Por último debo contar entre las memorias del obispo difunto la que nos conservó un martirologio de esta iglesia con estas palabras: V. Idus Octob. Dedicatio Sancti Michaëlis in Sede Vico per manus Guadamiri (Wadamiro; W : G; Wilhelm, William, Guillermo, Guillem; Wimarano : Guimerá; Wifredo : Guifre etc.) episcopi. Algo más hay que decir de esta iglesia o capilla de S. Miguel, que otro día vendrá a cuento. Ahora vamos a continuar nuestro catálogo, desembarazando primero los estorbos que en él se encuentran. 

RADULFO 

excluido del catálogo de los obispos Ausonenses.

Después del obispo Wadamiro pone el P. M. Flórez (pág. 90) a Radulfo como prelado Ausonense, de que, dice, antes no se conocía ni aun el nombre. El motivo que tuvo para introducir esta novedad es el privilegio con que el rey Lotario confirmó los bienes del monasterio de Santa María de Ripoll en el año 982; porque en él entre las donaciones que hicieron a aquella casa los tres obispos Ausonenses anteriores se cuenta la de Radulfo: in valle Matamala alodem qui fuit Radulfi episcopi. Lo mismo se repite en la bula que para ello expidió el papa Sergio IV. Ambos documentos publicó la Marca Hisp. (ap. n. CXXXI. y CLXV.). De aquí infiere el citado escritor que antes de ese año 982 y hacia el 950 hubo en Ausona, de cuya diócesis es Ripoll, un obispo llamado Radulfo, cuya sede, aunque allí no se exprese, debe ser la misma que la de Godmaro, Idalcario y Jorge, a quienes tampoco se da título episcopal.

Si estos dos instrumentos bastaron para introducir un obispo nuevo, que no anda 

conocido entre nuestros autores, ¿cuánto más se confirmaría en esa opinión aquel sabio escritor, si viera las memorias que quedan aquí auténticas y mucho más demostrativas de la existencia de dicho obispo? Una es la escritura de venta hecha por Scipion y su mujer Rodesinda a Rodulfo obispo (sin expresar la sede), de una viña en el condado de Berga, in appendicio de Borrassederes, in villa que nominant Buvatella. Facta carta venditionis VIII. Kal.. Iunii anno XXII. regnante Karulo rege filio Leudivici. Otra venta hay hecha por Ennego (Eneco) abba atque levita con la congregación de Santa María de Ripoll a Miro y Wisamundo, y a sus mujeres Manuplena y Casta, de unas tierras in castro Sancti Laurentii in villa de Filgairoles, de las cuales una lindaba de meridie in terra de Rodulfo episcopo. Facta carta venditione XVII. Kal. Augusti, anno XXIII. regnante Karulo rege filio Ludovici. Otra por fin de tierras con límites in terra de Rodulfo episcopo. Kal.. Novemb. anno XXIIII. regnante Karlulo filio Leudevici. Estas 

tres son las escrituras que decía, las cuales, considerada sola la circunstancia de hallarse originales en el archivo de Vique, cuya sede se atribuye a Radulfo, hace subir mucho de punto la probabilidad de la opinión del P. Flórez.

Sin embargo ellas mismas me sirven de guía para excluir a ese obispo de la serie de los nuestros. El rey Carlos, por cuyos años se calendaron estos tres instrumentos, no puede ser otro más que el llamado el Simple, hijo de Luis el Balbo; porque ni después de ese Carlos hubo en Francia otro del mismo nombre hasta el siglo XIV, ni los que lo tuvieron antes que él reinaron tantos años como aquí se dice, si no es Carlos el calvo, a cuyos tiempos sería locura hacer subir la memoria de un obispo de Ausona, cuya silla tardó mucho todavía a restaurarse. Así que estas escrituras de los años XXII, XXIII y XXIIII del rey Carlos pertenecen a los años de Cristo 919, 920 y 921, o a dos más de atraso cada una de ellas, conforme la cuenta que se siga en el reinado de aquel príncipe. Pregunto ahora: ¿reconocería el P. Flórez en esos años por obispo Ausonense a Rodulfo, cuando él mismo asegura y prueba con documentos que Jorge ocupó aquella silla desde el 915 hasta el 938? Luego el Radulfo obispo que estas tres escrituras mencionan, lo era de otra sede. Luego también lo era el mencionado en los dos documentos en que se apoyó el P. Flórez: en los cuales sobre callarse como en los míos la sede, se habla de él indefinidamente en cuanto al tiempo en que existió. 

Y si el Radulfo de mis tres escrituras no cabe en esta silla que ocupaba Jorge, tampoco el de las otras dos puede tener lugar hacia el año 950, porque hasta siete años después vivió Wadamiro, como vimos arriba, y acaso antes de cumplido el mes de la muerte de este, ya lo era Atton, como se verá luego.

Así que es preciso borrar a Radulfo del catálogo de los obispos de Ausona. Y aunque esto debía bastar a mi propósito, pasando adelante con mi labor, todavía quiero detenerme en busca del nicho donde le coloquemos. Que pues es cierto que era obispo, alguna silla y de las de por acá gobernaría, no estando entonces usando el titular obispos in partibus, como vimos después.

Yo tengo para mí que este es el Rodulfo hijo del conde de Barcelona Wifredo II el Velloso, ofrecido por su padre a Dios en el monasterio de Santa María de Ripoll y a su abad Daguino en el año 888, dándole en dote entre otras cosas in locum quem vocant Matamala ipsas ecclesias Sanctae Mariae, et Sancti Petri (a: Mar. Hisp. ap. n. XLVI); el cual creciendo en edad vino a ser obispo de Urgel desde el año 914 hasta después del 940, como se demostrará en el viaje a aquella iglesia. Esta dignidad no le impidió que conservase el señorío de las posesiones que su padre le diera en distintos condados al tiempo de entregarle al monasterio de Ripoll; ni que agradecido a la educación que en él había recibido, le diese el alodio de Matamala, en cuyo valle ya tenía la misma casa otras posesiones. Esta misma circunstancia fue la causa de hallarse en la segunda dedicación de la iglesia de dicho monasterio en 935, y de viajar con alguna frecuencia por este obispado, y de ser en él muy conocido, siendo tan célebres su padre y hermanos; de manera que los notarios no necesitasen especificar su sede, bastando para los que entonces vivían decir que una heredad lindaba in terra de Rodulfo episcopo. Y esto pudiera confirmarse con el ejemplo de otros obispos, cuyos nombres solos suenan en escrituras de iglesias diferentes de las que gobernaron. En resolución, yo creo que este Rodulfo era el obispo de Urgel, no habiendo otro por acá de ese nombre en todo el siglo X. A lo menos esto es cierto que nunca ocupó la sede Ausonense, en la cual a Wadamiro sucedió muy pronto 

ATTON 

(arzobispo) 

desde 957 hasta 971. 

El P. M. Flórez (pág. 92) no conoció de este prelado memoria alguna anterior al año 960. Yo puedo asegurar que ya lo era a 26 de Septiembre del año III de Lotario, 957 de Cristo. Porque de ese día hay (724) una donación de algunas viñas hecha por Recosindo ad Beato Petro apostolo, qui est fundatus, vel hedificatus in comitatum Ausona in Sede Vico, vel ad ipsum episcopum Attone, vel ad ipsos canónicos &c. 

La fecha es: VI. Kalendas Octobris, anno III. regnante Leutario rex filio Leudevici. 

En esta escritura el notario no contó los años de aquel rey desde la muerte de su padre a 10 de Septiembre, en cuyo caso hubiera dicho anno IIII; sino o desde su coronación a 12 de Noviembre, o excluyendo los meses restantes del año 954. De todos modos se ve que Atton sucedió muy pronto a Wadamiro, puesto que a los tres meses y doce días de su muerte ya estaba confirmado obispo.

Ya dije, y es notorio a los que entienden algo de la disciplina de aquel tiempo, que los obispos se elegían del clero de las mismas iglesias. Conforme a esto no dudo afirmar que nuestro obispo era aquel Atto sacerdos que admitió la vida canónica, y subscribió a la restauración y dotación de ella hecha por Wadamiro en el Junio de ese mismo año 957, como se dijo. El mismo es también el que en 945 subscribió entre los canónigos de Vique, y autorizó como notario la escritura de restauración del monasterio de Santa Cecilia en Monserrate, de que poco ha se habló. Léese así su firma: Atto, ac si merito indignus sacer, hanc scripturam scripsi, et de rebus meis vineam I. ibidem traddidi, et manu mea sub die et anno quo supra.

A las pruebas que da el P. Flórez de la existencia de este obispo en 960, puede añadirse la donación (163) que le hizo el conde Borrell de unas tierras en el condado de Manresa, en el término de Castro de Montebui (Montbuy, Mombui, donde “les caldes” etc): IIII. Kal.. Iunii anno VI. regnante Leutario rege. Tres o cuatro escrituras más hay de ese año, que no contienen cosa particular. Al 961 corresponde la consagración 

hecha por el mismo obispo de la iglesia de S. Bartolomé de Lers, edificada por Ranlo, abadesa del monasterio de S. Juan de Ripoll (hoy de las Abadesas). Va el documento copiado del archivo real de Barcelona con las notas oportunas para ordenar y concertar sus fechas, con lo cual excuso decir más ahora (a: Apend. n. XVI.). 

A las tres bulas del papa Juan XIII, que el P. Flórez publicó (a) en prueba de haber tenido nuestro obispo el honor de metropolitano Tarraconense, puedo todavía añadir otras dos. Una de ellas está en la curia episcopal, dirigida a Suniario obispo de Elna, y al padre de él Gaucefredo, conde de Rosellon, y al arcediano y clero de Gerona, mandando a estos últimos que reconozcan a Atton, honrado ya con el dictado de arzobispo, como gobernador y provisor suyo. El examen del por qué se da a Gerona este gobernador provisional, teniendo como tenía entonces a Miro su verdadero obispo, lo dejaré para lo de aquella iglesia, que ahora nos distraería mucho. La data de este breve es del mes de Enero, indicción XIV, que se verifica en el año 971. La misma fecha tiene la otra bula que decía, y es en la que el citado papa le concedió el honor del palio. Está en el archivo capitular. Va copia de ambas (b). 

(a) Esp. sag. tom. XXV. p. 102, y tom. XXVIII. pp. 96 y 252. No entiendo por qué en este último lugar se llame Octavo a este papa Juan, a quien en todos los otros se llama XIII, como en verdad lo era. 

(b) Apend. nn. XVII y XVIII. 

Nada más tengo que añadir a lo del P. Flórez sobre este célebre prelado, que además del honor de metropolitano, mereció ser maestro del famoso papa Silvestre II: de lo cual diremos no poco en las Memorias de los condes de Urgel. 

FRUIANO

desde 972 hasta 992. 

Se da razón del intruso Guadallo. 

Tampoco hay que añadir a las memorias ya publicadas de este obispo, sino es algunas escrituras de donaciones, ventas &c., que sólo servirían para confirmar su existencia en los primeros años de pontificado, conforme la fijó el P. M. Flórez (pág. 100 y sig.). Únicamente debo advertir que no vivió tanto como supone este sabio escritor, y que lo más llegó al año 992, puesto que en el siguiente era ya obispo el sucesor Arnulfo, como se demostrará en su artículo. 

He querido copiar entera la bula del papa Benedicto VII en favor de este obispo, de la cual sólo publicó un trozo el sobredicho padre (pág. 102). Este documento sin duda es posterior al 977 en que entró a ser arzobispo de Narbona el Ermengaudo (Armengol; Hermenegildo) que en él se nombra; pero es anterior al 984 en que aquel papa murió (a: Apend. n. XIX). 

A este periodo de siete años pertenece sin duda la persecución que Fruiano sufrió de parte del intruso Guadallo, para cuya protección se expidió aquella bula. A lo menos puedo asegurar que esta conjuración, que ocasionó grandes disgustos y acaso la muerte de nuestro obispo, es muy anterior al año 990 en que la supone el P. Flórez; puesto que Guadallo estaba ya reconocido por obispo en estos países en el año XX del rey Lotario, que es el de 975; como consta de una venta que le hicieron Elo y Auria, hermanas del obispo de Urgel Wisado II; cuya escritura está en el archivo abacial de Cardona, e irá copiada en el viaje de Urgel. En ella dicen esas señoras: vinditrices sumus tibi Wadaldo viceschomite episcopo (obispo, vizconde : vicecomite). Reconocíanle también por su obispo los sediciosos de acá a 28 de Septiembre de 989, cuando públicamente autorizó como testigo el testamento sacramental de Eldemaro (N. E. aún hay algunos Elmar en Alemania, supongo que es el mismo nombre, Eldemar). La escritura está en el archivo de esta iglesia (879) fecha IV. Cal. Octob. armo III. regnante Ugone rege (rey Hugo, Uch, Ug, Uc); el cual ya se sabe que comenzó a serlo a 3 de Julio de 987. Los padres de este intruso se llamaron Gonmaro y Gersindis, como se ve en escritura del año IX del rey Enrique, 1039 de Cristo; por medio de la cual fueron restituidas ciertas posesiones que ellos habían ocupado en el término de Voltregá, a Guillermo archilevita que después fue obispo; y en el testamento de este consta además que él las compró del obispo Guadallo. Llámale vizconde la escritura que dije de Cardona; mas no sé de dónde le venía ese título. 

Este perverso obispo, depuesto de esta silla en 997, vivió aún mucho tiempo. Del año 1034 he visto aquí una escritura de venta de tierras, en cuyas afrontaciones (linderos) se señala terra de Guadallo episcopo; a no ser que les quedase el nombre de su antiguo dueño. En el año 1039 ya se habla de él como difunto, y también en 1040 en la consagración de la iglesia de Urgel, donde de cierto alodio se dice: quod fuit de Guadaldo episcopo. A no ser que en estos documentos se hable del obispo de Barcelona de este nombre, que vivió desde 1029 hasta 1035. Nada se pierde por dejar apuntadas estas dudas. No es de esta clase la existencia de nuestro obispo Fruiano en 988, cuando autorizó con su presencia y su firma la solemne permuta que los condes de Barcelona Borrell y su mujer Aimedruds y el hijo de ellos Raimundo hicieron con el obispo Salla y todo el clero de Urgel. En aquel episcopologio irá copiada la escritura original donde nuestro obispo subscribe así: Frugifer Presul subscribo. 

Vamos al sucesor 

ARNULFO 

desde 993 hasta 1010. 

El P. M. Flórez (pág. 108) le supone nacido en la diócesis de Narbona, fundándose en que el metropolitano Narbonense Ermengaudo en la carta formada o testimoniales que le dio para su viaje a Palestina, dice de él nostrâ dioecesi natum. Mas yo entiendo, salvo el parecer de aquel escritor, que la palabra dioecesi aquí se tomó por provincia, como la tomó el mismo arzobispo en la misma carta y muy pocas palabras después, diciendo: Convocavimus unâ pontífices omnes nostrae dioecesis. Y ya se sabe que en aquellos siglos solían frecuentemente no guardar la exactitud que ahora queremos, y promiscuamente decían: episcopatus, paroecia, provincia, dioecesis &c. Así que por este motivo nadie nos obligará a creer que fuese francés nuestro obispo, sabiéndose que la provincia eclesiástica Narbonense comprendía (comprehendia) todo el territorio de nuestras iglesias catalanas. 

Por otra parte, en una escritura de este archivo (809) perteneciente al año 1005 se habla de bagolia de domno Arnolfo episcopo, vel de Reimundo vicescomite fratri suo. Este mismo hermano suena también en el testamento del obispo, de que hablaré luego. Y aunque no se expresa el título del vizcondado, parece ser de los de por acá, considerado el sitio de las heredades de que dispone, entre las cuales ni una sola hay que pertenezca a la diócesis de Narbona; sino que todas son del condado de Urgel y término de Cardona (N. E. p. ej. vizcondado de Ager). El marqués de Mondéjar en la historia de la casa de Moncada dice que fue hermano de Mirón, primer señor de la parte superior de la ciudad de Vique, por habérsela cedido este mismo prelado. 

De esto no hallo qué decir. Lo que yo sé de cierto es que nuestro Arnulfo era hermano de Raimundo vizconde de Cardona, que heredó aquel estado por haber muerto sin hijos su hermano Ermemiro, el cual los poseía desde el año 986, como se ve en la carta-puebla de Cardona, de que se hablará en su lugar. Los tres hermanos Ermemiro, Raimundo y Arnulfo eran hijos de Wadardo o Guadallo (Guadaldo), y de su mujer Ermetruit. Lo dicho basta para desengañarnos de que nuestro obispo Arnulfo no era francés. También es preciso fijar el principio de este pontificado cuatro años antes del 

que señala el mismo escritor. En este archivo existe una escritura original (888), con la cual nuestro obispo permuta el castillo de Spadas y otros alodios por la iglesia de S. Baudilio que poseía Sendredo, hijo de Ansulfo, el cual la había comprado del conde Raimundo. La fecha dice: Facta ista commutatione XV. Kalendas Martii anno VI regnante Ugone rege; que ciertamente corresponde al día 15 de Febrero del año 993. Léese en el exordio: Ego Arnulfus gratia Dei episcopus, et abba, simul cum congregatione Sancti Petri sanctae Sedis Ausona (Ausonae) &c. Y en la suscripción dice: Arnulfus ac si indignus gratiâ Dei episcopus, et abba, qui hanc commutationem fecit, et firmare rogavi. Otra escritura hay aquí (1292) que también supone a nuestro obispo existente y en posesión de su silla en el año 1.° del rey Roberto, de Cristo 996. 

El haber sido Arnulfo confirmado en el concilio romano a 9 de Mayo de 998, que es en lo que se funda el P. Flórez para atrasar tanto su pontificado, no impide que estuviese ya electo y aun confirmado por su metropolitano mucho antes y en el año que dije. Porque la confirmación de aquel concilio sólo fue judicial, cuando examinada la causa se falló contra el intruso Guadallo; el cual allí mismo fue degradado canónicamente, y en seguida confirmado Arnulfo en la sede Ausonense que legítimamente ocupaba. Léanse las actas de este concilio en Balucio (Tom. II. Miscell. pág. 117) y en el P. Flórez, pág. 257, y se verá que una de las razones en que Arnulfo apoyaba su derecho era la de estar ya consagrado por su legítimo metropolitano el arzobispo de Narbona. Así que ni debe decirse electo en 997, ni confirmado en 9 de Mayo de 998. 

Al derecho legítimo de Arnulfo y a la plena posesión que tenía de esta silla antes de aquella sentencia conciliar, alude sin duda una escritura original que he visto en el monasterio de Ripoll (Armario de la pavordria de Aja) fecha V. Kal.. Iunii, anno VIIII. regnante Ugone rege, 996 de Cristo; en la cual el abad de aquella casa Seniofredo da a Goltredo y a su mujer Trudelindis un alodio en la Cerdaña (Ceritania y versiones), y añade que hace esto unâ cum consensu atque nutu PROPRII praesulis nostri Arnulphi episcopi. La expresión proprii praesulis parece puesta con mucho acuerdo para denotar el derecho de Arnulfo, a quien el monasterio tenía por verdadero obispo, contra las pretensiones de Guadallo, al cual no faltaría quien obedeciese en la diócesis, como acontece en los cismas. En dicha escritura firma también el obispo: Arnulfus ac si indignus gratiâ Dei episcopus, conscius huius scripturae. Quede pues asentado que era ya obispo confirmado y reconocido como tal mucho antes del 998.

No te se (se te) pase observar que en algunas de estas escrituras Arnulfo se llama a sí mismo Episcopus et Abba; con lo cual se confirma la noticia que dan algunos necrologios de que fue abad de S. Félix de Gerona, y además se sabe que conservó la abadía junto con el obispado. Dícelo él mismo más claramente en otra escritura de este archivo (909), y es una permuta que él hizo con Madexo primer archivero (primo scrinii Sancti Petri) III. Id. Octob. anno I. quod obiit Uggo rex. 

Data muy notable (aunque no la única), porque Roberto que sucedió a su padre Hugo, fue aquí reconocido por rey sin intervalo alguno, y no parece haber necesidad de contar los años por la muerte del antecesor. Mas ¿quién puso puertas al capricho de los notarios? de aquel tiempo digo. Como quiera que sea, la escritura es del año 997, o del siguiente, porque en esto hay disputa. Pues en ella dice el obispo: in Dei nomine. Ego Arnulfus gratiâ Dei sedis Ausonensis episcopus, et abba Sancti Felicis Gerundensis, simul cum canonicis Sancti Petri &c.

Una memoria curiosa nos queda de su pontificado, perteneciente al año 1002, que es un congreso tenido en esta iglesia, donde se hallaron los condes Ramón Borrell (de Barcelona) con Ermesindis su mujer, y su hermano Ermengol (de Urgel), el arzobispo de Narbona Ermengol, y los obispos Salla de Urgel, Eizón de Barcelona y el nuestro, y varios vizcondes y nobles. Ante los cuales el abad de Ripoll Singfredo se quejó de la usurpación hecha a su monasterio del alodio llamado castrum Camba; el cual luego le fue adjudicado y mandado restituir. Los títulos y encomios con que califica la escritura a los sujetos que asistieron, hallarás en la copia adjunta, o más bien extracto que tomé, cuanto creí que bastase para noticia de esto, omitiendo los trámites legales de aquel juicio (a: Apend. n. XX). A nuestro Arnulfo elogia con estas palabras: in omni studio philosophiae plenissime eruditus. Que este congreso se tuvo en los días de la festividad de San Pedro Apóstol de dicho año, consta de una escritura fecha a 3 de Julio del mismo, de la cual se hablará en el episcopologio de Urgel, por donde sabemos que Salla, obispo de aquella iglesia, alcanzó allí sentencia favorable sobre la posesión del castro Keralt (Queralt); y sabemos que para este fallo había sido citado en otro congreso de los mismos señores y prelados tenido pocos días antes en Barcelona. De lo cual se infiere además que estas juntas mixtas eran muy frecuentes para resolver las causas graves. También sabemos por ella que aquí se celebró esta junta in ecclesia Sanctae Mariae (la Rotunda): y que asistieron muchos más obispos que los que dice la escritura de acá. Omito algunas otras memorias que son de poca entidad. El P. Flórez (pág. 109) declaró muy bien lo que era el artificio de la carta formata, o sean testimoniales y como un pasaporte que el metropolitano de Narbona dio a nuestro obispo para el viaje que proyectó y acaso efectuó a Palestina. Mas la copia que enviaron a aquel escritor no es muy exacta ni conforme con el original que existe en este archivo. Y como este es un documento tan precioso, y el único de su clase que a mi entender tengamos por acá de los siglos medios, me he tomado el trabajo de copiarlo de nuevo con el esmero posible, y enviártelo tal cual está, dejando a los curiosos y de más ocio la investigación de las inexactitudes del que lo escribió (a: Apend. n. XXI). 

Otro punto muy notable es el de la época en que murió este prelado. El deán Moncada dice que se halló en la batalla que dieron nuestros condes a los moros junto a Córdoba, día 1.° de Septiembre del año 1010; mas que no pereció en ella, sino que viniendo acá enfermó en el castro Colónico en la Segarra, donde hizo testamento, y murió día 1.° de Agosto del año XIV del rey Roberto y 1010 de Cristo. De aquí resulta una contradicción que encarece mucho el P. M. Flórez, reducida a que si Arnulfo murió a 1.° de Agosto del año 1010, no pudo hallarse en la batalla de 1.° del Septiembre siguiente. A mí me constan con evidencia ambos extremos. 1.° Que el obispo murió a 1.° de Agosto del año XIV de Roberto, lo dice la escritura de la publicación y ejecución de su testamento, fecha a 31 del mismo mes, que existe aquí (813) original. 

2.° Que se hallase en la batalla de Córdoba y de ella saliese herido gravemente consta de su testamento original que va copiado (a: Apend. n. XXII), al fin del cual se lee: Haec omnia ordinavit Arnulfus episcopus, quando fuit reversus de Cordova in sua memoria IIII. Kal.. Augustas anno IIIIX. regnante Radebertus rex. Más claramente se ve esto mismo en la publicación que dije de ese testamento, en la cual afirman los testigos que se hallaron presentes ad ea ora quando reversus de publica expeditione Spaniae quondam Arnulfus episcopus, vulneratus graviter, atque detentus egritudine, quiescebat in lecto &c. Mas a pesar de que estas dos cosas son ciertas, y por lo mismo que lo son, no hay entre ellas contradicción alguna. Primeramente está controvertido entre los diplomáticos el año de la muerte de Hugo Capeto, diciendo unos que fue el 996, otros el 997, y algunos el 998; de manera que no está determinada la época cierta del reinado de su hijo Roberto. Sé que el P. Flórez, Campillo y otros tienen por más común la primera época, y yo soy del mismo parecer; según la cual el día 1.° de Agosto del año XIV de Roberto corresponde al año 1010. Mas ¿quién negará que hubo notarios que contaron por la segunda época del 997, así como hay escritores y muy clásicos que han seguido esta opinión? Así es que Balucio en la Marca Hisp. prefiere esta cuenta como la más conforme a los documentos de por acá, y la sigue en todos los que publica en esa obra. Con esto ya se ve que sería muy llano decir que el día 1.° de Agosto del año XIV de Roberto, en que murió Arnulfo, corresponde al de 1011; y que por consiguiente pudo hallarse en la batalla del Septiembre anterior. 

Mas a pesar de cuenta tan galana, sálenos al encuentro el obispo sucesor Borrell, que ya lo era ciertamente a fines del año 1010; con lo cual no es posible atrasar al año siguiente la muerte de Arnulfo, y se hace preciso buscar otra salida a la dificultad propuesta. Y yo la hallo sin salir de la cuenta que adoptó el P. Flórez, poniendo la muerte de Arnulfo en 1010, y asegurando que todavía se halló en la sobredicha batalla. Porque esta no se verificó, según se ha creído hasta ahora, en el día 1.° de Septiembre, sino a 21 del Junio anterior. Debo alegar con alguna extensión las pruebas de esta verdad que es tan nueva (a) como importante para la historia general de España, no sólo porque en aquel encuentro murieron los obispos de Barcelona y Gerona y el conde de Urgel Ermengol I, con otros personajes ilustres, sino porque allí comenzó a ir de caída el imperio de los árabes (N. E. que sólo duraría hasta 1492, con la toma de Granada por los reyes católicos Fernando II de Aragón etc, e Isabel I de Castilla etc; sólo 482 añicos, un soplo en la historia de la lengua catalana). 

(a) No llamaría yo nueva a esta verdad histórica, si cuando hice y escribí mi viaje en 1805, estuviera ya impreso el tomo XLIII de la España sagrada, que ahora poco se ha publicado en 1819. Y en esto caso hubiera también dejado intacta dicha cuestión, la cual tan detenidamente han ilustrado sus diestros compiladores. Mas pues ya lo escribí, y con el gusto de ser el primero que descubriese la verdadera época de dicha batalla, no creo que nadie me reprenda si al cabo de tantos años de silencio involuntario, repito algunas de las cosas que otros más felices en esto pudieron ya comunicar al público. Tanto menos, que si no se halla aquí la copia de doctrina que puede cómodamente recogerse de obras magistrales impresas, se hallarán algunas noticias de los archivos, que no pudieron ver aquellos sabios historiadores, que es el mejor y más sólido fruto que puede presentar un viajero, que en la historia no tiene más oficio que el de un simple aparejador

Dejando pues a un lado para cuando haya más ocio el examen de cronicones e historiadores, lo que como viajero he recogido hasta ahora es lo siguiente. 

1.° En el monasterio de S. Benito de Bages vi una escritura fecha a 29 de Julio del año XXXVI de Roberto, 1031 de Cristo, y es una declaración de testigos sobre la pérdida de ciertos derechos, la cual había acontecido 23 años antes, es a saber, XV. Kal.. Augusti, anno XIII. regnante Rotberto rege, y añaden los testigos: hoc fuit anno antequam Remundus comes in expeditione Cordube profectus fuisset, et quando relinquit ibi defuncto fratre suo Ermengaudo comite. La pérdida de esos derechos dicen los testigos que se verificó un año antes que se hiciese la expedición a Córdoba; y ese año dicen que era el XIII de Roberto. El año XIII de este rey empezó en 24 de Octubre de 1008; luego el XV. Kal.. Aug. del año XIII era el 18 de Julio de nuestro 1009. Eso dicen los testigos que aconteció un año antes de la expedición de Córdoba; luego la expedición de Córdoba y la muerte del conde de Urgel, y de los otros obispos, y la herida del nuestro fue en 1010. Esto en cuanto al año. Vamos ahora al día. 

2.° En el archivo de esta iglesia (let. A. n. 9) hay un testamento sacramental, fecho en Barcelona XVII. Kal.. Ianuarii, anno XV. regnante Roberto rege, en el cual los testigos Adalberto, Vivas, Aeicio y Juan, jurando sobre el altar de Santa María del Mar, aseguran que los dos hermanos Elías y Gondemaro ad ea ora, et illud tempus, quando initum fuit ULTIMVM praelium post Cordubam cum exercitu de Domno Raimundo, et catervas barbarorum, dijeron a estos testigos, que también iban a entrar en la misma batalla, que si morían in ipso instante praelio, quod eis vel nobis iminebat acriter vel fortiter de ipsos bárbaros, dejaban a su hermano Eroigio por heredero del alodio de Celada en Barcelona in Buadella antiqua. Explicada así la voluntad de los dos hermanos Elías y Gondemaro, continúan diciendo los testigos: Et tunc continuo introierunt, et nos introivimus pariter cum illis in ipso praelio; et ipsi praedestinati à Deo accidit sicut... et nusquam comparuerunt. Nobis vero concedit pietas superna evadendi per sua gratia; et evasimus vivi inde sicut placitum fuit maiestatis suae gloriam. Et ea quae hic dicimus et proferimus... iurando recte et veraciter testificamus... Et fuit praefatum praelium in mense Iunio, IIII. feria, XI. Kal.endas Iulias, anno IIIIX. rege Roberto regnante in Francia. Siguen las firmas originales con la fecha arriba dicha.

Aquí tenemos cuatro testigo oculares, que a 16 de Diciembre del año 1010 aseguran que la batalla última de Córdoba fue miércoles día 21 del Junio anterior. Porque ya se sabe que este testamento sacramental debía como todos según la ley goda hacerse dentro de los seis meses (a) de la muerte del testador, so pena de nulidad. 

(a) En el citado tomo XLIII de la Esp. sag. (p. 156) se dice que este juicio fue formado diez y ocho meses después de la batalla. Basta lo dicho en el viaje para deshacer esta equivocación. 

Y pues ellos no tenían interés en alterar la época de aquel suceso, ni era regular que olvidasen trance tan arriesgado, en que así peligraron sus vidas, debe tenerse su dicho por cierto. La expresión última batalla claramente denota que antes hubo otros encuentros, mas que después del 21 de Junio ya no hubo otro, y que es supuesto el del día 1.° de Septiembre. Y no te perturbes al ver que ese 21 de Junio es del año XIV de Roberto, y el 16 de Diciembre inmediato es ya el año XV del mismo rey. Ambos meses son del año 1010, comenzando a contar el notario el año XV en 24 de Octubre, época de aquel reinado. De otro modo no se cumpliría la ley que sólo permitía un semestre para estas declaraciones testamentarias, como saben todos los que han visto los Usajes (Usatges) y otras ordinaciones catalanas sobre esto. De paso advierto que la rareza de escribir anno IIIIX (anno quarto decimo) la veo no pocas veces usada por acá en aquellos siglos, en que al señalar los años y días con notas romanas, posponían la decena a la unidad; v. g. VIIX = IXX (septimo decimo = nono decimo),  guardando en la colocación de los números desde el 13 hasta el 19 el mismo orden con que los pronunciarían. 

3.° El obispo Borrell sucesor de Arnulfo fue electo acaso en el mismo mes de Agosto, y lo más en el Septiembre de ese año 1010, como se dirá en su lugar. Luego la batalla que fue ocasión de la muerte de Arnulfo fue mucho antes del 1.° de Septiembre. 

¿Cuánto más pesan estas pruebas que el epitafio de Otón, obispo de Gerona, de quien también se dice que murió en aquella batalla, y es el único apoyo del P. Flórez (a) y de todos los demás que la fijan en 1.° de Septiembre? Porque ya se sabe lo que 

son los epitafios, compuestos acaso mucho después de los sucesos y muertes de las personas, y también se sabe lo que es la libertad de los poetas rimadores, y más de los leoninos, y las angustias en que se verían para encontrar consonantes. 

(a) No puedo dejar de congratularme con los autores del citado tomo XLIII por haber tenido la ocurrencia de dirigirse a nuestro común amigo Don Félix Torres y Amat,  sacrista de Barcelona, para que examinase el sepulcro del obispo Otón, y desvaneciese la fantasma de este epitafio, que por espacio de tantos siglos ha traído engañados a los historiadores más críticos. Porque todos creyeron que en el sepulcro estaba esculpido lo que se leía en una tabla colgada al lado de él. Y yo lo creí también, cuando estuve en el monasterio de S. Cugat (San Cucufate): que ni siquiera me ocurrió otra cosa. Mas ahora con la buena diligencia de dicho Sr. Torres sabemos que en el sepulcro hay un letrero diferente, del cual se han empezado a descubrir algunas palabras sueltas, en las cuales por de contado se menciona batalla de moros y el año mille decem. Es de creer que con el tiempo se acabará de descubrir la inscripción. 

No entiendas que en esto que digo trato de curarme en salud; antes en la misma letra del epitafio, aunque hallo que el obispo Otón murió día 1.° de Septiembre; mas no hallo que la batalla fuese ese día. Dice así: 

Nam in bello Cordubensi cum pluribus aliis 

Morte ruit datus ensi coeli dignus gaudiis 

….....

….....

Erant anni mille decem post Christi presepia, 

Quando dedit isti necem prima lux Septembria. 

Aquel morte ruit es poético, y el dedit necem es histórico. Sin duda olió esta diferencia el sabio dominicano Diago, que en el episcopologio Gerundense, aunque pone entero el epitafio, y confiesa que Otón murió en 1.° de Septiembre, anticipa la batalla al 21 de Agosto. Aténgome a la declaración de mis cuatro testigos, según la cual nuestro Arnulfo, herido gravemente en la refriega de 21 de Junio de 1010, pudo restituirse a su diócesis, hacer testamento a 29 de Julio, y morir de allí a dos días. 

Porque no me quede escrúpulo, advierto por último que la historia de Languedoc (lib. XIII. c. 55.) llama equivocadamente Arnaldo a nuestro obispo. Vamos al sucesor. 

BORRELL 

desde 1010 hasta 1017. 

En la publicación del testamento del difunto obispo Arnulfo, fecha como se dijo a 31 de Agosto del año XIV de Roberto, último día del mismo mes en que murió aquel prelado, se halla ya la suscripción del sucesor: Borrellus ach (ac) si indignus episcopus. Yo no creo que su elección se verificase tan pronto, que a los 30 días de la vacante estuviese no sólo electo, sino confirmado. Y así tengo por cierto que esta suscripción es posterior a aquella fecha, cuando ya hecho obispo aprobaría y ratificaría las donaciones de Arnulfo a la canónica, y la ejecución de su testamento. Muéveme a esto particularmente el ver que en el cuerpo de dicha escritura suena como uno de los albaceas (helemosinarii) (N. E. elemosina, eleemosyna, almoyna, almoina: limosna; los albaceas testamentarios debían repartir las limosnas que legaba o dejaba el testamentario) del difunto un Borrello canónigo de S. Pedro, donde era regular que expresasen su nueva dignidad, si ya la obtenía al tiempo de extenderse la escritura en el 31 de Agosto.

Mas así como no debe anticiparse tanto su elección, tampoco debe atrasarse al 1.° de Octubre de 1011, como quiere el P. M. Flórez. El documento en que para ello se funda dicho escritor, que es el que se halla en la Marca Hisp. (Apend. n. CLXII.), me parece que ya la supone hecha; y si allí se refiere, es como un preliminar del pacto que hicieron los canónigos con el conde Raimundo. Porque muy cierto es que las escrituras de elecciones de obispos tienen otro carácter y manera. Por otra parte es indubitable que a 18 de Noviembre del año 1010 era ya obispo, y que como tal dio su consentimiento para la restauración de la canónica Aquisgranense en la iglesia de Urgel por su obispo S. Ermengol; de lo cual se dirá a la larga en lo de aquella iglesia. 

Casi puede asegurarse que la madre de este obispo se llamó Ingilrada (N. E. un nombre típico catalán), y que junto con esta dignidad poseyó la abadía de S. Félix de Gerona. Ambas cosas se leen en una escritura de homenaje o fidelidad, que como todas las de su clase está sin fecha, pero no por eso deja de ser original y escrita en aquel tiempo; en la cual un Pedro obispo promete a Borrell obispo serle fiel, no usurparle sus posesiones, y oponerse a cuantos quisieren dañarle en ellas, exceptis Ermessendis comitissâ (condesa Ermesinda, comtessa), et filio suo Berengario (su hijo Berenguer). No hallo por estos tiempos condesa de este nombre con tal hijo, sino la mujer de Ramón Borrell, conde de Barcelona, que lo fue desde el año 993 hasta el 1017. Así que esta nota pertenece sin duda a este pontificado, y el Borrell es nuestro obispo, y el Pedro es el de Gerona. Y aun tengo por cierto que deberá reducirse al año 1013, cuando estos dos obispos con otros muchos se congregaron en Barcelona a tratar de otros negocios, como dice el P. M. Flórez (pág. 119). Va copia de este documento (a: Apend. n. XXIII), que acaso despertará la curiosidad para adelantar algo más en las memorias de nuestro prelado. Omitió el P. Flórez la noticia de su sepultura, la cual se halla en el necrologio con estas palabras: VI. Kal.. Martii obiit domnus Borrellus episcopus venerandae memoriae: sepultus est in cripta subtus ecclesiam Sancti Michaëlis. Si el obispo murió en Gerona, como dice el P. Flórez, y como lo aseguró el sucesor Oliva, sin duda se trajo acá su cadáver, porque el necrologio indica en sus mismas palabras que la iglesia de S. Miguel estaba aquí. Algunos han creído que esta iglesia o capilla fue fundada por S. Ermengol obispo de Urgel, movidos de lo que se lee en su testamento sacramental de 1035, donde hay una manda a Sancto Michaële Archangelo, quem ille aedificavit in sede Vico, propter remedium animae domno Sallano (Salla) episcopo, que era su tío y antecesor. Mas esto no vale, porque el sede Vico era también Urgel, que así se llamaba comúnmente en los instrumentos y en este mismo testamento. El S. Miguel que edificó S. Ermengol era una iglesia de aquella ciudad, donde se profesó la regla Agustiniana, cuyo abad era canónigo, y sus súbditos también, formándose como acá una sola canónica de propietarios y no propietarios. Esa iglesia de S. Miguel es la que hoy tienen allí los PP. Dominicos. 

De todo esto se dirá largamente en aquel viaje. Acá basta para desengaño lo que ya dijimos del obispo Wadamiro, que dedicó la iglesia de S. Miguel en esta sede de Vique. Lo cual se verificó casi medio siglo antes que S. Ermengol viniese al mundo. Estaba esta capilla dentro de la catedral, con capellanía anexa a un canonicato, y el que la poseía se llamaba rector Sancti Michaëlis. Esta palabra rector, que en el día sólo se aplica a los curas párrocos, servía antiguamente para indicar el poseedor de una capellanía; el cual así como percibía los frutos, oblaciones y otros emolumentos pertenecientes a ella, así estaba obligado a cuidar del aseo y de cuanto tocaba al buen estado y régimen de la capilla o altar. De lo dicho se infiere que el entierro de nuestro obispo estuvo en esta capilla de S. Miguel, construida ya mucho antes de su muerte, la cual llamó el necrologio iglesia. 

OLIVA 

desde 1018 hasta 1046. 

Acerca de este célebre obispo, de quien trató el P. M. Flórez con la debida extensión, tengo que añadir las memorias siguientes.

En primer lugar va copia de la dedicación que hizo en el año 1022 de la iglesia de S. Pablo apóstol y S. Pablo confesor del lugar de Pino en el Conflent, a la que asistió también su sobrino Guifredo arzobispo de Narbona, hijo de su hermano conde de Cerdaña. Esto que dice la escritura es una prueba más de que Oliva era hijo de Oliva Cabreta conde de Besalú y de Cerdaña. Las fechas están conformes, salvo la indicción que debe ser V y no IV. La copia es del original que vi en el monasterio de Camprodón (a: Apend. n. XXIV). (N. E. Campus rotundi, Camp rodó; campo redondo, rotundo)

También he copiado de este archivo (339) la escritura de composición que hizo con Bernardo Sendredo sobre las iglesias suburbanas del castillo de Gurb, propias de esta sede; de lo cual habló Flórez (pág. 128), pero sólo por lo que leyó en Moncada. 

El cuento tiene gran conexión con la historia eclesiástica de aquel tiempo, y es menester aclararlo. El obispo Fruiano había dado estas iglesias de que se trata ad victuaria canonicae, con pena de excomunión que no se enajenasen; mas luego las consignó el mismo en beneficio a Bonefilio (Bonfill) canónigo de esta iglesia, y hermano de Sendredo, señor del castillo de Gurb. Confirmó esta consignación el obispo sucesor Arnulfo, y muerto Bonefilio las dio a Berenguer clérigo, hijo del sobredicho Sendredo. Aprobólo todo el obispo sucesor Borrell; porque esta era la costumbre, dar en censo de por vida a los canónigos las fincas inalienables de la misma canónica. Promovido a la sede de Elna el sobredicho Berenguer, trató el obispo Borrell de recobrar para la canónica las citadas iglesias; en lo cual hubo reyertas y grandes oposiciones de parte de Berenguer y de su padre Sendredo que querían conservarlas: en términos que Borrell acudió al concilio que se celebraba en Narbona, presentando y pidiendo confirmación de la escritura de excomunión impuesta por el obispo Fruiano. Hízose así, y con autoridad del concilio fue despojado de dichas iglesias Sendredo con su hijo Berenguer obispo de Elna. Muerto luego el obispo Borrell en Gerona, acudieron los dos agraviados al sucesor Oliva, alegando que era falsa la escritura presentada al concilio con el nombre de Fruiano. No sé qué es lo que pudo creer nuestro obispo en este caso; lo cierto es que consultado el negocio con el metropolitano Guifredo (Wifredo, Guifre), y con los obispos Amelio de Albi, Guifredo de Carcasona, Guadallo de Barcelona, y Berenguer de Elna, y levantada la excomunión sobredicha, restituyó las iglesias a Sendredo, con la condición de que ofreciese un hijo in clericum, y que mientras fuese niño pusiese en su lugar unum statorem, y que en caso de morir todos sus hijos, quedase Sendredo con las iglesias de por vida, y luego tornasen a la canónica. Agradecido a esto Sendredo dio al obispo veinte onzas de oro, y ofreció mantener una lámpara ante el altar de S. Pedro, y dar a la canónica una buena comida el día de S. Andrés. Hízose esta concordia IIII. nonas Aprilis, y no hay más de fecha; pero ha de ser dentro de los años 1029 a 1035, que son los en que Guadallo aquí nombrado fue obispo de Barcelona. La importancia de este documento tal cual está (a: Apend. n. XXV) se conocerá más abajo, cuando en el pontificado siguiente se hable del concilio de Narbona de 1055, donde según yo pienso, fue condenada esta escritura como sacrílega y contraria a las leyes eclesiásticas. 

Más gloriosa es para el obispo Oliva la noticia siguiente, poco conocida entre nosotros. Sábese que este prelado, siendo también abad de Ripoll, fue al mismo tiempo abad de S. Miguel de Cuxa en el Rosellón. Mas no saben muchos que en calidad de tal decretó en el año 1027 el culto solemne que debía darse al B. Pedro Urseolo (ursus: oso : onso : Ursino), gran Dux (Duce, duque; ducere, ducto, guía, conductor, etc, Führer alemán al tiempo de Hitler, Führerschein : carnet de conducir; Mussolini, il Duce, etc) de Venecia, que abandonada aquella dignidad se vino huyendo a este monasterio, donde vivió penitentemente por espacio de 19 años, y murió en el de 997. Trata de esto el arzobispo de Ancira Justo Fontanini en la disertación que imprimió en Roma en 1730 de S. Petro Urseolo, Duce Venetorum, postea monacho ordinis S. Benedicti. 

La escritura de la consagración de esta catedral hecha en 1038 existe original en este archivo, y de ella he querido sacar la adjunta copia (a: Apend. n. XXVI), porque la que se envió al P. Flórez está diminuta, inexacta y poco decorosa a la erudición diplomática de tan sabio escritor, que se vio en la dura necesidad de pasar por lo que le enviaron. Con ella está más conforme el traslado que existe en el archivo real de Barcelona hecho en 1215, el cual examinó D. Manuel Abella, y de él sacó muchas variantes que envió al Sr. obispo actual.

Va también copia de la escritura que dicho P. Flórez extractó en el artículo de este obispo (n. 22) llamando Selp al castillo que ella nombra Speut (a: Apend. n. XXVII). 

Debe también añadirse a sus memorias la dedicación que hizo de la iglesia de San Miguel in castro Rocheta, propio de Aleman Cervelló, el cual en reconocimiento se obligó a pagar a la catedral de Vique una libra de cera en cada sínodo, a cuyo congreso debía también concurrir el capellán de dicha iglesia. Fue esto a 21 de Abril 

de 1043, año XII del rey Enrique. Va copia de esta poca cosa (b:  Apend. n. XXVIII). 

El M. Flórez propuso con duda la muerte de nuestro obispo Oliva en el año 1046. 

Mas es cierto e indubitable que murió ese año, III. Kal. Novembris, feria V. hora VIIII. iam decedente. Es decir a 30 de Octubre, que ese año fue jueves, por regir en él la let. dom. E. 

Esto dice la encíclica (enclítica) inédita, que según la loable costumbre de aquellos tiempos escribieron los monasterios de Ripoll y de Cuxa (cuyo abad había sido el difunto) a varias iglesias y monasterios de la provincia Narbonense, que son en todo 

más de 80. Existe esta carta en el archivo de Ripoll, junto con las contestaciones en 

prosa y verso; de las cuales he copiado dos para muestra, es a saber, la de la catedral 

de Vique, y la del monasterio Karrofense, en la diócesis de Poitiers (a: Apend. n. XXIX.). (N. E. Karrofense me suena a Garraf, cerca de Sitges, y a garrofa, algarroba)

La costumbre en estas ocasiones era que muerto algún ilustre obispo o abad, su iglesia o monasterio dirigía, como dije, esa carta noticiando su óbito y elogiando sus virtudes. Al correo o portador de la carta llaman las contestaciones cedifer, pellifer, gradiens callem itineris, gerulus, gramatoforus y otros tales dictados. Los que le enviaban pedían que adonde llegase le diesen comida y alguna ayuda de costa para pasar adelante. Lo ordinario era escribir al mismo tiempo los nombres de los obispos, abades, canónigos y monjes recién difuntos. Lo mismo hacían en sus respuestas las iglesias y monasterios. Omitiose esto en la presente encíclica, donde se lee: nostrorum vero fratrum defunctorum nomina, quibus vestrae pietatis deposcimus solatia, ideo hic non sunt notata, quoniam ei sunt nota, qui nichil nesciens novit omnia. La costumbre de escribirse los nombres de estos difuntos en una tablita que se tenía presente al tiempo del sacrificio de la misa, consta de la respuesta que a dicha encíclica dio el monasterio de S. Pablo (y no expresa cuál es) donde se lee: eius (Olivae) nomen in paginola super altaria in commemoratione conscripsimus. He aquí a mitad del siglo XI conservada la costumbre antigua de los dípticos. Es también de notar que estas contestaciones se escribían a continuación de la encíclica, sin otro orden que el del tiempo en que se recibía, cosiendo nuevos trozos de pergaminos según la necesidad, y formando de ellos una sarta de algunas varas; y cuando ya les parecía que para el número de monasterios e iglesias que faltaban era bastante el respaldo de los pergaminos, en él se continuaban las contestaciones. Con lo cual formaban un volumen escrito por de dentro y por de fuera. Además de este precioso monumento, 

quedan en el mismo monasterio de Ripoll otros dos iguales, uno en la muerte del abad Seniofredo, que murió a 4 de Julio del año 1008, y otro en la del abad Bernardo a 20 de Junio de 1102. De ellos me he aprovechado bien para la noticia de abades y obispos recién finados en esta provincia. No dejo de extrañar que de toda ella sea este solo el archivo que conserve esta especie de documentos, que no son poco importantes para la historia y literatura de aquellos tiempos.

Volviendo a las cosas del obispo Oliva, el día 30 de Octubre en que murió consta también expresamente en la escritura de elección de su sucesor en la abadía de Ripoll, la cual comienza así: Anno millesimo quadragesimo VI. III. Kal. Novembris, feria V. excessit à saeculo feliciter domnus Oliva, bonae memoriae, eximius pater, episcopus Ausonae, et abbas caenobii Sanctae Rivipollentis Mariae. Anno vero millesimo XLVII. incarnationis Christi venit domnus Guillelmus inclitus comes in caenobio Sanctae Dei genitricis Mariae Rivipollentis, II. Idus Marci, et praefecit ipsi caenobio domnum Petrum abbatem &c. Esta escritura vi en el archivo de aquella casa (caj. 1. leg. 4. n. 7). 

Sobre el lugar de su sepulcro, el P. Flórez (pág. 32) impugna a Yepes en lo que dice que el difunto obispo fue trasladado a Ripoll desde Cuxa donde murió. Es cierto que hasta ahora no se ha descubierto prueba alguna que nos asegure de esta traslación; pero no deja de ser respetable la tradición de Ripoll, que señala por lugar de su entierro un sepulcro de piedra que hay en su iglesia, pegado a la pared lateral del coro, y bastante elevado sobre el pavimento, en el cual está entallada una figura antigua de obispo. Más es, que ya de tiempo inmemorial los monjes, celebrado su aniversario el día 30 de Octubre, van a dicho lugar, y allí cantan un responsorio por el alma de ese prelado. De los escritos de este sabio obispo sólo se conocen hasta ahora el sermón en la fiesta de S. Narciso, y la carta al rey de Navarra D. Sancho el Mayor, y alguna otra cosilla de que ya habló el P. Flórez. Yo puedo añadir la noticia y copia de un breve poema que compuso en alabanza del monasterio de Ripoll y de su iglesia. Refiere en él los nombres de los condes que allí están enterrados, y también de los abades que gobernaron la casa. Entre los cuales (después de haber hablado de sí mismo en tercera persona) se cuenta él con estas palabras: 

Septimus ipse sequor, qui nunc sum carminis auctor. 

Esta obrilla existe en la biblioteca de dicho monasterio (vol. fol. vit. n. 57). 

El primero que yo sepa que tuvo noticia de ella, fue el P. M. Fr. Benito Ribas, monje benedictino de Monserrate. Yo la he copiado del mismo códice, y va adjunta (a: Apend. n. XXX). Allí mismo (vol. n. 40) se hallan escritas de letra del siglo XI dos cartas inéditas de nuestro obispo. Una dirigida a los monjes de Ripoll, participándoles las constituciones establecidas en el sínodo que acababa de celebrar, y encargándoles su observancia, y que las comuniquen domno Pontifice para su cumplimiento. Quién fuese este domno Pontifici no es fácil decirlo, porque el que escribía la carta era también abad de Ripoll. Acaso quiso designar con esa expresión a Wifredo, obispo de Besalú desde el 1017 hasta 1020 o poco más, y después obispo de Carcasona, pero residente en los lugares inmediatos de S. Juan de Ripoll y Besalú hasta su muerte en 1054: y que por lo mismo debía estar enterado de las leyes eclesiásticas que regían por acá, siendo la mayor parte de ellas ordenadas tan en pro de la agricultura y del comercio, como verás en la copia adjunta (a: Apend. n. XXXI). Mas esto no pasa de conjetura. La otra carta que decía, debe llamarse más bien una memoria que dejó a sus sucesores en la abadía de Ripoll, encargándoles el cumplimiento de lo que había establecido, es a saber, que se cantase un aniversario por todos los hermanos difuntos el día en que se lee el evangelio de la resurrección de Lázaro, lavando además los pies a trece pobres, en reverencia de J. C. y de sus doce apóstoles, y sirviéndoles comida y vestido. Digo que este encargo se hace a los abades de Ripoll, porque al margen de este MS. se halla el decreto de Raimundo abad de aquella casa, en que renovando lo mandado por su antecesor Oliva, lo recomienda de nuevo a sus sucesores. Y así debe entenderse el ir la carta dirigida karissimo successori katedrae nostrae (a: Apend. n. XXXII).

Advierto que no confundas, como han hecho muchos bibliógrafos, los escritos de este obispo Oliva con los de otro del mismo nombre monje también de Ripoll, y que floreció al mismo tiempo. La distinción de ambas personas, y los escritos del segundo se dirán oportunamente en su lugar. 


GUILLERMO 


desde 1046 hasta 1075. 


Era este obispo hijo de Guifredo, y hermano de Bernardo Guifredo de Balciarenno (Balsareny) casado con Bonadona, llamada también Guascha (N. E. igual Wasca, Wasqa, Huesca, Osca, que Gascuña, Gascogne, gascón, etc). Todos estos le ofrecieron por canónigo a la iglesia de Vique siendo obispo Oliva día 23 de Octubre del año II del rey Enrique (1032). En esta ocasión dieron los oferentes a la canónica todo el señorío de Castelet y los mansos de Puigladre, Peralta y Puig, y el honor y pertenencias de la parroquia de Santa María de Balsareny. El obispo dio al nuevo canónigo la posesión de los mansos de Caneles y Pujol, y el honor de Villalambert, pagando él por censo a la canónica en cada un año duos porcos canonicales.

La identidad de este Guillermo con nuestro obispo se convence por el necrologio de esta iglesia, donde se lee: XIII. Cal. Augusti obiit Bernardus Guifredi de Balciarenno, frater dicti Guillelmi pontificis: y también por el testamento del mismo Bernardo de 18 de Octubre año XV del rey Enrique (1046), donde dice que es hermano de Guillermo, arcediano entonces de esta iglesia, y es el electo obispo poco después. Así que no hay duda en este parentesco apoyado en documentos legítimos. Y es bien extraño que no 

se haga en ellos mención del deudo con el obispo Oliva, que el P. Flórez supone, siendo según su cuenta el oferente hermano de dicho Oliva, y el ofrecido su sobrino. Bástame proponer esta duda; por lo demás no tengo a mano con qué contrarrestar los fundamentos en que apoya su dicho aquel sabio escritor. 

Mejor pudiera desvanecer la calumnia con que Balucio (Marca Hisp. col. 447) denigró el clero de nuestras iglesias, suponiendo que en ellas se toleraba el matrimonio de los canónigos. Porque leyendo que nuestro obispo Guillermo, con anuencia de los suyos, dio en feudo el castillo de Medalia en el año 1052 a Ermengol Ermemiro, canónigo de esta iglesia, y a su mujer e hijos, tuvo por cierta su sospecha, y concluyó: Mirum valde est fuisse inter eos canonicum coniugatum. Sed id tamen insuetum non fuit ea tempestate in his regionibus. No hubo más, leyó canónigo, y lo supuso eclesiástico. ¿Qué diría, si leyera los nombres de varias canónigas? No se acordó tan sabio escritor de que en todas las iglesias había canónigos legos de ambos sexos: y que los archivos están llenos de testamentos de canónigos casados, los cuales se llamaban así, no por ser admitidos al ministerio, sino a la porción canonical, la cual les concedían agradecidos a las pingües donaciones con que dotaban las canónicas, o a otros beneficios que les hacían, o por convenios particulares (a: V. sup. pág. 64). 

A esta manera nuestro rey católico es canónigo de varias iglesias, en cuyos coros toma asiento como tal, y recibe la porción que le corresponde. Así la iglesia de Barcelona llamaba canónigos a los pescadores. Y ya se sabe que la palabra canónigo tiene dos etimologías; porque o se toma à canone sive regula, esto es, norma de vida clerical, o à canone, esto es, nómina o lista de los pertenecientes a la iglesia en cualquier manera, o en cuanto al servicio de ella, o en cuanto a la participación de sus frutos. Basta de esto por ahora; porque lo que toca al obispo Guislaberto (Gisbert) de Barcelona, que cita el mismo escritor, se examinará en su lugar. 

Volviendo a las memorias de nuestro obispo Guillermo, el P. Flórez refiere el viaje que hizo a Roma hacia el año 1050. Yo tengo motivo para creer que lo repitió diez años después; porque en el testamento sacramental de Guillermo Cixile, canónigo de esta iglesia, que dispuso de sus bienes estando para ir a Roma, dicen los testigos:

“Ego Petrus Guillelmi sacerdos et canonicus &c. qui illo interprete cum domino Guillelmo pontífice revertebamur à Romana Urbe, iurando testificamur super altare Sancti Benedicti in Sede Vici, quia vidimus... Postea ex illa infirmitate ex parte convaluit, et ut medicaretur à medicis ad Florentinam Urbem adiens in mense Februario, ibi ab hoc saeculo decessit. Quod est actum Idus Iunii anno primo regis 

Philippi.” Este año es el de 1060; y como estas declaraciones se hacían antes de cumplirse los seis meses de la muerte del testador, es preciso decir que a fines del año antecedente volvía de Roma nuestro prelado, acompañado de este intérprete que murió en Florencia. Mayor certidumbre tenemos de otro viaje del mismo obispo al concilio de Narbona en el año 1055. Ya dije en el pontificado de Oliva la concordia que este hizo con Bernardo Sendredo sobre las iglesias sufragáneas de Gurb, las cuales le dejaba solamente durante su vida. Parece que muerto Sendredo, Guillermo uno de sus hijos pretendería vincularse la posesión de ellas. Lo cierto es que nuestro obispo Guillermo logró que en el citado concilio se fulminase excomunión contra dicho poseedor, y que se declarase por los Padres que era nula, sacrílega y forjada sophisticâ machinatione la escritura que él había presentado en abono suyo, la cual según el tenor de aquel decreto era la concordia insinuada del obispo Oliva. 

Manda asimismo el concilio que se esté a la excomunión fulminada por el obispo Borrell, y en su virtud sean despojados de las tierras y derechos anexos sus injustos poseedores. Mejor se verá esto que digo en la copia del documento original que existe en este archivo, sacada con increíble trabajo por lo descolorido de la tinta (a: Apend. n. XXXIII). 

Advierto que no se han publicado las actas de este concilio, que yo sepa, y que no fue a 1° de Octubre, como dijo Flórez siguiendo a Moncada, sino a 27 de Septiembre del año XXV del rey Enrique. Muy precipitadamente hizo este obispo el viaje a Narbona, pues a 12 del mismo mes y año me consta que se hallaba en Ripoll excomulgando a los usurpadores de los bienes de aquel monasterio, como vi en su archivo; y a 27 del mismo ya había logrado con su presencia en Narbona aquel decreto conciliar. 

En el año 1062 y II del rey Felipe, día 23 de Agosto, dedicó la iglesia de San Martín del lugar del Brull, edificada por Guilia vizcondesa de Cardona, y dotada por Ramón Folch y su mujer Ermesinda, vizcondes del mismo título. Todo lo cual confirmó nuestro obispo según costumbre; aunque el exordio y remate de la escritura tiene su originalidad en algunas cláusulas muy ponderadas. De la cual no diré más, ni va copia, porque sólo hallé un traslado de ella en el archivo de la misma parroquia. Y a trasladar traslados no 

me sé acomodar, si no hay de ello grande necesidad.

Otro viaje o cruzada del mismo obispo contra los moros de España consta por el testamento que hizo un Pedro Bernardo a 7 de Octubre, año IIII del rey Felipe (1064), el cual empieza así: In nomine Domini. Ego Petrus Bernardi volo pergere cum domno Guillelmo pontífice, seu cum ceteris fidelium turmis, in Ispania pro amore Dei: et ideo facio hunc testamentum &c. La escritura está en este archivo (núm. 1442). 

La expedición que indica sería la que por entonces se emprendió contra el territorio y ciudad de Barbastro, que fue ganada de los moros a principios del año siguiente 1065. 

Del año 1066 queda una noticia importante para la historia de este país, y es la erección de la abadía y dedicación de la iglesia de S. Marcial de Monseny, monte situado a 4 leguas al E de esta ciudad de Vique. Ya de más antiguo había en Monseny (inter duo montis signa) una iglesia de S. Marcial, a donde Guifredo, instruido desde la niñez en las letras sagradas y educado en la disciplina monástica, se había retirado con algunos monjes, erigiendo el lugar en monasterio, y gobernándolo sin título de abad. Este dictado se dio ahora al mismo Guifredo por nuestro obispo, el cual a ruegos de los monjes y del noble Umberto, hijo de Otón y de su mujer Sicardis, y del hijo de ambos Guillermo, que dotaron la nueva casa, la elevó a abadía de la orden de S. Benito, confirmándole con la autoridad canónica y bajo las penas de estilo todas las posesiones que le dieron los fieles. La escritura que de esto se hizo, existe original en el archivo del monasterio de S. Salvador de Breda (a: Apend. n. XXXIV), escrita por el mismo abad Guifredo en cuyo favor se hacía, el cual subscribe así: Wifredus abba, qui amore Dei, et Sancti Marcialis honore, hanc dotem per se ipsum, VI. Idus Decembris, et in anno millesimo LX.VI. ab incarnatione Domini scripsit cum litteris superpositis, et VI. anno Philippi regis Francorum sub+scripsit. De paso advierto que esta es una de las pruebas más claras de la costumbre que entonces había de firmar las escrituras de donaciones, como testigos de ellas, los mismos en cuyo favor se hacían; de lo cual me acuerdo que trata Mabillon de re diplomática. Cosa que por no saber algunos historiadores, han dado por fingidos algunos documentos con no pequeño daño de la historia. En el que digo firma también de su mano nuestro obispo, y muchos de los canónigos de su iglesia, y el abad Suniario, que sin duda era el de Breda. Entre las posesiones de la nueva abadía es notable la siguiente: Omne alodium apud marítima in loco vocato Argentona, ubi cognominatur CIVITAS FRACTA vel ALCRONA. 

La civitas fracta es la ciudad de Mataró; y esta es una nueva prueba de haberse llamado así en el siglo XI, en alusión a la grandeza del antiguo Iluro, o bien de fretum o 

freta, como dice Tarafa en un diccionario geográfico que conserva la biblioteca del Carmen descalzo de Barcelona (cod. N. núm. 350). El mismo escritor conjetura que Argentona se llamaría antes Argantona por ser fundación de Argantonio rey de los Tartesios. Pero esto ya se sabe lo que vale: y también se sabe que es fácil distraerse del asunto principal.

Volviendo pues a él, y después de recordar que nuestro obispo asistió al concilio de Gerona de 1068, del cual se tratará en lo de aquella iglesia, digo que el remate de este pontificado necesita de alguna ilustración. Hizo el obispo su testamento a 6 de Febrero (no a 4) del año XIV del rey Felipe (1074). Su exordio es este: “In nomine Domini. Ego Guillelmus dictus episcopus Ausonensis ecclesiae, quia divinâ largiente gratiâ actenus fui in magna constantia valde repletus de magna substantia, antequam veniat dies ultima, dum adhuc sum in mea sanitate, et memoria, volo relinquere omnia, et Christum sequi ex toto corde cum omni diligentia ac patientia. Habeo quidem in animo fixum, ut faciam me monachum; et antequam (pergam) ad cenobium, in quo debeam plangere meum peccatum, meum facio testamentum &c." 

Parece que puso en ejecución su deseo de retirarse a un monasterio, aunque no se 

sabe cual: pues con fecha de 7 de Junio del año XV del mismo rey (1075) hay aquí una escritura de arriendo de ciertas tierras en Vilalleons, que comienza de esta manera: 

In nomine Domini. Ego Guillelmus OLIM dictus episcopus, et Guillelmus sacristanus, et ceteri canonici Sancti Petri &c. Es claro lo que significa aquel olim; mas por otra parte parece que no debió renunciar la silla, puesto que desde su retiro cualquiera que fuese, hacía este y otros actos de jurisdicción y propiedad. Acaso podrán componerse ambos extremos diciendo que el obispo no se hizo monje en monasterio distinto de su 

iglesia, sino que abrazó el monacato y la vida común que prescribió a esta canónica su antecesor Wadamiro en 957, según dije en los correos anteriores: en los cuales se vio también que había en esta canónica monjes y no monjes. Así que no saliendo de su iglesia, y siendo (aún monje) cabeza de la canónica, pudo nuestro obispo ejercer dicha jurisdicción; aunque siempre será difícil concordar esto con el olim dictus episcopus. 

El tiempo acaso descubrirá más. 



GUIFREDO (GVIFREDO) (N. E. Wifredo, Guifre)

excluido de este catálogo. 


El P. M. Flórez (pág. 141) pone este obispo Ausonense, medio entre Oliva y Guillermo. Yo no puedo dejar de hacer hincapié en el silencio de esta iglesia, que ni en episcopologios, ni en necrologios, ni en escritura alguna hace mención de haber tenido tal obispo. Además en las mismas palabras de la escritura en que únicamente se funda dicho historiador para decir que Guifredo era obispo de Vique, se ve claramente que no lo era; y yo no acabo de admirarme cómo no lo advirtió el mismo. Dice en ella nuestro obispo Guillermo: Veni ego ad dominum Guifredum episcopum, quando adhuc eram archidiaconus, me ipsum commendavi, et suum hominem me feci. Guillermo era arcediano de Vique; luego no era obispo de la misma iglesia el Guifredo a quien él se 

encomendó y se hizo su vasallo (Guifredo, Guifre, no es el mismo nombre que Wilhelm, William, Guillermo, Guillem, Guillermus, etc). Prosigue el mismo: Et ille (Guifredus episcopus) ecclesiam Sancti Quirici cum decimis et primitiis ad suum opus, et ad opus canonicorum SVORVM retinuit. Aquí se distinguen claramente los canónigos del obispo Guifredo de los de la iglesia de Vique; porque si de estos hablara Guillermo, siendo él como lo era uno de ellos, de otra manera debiera explicarse. 

Y efectivamente y sin disputa eran distintos los canónigos de aquel obispo de los de Vique. Eran los de la iglesia de San Juan de Ripoll, o de las Abadesas, introducidos ya allí desde el año 1017, en que por decreto del papa Benedicto VIII fueron expelidas las monjas que allí había, y substituidos los canónigos según la regla Aquisgranense. Guifredo era abad de esta canónica, y además era su obispo. Para inteligencia de esto es menester prevenir que en ese año 1017 el conde de Besalú Bernardo, apellidado Tallaferro (N. E. de tajar, cortar, fierro, hierro, cortahierro), logró del sobredicho papa el honor de silla episcopal para su condado, sin fijar la iglesia o sede, y dejando al arbitrio del conde señalarla o en S. Juan de Ripoll, o en S. Ginés de Besalú, o en S. Pablo de Fenollet. Este obispado duró cosa de seis años, y no más: merced a las quejas y diligencia de los diocesanos de Vique y de Gerona, de quien se había desmembrado. El obispo Guifredo que obtuvo esta silla efímera, poseyó al mismo tiempo la abadía de S. Juan de Ripoll, conservándola hasta su muerte acaecida en 1054, aun después de suprimido el obispado de Besalú, y de haber sido promovido como lo fue al de Carcasona en 1031. Siendo pues Guifredo a un mismo tiempo obispo de Carcasona y abad de S. Juan, en cuantas cosas hizo se intitulaba y era reconocido por obispo. 

Tal es la restitución que se hizo a los canónigos de San Juan y a su abad el obispo Guifredo de la iglesia de S. Quirico, propia de dicho monasterio de S. Juan desde su primera fundación, la cual había enajenado la última abadesa de aquella casa Ingilberga. De todo lo dicho se darán las pruebas y se hablará con la extensión que merece esta curiosa especie, cuando tratemos de las colegiatas de San Juan de las Abadesas, y de Santa María de Besalú. Entonces acabarás de entender con cuanta razón debe ser excluido esté Guifredo de la serie de los obispos de Vique. 


BERENGUER 

(arzobispo) 

después del 1075 hasta el 1099. 


Que este prelado se llamase Berenguer Seniofredo consta ciertamente de una venta que hizo Raimundo con su mujer Ginedell en el Febrero del año XXVII del rey Felipe (1087), donde se lee: et affrontat à parte orientis in terra de Berenguer Seniofred episcopus. Mas no hay inconveniente en que junto con este apellido patronímico fuese también conocido por el de Rosanes, su casa solar. Su madre se llamó Ermessindis (Ermesinda y variantes), como se lee en el homenaje que le prestó Guillermo Ramón 

Senescalch (Senescalc; senescal), y se halla en este archivo (núm. 1551). Esta clase de escrituras es muy apreciable, porque regularmente se expresan en ellas los padres del que recibía el homenaje, y muchas veces también los de quien lo hacía. Otro carácter constante se observa en ellas, y es que no tienen fecha alguna: lo cual importa mucho advertir, para no creerlas de contado o fingidas, o simples copias. 

En este género sólo decide la antigüedad de la letra, en la cual siendo cursiva cabe poca equivocación.

Los principios de su pontificado no pueden fijarse hasta después del 1075, en que aún vivía su antecesor. Asistió con otros prelados de la provincia al concilio celebrado en Gerona el año 1078 por el cardenal Amato; de lo cual se dirá más en lo de aquella iglesia. 

Algunas escrituras hay aquí pertenecientes a este pontificado, que aunque están sin fecha, merecen publicarse por la singularidad e importancia de su contenido.

Primeramente hay un pergamino escrito sin duda a fines del siglo XI que empieza así: Notum sit... quod mater ecclesia Barchinonensis captivata et destructa à perversis hominibus longo tempore mansit. Sed postquam Dei misericordia voluntatem Berengarii comitis inspirare dignata est ut ipsam ecclesiam Barchinonensem de tanta captivitate liberaret, et eam ad Dei servitium restitueret, voluit ipse comes B. ut Berengarius Ausonensis in sua potestate Barchinonensem sedem et episcopatum teneret. Prosigue diciendo que temeroso el conde de que Bernardo Guillem de Queralt se opusiese por la discordia que entre ellos había, y ocupase dicha sede de Barcelona, mandó que diese rehenes y fianzas al Ausonense, conforme verás en la copia adjunta (a: Apend. n. XXXV). 

Voy a proponer mis conjeturas.

Primeramente reflexionando las expresiones con que se pondera el cautiverio, desolación y restauración de la iglesia que allí dicen, parece que quisieron denotar la Tarraconense, en cuyo lugar el que extendió aquella nota pusiese Barchinonensem. Cuadra con esto que el conde Berenguer allí nombrado pudo ser Berenguer Ramón, el cual muerto su hermano Ramón Berenguer Cabeza de Estopa, gobernó como conde desde el año 1082 hasta el 1092, tiempo en que se trató de la conquista de Tarragona y restauración de su metrópoli en la persona de nuestro obispo Berenguer: dos cosas en que el conde empleó todo su poder y valimiento; y a esto alude el temor de que el dicho Queralt, oponiéndose a la posesión de nuestro obispo, ipsi comiti honorem auferret. Porque cierto era cosa honrosísima al conde restaurar la metrópoli, y sacar a nuestra provincia de la sujeción a la Narbonense. En esta hipótesis es llana la inteligencia del documento. Bernardo Guillem de Queralt era persona muy principal en 

aquel tiempo, y a lo que entiendo el mismo que fue tutor del niño conde Ramón Berenguer III en 1082 junto con su tío Berenguer Ramón. La discordia de este noble con nuestro obispo sobre las iglesias de Gurb está patente en el P. Flórez (pág. 157), reliquia de los cuentos que arriba se dijeron en el pontificado del obispo Oliva. Así que no es extraño que se opusiese a que su rival creciese en jurisdicción.

Mas la constancia con que el MS. dice siempre iglesia, sede y episcopado Barchinonense, da margen a otras da reflexiones. Porque o bien Queralt siguiendo el partido del Narbonense se opuso a que mater ecclesia Barchinon. por ser de la capital, reconociese por metropolitano al obispo de una ciudad subalterna cual era el de Vique, creado arzobispo de Tarragona: o puede este cuento referirse a la vacante de la iglesia de Barcelona que en Flórez (Tom. XXIX.) suena sin obispo desde el 1083 hasta el 1086, a la cual quisiese el conde trasladar a nuestro Berenguer, o encargarle por lo menos su gobierno.

Como quiera que esto sea, el documento por todas las personas que en él figuran, pertenece al tiempo de nuestro obispo, y de un modo o de otro la cosa es algo, y acaso proporcionará descubrir algún hecho de importancia.

También coloco en este pontificado un concilio tenido en esta iglesia para confirmar la inmunidad eclesiástica, que, llamaban paz y tregua de Dios. Hállase aquí un ejemplar sin fecha ni firmas; pero es posterior a otro concilio celebrado aquí mismo y con el mismo objeto en 1033, porque en el que digo se menciona la fiesta de la consagración de la iglesia Ausonense, que fue en 1038. También es posterior al año 1068 en que se estableció la tregua Gerundense; y con todo esto es distinto del que se publicó en la Marca Hisp. (apend. n. CCLXIX.) como se ve en su contexto; que aunque en lo substancial convienen, mas el nuestro pone el catálogo de todas las fiestas en que se debía particularmente guardar la paz y tregua. Por esto, y no constándome el año a que puede reducirse, he querido conformarme con lo que indica su carácter, que es del 

tiempo de este pontificado (a: Apend. n. XXXVI).

Sin fecha se halla también otra escritura de varias quejas propuestas por la iglesia Ausonense contra los perversos que invadían sus posesiones: en la cual hay noticias harto curiosas acerca de la disciplina de aquel tiempo. Al fin se manda que Pedro Rigual (que era el fundador de la canónica de Vilabertrán) deje el priorato de S. Juan (de las Abadesas) de que se había apoderado, y vuelva a su primera iglesia. De esto se dirá en su lugar. Mas ello basta para creer que esta escritura de que hablo, es de este tiempo en que vamos. Con esto cuadra la queja contra Bernardo de Gurb (que en el Queralt que dije) qui aufert nostrae canonicae ecclesiam Sanctae Mariae de Mesleu: y la otra contra Arnaldo de Guardia, qui asalivit nostram sedem et archiepiscopum. 

Va copia (a: Apend. n. XXXVII). No se sabe a quién se presentaron estas quejas; acaso al concilio que Bernardo arzobispo de Toledo, legado del papa, celebró en esta catedral, de lo que habló el M. Flórez. 

Este concilio quiso congregarlo por sí solo nuestro arzobispo, y presidirlo como 

metropolitano; pero se lo estorbó el sobredicho legado, mandándole además que se le presentase en la fiesta inmediata de S. Miguel en cualquiera parte de España donde estuviese. Consta todo esto de la carta que le dirigió sin fecha; pero que está aquí original, como se ve en el sobre y en los cortes y dobleces para cerrarla. Va copia (b: Apend. n. XXXVIII) de ella, como también de otras dos escrituras que contienen algunas disposiciones que se tomaron para la conquista de Tarragona, y la nota de los caballeros que ofrecieron al conde Berenguer y a nuestro arzobispo pasar a vivir y poblar aquella ciudad (c: Apend. n. XXXIX). Háblase como de cosa reciente de la elección que el papa Urbano hizo de nuestro Berenguer para arzobispo de Tarragona; y así las reduzco al año 1090. También se hace mención de un viaje que nuestro arzobispo hacía a las partes de España; acaso sería el que le mandó el arzobispo de Toledo en busca suya; y por consiguiente aquella carta debe también fijarse hacia el mismo año 1090, en el cual nuestro arzobispo en cumplimiento de su nuevo cargo había ya intentado congregar concilio provincial.

Más cierta que todo esto, aunque no tan importante, es la noticia de la dedicación de la iglesia de Santa María, San Pedro y S. Martín del castillo llamado Albarels (en la Segarra) hecha por nuestro prelado a instancias de Bernardo Onofredo, imponiéndole la obligación anual de una libra de cera para la catedral de Vique. La escritura original existe en el archivo de Monserrate (caj. 25. leg. I. n. 6.). En el exordio se lee: anno ab incarnatione Christi M.LXXXVII. Era M.CXXIIII. Al fin dice: facta carta III. Kal. Decembris anno XXVII. regnante Philippo rege. La era debía ser 1125; pero pues escribiendo XXIIII no cabía ese descuido, más fácil será suponerlo en los años de la encarnación, en los cuales el notario añadiese una unidad de más; de manera que el hecho sea del año 1086, con el cual puede convenir el XXVII del rey Felipe. 

No caben estas dudasen la dedicación que él mismo hizo de la iglesia de S. Julián Çasorba, término de Gurb, VIII. Kal. Aprilis incoante anno incarnationis Domini MXCI; que es prueba, aunque no necesaria, de que el año comenzaba a 25 de Marzo. 

De esta escritura hay aquí un traslado hecho X. Kal. Septembris anno M.CCXII. regni regis Philippi XXXIII: fecha notable para los que han creído que un concilio Tarraconense del año 1180 abolió la costumbre de calendar las escrituras por los años de los reyes de Francia. Sobre la época de la muerte de nuestro prelado trabajó mucho el P. M. Flórez, resolviéndose al fin en que murió en el año 1100. Por no fastidiar al que esto lea, omitiré el examen de las razones que alega en favor de su opinión. Y para que nadie la siga bastará producir un testimonio irrefragable de que mucho antes del día 1.° de Mayo de 1099 había ya fallecido. Hablo de la bula original del papa Urbano II en confirmación de la reforma que nuestro arzobispo había introducido en esta iglesia; cuya copia viste ya en los correos pasados (a: V. sup. pág. 43). 

El P. Flórez dio noticia de esta bula (pág. 174); mas no debieron enviársela copiada, porque el original es pésimo y para gente desocupada: y así no conoció las palabras de ella, que tan al caso son para lo que tratamos. Porque dice el papa: caetera universa (confirmo) quae BONAE MEMORIAE Berengarius episcopus vestrae communiae tradidit, et scriptorum suorum indiciis tam vivens, quam MORIENS confirmavit. Veamos ahora la fecha de la bula: Kalendis Maii, Indictione VII. anno Dominicae incarnationis MXClX. pontificatus autem domni Urbani secundi Papae XII. Datos que cuadran perfectamente entre sí hasta formar una demostración histórica de que a 1.° de Mayo de 1099 ya era muerto Berenguer, y tan muerto que hubo lugar para que el prior y los canónigos reformados acudiesen al papa y lograsen de él en ese día la confirmación de su canónica. 

Más es que Urbano II falleció a 29 de Julio del mismo año 1099; y así no podía expedir una bula en que mencionase la muerte de nuestro obispo, si este hubiera fallecido en el año 1100. Después de esta razón tan concluyente oigamos a un testigo coetáneo, es a saber, el necrologio que hay en el martirologio de Adón de la iglesia de Gerona; el cual dice: III. Idus Ianuarii: eodem die obiit Berengarius Tarrachonensis archiepiscopus, anno M.XC.VIIII. ab incarnatione Christi. La misma cuenta siguen otros necrologios, de los cuales alguno nota el año XL del rey Felipe, comenzando su época desde el 23 de Mayo de 1059, cómputo que era por acá muy común, según se ve en Campillo, y yo he dicho y diré muchas veces. Queda pues demostrado que el obispo Berenguer murió día 11 de Enero de 1099, con lo cual viene bien que ordenase su testamento el 7 del mismo mes. A esta cuenta debe ajustarse el documento que el P. M. Flórez cita en contrario, es a saber, la institución de los canónigos de S. Agustín en Manresa año MXCVIIII a 31 de Octubre del año XL del rey Felipe. Yo opino que en el año de la Encarnación señalado con notas romanas es imposible que el escribiente no pusiese VIIII (IX : 9) en lugar de VIII (8): recurso a que dicho escritor acude algunas veces, cuando a ello le obligan otros documentos incontestables, como a mí me sucede en vista de la citada bula de Urbano II. Así que tengo por cierto que en el año XL del rey Felipe, que comenzó a 23 de Mayo de 1098, instituyó nuestro prelado la canónica de Manresa en el mes de Octubre: a 7 del Enero siguiente hizo testamento, y murió a 11 del mismo mes. Con esto es llana la explicación de las escrituras que produjo Flórez, del obispo sucesor existente ya en el año 1100, sin necesidad de corregir sus fechas. 

GUILLERMO BERENGUER 

desde el año 1099 hasta el de 1101.

De lo que acabo de decir se sigue que la elección de este prelado se verificó en uno de los meses inmediatos al de Enero de 1099, no habiendo motivo para creer que vacase la iglesia, como lo hay para decir que el electo nunca se consagró, ni aun fue confirmado, sin duda porque cesando el derecho de metropolitano en la sede de Vique, hubo alguna repugnancia en volver a reconocer como tal al Narbonense. En las memorias que ya publicó el P. Flórez suena constantemente electo. Lo mismo he hallado en otras de poca entidad pertenecientes al año XLI del rey Felipe (1101). 

Entre ellas sólo citaré una original existente en el archivo de Ripoll (arm. de la camarería) fecha XII. Kal. Februarii anno XLI. regni rege Philippo: la cual empieza así: Ego Guillelmus Berengarii electus ad episcopus, et Bernardus Berengarii frater meus. Es una venta a Perfecto hebreo de un campo sito junto a S. Pedro de las Puellas propter pretium mancusos D.tos (500, quingentos, quinientos) auri Valencie de Rovals = firma Guillelmus electus Ausonensis ecclesie. La disposición testamentaria del censo que tenía en Barcelona, de que ya habló el P. Flórez, va copiada de aquel archivo (a: Apend. n. XL). 

En la donación hecha a esta iglesia y a su obispo por Giriberto Ugo, omitió dicho escritor la noticia que contiene la cláusula siguiente: ecclesia Sancte Marie Montisserrati, quam mittit idem Girbertus, cum omnibus quae habet, in baiulia (veguería, bájulo, veguer, bajulus, etc) Sancti Petri sedis Vici, et eiusdem episcopi, et successorum suorum. 

ARNALDO

desde el año 1102 hasta 1109. 

A las memorias de este prelado debo añadir la de que acaso fue de la ilustre familia de Malla, según puede inferirse del martirologio de esta iglesia, donde se halla el óbito siguiente: VIII. Kal. Iunii anno XVIII. regni regis Ludovici (1126) obiit Estephania de Medala, mater Bernardi archidiaconi, et soror Adirnal pontificis.

En la noticia de la adjudicación de la iglesia de S. Esteban de Granollers al monasterio de Ripoll hecha en 1103 (de que habló Flórez pág. 188), hay que añadir, que la escritura original de ello está en Ripoll (arm. de la abadía, leg. Granollers), y que en ella subscriben Pedro abad de Ager y Petrus episcopus Nazarensis confirmo.

Del mismo año es una escritura con que el conde Ramón Berenguer, de consentimiento de nuestro obispo Arnaldo, dejó en su libertad y total independenciaal monasterio de Santa Cecilia de Monserrate, el cual antes estaba sujeto a San Cucufate (Cugat) del Vallés; su fecha es Anno M.C.III. Era M.C.XXXXII. Indictione XII. VIII. Idus Septemb. anno XLIII. regni regis Philippi. De ella he visto un traslado en Monserrate (caj. 10. leg. 1). A la indicción sobra una unidad; o digamos que tomaron ya la del año siguiente, como también tomaron la era; y así se ve en otras escrituras fechas entrado el mes de Septiembre. Más adelante quejándose el abad de S. Cucufate de esta disposición, se remitió la causa a nuestro obispo, a Raimundo obispo de Barcelona y a S. Olaguer (Olegario), prior entonces de S. Adrián; los cuales se juntaron apud Matam de Pera, y juzgaron unánimes que según un privilegio del papa Urbano II, el monasterio de Santa Cecilia debía permanecer sujeto al de S. Cucufate, salvo el derecho de la iglesia de Vique. Esto sucedió XVI. Kal. Augusti anno XLVIIII. regnante rege Philippo. La escritura original vi en Monserrate (caj. 10. leg. 1. n. 18) (a:  Apend. n. XLI.). 

Pertenece esto al año 1108 de Cristo, último de Felipe, cuyo reinado comenzó el notario desde la primera época de él en 1059. Volviendo a las memorias del obispo, en el archivo del monasterio de Amer vi la escritura original de la dedicación que hizo de la iglesia de S. Miguel de Ordeig, sujeta al mismo monasterio. Su fecha es: anno Dominice incarnationis M.C.IIII. Indictione XII. regni quoque Philippi XLVII. die VIII. Decembris. La indicción cuadra bien con el año de Cristo; mas no el del rey Felipe, que debió escribirse el 44 o 45. ¿Quién adivinará la cuenta que el notario se forjó? ¿Diremos por eso que esta escritura no es original? ¿que es apócrifa? 

No le excede en esto, con ser más exacta, otra escritura de consagración de la iglesia de S. Marcial de Monseny, celebrada por nuestro obispo acompañado del de Gerona Bernardo Umberto. El primero hizo aquella solemnidad, por ser el lugar de su diócesis, y el segundo asistió por ser de su patrimonio, como monasterio dotado por sus padres Umberto y Sicardis, cuya constitución confirman ahora estos obispos, aprobando de nuevo la que hizo el obispo Guillermo de Vique el año 1066, como vimos en su lugar (a: V. sup. pág. 200). Hay que notar que entonces se instituyó abadía, y ahora no suena aquella casa gobernada sino por prior, que lo era Bonushomo. A esta decadencia dio causa la violencia con que Arnallo prior de Bañolas usurpó los alodios de esta iglesia, trasladándolos a otra de la diócesis de Barcelona, como se expresa en la escritura que va copiada del archivo de S. Salvador de Breda (b: Apend. n. XLII). 

Así esta como la otra del obispo Guillelmo indica ser escritura de consagración. Mas no habiendo en ninguna de las dos ocasiones edificio nuevo de iglesia, se han de reputar ambas por de pura dotación o confirmación de la casa y sus posesiones. Porque sabido es que para seguridad de ellas no había en aquellos siglos otro medio más eficaz que publicar el obispo, en este acto solemne, que tales bienes eran del monasterio o iglesia, dedicados y consagrados al culto de Dios y al alimento de los que allí le servían. Dígolo, ya que se ofreció la ocasión, porque algunas escrituras de consagración de iglesias no son más que esto que digo. A este monasterio impuso nuestro obispo la obligación de sujetarse al sínodo de Vique, como lo hizo o debió hacer su primer abad Guifredo. Fue esto año de la encarnación de Cristo 1104, indicción XII, día 5 de Febrero, año XLV del rey Felipe.

De la restauración de la canónica de Manlleu, o decreto dado por nuestro obispo en 1105, habló Flórez (pág. 190) extractando aquella escritura. Mejor será ver copia de ella; y va adjunta (a: Apend. n. XLIII).

Así como esta escritura pertenece al año 1105, y con todo eso se notó el año 47 de Felipe: no sé si tendrá lugar la misma discordancia en otra que va copiada del original, y que sólo notó el año 48 de dicho rey. Mas de un modo o de otro es una nueva memoria del obispo Arnaldo, el cual absolvió a Ugo hijo de Dalmacio y a su mujer Ermesindis de la sentencia de excomunión en que incurrieron por haber ocupado la iglesia de Rosdors. Redimiéronse ellos con una nueva donación a esta catedral (a: Apend. n. XLIV). 

Al año 1108 y día 17 de Julio pertenece otra escritura que vi en el archivo abacial de Cardona, y es la aprobación que dio nuestro obispo de la dote de la iglesia de Santa María, construida en el monte de Molsosa, la cual con licencia de los canónigos de Vique (acaso en alguna vacante de sede, o por ser de la jurisdicción de ellos) había dedicado Berenguer obispo de Barcelona. De esto se dirá más en lo de Cardona. 

RAMÓN GAUFREDO 

desde 1110 hasta 1146. 

En este obispo termina el P. M. Flórez el estado antiguo de la iglesia de Vique; y yo también acabaré esta carta que salió más larga de lo que pensé. Mas todavía es preciso decir dos palabritas de una concordia que este prelado hizo y firmó con sus canónigos, ofreciéndose mutuamente a defender sus bienes, y jurando terminar privadamente las querellas que en adelante se suscitasen a juicio de cuatro individuos escogidos del mismo capítulo, sin acudir a otro capítulo extraño, y mucho menos al juicio arbitral de personas seculares. Añadieron que el que quisiese entrar en su hermandad, esto es, ser canónigo, debía antes jurar este estatuto, nisi aetas, dicen, vel stultitia illum impedierit. Hállase esta escritura sin fecha, como es frecuente en las de esta clase. Mas su carácter, el nombre del obispo y de la mayor parte de los canónigos que subscriben en ella, demuestra que pertenece a esté pontificado (a: Apend. n. XLV).

También va nueva copia de las actas del concilio de Narbona, en que se estableció una cofradía de contribuyentes a la restauración de Tarragona. Al P. Flórez (pág. 199) envió copia el P. Caresmar de la que él halló en el archivo de Ager: y debió ser de la notada allí con el núm. 2342, la cual es muy diminuta. Yo la tomé del otro ejemplar que allí hay núm. 960. Sólo advierto que de dichos dos ejemplares uno es del año 1128 y otro del 1129, no del 27 y 28 (b: Apend. n. XLVI). 

En 1130 se halló con S. Olaguer, arzobispo de Tarragona, y Pedro obispo de Roda, en la dedicación de la iglesia de Tolba en Aragón; la cual algunos creen que fuese la antigua sede de Ictosa, mencionada en la división de obispados que se atribuye sin razón al rey Wamba. De esto se dirá en su lugar. A este mismo año 1130 pertenece la junta de condes y obispos en Barcelona, que Flórez adelantó al 1125 (pág. 197). 

Al año que digo la pone el original que vi en S. Pedro de Roda, donde lo copié para mi colección. Y es de notar, que las palabras que Flórez copió para honrar la sede de Vique, en el mío honran la de Barcelona. Y es que debieron escribirse varios ejemplares, según la variedad de los obispos que asistieron; a cada uno de los cuales en su distrito hicieron juez de los malhechores que allí se quisieron castigar.

En 1134 se halló presente y aprobó el decreto del mismo S. Olaguer, y del conde R. Berenguer IV, en que concedieron su inmunidad y protección a los que profesaban la orden de Jerusalén. En el viaje de Barcelona irá copia de esta escritura, sacada del archivo real de aquella ciudad, en la cual firma de su mano nuestro obispo. 

Otra noticia quiero poner aquí, aunque no toca a este prelado ni a su iglesia; y es la de un concilio celebrado en Narbona por su arzobispo Arnaldo, legado de la Sede apostólica, en el año 1135; en el cual el obispo Udalgario de Elna dio razón de como los moros invadieron aquella ciudad, y se llevaron cautivos a muchos cristianos, para cuyo rescate pedían que se les entregasen cien doncellas. El concilio para remediar este daño expidió un decreto concediendo varias indulgencias a los que contribuyesen con alguna suma de dinero. Hállase en el archivo de esta catedral (494) este decreto, que debieron enviar a las iglesias de la provincia comarcana Tarraconense, separada ya entonces de la de Narbona. Va copia de él por si no es conocido (a: Apend. n. XLVII).

Volviendo a nuestro obispo, día 18 de 1136 con acuerdo del conde de Barcelona hizo donación de las iglesias de Santa María de Prats de Rey, y de S. Andrés de la Menresana a los canónigos del Santo Sepulcro de Jerusalén, a su patriarca Warmundo y a su prior Girardo. Consta del Cartoral 1.° de dicha villa de Prats. 

Hallábase en Barcelona en 1139 cuando se extendió el decreto de elección del obispo de aquella catedral Arnaldo Ermengol, en el cual firmó de su mano, como se dirá en lo de aquella iglesia. 

Con el mismo obispo de Barcelona se halló en 1142 en el lugar de Alfoz (hoy Alfou) diócesis de Barcelona, donde consagraron ambos la iglesia de S. Julián. La escritura está aquí; mas no irá copiada hasta que se hable de aquel otro prelado.

Finalmente a 10 de Agosto de 1143 junto con su capítulo dio al monasterio de Santa Cecilia en Monserrate y a su abad Guillermo, la iglesia de S. Esteban de Marganell, cuyo patronato conservaba aún dicho monasterio durante todo el siglo XIV. Por lo menos he visto provisiones de su curato hasta el 1391, hechas por el abad de aquella casa. Los vecinos de aquel lugar debían recogerse al castillo Marro en tiempo de guerra, y seguir su someten (somatén, so metent), según lo dispuso el rey D. Pedro IV de Aragón en 1364.

Estas son las memorias que he tenido que añadir al episcopologio del P. M. Flórez, dejando intactas y sin repetir las que él publicó, sino cuando ha sido necesario corregir alguna equivocación. En la serie de los obispos siguientes podré hablar con más fluidez cronológica; aunque no faltará ocasión de refutar la cuenta que sigue el catálogo impreso al principio de las sinodales. A Dios.