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viernes, 21 de abril de 2023

CARTA CLI. Escasa noticia de los sínodos celebrados en esta iglesia:

CARTA CLI.

Escasa noticia de los sínodos celebrados en esta iglesia: tiempo y rito de su celebración.

Mi querido hermano: Es cosa verdaderamente sensible que de los sínodos de la iglesia de Mallorca sólo nos queden por la mayor parte las noticias de haberse celebrado algunos de ellos, y no las constituciones que se establecieron. La escasez de códices que hay hasta fines del siglo XIV, sirve de excusa, y si vale decirlo así, de consuelo en la falta de los sínodos anteriores. Mas ¿por qué fatalidad quedando, como quedan, desde ese tiempo hasta el siglo XVII libros y papeles de todas especies, no se han de haber conservado los sínodos? Que si no es uno de 1395, no hay casi memoria de los demás, y ese porque el Capítulo mandó que se copiasen las constituciones en las Actas capitulares. Mas en fin, yo no puedo resucitar muertos ni detener la violencia del tiempo ni de otras causas destructoras de las antigüedades. Hablaré de lo que ha llegado a mi noticia, y gracias. Según lo que se lee en la Consueta de tempore de mitad del siglo XIV, los sínodos se celebraban en esta iglesia una sola vez al año. Porque ya en la época de su restauración estaba desusado en toda la Tarraconense la celebración de los dos sínodos en cada año, en la primavera y en el otoño, de que hay todavía vestigios en el siglo XII. Aquí, pues, se celebraba anualmente el sínodo en la feria VI después de la dominica in albis, concluyéndose en ese solo día cuanto había que hacer en él. Pero en el año 1385 el Obispo Don Fr. Pedro Cima estableció que en adelante la celebración del sínodo durase dos días, es a saber, el sobredicho y el jueves anterior. Más adelante hallo que los sínodos del siglo XVI y XVII se celebraban por el otoño, como tiempo menos ocupado para los párrocos que debían asistir. El rito que en esto se observaba lo hallarás en la copia adjunta, tomada de la Consueta del siglo XVI (a: Ap. Núm. IX.) con las variaciones posteriores notadas al pie. Ahora voy a decir lo que he alcanzado de los sínodos en particular. El primer sínodo de que hay memoria es del año 1250, del cual no nos queda otra noticia que la que conservó una escritura, fecha a 18 de noviembre, que he visto en mi convento de esta ciudad, en que el Obispo Don Raimundo, confirmando a los frailes Predicadores el privilegio Apostólico de poder enterrar en su cementerio a los que en él eligiesen sepultura, en atención a la altísima pobreza que profesaban y a lo necesario que era su ministerio para ayudar al de los curas (en lo cual dice que llevaban pondus diei et aestus) de acuerdo con los mismos les concede defunctiones omnium perpetuo; ita tamen quod de legatis tantum a testatore parrochialis ecclesia recipiat quartam partem. In quo legato non intelligantur oblationes factae die funeris vel in novenario, seu candelae, sive etiam ipse lectus, purpura vel pannus sericus, cum ipsae oblationes et lectus ad sustentationem et recreationem fratrum deputata intelligamus. Candelas vero et purpuram sive pannum sericum, secundum sanam interpretationem, et assensum tam nostrum quam rectorum ecclesiarum communem, sibi ipsis ecclesiae vendicent ornamenta. Si autem testator aliquid legaverit sepulturae, aliud vero mensae sive pro vestibus fratrum, sive libris, sive etiam pro opere seu fabrica vel ornamentis, sive anniversario tricesimo vel huiusmodi, id quod relictum fuit gratia sepulturae, dividatur inter domum praedictam et parrochialem ecclesiam: ita quod de aliis praedictis parrochialis ecclesia nichil sibi valeat vindicare, etc. He querido copiar esto, que a buena cuenta pertenece a la disciplina funeral de aquellos tiempos. Y que este concierto se hiciese en sínodo celebrado dicho año, consta de la segunda firma del mismo Obispo, que después de haber firmado por sí, suscribe otra vez de esta manera: Ego Raimundus, Maioricensis Episcopus pro omnibus rectoribus ecclesiarum forensium diocesis meae rogatus in sinodo ab ipsis anno quo supra subscribo. Lo mismo repiten dos o tres canónigos. De este sínodo y de otros muchos que se celebrarían entonces hablaba en 1298 el Obispo Don Ponce de Jardino en una constitución que hizo ese año, modificando varias de sus antecesores, las cuales, según dice, siempre le habían parecido duras, y nunca había querido aprobar siendo Arcediano de esta iglesia. Copiaré aquí lo que hace a la disciplina general, omitiendo lo que sólo toca al gobierno económico de esta catedral. "Dudum, dice, bonae memoriae praedecessores nostri statum Maioricen. ecclesiae tam consulte quam provide cupientes dirigere, multa varia et diversa statuerunt utilia, quae ipsam strenue fulciunt et decorant. Quaedam tamen propter illius temporis forte duritiam rigida statuerunt et dura, quae dum nos in ipsa ecclesia archidiaconatus fungeremur officio, approbare renuimus, nec eisdem duximus aliquatenus annuendum. Postea vero ad apicem episcopatus assumpti, illa eadem super praemissis intentione durante, deliberavimus huiusmodi rigorem restringere, et eidem praeponere aequitatem. Sed multis acciti laboribus, multisque turbati contrariis, nequivimus circa praedicta, ut volebamus, intendere usque modo. 

Quo circa nos Pontius Dei gratia Maioricensis Episcopus, de fratrum nostrorum concordi et deliberato consilio ... ordinamus ... quod si aliquis Praelatus, canonicus, rector vel benefficiatus quicumque terram istam exierit, a nobis seu successoribus nostris non petita licentia, non sit propter hoc suis beneficiis privatus; sed contra talem servetur in casu huiusmodi ius comune. Si vero clericus aliquis luserit infra nostram dioecesim ad taxillos, seu alios ludos in constitutionibus synodalibus quocumque modo prohibitos, non ob hoc sententiam excomunicationis incurrat, sed quotiescumque ad aliquem dictorum ludorum secrete luserit, penam decem solidorum persolvat; si vero publice luserit, puniatur ad arbitrium iudicantis. Clerici autem, qui publice concubinas tenuerint, non propter hoc sententiam excommunicationis incurrant, sed decem libras nobis solvere compellantur. Et si ex tunc ab huiusmodi vitio nollent desistere, puniantur, prout visum fuerit iudicanti.”

En esta moderación de penas se descubre, no tanto el bondadoso carácter de este Obispo, como la uniformidad que procuró guardar con la provincia Tarraconense, en cuyos concilios provinciales de ese tiempo también se substituyeron penas pecuniarias a las eclesiásticas respeto de tales crímenes. En 1305 a 4 de agosto el Obispo Guillermo de Vilanova hizo junto con su Capítulo una constitución en que dio licencia a los clérigos para testar libremente de sus bienes; y en esto dice que confirma las constituciones sinodales de sus predecesores. Contentémonos con esto, de lo cual me acuerdo que dije algo más en el Episcopologio. En 1385, día 14 de abril, celebró sínodo el Obispo Fr. Pedro Cima, en el cual se ordenó que en adelante, según la costumbre de las iglesias vecinas, se convocase a sínodo para el jueves después de la dominica in albis, y que durase su celebración el viernes siguiente, como hasta allí todo su rito se hubiese verificado en sólo este último día. Trae esta noticia la Consueta de la sacristía, ms. a principios del siglo XVI, y en la de tempore está la distribución de dicho rito en dos días, conforme verás en la copia que dije arriba. Según este nuevo estatuto celebró sínodo el Obispo Luis de Prades en los días 22 y 23 del mes de abril, en el último de los cuales se leyeron y aprobaron las constituciones que van adjuntas (a: Ap. núm. X.), las cuales he hallado en las Actas capitulares. En el epígrafe final expresó el notario que se leyeron en el coro de la catedral en presencia del clero Maioricense; y esta circunstancia y la de ser generales y comunes a todo el clero de la diócesi, muestran claramente que son y deben ser tenidas por sinodales, como las llama. Hay entre ellas algunas notables para conocer el traje y las costumbres clericales de aquel tiempo: pero quiero que repares en las de los números 7 y 8 la pésima costumbre de los que tenían esclavas, a quienes hacían pagar un tanto por semana, precisándolas y consintiéndoles ir al burdel a granjear torpemente el tributo que les exigían sus dueños avaros. Tengo presente que en una obrita de nuestro académico el señor Martínez de Marina, tratándose del fuero que se concedió a la villa de Oreja (Aurelia), hay algo de esto, que no sé si es lo que llamaban en Castilla baratería. En 1562 celebró sínodo el Obispo Don Diego de Arnedo, y fue el primero en el ingreso de su obispado, en el cual el clero le dio, según costumbre (que después me consta que ha sido general), el subsidio caritativo de 1.500 escudos de oro, a razón de 30 sueldos por escudo. Mas no queda constitución sinodal alguna, como queda esta noticia en las Actas. Allí mismo se sabe que el Capítulo rogó a dicho Obispo que difiriese para el mes de septiembre el sínodo que quería celebrar en el tiempo acostumbrado, y que llegada aquella época hubo la altercación que se dijo en el Episcopologio sobre asistir o no los canónigos con voto o sin él, disputa que al fin paró en que asistiesen libremente los que quisiesen como consultores del Obispo.

En 1588 a 1.° de septiembre celebró sínodo Don Juan Vich y Manrique, el cual se imprimió allí mismo el año siguiente por Gabriel Guasp en 8.° En su convocatoria, fecha a 16 de agosto, dice el Prelado que por sus muchas y graves ocupaciones no había podido celebrar sínodo hasta entonces, y también porque deseó recorrer antes toda su diócesi. En el primer día del sínodo leyó por sí mismo una exhortación general al clero sobre los varios ramos de su ministerio, en que hay documentos excelentes y de buena cabeza y de mejor corazón. Particularmente carga la mano contra los predicadores que cifran su estudio en los Sermonarios, abandonando la lectura de los SS. PP., singularmente de Santo Tomás. Siguen luego las trece constituciones de este sínodo, muy raro, que siento no poder copiar. En 1592 y 1597 celebró otros dos sínodos que se imprimieron, mas no me ha sido posible hallar ejemplares de ellos. En 1611 a 6 de febrero, dominica de sexagésima, celebró sínodo Fr. Simón Bausa, el cual imprimió el mismo año Gabriel Guasp en 8.° En la convocatoria de 5 de enero dice que le habían afligido mucho los males que había hallado en la visita, cuyo remedio se prometía del sínodo. Entre las constituciones se mandó: usar de vino blanco en el sacrificio de la misa: celebrar como colendas las fiestas de San Raimundo de Peñafort y de la Virgen del Carmen: que por la administración de la extremaunción sólo pagasen los caballeros tres libras, los mercaderes y notarios dos, los menestrales veinte sueldos, los labradores de primera clase (vulgo homens de posesió) treinta sueldos y todos los demás quince: que los clérigos no acompañen mujeres: que no haya sermones por la noche: que paguen veinte sueldos de multa los que celebren la misa precipitadamente, y los que haciendo de diáconos y subdiáconos, dejándose al celebrante solo durante el sermón, se iban a decir misa entre tanto: que no jueguen los clérigos a gresca o carteta, ni a pelota en las calles, pena de cinco libras, y otras cosas a este tenor.

En 1619, a 14 de julio, celebró otro sínodo el mismo Obispo, para el cual convocó a 15 de junio, y se imprimió el año siguiente en 8.° por Rodríguez y Pizá. Entre las constituciones las más notables son: que no se esculpa en las sepulturas ni en otra parte del pavimento de las iglesias la señal de la cruz: que los tonsurados no casados, aunque fuesen viudos, llevasen vestido talar (vulgo fins a mija cama), negro, con tonsura abierta y sin espada, y los tonsurados casados usasen de toga negra hasta la rodilla y de capa algo más larga con tonsura, permitiéndoseles usar de otros vestidos brillantes, si fuesen convidados a espectáculos militares, bodas, etc., que ningún clérigo juegue a daus o joch de parada ab cartes: que los clérigos no lleven armas, sino sólo espada, cuando van por lugares sospechosos, y que no usen ni tengan en su casa sclopum rotis munitum, vulgo pedreñal o bufetó, pena de doscientos escudos y de destierro por siete años: que no se digan misas en las calles y plazas, aunque se permite se canten las completas, letanías y otras preces acostumbradas: y algunas otras.

De estos dos sínodos existen ejemplares en la biblioteca de este convento de mi orden. En 1628 lo celebró el Obispo Baltasar de Borja, del cual he visto citar algunas constituciones en los sínodos posteriores.

En 1636 a 17 de septiembre celebró sínodo el Obispo Fr. Juan de Santander, el cual se imprimió aquí el mismo año en 4.° por Manuel Rodríguez y Juan Pizá. Poseo de él un ejemplar. Sus constituciones, distribuidas por los títulos del derecho, varían poco de las cosas del día, digo de modo que merezca notarse o reimprimirse; pero servirán para la obra de ritibus, cuando pueda escribirse.

Lo mismo digo de otro sínodo que celebró a 2 de junio de 1659 el Obispo Diego Escolano, que se imprimió en Madrid el año siguiente por Domingo García Morrás en un tomo en 4.° grueso. También se dice que celebró un sínodo el Obispo Luis Bernardo Cotoner, que no existe, ni aun se sabe el año en que se tuvo. Por último, en 1692 a 8 de abril convocó sínodo el Obispo Don Pedro de Alagón para el día 4 de junio, segunda fiesta de Pentecostés; se imprimió el mismo año en Mallorca por Miguel Capó, en fol. de 368 páginas sin contar los índices y los principios. Este es el que rige en el día, como que es el último que se ha celebrado.

Y de esta materia no tengo más que decir. A Dios. Palma 28 de marzo de 1814.

viernes, 10 de febrero de 2023

CARTA CXXIV. Biblioteca de la catedral de Barcelona.

CARTA CXXIV. 

Biblioteca de la catedral de Barcelona. Ley del Rey Don Jaime I mandando que en los pleitos no se admitan abogados, sino que cada parte abogue por sí; y que contra la antigua costumbre de escribir en latín todos los instrumentos legales y forenses se escriban estos en lemosín. Dos códices fol., en pergamino, que contienen el uno algunas Homilías y un Sermón de San Gregorio Magno con el sínodo Romano que celebró dicho Santo, y el otro los Morales o Comentarios sobre Job y varias cosas curiosas. Otro códice con otras obras del mismo Santo doctor. Homilías del venerable Beda sobre el Evangelio de San Marcos. Otros códices no menos apreciables. Archivo de esta iglesia.

Mi querido hermano: Ya es razón que digamos de la biblioteca de esta Santa iglesia catedral, que a buena cuenta por aquí debí comenzar la relación de mi viaje a esta capital. Fui admitido en ella día 8 de enero del presente año 1805 por el Cabildo de esta santa iglesia con tanta voluntad como la que yo tenía de registrar las riquezas literarias que le honran. Para esto presenté un memorial en catalán, condición precisa para ser admitido, y reliquia de los usos patrios de esta corona. Era aquí, como en casi toda la Europa, costumbre general en la edad media escribir en latín todos los instrumentos legales y forenses. La primera ley que cortó esta costumbre es de Don Jaime I y del año 1264, la cual he hallado en el archivo real de esta ciudad, y aunque cortada en muchas partes de la polilla, la he copiado por ser tan curiosa (a: Ap. núm. II.). 

Renueva primeramente este decreto la ley que había expedido el mismo Rey Don Jaime mandando que en los pleitos no se admitiesen abogados, sino que cada parte abogase por su causa, menos en caso de ser muy ignorante. Así lo había prescrito también al Justicia de Teruel con fecha de 6 de enero de 1258. En segundo lugar prohíbe que se presenten memoriales o querellas escritas ni en latín ni en romance, prescribiendo que las peticiones y defensas propuestas sencillamente y de palabra se escriban por orden del juez en el libro de la curia, y esto precisamente en romance, en cuyo idioma se escriban siempre así las actas como las sentencias. Aun antes de esto desde el 1250 he visto tal cual escritura, singularmente de venta, escrita ya en lemosín, que era el romance que decía Don Jaime o lingua laica, como la llamaban los notarios que autorizaban en lengua latina los traslados de los documentos lemosines. El fin que en ello tuvo este Rey tan sabio como guerrero es fácil de conocer, que pues el lemosín era el lenguaje de la corte y de la educación, era más fácil explicarse en él, y no exponer asuntos tal vez delicados a los barbarismos y necedades gramaticales con que los notarios y otros poco instruidos en el latín pudieran afear y aun equivocar negocios graves y de consecuencia. Otro objeto pudo tener en ello, que fue pulir por este camino el idioma patrio, que en el siglo siguiente llegó a su mayor perfección. Así supo anticiparse el Rey de Aragón y aun dar ejemplo a Don Alonso X de Castilla, que mandó lo mismo después en sus reinos, y con mucha mayor necesidad por la incultura de su lengua, que comenzaba a nacer de entre las ruinas del Lacio. Ejemplo que siguieron las demás naciones. Duró aquí con más o menos puntualidad la observancia de esta ley renovada por nuevos decretos de los Reyes posteriores hasta el año 1714, en que se mandó usar del castellano. Esta es la época de la decadencia del lenguaje patrio, que tanto deleita todavía con su armonía y concisión, en que hablaron tantos historiadores y filósofos, y a quien la Francia e Italia deben la restauración de la poesía. Vendrá un tiempo en que sean muy raros los que entiendan los libros lemosines, aun los impresos; ¿qué será de los mss. ya por sus nexos harto difíciles? ¿Y qué de los documentos que tanto interesan a la nación y a las familias?
Sed nunc non est his locus.

Los comisionados por el cabildo fueron sus individuos los señores Don Francisco Antonio de Orteu, decano, Don Mariano Quintana y Don Ramón Ignacio de Sans y de Rius, doctoral; los cuales me trataron con la franqueza que exigía mi encargo, poniéndome desde luego en estado y comodidad suficiente para examinar la biblioteca de la iglesia, que es la mayor parte de mss., y tal que mereció que el sabio P. Don Jaime Caresmar, Premonstratense, dedicase algunos meses para examinarla y formar su índice. Allí mismo se conserva el primer borrador de su trabajo, que fue un inventario de los códices y de todos los tratados que contienen, conforme le venían a mano. De este formó después un índice alfabético con remisivas a los números que él puso a los códices; hay de él varias copias, y es de creer que, como sucede en esto, se hayan alterado algunos números. Así en el número 110 ponen las copias de varios sínodos Barcinonenses y Tarraconenses, y no hay tal cosa en ese número, y lo que es más ni en otro alguno de los de la biblioteca: cosa que no sé a qué atribuir. También omitió aquel padre la nota de un libro precioso, sino que según me han dicho no sé qué circunstancias le obligaron a interrumpir su trabajo. Es un códice en folio de más de 300 hojas de pergamino fuerte, que contiene algunas Homilías de San Gregorio Magno sobre los Evangelios, su Sermón de mortalitate y el sínodo Romano que celebró en el año 595. Antes de decir de esto en particular, será bien examinar la antigüedad de este ms. Yo le tengo por del siglo X. Persuádelo bastante su carácter, que todo es mayúsculo, de la manera que indica la muestra adjunta en el número 1.°: la del 2.° es de algunas palabras que se hallan escritas en el margen, que bien muestran aquella antigüedad y por consiguiente suponen la del códice. Advierto que todas son tomadas del natural. Ahora bien, es sentado y corriente entre los que tratan de paleografía, que el uso de escribirse los libros con solas mayúsculas cesó hacia el siglo VII o siguiente. Y aunque los Romanos conocieron el uso del cursivo y minúsculo, pero las obras maestras y de grande estimación se escribieron del otro modo para mayor claridad, hasta que se vio que con menos coste y volumen podía satisfacerse a la dignidad de las obras y a la curiosidad de los lectores. Yo no creo que este libro se escribiera para servirse de él en los divinos oficios, porque sobre no ser del caso el sermón y concilio últimos, hace muy difícil su lectura la ninguna separación de palabras y aun el mismo uso de las mayúsculas, que no deja lugar para fijarse la vista que corre sobre una plana con rapidez. Sin embargo, es de observar que en los Breviarios impresos de esta iglesia las Homilías del Santo doctor se tomaron de este códice, copiando los epígrafes y hasta el título de la basílica donde las dijo. Hasta las cubiertas de este códice merecen ser examinadas. Se conserva la de una parte solamente, porque a la verdad está maltratado, y a fe que merece encuadernación muy rica y colocación muy distinguida. Pues digo que la cubierta que permanece es una especie de tejido de palma, cubierto con piel, y por refuerzo interior se halla un pergamino antiguo de escritura del siglo X o siguiente, y es un fragmento de un diccionario de sinónomos (sinónimos). Es también de notar que esta es ya segunda encuadernación, como se echa de ver en el lomo. Pues si tan estimable es la parte material del libro, lo es mucho más su contenido. Ya dije que contiene principalmente las Homilías de San Gregorio Magno. Son en todo XX, puntualmente las mismas que publicaron los PP. Maurinos en el segundo libro de las Homilías del Santo doctor y con el mismo orden. Dícelo claramente el epígrafe final: Favente Dno. Jhu. Xpo. expliciunt Homilias XX. in secunda parte super Evangelium expositio Beati Gregorii Papae urbis Romae feliciter utere felix. Amen. Se expresa al principio de cada una las iglesias donde se dijeron, y entre ellas hay cuatro in basilica S. Johannis quae appellatur Constantiniana. Esto más hay que añadir a lo que dijeron aquellos padres en la prefacion a las Homilías del Santo doctor, probando que la basílica Constantiniana estuvo dedicada a San Juan y no a San Salvador. En muchas se halla también notado el día en que se dijeron y concuerdan con los impresos. Observo que hay variantes así en el texto de las Homilías como en el de los Evangelios, que se ponen también a la larga. Pero no he tenido comodidad para hacer el cotejo que quisiera.

No puedo pasar en silencio una pequeña observación, y es que en la homilía núm. 14 después del título, que es de bermellón como todos los demás, y acaba: habita ad populum in basilica SS. Johannis et Pauli, en medio de la línea siguiente se halla de letras grandes y también de bermellón esta sola palabra: VIVAS. La inconexión de ella con lo antecedente y consiguiente hace sospechar que quisiesen expresar el nombre del Obispo, que así se llamó a fines del siglo X, en cuyo tiempo pudo ser que se escribiese el libro. También he hallado una conformidad total entre su escritura y la de la primera linea de un documento del año 957 y es la restauración de la canónica de Vique por su Obispo Wadamiro, de la cual se dijo a su tiempo (a: Vid. tom. VI, pág. 33.).

A las homilías sigue el Sermón conocido del Santo de mortalitate, con este título: Incipit sermo de mortalitate ad populum in basilica S. Johannis, quae appellatur Constantiniana. Está como en los impresos, sino que remata en la indicción de las letanías sin expresar las iglesias de donde debían salir. Por último, se halla el concilio que dije con este epígrafe: Incipit decretum ad clerum in basilica Beati Petri Apostuli. Lo he querido copiar a la letra por ser breve y haber observado que con su lectura se puede enmendar el texto que publicó Labbé, singularmente en las suscripciones de Obispos y presbíteros, las cuales pone todas este códice con alguna diversidad en los nombres y sillas episcopales y títulos de los presbíteros, y además añade tres que Labbé no puso y son: Vir bonus, Episcopus Tuscanensis. = Deus dedit, presbiter tit. S. Praxedis. = Crescens, presbiter tit. S. Laurentii (a: Ap. núm. III.). Esto poco he podido hacer en obsequio de la mayor pureza de los escritos del Santo doctor, a quien tanto debemos los Españoles. Y por esta muestra se verá que por no haberse contado hasta ahora con los códices de nuestra nación para las ediciones de los SS. Padres, falta todavía mucho que hacer para la perfección de sus obras. La antigüedad de este códice Barcinonense, a la cual no llega ninguno de los que vieron los Maurinos para la publicación de las Homilías de San Gregorio, le hace digno de ser conservado con esmero para lo que con el tiempo se medite sobre esta materia. Del mismo Santo doctor hay otro códice señalado con el número 102, y contiene los Morales o Comentarios sobre Job. Es un vol. fol. max. en pergamino de más de 400 hojas, escrito a principios del siglo XI y de un carácter casi igual al que diré de la Biblia del monasterio de Poblet. Por desgracia están cortadas en muchos lugares con la golosina de las miniaturas, de que apenas queda uno u otro vestigio. Es más sensible esta falta en el remate del libro por donde acaso pudiera rastrearse el tiempo en que se escribió. Comienza por el texto entero de Job, al cual sigue el remate de la carta del Obispo Tajón a Quirico, Obispo de Barcelona, que publicó Baluzio en sus Misceláneas: a esto la relación del hallazgo de los Morales de San Gregorio por Tajón en Roma, conforme se halla en Aguirre, con diferencias levísimas que no merecen el trabajo de copiarse de nuevo. Tras esto una breve noticia de San Gregorio y de sus obras, donde leo estas palabras: Fertur tamen isdem excellentissimus vir et alios libros morales scripsisse, totumque textum quatuor Evangeliorum sermocinando in populis exposuisse. Incognitum scilicet nobis opus. Felix tamen et nimium felix qui omnium studiorum eius monumenta potuit cognoscere. No hay que hacer hincapié en los otros libros morales que expresa el mismo que copia los Morales sobre Job; más notable es que ignorase las homilías sobre los Evangelios. De lo cual se infiere o que no poseía todavía esta iglesia el códice que antes dije a principios del siglo XI, que es cuando se escribió este de que hablamos, o que este último, que es sin disputa Español, se trabajó en otra ciudad muy distante de Barcelona. Aunque también pudo ser que se copiaran aquellas palabras de otro códice, y sean de algún escritor antiguo que ignorase esa obra. Tú lo verás.

Sigue luego un breve Comentario de Job, cuyo autor no es fácil averiguar, y tras él los Comentarios de San Gregorio con su prefacion, en los cuales, aunque bien conocerás que me era imposible hacer ningún cotejo, sia embargo, la antigüedad del códice da margen a conjeturar que habrá muchas variantes y acaso algo más. Al fin se halla un catálogo de los canónigos de esta iglesia que debía haber en el siglo XII, de cuyo tiempo es indubitablemente la letra. Lo copiaré aquí porque es cosa curiosa. Están a dos columnas:

Col. I... ps. aut suus stator: Archidiachonus: Poncius, sacrista: Dalmatii Geriberti: Dalmatii Remundi: Guilaberti Seniofredi: Olivae Remundi: Guitardi Boetii: Remundi Seniofredi: Mironi Goltredi: Remundi Dalmatii: Riculphi: Ermengaudi Bernardi: Guillermi Donutii: Guillermi Suniarii: Bernardi Guifredi: Mironi Balluvini: Bernardi Ermengaudi: Guilaberti Remundi: Remundi Sendredi. 

Col. II. Capitis scolae: Guillermi Remundi: Guillermi Sendredi: Stephanus Adalberti: Remundi Guitardi: Bonifilius Petri: Mironi Petri: Poncii Guillermi: Compagni Tudiscli: Mironi Guillermi: Vivas Cuadalli: Guillermi Giscafredi: Guillermi Bernardi: Petri Arnalli: PREPOSITVS: quatuor Ebdomadarii: Berengarii Remundi: alii Berengarii Remundi: Ugoni Guillermi. Algunos de estos nombres y apellidos parecen del siglo XI y anteriores también; v. g. el Tudisclo, Sendredo y Vivas Guadalli. Mas esto no quita que los hubiese en el XII, en cuyo tiempo se escribió este catálogo, en que es muy regular se escribiesen los presentes y no los pasados. El que pueda descubrir la época de alguno de ellos podrá conjeturar sobre los demás.

Todavía queda que decir de San Gregorio Magno. El códice núm. 64, escrito, según conjeturo, a fines del siglo XI, después de varias obras de PP. y de la Exposición de Ezequiel del mismo Santo doctor, concluye con dos Comentarios in Cantica, atribuidos al mismo en el catálogo que hizo al fin un canónigo de esta iglesia llamado P. Arbert, que floreció hacia la mitad del siglo XIII y asistió como procurador de su Capítulo al VIII concilio Tarraconense de Don Pedro de Albalat en 1248. El primero se atribuye equivocadamente a San Gregorio, pues es entero el de San Isidoro que hallarás entre sus obras, edición de Madrid de 1778. Comienza con los mismos hexámetros: Hunc cecinit Salomon mira dulcedine librum, etc. Principio: Tangat me dulcedine praesentiae suae. Fin: saltem crebra visitatione me consolari memento. El segundo Comentario no desdice del carácter de San Gregorio Magno y hasta el título parece atribuírsele. Dice: Incipit Epitolamium Gregorii y no más, comenzando seguidamente la obra así: “Osculetur me osculo oris sui, quoniam bona ubera tua super vinum. Audistis Epitolamium carmen, dilectissime frater, quod Spiritus Sanctus per Salomonem ex voce sponsi et sponsae, id est, Christi et Ecclesiae pro coelestium allegorica decantatione praedixit; quando Christus sponsus et anima sponsa obpignoraverunt sibi invicem castam coniugii voluntatem, et facti sunt duo in carne una, id est, Deus et homo. Sponsum autem Christum et sponsam Ecclesiam probat Johannes Baptista dicens de Christo: Qui habet sponsam, sponsus est. Amicus autem sponsi stat et audit eum, et gaudio gaudet propter vocem sponsi. Et alius Propheta: Disponsabo te mihi in spe. Et iterum: Disponsabo te mihi in fide et caritate. Denique, ut sciatis hoc carmen pro Christo et ecclesia esse praedictum, praetitulatio ipsa manifestat, sic enim pronuntiatur: Cantica canticorum, eo quod super omnia cantica quae aut Moyses aut Maria in Exodo, aut Esaias, aut Abacuc et ceteri cecinerunt, haec meliora sunt cantica; quia illi aut pro liberatione populi aut pro conversatione hominum, aut pro admiratione divinorum operum accensi animo ac mente Deo laudes dixerunt. Hic autem Christi et Ecclesiae vox psallentis auditur.”

Basta esto para muestra. Qué dieras tú porque esta obra fuese de San Gregorio? Y qué hallazgo más precioso que este, si tal sucediere? Cabalmente convienen todos los historiadores en que San Gregorio escribió sobre los Cantares; pero mientras Mabillon, Ceillier y otros atribuyen al Santo doctor la exposición que se halla en la edición de los Maurinos, Casimiro Oudin y otros muchos niegan con no poco fundamento que sea obra del Santo, y la atribuyen a un Abad Roberto, que floreció en el siglo XI en los tiempos de San Gregorio VII (a). 

De todos modos convienen en que en el estado en que se halla aquel escrito no se le debe atribuir. Conque están todavía por descubrir los genuinos Comentarios de San Gregorio Magno sobre los Cantares. 

Y como podía suceder que fuesen estos que aquí se hallan, he querido copiarlos, pues sólo constan de cinco libros breves.

Del venerable Beda están las homilías sobre el Evangelio de San Marcos (núm. 28). Es códice extranjero y del siglo XII. En las cubiertas se lee copia de una cesión hecha a favor del Arcipreste Alifano, et ecclesiae Sanctae Mariae in Calabio, por Bartolomé, Abad de un monasterio, infra fines Telesiae civitatis, año 1184, anno XVIII. Domini nostri secundi Regis Wilielmi.

(a) V. Oudin, De Scrip. eccl. (tom. I, pág. 1543, y II página 777), donde copia esta obra de Roberto, y por su cotejo con la de los Maurinos se ve que son una misma cosa, a excepción del principio hasta la mitad del primer capítulo, que es del todo diferente. 

Estos son los mejores códices que aquí hay de las obras de los Santos Padres. Apreciables son los escritos en los siglos XIV y XV; pero son comunes y se hallan por ahí a cada paso. Sólo quiero advertir brevemente que en el vol. 69, que contiene los III. libros Sententiarum de San Isidoro Hispalense, en el capítulo VIII del libro I, que se intitula: De mundo, donde los impresos concluyen: Ut semper ea cogites inmensa, continúa así este ms.: Fecit ergo Deus omnia valde bona. Nichil ergo naturâ malum est: quando et ipsa quae in creaturis essent poenalia, si bene utantur, ea bona et prospera sunt; si male utantur, noceant. Ita ergo, etc., y así va prosiguiendo. Porque veas cuánto pueden servir estos ejemplares ms., aun siendo tan recientes como del siglo XV, como lo es este volumen 4.° vit. Vamos a otra cosa.

El códice núm. 2 contiene varios opúsculos sobre las cuestiones que se ventilaron con tanto calor en el siglo XV de potestate Papae, Ecclesiae, et Principum saecularium, de los cuales da razón el índice que ya dije, formado por el P. Caresmar. Entre ellos hay una Disertación inédita y desconocida del canónigo de esta iglesia Juan Palomar, que hizo un papel muy distinguido en el concilio de Basilea, donde dijo la oración que publicó Labbé en el tomo XVII de la Colección de concilios, y fue uno de sus Legados a Bohemia: cosas que podrás ver en el Nicolás Antonio, Bibl. vet., con las notas de Bayer (a). Disuelto por segunda vez el concilio se ausentó de él Palomar, y estuvo por Eugenio IV, a lo que yo creo, aun cuando el Rey Don Alfonso V de Aragón mandó que sus vasallos permaneciesen en Basilea. Así puede inferirse de el papel que digo, que tiene este título: Incipit quaestio D. Johannis Palomar, utriusque juris doctoris: cui parendum est, an SS. D. N. Papae Eugenio IIII. an concilio Basiliensi, tamquam superiori. Principio: Non fuit moris mei, etiam cum adhuc juvenis essem, allegationis cumulos facere, etc. El motivo de haberle copiado no es precisamente por enriquecer el orbe literario con esta obra más, sino porque al paso que justifica la conducta de Eugenio IV, cuenta algunas cosas secretas que pasaron en aquellas reyertas. Parece que lo escribió después de haber regresado a Barcelona hacia el año 1444 (b), porque al fin dice: Dedi autem maxime operam ad facti narrationem, quae in hiis partibus ut plurimum ignoratur... Recitavi etiam ex certa scedula per me olim scripta. En fin allá va copia de todo por si te parece digno de nuestra colección. Advierto que el ms. llama claramente al autor Palomar, no Polmar ni Polemar, como Labbé, loc. laud. col. 779 y 1207.

(a) Bayer sospecha que Juan Palomar fue Valenciano y no Catalán. Yo puedo añadir que uno de los primeros canónigos que lo fueron de la colegiata de Játiva en el año de su erección 1414 se llamaba Juan Palomar.

(b) En el volumen I de las Actas capitulares de Gerona se halla en 1442 la provisión de un canonicato, vacante por muerte de su obtentor Juan Palomar. No me consta si es del que hablamos; y tampoco es inverosímil que obtuviese a un tiempo dos canonicatos, cosa tan frecuente en aquel siglo. 

Sobre la misma materia he copiado otros dos escritos inéditos. El primero tiene este título: Responsio facta per Serenissimum Dominum Alfonsum, Regem Arragonum et Ciciliae, Domino Eugenio Papae quarto, conquaerenti quare suos Praelatos et subditos Romanam curiam sequentes, de curia recedere, et ad concilium Basiliense iubebat accedere. Sus razones todas están cargadas de textos del Derecho, que hace su lectura pesada; pero ello es lo que es. Débese referir al año 1438 poco más o menos. Está en el códice 26. La otra es del códice 1, y es la oración que en el concilio Bituricense, congregado para deliberar el partido que el Rey de Francia podía tomar en los negocios del concilio Basileense en 1438, dijo el Legado del concilio Tomás de Corcelles. El aprecio que hicieron de él los Basileenses puedes verlo en Labbé (tomo XVIII., columna 1385 y 1418). Ignoro de qué nación sea; el apellido no desdice de este país. Al fin, si es extranjero, poco se perdió en el poco tiempo que costó copiar esta obrita.

Hay otros muchos volúmenes y tratados pertenecientes a esta materia del concilio Basileense. Están copiadas también todas sus actas en el códice 4, formadas por cuatro notarios, desde 7 de septiembre de 1431 hasta 1 de julio de 1441; al fin dice: Vilasalo me scripsit: y varios tratados y oraciones en los códices 1, 2, 4, 16, 26, 101 y otros en que no habré reparado.

Muy conocido es el Obispo de Gerona Don Juan Moles Margarit por su Paralipomenon rerum Hispaniae, y otros escritos. Mas no lo es el que aquí he hallado, señalado con el número 83, cuyo título es Templum Domini, y su objeto el que verás en lo que voy a copiar de él. Comienza así: "Serenissimo Johanni secundo Aragonum Regi. Liber Templum Domini per Johannem de Margarit, Gerundensem Episcopum feliciter incipit. = Praefatio. = Cum in creatarum rerum ordine religio primum semper locum tenuerit, quae ab Abel primo iusto sumens initium, per omnia deinde saecula digrediens in nos quodam naturali iure pervenit, etiam per omnes sectas infelicium Deorum, et a veritate et Dei veri cultu et religione aberrantium; et intelligam, Serenissime Princeps, religionem hanc a nostris his temporibus lacerari ob nonnullas templorum ac ecclesiarum spoliationes, signanter quae in sacra domo Rivipullensi perpetrari contigit his diebus: sacrilegium utique et horrendum et detestabile; cui accidit ius sepulcri violati antecessorum tuorum, quorum corpora in eodem claustro quiescere nemo dubitat: ius itaque omni lege hebraica, gentili, catholica, divina pariter et civili privilegiatum, ac denuo nuntiatum sit magestati tuae ab eiusdem magestatis consiliariis aplausu quodam suggestum esse licere eidem eo iure, quo et Pontifici Summo licet, de iocalibus ecclesiarum in defensionem status propria auctoritate convertere. Quam rem licet compertum habeam a magestatis tuae proposito plurimum deviare, similiaque consilia nec in mentem pii Principis impressionem aliquam non esse factura; nichilominus ad  excitandum pii Regis et Principis mentem, et cum regnum nullum sine sapientia et religione possit persistere... pernecessarium existimavimus calamum ad scribendum suscipere quantum in omni lege cum hebraica, gentili, ac catholica valuerit religio de observandis et non offendendis templis, illisque in ipsam religionem oblatis. In quo proposito scripturi sumus apologeticum librum adversus irreligiosam rabiem illorum, qui templa violare contendunt. In quo opere exemplis potius quam sacrorum canonum auctoritatibus, etc.” Sigue a esto la obra dividida en XXX capítulos. Los cuatro primeros tratan de los templos entre los Hebreos, su veneración, riqueza, inmunidad, etc. Los otros cuatro tratan de lo mismo entre los Gentiles. El IX tiene este título: Mandavit Deus in evangelica lege aurum offerri ecclesiis. = X. = De Catholicis Imperatoribus observatoribus ecclesiarum, et prosperatis successibus et finibus eorum. = XI. = De impiis, Imperatoribus in Deum et ecclesias, et infelicibus imperiis, horrendisque finibus eorum. = XII. = De religiosis Regibus Gotthorum, et illorum observatione ecclesiarum. En este capítulo habla de la rebelión del tirano Paulo contra el Rey Wamba, y dice: "Cui rebellioni adhaesit pene universa Cathalonia et Gallia Gothica, quae nunc linga Occitana corrupto vocabulo apellatur, cum linga Gothicana debeat apellari. Hic igitur Paulus rapta corona aurea ab ecclesia S. Felicis Gerundae, quae fuerat ecclesiae praefatae donata a Racharedo, piissimo Gothorum Rege; quam cum suis sacrilegis manibus rapuisset, et eius capiti imposuisset, cum eadem coronatus est.” = Cap. XIII. = De malis Regibus Gothorum, et infelicibus eorum regnis, et finibus. Hablando aquí de la invasión de los Árabes en España como debido castigo de los pecados de Witiza, no hay mención de Don Julián ni de su hija, sin embargo que pondera mucho la liviandad de aquel Príncipe: tampoco hace mención del reinado de Don Rodrigo. El XIV es: De exteris Regibus, maxime qui in Hispania regnaverunt, et de illorum religionibus ad ecclesiam. = XVI. = De Regibus Aragonum, quid in ecclesias contulerunt, et eorum successibus.= XVII. = Quomodo homo habens duas partes, animam et corpus, secundum animam considerandus est. Y así prosigue hasta el fin tratando de la preeminencia de lo espiritual a lo temporal, del sacerdocio, su dignidad, etc. Con esto podrás formar idea de lo que es esta obra, la cual es regular que nunca veas, si no hay por esos rincones algún otro ejemplar, que este tiene ya muchas hojas ilegibles.

Y pues hablamos de obras ni publicadas ni conocidas, otra he hallado del célebre Fr. Guido de Terrena o de Perpiñán de la orden de nuestra Señora del Carmen y su General, y obispo de Mallorca en 1321 y de Elna en 1332, del cual hallarás noticia en la Bibl. vet. de Nicolás Antonio; pero no del escrito que hizo de orden del Papa Juan XXII, el cual se halla al fin del códice núm. 2, y comienza así: Cedulam ex parte Sanctitatis vestrae, Pater Beatissime, recepi, in qua detestabiles continentur errores; contra quos videre et scribere me Fratrem Guidonem, Maioricensem Episcopum, filium vestrum atque facturam, jubet Sanctitas vestra. De los errores que se proponía impugnar sólo se encuentra aquí la primera cuestión contra asserentes temporalia ecclesiae subesse Imperatori. Tengo esta obra por diferente de la Summa de haeresibus y de la Reprobatio operis Catalonici, que comúnmente le atribuyen.

Ya se me pasaba la noticia del códice número 18, que contiene los cuatro Evangelios escritos con suma prolijidad en vitela en el siglo XIII, a lo que entiendo. Hállanse algunas variantes de la Vulgata, y entre ellas la que ya notó el P. Caresmar en el principio del Evangelio de San Juan, donde dice: qui non ex sanguinibus, neque ex voluptate carnis, neque ex voluptate viri, sed ex Deo, etc. No me parece esa cosa en que se deba hacer mucho hincapié, ni debe tenerse por una variante de la Vulgata; porque realmente los escribientes del siglo XI y XII dijeron con frecuencia voluptas por voluntas, lo cual saben los que han visto las escrituras de donaciones y ventas de aquel tiempo: Ego N., decían, nullius cogentis imperio, nec suadentis ingenio, sed propria et spontanea mihi elegit bona voluptas, etc. Lo más notable es hallarse el texto seguido sin distinción de capítulos, lo cual es anterior al siglo XIII. En las notas marginales, que son muchas y prolijas, he observado que no se cita a ningún Padre ni Doctor de la Iglesia. 

Otros códices hay preciosos cada uno en su clase, Comentarios de leyes y de teología, Sermones, obras lemosinas que servirán para cuando se escriba la biblioteca de escritores Catalanes, libros viejos de aniversarios, consueta de la iglesia, un Misal ms. del siglo XIV, otro impreso en León en 1521 y otros de esta clase, de los cuales he formado mis extractos correspondientes para la parte ritual. No ha aprovechado poco para esto el códice 84 llamado del ventre, o de las raciones que debían dar mensualmente los Prepósitos a los canónigos, beneficiados y ministros de esta iglesia. Está escrito con limpieza en el siglo XV, pero conserva las costumbres desde el siglo XIII y acaso las que se establecieron en 1157, que es cuando se crearon las preposituras. Ya lo verás cuando pueda enviar los extractos que de él he hecho. Entre tanto sírvete para las adiciones de Ducange del artículo siguiente: In die Natalis Domini. = De distributione porci. = “Primo aperitur per ventrem, ita quod educitur primo pectus et brona per longum, et incipit a linga sive a linguare usque ad bronam, quae est inter coxias; ita quod mamillae semper remaneant in brona. Postea amputantur ei pedes, et de pernis et de spatlaribus brachia quae se tenent cum pedibus. Deinde amputatur capud juxta biscocium et prope aures; et dividitur caput in duas templas. Item removetur sujuna de longo in longum amplitudine unius boni digiti; et de illa squina amputatur porquerol versus caudam … et huic squinae additur pectus incisum inter bronam et acorador … Et est sciendum quod illi parti quae est ex parte anchae datur unus lumbus pro astç, illi vero, quae est de coxia, dantur cor et duo renes, et melça pro astç, et illa qui accipit pronam accipit tres peciolas pro costats”.

Basta de esto por ahora, pues va copia de toda la rúbrica. También omito la noticia del Santoral de esta iglesia en cinco códices, porque ya la tienes muy dilatada en el índice que formó el padre Caresmar. Uno de ellos mandó escribir Guillermo Montells, canónigo de Gerona, y lo regaló a esta iglesia el año 1360; el cual tiene al fin entre otros versos este notable:

Spi Patris et Filii ritus in nomine Sancti.

De él he copiado el opúsculo que el monje Aimonio escribió en el siglo IX sobre la traslación de las reliquias de San Vicente Mártir desde Valencia a Castres en Francia; porque está aquí mucho más completo que el que publicó Bollando (XXII januarii) y Mabillon (Acta SS. ord. S. Benedicti, saec. IV, part. 1). Hállase dividido en lecciones, según el uso del oficio eclesiástico. ¿Se podrá inferir de aquí que se celebraba fiesta de dicha traslación en esta iglesia? No lo sé. Hallo que había fiesta solemne del Santo con octava, mas en los calendarios y otros libros donde debía, no hallo tal cosa. Lo que sí se podrá inferir es que a principios del siglo XIV, que es cuando se escribió el Santoral, era opinión común en este país que las reliquias de aquel Santo se trasladaron a Castres y no al cabo de San Vicente. Lo mismo creyeron siempre los Valencianos, como ya dije en otra parte. Va también el Carmen del mismo Aimonio, y todo con las lecciones viciadas como se halla. Tú harás las correcciones que parezcan oportunas para ingerirlo en nuestra colección, donde no dirá mal este documento copiado por la primera vez de un códice Español.

El archivo de esta iglesia tiene todo el arreglo y distribución suficiente para servir al público. Además de los documentos sueltos, gran parte de los cuales no se duda que hayan perecido, conserva por fortuna cuatro grandes cartularios, que en Castilla llamarían tumbos o becerros y aquí llaman libros de antigüedades, donde están copiados todos los documentos tocantes a la iglesia, sin contar otros que son colecciones de privilegios pontificios y reales. En la escalera por donde se sube a este archivo, hay otro donde están olvidados otros muchos documentos, desde el siglo IX hasta el XV. El padre Caresmar, infatigable en sus trabajos, emprendió un extracto cronológico de todos los documentos grandes y chicos, del que no queda sino su borrador, que a la verdad es confuso, porque sobre haberse encuadernado trastrocadas las hojas, tiene la nulidad de no haber puesto en un volumen todo lo perteneciente a cada año, sino que se hallan repartidos en tres volúmenes, continuando en el 2.° y 3.° v. g., un artículo que comenzó a extractar en el primero. Sin embargo, puede y debe copiarse con buen orden y claridad, porque sobre ser un trabajo que recomienda más que otra cosa alguna la incansable laboriosidad de este anticuario, es utilísimo para la iglesia, que con sólo este repertorio tiene lo suficiente para el manejo de sus intereses y negocios. Cánsase el que lee tal multitud de extractos y no se acaba de admirar cómo sin ningún interés tuvo paciencia para acotar muchas cosas pequeñas e impertinentes de entierros, aniversarios, etc., el que amaba las antigüedades curiosas y singulares; las cuales cuanto más aficionan el ánimo con su hermosura e importancia, otro tanto le desaficionan de lo que es pequeño y bagatela.

De mí sé decir que me ha servido mucho esta lectura y ayudado grandemente para lo que digo de esta iglesia.

Se me pasó decir en su lugar, de su biblioteca antigua las pocas noticias, que han venido a mis manos. Habíala pues ya en el siglo XII, en el cual el Obispo Don Arnaldo Armengol, ordenando su testamento a 22 de diciembre de 1142, dice: Concedo S. Cruci et S. Eulaliae... meos libros qui in eadem ecclesia sunt, bibliothecam quam feci scribere, et alios.

A 13 de junio de 1195 Arnaldo de Caldes, canónigo, firmó el recibo de varios libros de decretos y leyes de la biblioteca de la catedral, que le prestó el Obispo Don Raimundo. Dos años después, a 20 de octubre, el canónigo Berenguer de Palou recibió de la iglesia varios códices bíblicos, los cuales ofreció glosar. Nada más he hallado sobre esto. A Dios. Barcelona, etc.

jueves, 26 de enero de 2023

CARTA CXX. Ritos de la iglesia de Barcelona.

CARTA CXX. 

Ritos de la iglesia de Barcelona.

Mi querido hermano: Algunos sabios amigos prebendados de ella me han asegurado haber leído Actas capitulares que prueban la concurrencia o asistencia al Cabildo de San Raimundo de Peñafort, profeso ya, y aun maestro en la orden, firmándose en ellas Magister Raimundus, canonicus Barcinonensis: y añaden en confirmación de ello haber visto también en otros documentos que el Padre Santo Domingo se firmaba Magister ordinis Praedicatorum, canonicus Oxonensis; que habiendo en su consecuencia examinado la Decretal que habla de la vacante de prebendas y beneficios por la profesión religiosa, la habían hallado de fecha posterior a la época de dichos Santos. Así me lo han querido persuadir, pero no me han puesto en las manos ni tales documentos ni tales firmas, ni hasta ahora yo he sido tan feliz que diese con estas o aquellos. Pero acerca de esto nada he topado, sino en cierto sentido lo contrario, y es una carta de San Raimundo de Peñafort al Rey Don Jaime I en que se llama in ordine fratrum Praedicatorum minimus; pero nada dice de canónigo de Barcelona, título que no es regular omitiera, si lo fuera realmente (a: Ap. núm. XLV.). He hallado mucho, muchísimo sobre la costumbre tan común en todo el principado, y que fastidia ya el repetirlo, de la elección de uno de los monacillos (monaco : monaguillos) de canto, que el día de Inocentes asistía a las Vísperas, presidía y oficiaba vestido de pontifical y puesto en la misma silla del Obispo.
En medio de la sencillez, o qué sé yo qué más, que supone esta práctica, causan admiración y juntamente risa la formalidad, energía y celo con que se manda en las Constituciones donde se ordena este ceremonial que el organista no toque ninguna tocata profana y que excite ad choreas et tripudia. Como si el nuevo Obispillo no fuese ya de suyo una cosa de mogiganga (mojiganga). (moixiganga)

En el Sábado Santo, luego de empezadas las vísperas por el celebrante, se llevaba al altar mayor un corderito asado, se bendecía por el celebrante, comenzaba este a cortarlo, y concluido este trabajo por otros se distribuía en seguida en menudos pedacitos, como se reparte ahora el pan bendito. Las aras se consagraban no sólo con la colocación de reliquias de Santos, sino del mismo Cuerpo de nuestro Señor Jesucristo. 

Por los documentos adjuntos verás la consagración del ara o mesa del altar de San Marcos de esta iglesia, perteneciente a la cofradía de los zapateros de esta ciudad, y las diligencias que se practicaron en el mismo altar, pasados cincuenta y más años después de su consagración (a: Aps. núms. XLVI y XLVII.). Pudiera citarte un canon del Decreto de Graciano, título de consecratione, en que se trata de la colocación de parte del cuerpo de nuestro Señor Jesucristo en las aras, pero no tengo a la mano este libro. Y no sólo las aras de los altares, sino las frentes y pechos de muchas imágenes del Señor, de la Virgen y los Santos eran en aquellos tiempos pequeños sagrarios, donde se depositaban sagradas formas. Algunas de estas antiguas imágenes he visto con sus ventanillas y nichos para el efecto. Antiguamente se rezaba en esta iglesia de algunos Santos de que no se reza en el día, o bien con rito diferente. Por ejemplo, de San Vicente Mártir, que tiene en dicha iglesia altar particular, dedicado a Dios en honor suyo, se rezaba con rito doble y con octava. Algunos individuos del cabildo procuraron años pasados el restablecimiento de ello; y aun todo el cabildo en masa acudió al señor Obispo con esta solicitud, haciéndole presente que las rúbricas del Breviario Romano, ordenadas por San Pío V, permitían a las iglesias el rezar de los Santos del cuerpo del Breviario con rito diferente del que allí tiene señalado, como el rezado fuese conforme al del Breviario o en otra cualquier manera aprobado por la Santa Sede: no tuvo efecto la pretensión por motivos que no he podido averiguar.

En ciertos días del año se admitía a los prohombres o administradores del gremio de pescadores de esta ciudad en el refectorio canonical, y se les daba del vino artificial llamado Néctar que cum nebulis (especie de tortas delgadas) (neules) se servia en días señalados a los canónigos, y este es el origen de esta costumbre. La iglesia tenía el diezmo de todo el pescado que se vendía en la ciudad y que se pescaba desde el cabo de Blanes hasta la punta del castillo de Tamarit, cerca de las playas de Tarragona. La percepción de este diezmo tuvo muchas contradicciones, causó muchos disturbios y entredichos, y últimamente se convino el pago con varias modificaciones, entre otras, que los mismos prohombres o administradores del gremio fuesen los colectores del diezmo, y que entre otras recompensas y distinciones tuvieran la de ser admitidos en refectorio y ser enterrados en la iglesia. ¿No pudo dar esto motivo al dictado de Canónigos de la pescatería, que últimamente se ha amenguado y envilecido hasta el extremo de aplicarse a los muchachos desarrapados y díscolos que andan por la plaza y pescadería viviendo de lo que pillan? Así lo sentía el sabio anticuario el canónigo Caresmar. Ya sabes que a tales muchachos mal criados y perdidos y largos de manos, los llamamos ahí en Valencia Canonges del mercat. Tú dirás si esto tiene alguna analogía o relación con el hecho de que habla. Si tuviera yo humor y tiempo para extractar los mamotretos que tengo a la vista, pertenecientes al victus ratio, mucho pudiera decirte de particulares viandas y usanzas de los siglos pasados, ayunos, desayunos, colaciones, etc. No lo hago, ya porque coincide con lo que te he escrito sobre lo mismo en otras ocasiones, ya porque ¿a qué detenerme en pormenores de cosas y prácticas, que no digo muchos años, sino muchos siglos que no se observan? Mejor será hablarte de los ritos y particularidades que existen y se practican en el día. 

El altar mayor, obra de estilo gótico y del mayor primor, no tenía en lo antiguo imagen de Santo alguno, ni pintado ni de bulto; pero en el día tiene en el centro una cruz grande de plata con la imagen de Jesucristo, y en su peana está de medio relieve la imagen de nuestra Señora de los Dolores. La piedad de un canónigo, que costeó la obra, causó una mudanza tan notable como sensible. Antes y de tiempo inmemorial sólo había una cruz sin imagen ninguna, cosa muy conforme al título que siempre ha tenido esta iglesia, esto es, ecclesia Sanctae Crucis. Ya tendrás presente lo que sobre el particular dicen los escritores de antigüedades eclesiásticas, señaladamente el eminentísimo Borja.

En un nicho sepulcral, que está bajo el sagrario o tabernáculo, y como al igual de la mesa del altar, hay una urna con las reliquias del Prelado y Pastor de esta iglesia San Severo. Esta mesa del altar mayor está enteramente aislada, aunque por las gradas con que se adorna el altar en ciertos días (obra moderna) parece unida con él, de modo que puede celebrarse cómodamente en dicha mesa, así de espaldas al pueblo como de cara, conforme generalmente se practicó algún tiempo. 

De los dos lados del altar y a una altura proporcionada, salen por frente dos cornisas, que en su extremo son sostenidas por dos columnas salomónicas de piedra jaspe y muy primorosas: bajo de ellas pasan dos cortinas encarnadas de tafetán que se corren al tiempo del Sanctus, cuando se celebra la misa mayor, y quedan así tiradas hasta acabar la consagración; y esto que recoge más al celebrante y le aparta de la vista todo otro objeto, manifiesta que el presbiterio no estaba adornado o circuido como en el día con los damascos y colgaduras que existen, y que tanto estorban la total vista y transparentes de las columnas aisladas que primorosamente circuyen el espacio o suelo del presbiterio.

En el altar mayor no se celebra diariamente sino una misa y esta cantada, de modo que habiendo dos se celebra la otra en el altar o capilla subterránea de Santa Eulalia. Tengo presente que en uno de los libros del archivo, que trata de los usos y costumbres de las iglesias, haciendo mención de esta particularidad, cita el texto de un concilio de los más antiguos, en que se prescribe una Missa et unum altare. El celebrante siempre es canónigo. Y si rarísima vez por un accidente imprevisto ha sucedido faltar canónigo y haber de celebrar o domero menor o beneficiado, se ha puesto un altar provisional en el presbiterio y se ha celebrado en él. En las misas cantadas que se celebran en el altar mayor, el celebrante lee el Evangelio in cornu epistolae. Este rito lo observamos nosotros los Dominicos, y me parece que también los Camaldulenses. El presbiterio se halla rodeado de unos como escaños o poyos de piedra, y en el centro del semicírculo y detrás del altar mayor, se halla una silla muy preeminente de arquitectura antigua, y muy adornada y elevada en forma de trono, subiéndose a ella por diferentes gradas. En el Jueves Santo si el Señor Obispo celebra de pontifical, comienza allí la misa prosiguiéndola después en el altar mayor.

En el Viernes Santo, luego de acabado el Passio Domini, etc., todo el coro se traslada al altar mayor, y forman un círculo al rededor del celebrante y de la mesa hasta el acto de trasladarse en procesión al monumento a buscar el sagrado Cuerpo del Señor. La misa prosigue y concluye después en el presbiterio; y luego de acabada, allí mismo formado el clero en dos alas, se rezan vísperas.

En varios días del año los entonadores o chantres menores, junto con los caperos o bordoneros, antes de comenzar la misa mayor, se pasan desde el coro que está en el centro de la iglesia al presbiterio, y allí entonan el Introito, y no se retiran hasta los Kiries, trasladándose después al coro, y prosiguiendo como en los demás días.

En el presbiterio no se permite la entrada a otros seculares que a los señores regidores y sus dependientes en los días que asisten de ceremonia. Sólo se permite la entrada a todo el pueblo en la noche de Navidad, durante la misa del Gallo, y en el día de Santa Cruz, mientras la misa que se celebra muy de mañana. En uno y otro día hay adoración, y es admitido a ella todo el pueblo. De todo lo dicho en estos últimos apartes, se infiere, a mi parecer, que antiguamente el coro estaba en el presbiterio, y que se practica lo referido en memoria de ello. 

En todos los días de oficio doble se entona el Introito con voz muy baja y grave, hasta llegar al Gloria Patri, desde el cual se prosigue en voz alta y regular; pero en los días semidobles se comienza por el tono alto, con que se continúa. Las horas menores se cantan seguidamente; y concluida nona, todos los días, a excepción del Jueves y Viernes Santo, se rezan de rodillas por todo el coro las letanías mayores con las preces que están en el Breviario Romano. No he encontrado en cuanto he visto del archivo que esta práctica fuese penitencia o fundación, ni el origen de ella. Sólo he encontrado la fundación de la distribución que se da en la misma, y en esta fundación ya se expresa como observada aquella devoción; por consiguiente entiendo que es inmemorial: que es una mera rogativa, y voluntaria: y que siendo tan notable y constante, tal vez debe su origen a la frecuencia con que en los siglos de la edad baja fue afligida la ciudad y todo el principado con el azote del contagio; para lo cual puede verse a Capmany en sus Memorias.

Todos los días, al comenzar los maitines en el coro, se celebra en la capilla y altar de Santa Eulalia una misa cantada por uno de los domeros menores, asistiendo a ella diferentes capellanes de los que se llaman oficiales del cabildo, por obtener alguno de los cargos o ministerios de la iglesia, y que da el cabildo, como son: monacillos, sacristanes menores, guarda-altar, claustrero, etc. Y esta misa se aplica diariamente pro benefactoribus; pero la misa cantada que se celebra en el altar mayor después de nona, no se aplica diariamente pro benefactoribus, conforme a la constitución de San Pío V, sino que en algunos días se aplica por difunto, en cumplimiento de fundación o aniversario, o bien por motivo de entierro llamado canonical, por ser el más solemne. A principios del siglo pasado consultó el cabildo a varios señores Obispos que se hallaban en la ciudad con motivo de la consagración de un nuevo Prelado, acerca de lo referido, esto es, si cumple el cabildo con la constitución Piana siguiendo la expresada práctica, y unánimes resolvieron que cumplía, y que no debía alterarse dicha costumbre; porque aquella constitución se dirigía en particular a las iglesias que diariamente no aplicaban misa alguna pro benefactoribus, y la iglesia de Barcelona ya lo hacía de antes, y tan superabundantemente, como que en los más de los días celebraba dos; y que el haberse determinado por San Pío V que fuese la misa mayor, o conventual, miraba principalmente a la seguridad de que diariamente se aplicase una misa en las catedrales pro benefactoribus: por consiguiente que la práctica de esta iglesia no se oponía a lo sustancial de aquel mandato. En la primera misa de las sobredichas, que se celebra diariamente en la iglesia y altar de Santa Eulalia en los correspondientes días, como domingos y otros, se publican las fiestas, se lee un punto de Catecismo, y se practica todo lo que en las iglesias parroquiales, conforme a lo prescrito por el Ordinario del obispado.

Sólo se ejecuta esto en el altar mayor en el día de Santa Cruz de mayo, cuando cae en domingo; porque en este día se celebran dos misas en el altar mayor, siendo una de ellas la que en los demás días del año se celebra en la capilla y altar de Santa Eulalia. Celébrase en aquel día por uno de los cuatro canónigos domeros mayores, practicándose por él las referidas funciones parroquiales.

He venido a hablar del día de Santa Cruz, y por consiguiente no puedo dejar de recordar aquí las singulares prácticas y costumbres de esta iglesia en dicho día. A más de la misa que se celebra en el altar mayor y de que ya he hablado, se celebra otra por uno de los señores canónigos con asistencia de los demás y con canto en la casa que existe junto a la catedral que se llama la canonge o la canónica, y que es parte del edificio antiguo que habitaban los canónigos cuando vivían en comunidad: lo cual puede muy bien ser en memoria de ello. Acabada la misa se distribuye un pan y un ramillete de flores a cada uno de los asistentes. En la vigilia de este día se ponen cuatro pinos en el patio del palacio episcopal; uno en casa de cada dignidad y canónigo y de algunos oficiales de cabildo; y además se ponen varios en la iglesia, en el espacio que va de la puerta mayor al coro, y en el presbiterio se pone una gran cruz formada de rosas blancas, a semejanza de la que usa el cabildo en su escudo de armas, formando el centro una estrella hecha de rosas encarnadas. Esta costumbre de los pinos, comúnmente se cree originada de una fundación antigua hecha por un canónigo llamado Pinell. En efecto, la iglesia ha tenido varios canónigos de este apellido y muy famosos por los empleos y comisiones que tuvieron de Reyes y Papas; pero yo no he visto tal fundación, ni rastro, ni sombra de ello; sólo me acuerdo a vista de esta práctica de lo que se halla en los ritos Romanos, acerca de las fiestas que se hacían por ellos en mayo, llamadas Mayuas, de las cuales me parece que habla nuestro Amaya en sus Comentarios in tres libros posteriores Codicis, y que muchos ritos y costumbres de los paganos se cristianizaron en los primeros siglos, mudando de objeto. Me parece también que Gavanto y otros autores litúrgicos hablan de esta costumbre de poner árboles en mayo en los templos y plazas; y que en las provincias meridionales acostumbra a hacerse uso de los pinos por lo mucho que en ellas abundan. Por otra parte, la devoción del pueblo de Barcelona a la Santa Cruz es tan general como antigua. A la Santa Cruz se halla dedicada la iglesia catedral, y de tiempo tan remoto como lo manifiesta la firma del Obispo Pretextato en el concilio Sardicense. Praetextatus Episcopus Sanctae Crucis Barcilonensis, si no me engaño, y lo dirá por mí Aymerich en su Episcopologio.

A la Santa Cruz se halla dedicado el puerto, existiendo en testimonio de ello la famosa cruz que se halla a la salida de la puerta del Mar, obra del célebre arquitecto Blay, de quien es también obra el suntuoso edificio de la casa de la diputación, que hoy lo es de la audiencia. Y a la Santa Cruz se halla dedicada el hospital de esta ciudad, que es general, no sólo por haberse reunido en él los particulares hospitales de enfermos, que había, unos a cargo de la ciudad, otros del Cabildo y otras personas, sino también los de fatuos y expósitos; existiendo también en el espacioso patio del mismo, una columna salomónica con la cruz encima, y forma también la cruz el escudo de armas del cabildo, y parte del de la ciudad. Dicha columna salomónica tiene como a los dos tercios de su altura dos coronas reales, alusivas sin duda a no sé qué Rey y Reina, que pusieron la primera piedra de aquel soberbio edificio. De la devoción del pueblo de Barcelona a la Santa Cruz, y del culto que siempre la ha dado, es otro testimonio y no despreciable, la costumbre que aunque muy minorada, se guarda todavía. Y es, que en el día de Santa Cruz de mayo, casi en todas las puertas de las habitaciones bajas donde viven los artesanos, se ven capillas con la Santa Cruz, y muchachos que piden limosna para el adorno de ellas; y esto no es más que una pequeña parte de lo que se hacía antiguamente para festejar aquel día. No faltaban torneos y otras funciones que habrás ya visto en la vida de San Francisco de Borja, escrita por el Cardenal Cienfuegos en el capítulo donde refiere el extraordinario lance que aconteció al Santo en aquel día con motivo del festín que daba en palacio por razón de la misma fiesta; lance en que se vio en tanto apuro su virtud, como el carácter del cargo de Virrey de Cataluña que tan dignamente desempeñaba. 

En este día en los más de los pueblos del obispado se planta un árbol en la plaza, y se corona de flores, y en algunas partes lo llaman mayo, y si esto se hace en memoria o símbolo del árbol de la Santa Cruz, ciertamente que puede aquel llamarse el verdadero árbol de la libertad; así que tanto estos árboles como los referidos pinos, que se plantan en la iglesia, atendida la sazón en que se hace, muy bien pueden mirarse como una oblación de las primicias del retoño y nueva producción de las plantas. Por fin, en este mismo día de Santa Cruz (y concluyo con esto lo relativo a él) los dos párrocos de Santa María del Mar y de nuestra Señora de los Reyes o del Pino, por sí o por medio de sus tenientes, entran en el coro de la catedral con hábitos corales, y cantan el segundo responsorio del primer nocturno de los maitines, que por la tarde se cantan solemnemente en la iglesia. Esta asistencia de aquellos dos curas párrocos, que se repite en los maitines de Navidad y de Santa Eulalia, si por una parte puede considerarse como un testimonio de que la iglesia les convida a celebrar la fiesta, también puede ser mirada, por otra, como un reconocimiento que prestan las parroquias particulares de esta ciudad a la matricidad de la iglesia catedral, y a su universalidad de territorio en la ciudad y obispado; sobre lo cual ya te enviaré un ejemplar de los alegatos impresos, en que prueba la iglesia esta parroquialidad inter volentes, tanto en punto del cumplimiento del precepto pascual, como bautismo y demás.

En la Semana Santa, y aun en la de Pasión tiene esta iglesia varios ritos y ceremonias particulares. Desde las primeras vísperas de la semana de Pasión hasta el miércoles Santo inclusive, en todos los días feriales, el mismo canónigo que acaba de celebrar la misa mayor, vestido con alba y estola, lava los pies a algunos monacillos o sacristanes en una capilla del claustro. En estos mismos días feriales tiene también la iglesia la particular función que llaman de la Vera Creu o de la Vera Cruz. Se comienzan las vísperas, caído el velo blanco que está colgado en el presbiterio, quedando por consiguiente cubierta la vista del altar mayor. Hasta el tercer salmo se cantan las vísperas en tono regular, pero en el cuarto entra ya un tono más grave, solemne y pausado. Inmediatamente el clérigo que tiene el oficio de subdiaconil, baja al medio del coro y allí se deja caer los vestidos corales, y cubierta la cabeza con la capucha, pasa a convidar al canónigo más antiguo del coro en que está la hebdomada, y así sucesivamente en los demás días, alternando los coros, y recogidos otra vez los hábitos, se vuelve a su silla. A tiempo competente baja al plano del coro el canónigo convidado, arrastrando la cola de la capa magna y cubierta la cabeza con la capucha, siguiéndole seis de los residentes, se dirige a la sacristía, donde se quita los hábitos, y se viste con alba y capa pluvial, y a su debido tiempo sale de la sacristía con una cruz cubierta de una toalla negra y precedido de seis clérigos con velas verdes en la mano, y acompañado de los sacristanes menores y otros asistentes, se encamina al altar mayor por detrás del velo. Al entonar en el coro el himno: Vexilla Regis prodeunt, salen de detrás del velo dos monacillos con albas y tapadas sus caras con un crespón negro, y presentan dos estandartes cuadrados de fondo negro, en que está bordada la cruz y algunos trofeos de la Pasión del Señor. Este himno se canta por el coro con la mayor gravedad y pausa, alternando las estrofas con la música, y al llegar a la O Crux, ave spes unica, que canta la capilla de música en tono muy pausado y patético y con sordina, se empieza a levantar muy despacio el velo, y el expresado canónigo, puesto de espaldas al altar, manifiesta al pueblo la cruz en que se halla un notable pedazo del lignum Crucis, regalado, según dicen, por el Papa Luna al Rey Don Martín, y por este a esta iglesia. Entre tanto todo el coro está arrodillado, quitado el solideo, y con velas verdes encendidas en la mano. Sobre todo, se hace con la mayor solemnidad esta función en el día de Ramos. El salmo In exitu Israel se canta con una extraordinaria pausa por el coro y por todos los músicos de la capilla, acompañando con sus voces y los bajones. La estrofa O Crux la canta solemnemente la capilla de música, tocando los violines con sordina, y siendo la composición muy patética.

La concurrencia de gentes a esta función compite con su devoción y piedad, de que da claras muestras el profundo silencio que reina en ella. En casi todas las iglesias seculares y regulares de la ciudad se practica la misma ceremonia, pero en ninguna con la solemnidad que en la catedral. Eclesiásticos y seculares de distinción, que habían recorrido la mayor parte de las catedrales del reino y asistido a sus principales funciones, a todos les he visto manifestar la mayor novedad y sorpresa por esta de la iglesia de Barcelona. Sin embargo, yo tengo por superior función la que se hace con este motivo en Valencia y real colegio de Corpus Christi, fundación del beato señor Ribera.

Al hacer memoria de esta ceremonia me ocurre que San Sofronio, Patriarca de Jerusalén, refiere ser costumbre de su iglesia sacar de su caja la Santa Cruz a mediados de cuaresma para venerarla con mayor devoción. In medio jejunii, dice, adorationis gratia, proponi solet vitale lignum venerandae Crucis. (Sophr. Serm. in Exaltat. Sanctae Crucis. Bibl. PP., tom. 12, pág. 214). Tú combinarás (leo convinarás) una costumbre con otra y su semejanza en dos iglesias, ambas dedicadas a la Cruz.

En la noche del Jueves Santo, o luego de entrado el día del Viernes, esto es, a las doce de la noche, los señores canónigos y demás residentes que están de vela, van a la sacristía, y dando vuelta por detrás del presbiterio, llevan al altar mayor la reliquia de la Santa espina, que se venera en la iglesia, donde permanece con la iluminación de seis velas verdes hasta la tarde del mismo Viernes, en que después de acabados los divinos oficios y con procesión, que da vuelta por toda la iglesia, se vuelve a la sacristía, asistiendo todo el clero y el ayuntamiento de regidores. Todos los concurrentes van con velas verdes, y el oficial de Cabildo que tiene el empleo de Dormitolero, lleva en la mano tres velas verdes, las dos encendidas y la otra apagada. Según tradición de esta iglesia significan estas tres velas las tres iglesias dedicadas a la Santa Cruz; a saber: la de Roma, la de Jerusalem y la presente de Barcelona, yendo apagada la una en representación de la de Jerusalem, que se halla en poder de infieles. Los maitines del Miércoles Santo o de tinieblas comienzan con la particular ceremonia de que el oficial de Cabildo que tiene el oficio de subdiaconil, puesto en medio del coro, deja caer sus hábitos, y arrastrando la cola y cubierta la cabeza, entona delante del señor canónigo que hace la hebdomada, la antífona Zelus domus en voz baja y con mucha solemnidad. Si está en el coro el señor Obispo la entona delante del dignidad de Capiscol o Chantre, y este del mismo modo la entona después delante de su Ilustrísima, quien luego de vuelto el chantre a su silla la entona y sigue el oficio. En el día del Corpus y en su misa mayor, conforme a lo que se practica en el Jueves Santo, y regularmente en todas las iglesias de la cristiandad, el celebrante consagra dos hostias, la una para el sacrificio y la otra para ponerse en la custodia, que se coloca en la mesa del altar mayor luego de acabada la misa, y en ella queda el Señor manifiesto hasta salir la procesión, que empieza a las cinco de la tarde. En el cirio pascual se pone una vitela o Díptico con expresión de la epacta, aureo número, año del pontificado del Santo Padre, del Prelado, del Rey y demás que podrás ver cuando te muestre una de dichas vitelas que me han regalado. El cirio pascual se coloca sobre una especie de pedestal que tiene unas pequeñas ruedas en los extremos, y por medio de unos cordones lo tiran con facilidad monacillos, y va delante de la procesión que se hace antes de la misa mayor en los tres días de Pascua. En los Capítulos pascuales que comienzan con misa de Espíritu Santo, lectura de las constituciones y otras formalidades, se reza por el presidente la antífona, verso y oración del Espíritu Santo y la de San Agustín; de lo cual puede inferirse que por este Cabildo se observaba antiguamente la regla de este Santo Padre. Pero me parece que en todo caso sería meramente directiva y no obligatoria o profesada, por no encontrarse rastro de profesión ni de aquellos oficios de prior, enfermero, etc., que en otras catedrales denotan que en lo antiguo hubo una perfecta regularidad.

Largo he estado y pesado. Otra vez seré más breve. A Dios, Barcelona, etc. 

jueves, 5 de enero de 2023

CARTA CXII. Ritos, arquitectos y varones ilustres de Lérida.

CARTA CXII.

Ritos, arquitectos y varones ilustres de Lérida

Mi querido hermano: Tras esto no me falta más sino dar noticia de algunos ritos anticuados de esta iglesia con que desempalagar de otras tareas. Uno de ellos y muy célebre era la representación de la venida del Espíritu Santo en los términos que expresa la siguiente deliberación capitular, copiada del libro que comienza en las del año 1518:

“Die Jovis intitulato XV mensis aprilis, anno a Nativitate Domini 1518, convocati et congregati Rmus. Dnus. Episcopus, Sacrista Cortit, locum tenens Decani Pinyol, Tort, Garoça, Olcinelles, Creixença, Salvador, Beramon, Mahull, Torés et Pou, canonici, capitulantes et attendentes, hactenus fore servatum quod singulis annis in die Pentecostes misterium illud, quod vulgo dicitur la Colometa in memoriam illius Spiritus Sancti in Mariam Virginem sacratissimam, ac Christi Redemptoris Matrem et Apostolos missionis, non ab re fiebat, seu representabatur in ecclesia Illerdensi; considerantes tamen ex eo ut experientia docuit, ex tonitruum igniumque multiplicationibus necnon et fumo sulfureo, ex aspectantiumque murmuratione divinum oficium perturbari: altaris quoque et ecclesiae huiusmodi, ac in eis ministrantium et asistentium paramenta atque vestes non modicum periclitari et aliquotiens concremari; volentes ut dixerunt praedicta in melius comutare, et periculis damnis, et aliis premissis prout convenit obviare, deliberarunt quod a cetero singulis annis in praefato die Pentecostes infra missarum solemnia, de solemnitate ac mysterio diei populo fiat sermo, et premissa ne quam fiant: sperantes in Domino, meliores fructus ex dicto sermone, quam de representatione praedicta, Christi fidelibus devenire."
Usose esto en todo el siglo XV, en que solían pagarse ochenta sueldos al que dirigía la máquina. También consta el gasto de almuerzo y merienda a los que representaban los Apóstoles, sobre quienes bajaba la paloma. Así parece que debió practicarse aquel año. Mas el pueblo, acostumbrado a aquella diversión religiosa, pudo tanto con sus instancias, que el Capítulo por evitar otros daños, tuvo que revocar esta constitución el año siguiente 1519, sábado, en la vigilia de Pentecostés, mandando que en el día siguiente se practicase dicha representación, y en adelante quedase a disposición del Capítulo o continuarla o mandar que hubiese sermón en su lugar. Tomose esto con tanto calor que el mismo (leo mis-mismo) día por la tarde multaron en treinta sueldos al nuevo Sacrista de esta iglesia Don Pedro Agustín, hermano de Don Antonio Agustín, que había entrado en dicho oficio día 18 de enero de 1518, porque non fecerat servitium in vesperis et completorio... dels tronadors, alias cüets, de la Colometa. Por donde parece que esta ceremonia se hacía también la vigilia de dicha fiesta, y que el gasto de los cohetes estaba a cargo del Sacrista. El año siguiente, a 25 de mayo, se mandó suspender dicha ceremonia, porque no incomodase al Obispo, que quería celebrar de pontifical, sin eximir por ello al Sacrista de pagar ignes flammantes, sive cohets tronadors. En una Consueta de esta iglesia, que vi en Roda, manuscrita en el siglo XIV, se establece el rito del Obispo de los niños (Ver episcopellum, obispillo, en tomos anteriores) in secundis vesp. S. Johannis Evangelistae, diciendo: "Dum dicitur Magnificat pueri cum eorum Episcopo in pontificalibus praeparati extra chorum post Magnificat incipiunt añam. commemorationis Innocentium (leo Innocentum), scilicet, Splendent Bethlehem nitidi campi... et eiiciunt Dominum Episcopum de cathedra sua et intret Episcopus scolarium in loco Episcopi, et ibi faciant officium... et fiat processio ad altare S. Joannis... Postea Episcopus scolarium det benedictionem episcopalem... In missa fiat sermo per Episcopum puerorum. Finito sermone, duo pueri dicant: Princeps ecclesiae, scilicet, unus dicat: Princeps; et alter respondeat cum mansuetudine.” 

La elección de este Obispo se hacía la vigilia de San Nicolás, Obispo. En el día de este Santo dice así: “In vigilia S. Nicolai post vesperos et collatione facta, dum dicitur completorium, scolares debent remanere in Capitulo, et ex eis eligere Episcopum. Quo facto, Episcopus det dignitates et comittatur eis officium diei SS. Inocentium (santos inocentes), scilicet lectiones et omnia alia. Et spectant quod completorium totaliter sit finitum, et intrabunt cum electo eorum alta voce: Te Deum laudamus, et illud dicendo ad altare maius ibunt. Et dictus electus dicat orationem Concede nos, etc. Postea dabit benedictionem circumstantibus. Et stans sine mitra ibit cum superpellicio suo tantum.” Esta con otras representaciones prohibió el Concilio provincial de Barcelona de 1566. Sus Constituciones publicó Don Antonio Agustín en 1567, (Ritual.) Y no hay duda que duró hasta su tiempo esta clase de representaciones, puesto que entre las constituciones de la iglesia se halla una de 22 de diciembre de 1537 en que el Capítulo ordenó quod ab inde non solvatur illud regale quod dabatur canonicis in festivitatibus post natale qui se vestiebant ad innocentiam et quod a cetero nullatenus se faça lo Innocent, nisi in vesperis et in die Sanctorum Innocentium. Para estas fiestas se guardaba en lo antiguo en la sacristía mitram pro pueris y annulum puerorum, (mitra del obispillo, y anillo) como dice un inventario de 1344, y en otros de 1381 se lee que de las capas usadas solían hacer otras pequeñas pro scolaribus.

Del rito del Santo Pañal se dijo ya en su lugar. Nada diré de la práctica de la Sibila en la noche de Navidad y del Evangelio Liber generationis, que se cantaba después de los maitines, como en los de la Epifanía el otro Factum est autem cum baptizaretur, etc., y otras cosas de esta clase comunes a todas las iglesias de esta provincia.

La fiesta del Corpus no estaba aún aquí introducida en el año 1300 ni los dos siguientes, cuando entre los días feriados para la universidad no se cuenta este entre los muchos que prescriben sus estatutos. 

Pero se hace ya mención de ella y de su solemne procesión en una deliberación del Consejo general de esta ciudad del día 21 de junio de 1340, en que prohíbe entalamar (entoldar) (N. E. de tálamo) las calles por causa de alguna novia, si no es el frente de la casa de donde sale o donde entra, a excepción de casamiento de Reina o la fiesta del Corpus Christi ó per les ledanies, que serían las rogaciones (letanías). En las actas siguientes hallo que el Consejo general publicaba el bando acostumbrado, señalando la carrera (: calle; recorrido) de la procesión. Desde principios del siglo XVI se halla que cuando esto se resolvía, juntamente se solía acordar que se corriesen toros en las solemnidades acostumbradas, que eran San Juan, San Pedro y Santa María Magdalena, mandando hacer barreras, pero nada indican por donde se colija que eran toros de muerte. Volviendo a la procesión del Corpus hallo en 1671 que el Capítulo de esta iglesia resolvió a 20 de diciembre que se hiciese un Drach (drac; draco; drago; dragó; dragón) como el que había antes de las guerras (de Felipe IV) para dicha procesión en memoria, dicen, del que matà lo Comte de Barcelona en la montayna de Monserrat. Con esto es regular que hubiese también otras representaciones que todavía duran.

El origen de los monumentos no es aquí anterior al siglo XV. En el antecedente todos los Misales y Consuetas dicen que el jueves santo se deposita el cuerpo del Señor en la sacristía. Habíalo ya en 1482 cuando el Capítulo resolvió que cada canónigo pagase un cirio para el monumento. Más antiguo que esto es el uso de las matracas o tenebres (matraques) en los días de Semana Santa, de cuya construcción y uso con mazoles hay ya memoria en 1362 cuando se compusieron las viejas. En los oficios de esta misma semana hay varias curiosidades rituales notadas en mis legajos, para cuando Dios conceda escribir la historia de este ramo de erudición. Me han servido para ello abundantemente tres Rituales antiguos de esta iglesia, que me ha franqueado Don Juan Ángel de Arriola, canónigo limosnero de la iglesia de Roda. El primero es del siglo XV y de los principios de la tipografía española, sin nota de editor ni año ni lugar; pero sin foliatura, y con todas las señas del tiempo que digo, y por consiguiente perteneciente al pontificado de Don Luis Juan del Milá, Cardenal y Obispo de esta iglesia. El segundo es ordenado por el Obispo Don Jaime Conchillos, impreso en 1532 en León por Dionisio de Harsy. 

En el frontis se pinta el escudo de armas del Obispo, que era una cruz con tres conchas, y en la vuelta la imagen de San Vicente Mártir, cosa que es reparable, no teniéndole esta iglesia por titular. El tercero es dispuesto por el famoso Don Antonio Agustín, y por lo mismo y por lo raros que se han hecho sus ejemplares mucho más estimable. Imprimiose en Lérida en 1567, en 4.°, por Pedro de Robles. Dícelo al fin, donde se lee: Petrus Roburius Illerdae, mense maio, anno salutis M.D.LXVII., colocando entre las dos lineas el escudo de armas de esta ciudad. De esto se dirá algo más en el artículo de este grande Obispo. Sólo añado por prevenir tu reconvención que he copiado su prefacion y dos edictos suyos insertos en este Sacerdotale, que así le llama, el uno sobre la clausura de las monjas, dado en 1564, y el otro sobre la decencia en misas, ornamentos, procesiones, etc., fecha dos años después. Hasta las semínimas hubiera recogido de lo establecido en este libro: pero no hay de ello mal recaudo, y mis circunstancias no permitieron más, ni creo que sea menester.

Con gran cuidado observé si había algo en ellos sobre lo que hoy se usa en esta iglesia en las procesiones, que delante del estandarte llevan un farolón grande de hierro con labores muy menudas. Aludirá a que no falte luz en este acto sagrado. 

ARQUITECTOS.

1.° Pedro Dercumba o de Cumba (de Coma) (N. E. antes añade Cescomes, ipses comes, çes comes, y yo encuentro también de Cumbis) era arquitecto director de la fábrica de la Catedral de Lérida, que comenzó el año 1203 y todavía se conserva. Dícelo la inscripción que entonces se grabó, cuando se puso la primera piedra, y ya publicamos arriba. En 1364 era maestro de la obra Jaime Castayls. Dos años antes hallo que construía el retablo mayor B. Robio, como principal fabricante. Así se ve en las cuentas de la obra de aquellos años.

2.° Pedro de Peñafreyta, cuya lápida sepulcral en el claustro antiguo saliendo de la puerta de las fuentes bautismales, decía así: Anno Domini M.CC.LXXXVI. (1286) XI kal. octobris obiit Petrus de Pennafreita, magister operis huius ecclesiae, qui constituit sibi aniversarium XV solidorum, et unam cappellaniam in hac Sede, cui assignavit CXX sol. censuales, cuius anima requiescat in pace. En 1392 era magister operis Guillermo Çolivella, a quien entonces se encargó la visura y cuidado de las vidrieras que fabricó Juan de San Amat para tres óvalos de la iglesia con vidrios pintados con historias de Apóstoles. Es de notar que le llaman magister operis Sedis Illerdensis y lapicida. Por el primer dictado le dan claramente a conocer como arquitecto; y en eso le distinguen de los llamados obreros (operarii), que eran regularmente canónigos, a quien tocaba recoger y gastar las rentas de la fábrica. Ambos oficios se distinguen abiertamente en la inscripción ya mencionada. Por lo segundo se ve que el nombre de lapicida (lapis : piedra + scindere, escindir) no significaba precisamente lo que ahora llamamos cantero; porque estos regularmente eran llamados pica petras. (Como Pedro y Pablo, los picapiedra, y los apóstoles. Pedro, Petrus, Pietro, Peter, Petra, piedra, Pere, Peire, Peira, pera, Petrvs, Petronila, Peronella, &c.; Saulo, Saúl, sauló, Paúl, Paul, Paulo; un tipo de piedra arenosa que aún se llama en Beceite sauló). 

Pero es indubitable que el mismo trabajaba de escultura: pues en 1391 el maestro de la obra hizo dos estatuas de los Apóstoles, que hoy se conservan en la iglesia de San Pablo, por precio de 240 sueldos cada una. De este arquitecto hallo todavía memorias en 1404. Seguramente murió luego, porque en 1410 le había ya sucedido en la dirección de la obra del campanario, que aquel había comenzado, Carlos Galtes de Ruan. En la conclusión de esta torre entendía en 1416 el maestro Carlí, que sin duda es el mismo Carlos Galtes. Poco después y hasta la mitad del siglo XV suena maestro arquitecto de la Catedral Jorge Çafont (ipsa, sa, ça + font y variantes), el cual debió morir a fines de 1456 o principios del siguiente, porque a 21 de enero de 1457 nombró ya el Capítulo por sucesor a Andrés Pi, a quien concedieron ese día la porción canonical, como era costumbre: y añaden que no era su intención, que por eso dimittat opus hospitalis civitatis, quod ipse magister Pi facit. Y es así que la obra del hospital había comenzado en 1454, poniéndose la primera piedra día 13 de abril. En 1418 Fr. Pedro Creus (no consta de qué orden) magister organorum, repuso el órgano viejo de la Catedral. En 1490 era maestro arquitecto Francisco Gomar, con quien pactó ese año el Capítulo la construcción de huna croera ho volta se ha de fer sobre lo portal dels Apostols per preu de setse mil sous. En 1520 se contrató con Pedro Hom de Deu, vecino de Tarragona, y pintor que pintase al óleo el retrato de San Joaquín y Santa Ana en la sacristía de la Catedral, donde debía depositarse la Eucaristía y el Santo Pañal. El precio de la pintura novanta (: noranta) lliures. Comisionado Don Pedro Agustín. En 1564 fue admitido por maestro de la obra y lapicida Jaime de Oduga.

VARONES ILUSTRES. 

Una de las cosas que más honran a las iglesias es el contar entre sus individuos sujetos ilustres por su saber y virtud, y por la ocupación de las dignidades y primeros puestos de la iglesia. La de Lérida, además de los Obispos que la gobernaron en los dos primeros siglos de su restauración que, según costumbre, se elegían de entre los individuos del Capítulo, tiene la gloria de haber dado a otras iglesias, y aun a la de San Pedro, Obispos y Pastores dignos de tan altas Sillas. Diré de algunos que me ocurren por lo visto en otros archivos y en el de acá. En el siglo XIII era Sacrista de Lérida Ponce de Vilamur, electo Obispo de Urgel en 1230, que murió en 1257. Al mismo tiempo era también canónigo de ella Pedro de Albalat, que de Obispo suyo pasó a ser Arzobispo de Tarragona en 1238, y vivió allí hasta 1251 ilustrando la provincia con nueve concilios por lo menos. Hacia el 1268 era Sacrista de esta iglesia el Deán de la de Valencia Jaime Çaroca, Obispo después de Huesca en 1273, varón muy sabio y guerrero, que mandó una galera armada a sus costas en la desgraciada expedición que emprendió el Rey Don Jaime I para conquistar la Tierra Santa (Vid. Marsilio. lib. IV. cap. 24). Hacia el 1332 fue electo Obispo de la Her Gonzalo, Arcediano de Benasque, por el Papa Juan XXII, y la vacante se dio a Pedro, Cardenal del título de Santa Práxedis. La bula de esta última provisión está fecha III idus septembris pontific. ann. XVI. Desde antes de 1223 hasta la mitad de ese siglo hay varias memorias de Petrus frater Domini Jacobi Regis Arag. canonicus Illerd. Canónigo era también de esta iglesia ya desde fines del siglo XIV el noble Don Hugo de Urries, electo Obispo de Huesca en 1421, de cuya silla aún no había tomado posesión, ni estaba consagrado el día 9 de agosto (Vid. Lib. delib. cap. de ese año y día). Gobernó aquella Silla hasta el 1443, en que murió. Por el mismo tiempo fue provisto de un canonicato de esta iglesia, y de otro de la de Valencia Pedro de Cardona, hijo de Juan Ramón Folch, Conde de Cardona, que entonces tenía cinco años de edad, para cuando cumpliese la de nueve años. La bula de Martino V es de 16 de enero, año primero de su pontificado, que es el 1418. Este fue después largos años Obispo de Urgel. A la misma época pertenecen Don Gonzalo de Híjar (Ixar), de stirpe regia Aragonum procreatus, como le llama Martino V en bula del año 1424 para permutar su canonicato de Lérida: fue Arzobispo de Tarragona. Don Dalmacio de Mur, Arzobispo también de Tarragona, que tomó posesión a 19 de junio del arcedianato de Ribagorza. Esta dignidad dejaba entonces Don Otón de Moncada, canónigo de esta iglesia desde el 1403, provisto en el arcedianato de Valencia, que gobernó la Silla de Tortosa desde el año siguiente 1415 hasta 1473, y fue Cardenal. Don Francisco Tovía, canónigo de esta iglesia desde 17 de febrero de 1404, fue después Obispo de Urgel en 1413 hasta el 1436. Del mismo 1404, a 24 de julio, es la admisión en canónigo del Cardenal de Catania, que entiendo ser Pedro Serra, natural de Játiva. Un César de Borja entró en posesión de un canonicato en 1488, y pagó por capa 75 libras. En 1505 el Cardenal de Santa Sabina Francisco de Loris, tomó posesión de la camarería. Por remate de este largo catálogo merece contarse Calixto III, que fue por muchos años canónigo de esta iglesia. Dícelo él mismo en una bula que expidió pridie kalendas maii del 1458, en que confirmando la de su antecesor Nicolao V, que estableció aquí un canonicato para magisterio de teología, y las calidades de los que habían de ser recibidos en canónigos, mencionando el afecto con que miraba las cosas de esta iglesia, dice de ella y de sí mismo: in qua dudum in adolescentia constitui canonicatum et praebendam recolimus habuisse. He buscado con diligencia las memorias que de ello quedasen aquí, y hallo que a 23 de marzo de 1412 era ya canónigo y oficial, es decir, Vicario general Sede vacante. Del mismo año hay otras tres memorias, es a saber, de 16 de septiembre, 4 de noviembre y 17 de diciembre; sino que en estas tres últimas fechas no se le llama oficial, y suenan Vicarios generales auctoritate apostolica Sede vacante Juan Castells y Miguel de Noya. Efectivamente vacaba la Sede por muerte de Don Pedro de Cardona, Obispo; y como los Papas andaban entonces tan celosos en cercenar la autoridad de los Capítulos, inhibiendo los Vicarios generales que estos cuerpos nombraban conforme a su derecho antiguo, ellos instituían otros que por lo mismo eran los fiscales y enemigos de cualquier conato que el Capítulo hiciese para elegir Obispo. A esta existencia de Vicarios generales no se opone que Alfonso de Borja fuese oficial al mismo tiempo, como se verá que lo fue hasta el año 1417. Eran muy distintos estos cargos. El oficial tenía al suyo toda la parte de judicatura, y el Vicario general la gubernativa de la diócesi. Aquel usaba del sello propio de su tribunal, que siempre fue un báculo asido de una mano con el lirio, como he visto en documentos de varios siglos. Este usaba, o del sello del Capítulo, Sede vacante, o del del Prelado que le eligió. Continuando pues las memorias de este insigne hombre, hallo en el registro Recoll. ann. 1400 a 1432, fol. 147, que día lunes a 10 de diciembre de 1413 Alfonso de Borja, canónigo y oficial Illerdense U. J. Doctor, et ordinarie legens in studio Illerdensi, propuso al Capítulo Sede vacante y a su Vicario general Juan Castells, que el Papa, junto con la gracia hecha a la universidad de 500 florines para dotación de los catedráticos, había mandado que sólo hubiese tres clavarios para la universidad, es a saber, un canónigo, un ciudadano y un individuo del mismo estudio, como hasta entonces se usase haber seis, dos de cada clase, conforme el Capítulo con esta propuesta. 

A los 19 de junio de ese año 1414 fue uno de los que dieron posesión a Dalmacio de Mur del arcedianato de Ribagorza, vacante por promoción de Otón de Moncada al arcedianato de Valencia. A 6 de julio del mismo asistió y votó, porque el canónigo Martín de Boix, electo clavario del estudio general, pudiese asistir a la elección de catedráticos y su dotación, que aún entonces hacían los mismos estudiantes antes de prestar el juramento acostumbrado. Otras memorias de su existencia aquí se hallan en lo restante de ese año y todo el 1415, en que por lo común le cuentan el último. A 21 de abril de 1416 asistió al Capítulo, en que Juan Senant, Sacrista de esta iglesia, presentó quandam bullam citatoriam de concilio Constantiae (Konstanz, Constanza) una cum quadam littera regia super hoc idem destinata, como dicen los libros de deliberaciones capitulares de estos años, de donde son estas noticias. A 4 del mayo siguiente fue uno de los que resolvieron sobre este gran negocio, y aún mereció ser nombrado procurador de la iglesia para el concilio. Dice así la resolución: Concordarunt omnes in hoc voto super mittendo ad Constantiam; videlicet, quod si alia Capitula vel maior pars mittunt ad Constantiam, Capitulum ecclesiae Illerdensis debet mittere; super quibus habeatur primo informatio ab aliis ecclesiis; et si mittunt, eo casu dat vocem Domino Alphonso de Borja ad dictum viagium; ita tamen quod procuratorium causetur honeste. Parece que por varias razones políticas no se resolvían los cuerpos y Obispos a asistir ni enviar a aquel concilio; y así se mandó tener una junta en Barcelona para deliberar sobre ello, y quiénes habían de ser los enviados. Para asistir a esta junta fueron dados los poderes a nuestro Alfonso de Borja por este Capítulo a 28 de julio del mismo año. Nada más sé del resultado de este gran negocio, y sólo puedo conjeturar que no hizo aquel viaje, puesto que se halla existente aquí a 15 de diciembre de 1416, y hasta el 6 de mayo de 1417, en que hay memoria de otro viaje que hizo a la corte del Rey para negocios del Capítulo, el cual resolvió ese día entregar de pecuniis eleemosinae Domino Alphonso de Borja, canonico et officiali Illerden. ibi etiam praesenti centum florenos auri pro viagio seu itinere quod facit ad Dominum Regem pro censualibus emfiteotich. No dice más. Hizo el viaje, y allí renunció, que es la última memoria que de ello nos conservan los citados libros. Sábese, sin embargo, que no renunció el canonicato hasta el año 1421, lo cual hizo en manos del Papa por su procurador Jorge de Ornos, notario pontificio y después Obispo de Vique, y famoso en los cuentos del concilio de Basilea. La vacante se dio a Bartolomé Rovira con bula de Martino V, dat. VIII. idus junii, año cuarto de su pontificado. La he visto en el Reg. de bulas de 1403.

En los libros de Registro de esta ciudad nos quedan algunas memorias suyas. En el Manual de 1419 (fol. 38) consta que había leído lectura de cánones a la hora de prima en esta Universidad. Ya vimos arriba el año 1413 que era ordinarie legens in studio Illerdensi. En un registro de cartas de 1421 hay una, fecha de 27 de noviembre de ese año, en que los paheres avisan a la Reina Doña María, Gobernadora de estos reinos, que al mismo tiempo que ella había nombrado Canciller de esta universidad al canónigo Melchor Queralt, su marido, el Rey Don Alfonso V, que estaba ausente del reino, había provisto el mismo oficio en Alfonso de Borja. Ruegan a la Reina que haga porque se mantenga su nombramiento, alegando que el Queralt era de mayor virtud y nobleza que Borja, y que había gran diferencia de persona a persona. 

Si Borja no hubiera sido canónigo el día de la fecha de esta carta, este era sin duda el principal motivo que los Cónsules debían alegar contra él; puesto que por la constitución de la universidad no podía ser su Canciller quien no fuese canónigo de Lérida. Y esto hace sospechar que la fecha de la bula de Martino V cuando proveyó la vacante de este canonicato estará errada en la copia del Registro, que antes citaba, y que debe ser del día 6 de junio del año quinto de su pontificado, que corresponde al 1422; en el cual y a 17 de septiembre están fechas las ejecutorias de aquella gracia a favor del sucesor. 

Con esto dice mejor la noticia de otro Registro de cartas de 1423 en que sabemos que Alfonso de Borja acababa de regentar el oficio de Vice-canciller, y que había sido nombrado para el obispado de Vique. Hay en dicho libro una del día 1.° de diciembre de ese año (fol. 139), en que los paheres dicen al Rey Don Alfonso lo siguiente: 

A la vostra molt alta et excellent Senyoria ab tenor de la present significam, que lo offici de la vice-cancellaria del studi de aquesta ciutat, vague à present per promociò de Micer Alfonso de Borja, doctor en quiscun dret del bisbat de Vich, ò per dimissio de la canongia de aquesta ciutat per ell feta. 

Dos causas alegaban los paheres para probar la vacante de la vice-cancillería: una la promoción de Borja al obispado de Vique, y otra es la vacante del canonicato. Nada más sé de esto, y después de dicha época ya no se halla memoria de su residencia en esta ciudad.

Junto con este canonicato obtenía otro al mismo tiempo en la Catedral de Barcelona, y regentaba el curato de la parroquia de San Nicolás de Valencia. Consta esto de la bula de Martino V, que he visto aquí dada V. id. sept., anno 2.°, en que le concede por un quinquenio los frutos de las tres prebendas, por estar ocupado en el séquito del Rey, cuyo consejero era, o si le importaba asistir y permanecer en algún estudio general.